Sobre la aprobación de los mensajes difundidos por el Sr. Gioaccino Genovese
Todos los resaltados en negrita son nuestros.
Hasta hace poco, ante una pretendida revelación privada recibida por algún fiel en forma de apariciones o visiones, etc., la Iglesia, luego de examinar el asunto, podia declarar que “consta la sobrenaturalidad“, o que “consta la no sobrenaturalidad“, o que “no consta la sobrenaturalidad“.
En el primer caso se reconocía que el hecho en cuestión tenía un origen sobrenatural divino, (sin imponerlo sin embargo como dogma de fe).
En el segundo caso se excluia dicho origen sobrenatural divino y se advertía de ello a los fieles.
En el tercer caso, se declaraba que por el momento no había elementos suficientes para dar ninguno de los dos veredictos anteriores.
Es lógico pensar que el “no consta la sobrenaturalidad” es de suyo provisorio, porque puede ser luego sustituido por un “consta la sobrenaturalidad” o un “consta la no sobrenaturalidad", si aparecen nuevos elementos de juicio, porque lo único que afirma es que la sobrenaturalidad, por el momento, no consta, no que conste que no la hay, que para eso está lo otro.
Ese tercer miembro, el “no consta", ha sido introducido entonces justamente para hacer lugar al tiempo en la manifestación de las cosas, por la positiva o por la negativa.
Pero eso refuerza la idea de que la finalidad última de todo el discernimiento es declarar que consta la sobrenaturalidad o que consta que no la hay.
A partir del reciente documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe sobre las apariciones, la Iglesia renuncia, al menos como política normal, a declarar la sobrenaturalidad de alguno de esos eventos, lo cual queda referido a una eventual intervención excepcional del Papa, aunque sí mantiene la posibilidad de declarar la no sobrenaturalidad.
Por lo recién dicho, semejante procedimiento en el cual por principio se renuncia a hacer constar la sobrenaturalidad parece ser un procedimiento trunco.
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En 1978 la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó unas “Normas sobre el modo de proceder en el discernimiento de presuntas apariciones y revelaciones”.
Entre los criterios negativos, se encuentra
“b) Errores doctrinales que se atribuyen al mismo Dios o a la Santísima Virgen María o a algún santo, teniendo en cuenta, sin embargo, la posibilidad de que el sujeto haya añadido —aun de modo inconsciente— elementos meramente humanos e incluso algún error de orden natural a una verdadera revelación sobrenatural. (cfr. San Ignacio, Ejercicios. n. 336).”
El texto citado de San Ignacio dice:
“[336] La octava. Cuando la consolación es sin causa, dado que en ella no haya engaño, por ser de sólo Dios nuestro Señor, como está dicho, pero la persona espiritual, a quien Dios da la tal consolación, debe con mucha vigilancia y atención mirar y discernir el propio tiempo de la tal actual consolación del siguiente, en que la ánima queda caliente y favorecida con el favor y reliquias de la consolación pasada. Porque muchas veces en este segundo tiempo, por su propio discurso de habitúdines y consecuencias de los conceptos y juicios, o por el buen espíritu, o por el malo, forma diversos propósitos y pareceres que no son dados inmediatamente de Dios nuestro Señor. Y, por tanto, han menester ser mucho bien examinados, antes que se les dé entero crédito ni que se pongan en efecto.”
En caso de que no se den los elementos negativos señalados en el documento, éste prevé una primera aprobación del Obispo del lugar en términos de “nihil obstat”:
“b) Después, en caso de que este examen haya resultado favorable, permitir algunas manifestaciones públicas de culto o devoción y seguir vigilándolas con toda prudencia (lo cual equivale a la formula “por el momento nada obsta”: pro nunc nihil obstare).”
Una novedad del reciente documento sobre las apariciones es que ahora el Obispo del lugar debe consultar con el Dicasterio para la Doctrina de la Fe antes de emitir juicio alguno, y cuando lo hace, lo hace implicando en ello a ese Dicasterio:
“Es importante comprender que las nuevas Normas ponen blanco sobre negro un punto firme acerca de la competencia de este Dicasterio. Por un lado, se mantiene firme en que el discernimiento es tarea del Obispo diocesano. Por otra parte, teniendo que reconocer que, hoy más que nunca, estos fenómenos implican a muchas personas que pertenecen a otras Diócesis y se difunden rápidamente en diferentes regiones y países, las nuevas Normas establecen que el Dicasterio debe ser consultado e intervenir siempre para dar una aprobación final a cuanto ha decidido el Obispo, antes que este último haga publica una decisión sobre un acontecimiento de origen presuntamente sobrenatural. Si antes intervenía, pero se pedía al Obispo que no lo nombrara siquiera, hoy el Dicasterio manifiesta públicamente su implicación y acompaña al Obispo en la decisión final. En el hacer público cuanto se haya decidido se dirá, por tanto, “de acuerdo con el Dicasterio para la Doctrina de la Fe”.”
Dice también el reciente documento, citando en parte al de 1978:
“En otros casos, junto a este reconocimiento, se percibe la necesidad de ciertas aclaraciones o purificaciones. Puede suceder, de hecho, que verdaderas acciones del Espíritu Santo en una situación concreta, que pueden ser justamente apreciadas, aparezcan mezcladas con elementos meramente humanos, como deseos personales, recuerdos, ideas a veces obsesivas, o a “algún error de orden natural no debido a una mala intención, sino a la percepción subjetiva del fenómeno” (II, art. 15,2°). Además, “no se puede colocar la experiencia de una visión, sin más consideraciones, ante el riguroso dilema, o de ser correcta en todos los puntos, o de tener que ser considerada completamente una ilusión humana o diabólica”.”
La referencia al pie de página nos lleva a:
K. Rahner, Visioni e profezie. Mistica ed esperienza della trascendenza, Vita e Pensiero, Milano 19952, pp. 95-96.
Sobre el “nihil obstat”, en definitiva, dice el reciente documento:
“17. Nihil obstat — Aunque no se expresa ninguna certeza en cuanto a la autenticidad sobrenatural del fenómeno, se reconocen muchos signos de una acción del Espíritu Santo “en medio” de una determinada experiencia espiritual, y no se han detectado, al menos hasta ese momento, aspectos especialmente problemáticos o arriesgados. Por ello, se anima al Obispo diocesano a apreciar el valor pastoral y también a promover la difusión de esta propuesta espiritual, incluso a través de posibles peregrinaciones a un lugar santo.”
Nótese que no dice que no se hayan detectado errores doctrinales, sino que “no se han detectado aspectos especialmente problemáticos o arriesgados”, expresión que no deja de ser confusa.
Sobre la expresión “en medio”, dice en nota al pie:
“La expresión “en medio” no quiere decir “por medio” o “a través”, sino que indica que en un determinado contexto, no necesariamente de origen sobrenatural, el Espíritu Santo obra cosas buenas.”
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Recientemente se ha dado el “nihil obstat” a los mensajes que proceden de las supuestas “visiones intelectuales” de Gioaccino Genovese.
Por lo que se ve en por los pasajes citados en esa nota, son mensajes en los, a veces al menos, el sujeto que habla es supuestamente Jesucristo Nuestro Señor, pero con la particularidad de que el supuesto hablante se identifica a sí mismo como la Trinidad.
Veamos algunos de esos pasajes:
“…Jesús, Nuestro y Vuestro Señor y Dios […], la Misericordia Encarnada, el Rostro de la Trinidad Misericordia, su Palabra, Palabra, Palabra de la Trinidad, ¡Misericordia Infinita!” (1861).”
La expresión “Palabra de la Trinidad” es confusa. El Verbo es Palabra del Padre, no del Verbo mismo ni del Espíritu Santo, ni de la Esencia divina como tal.
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«¡Mi Encarnación es un don de la Misericordia Trinitaria!
¡Mi palabra es un don de la Misericordia Trinitaria!
¡Mi Pasión es un DON de la Misericordia Trinitaria!
¡Mi Resurrección es un DON de Misericordia Trinitaria!
¡Yo soy la Misericordia» (49)!
Este pasaje sugiere una identificación entre el Verbo y la Trinidad, porque la Trinidad es llamada “Misericordia”, y al final el Verbo dice “Yo soy la Misericordia”.
¿El Verbo se identifica con la Trinidad? Sí, en tanto que Dios, no en tanto que Verbo, porque bajo este aspecto se distingue realmente del Padre y del Espíritu Santo.
Recordemos que la unidad de Jesucristo se hace en la Persona divina del Verbo de Dios, no en la Naturaleza divina, que es común a las tres Personas, pues en Cristo no hay una sola Naturaleza, sino dos: la divina y la humana.
El Verbo, en tanto que Encarnado, entonces, no es un “Nosotros”, sino un “Yo”, como se en los Evangelios, especialmente el Evangelio según San Juan.
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En esta larga oración, alabada en la nota, se dice:
“Eres Tú quien Me miras, Me atraes a Ti y, tomando Mi rostro cabizbajo, lo levantas hacia el Tuyo y me dices que te fije en el corazón; Tu Corazón, donde palpita el Amor que Tú tienes para Mí, para que yo ahonde mi oído en aquel palpitar eterno y pueda apoyar serenamente mi cabeza. Y de nuevo, levantas Mi Rostro para que mire a Tu Rostro. En Ti, Jesús hombre, que eres Dios, el Rostro mismo de la Trinidad Misericordia, para que, mirándote en los ojos, pueda verdaderamente Confiar en Ti, Señor Mío y Dios Mío. Entonces, he aquí que, aunque pecador, puedo, en ti, levantar y fijar la Mirada sin miedo. A la Misericordia, al Infinito Amor Tuyo, Mi Único Dios, ¡Trinidad Impenetrable del Misterio Infinito de Amor en Ti mismo, como eres! Yo te amo y en Ti me siento hecho de nuevo y limpio de las mil inmundicias del pecado» (1331).”
El texto, en segunda persona, comienza dirigiéndose a Cristo, y sin un cambio claro de dirección, termina dirigiéndose a la Trinidad.
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“El Espíritu Santo en tantas oraciones ha inspirado donde se reza a cada “Persona” de mí, la Trinidad, siendo consciente de mi único ser y actuar» (1241).”
Sin duda que cada una de las Personas divinas es una Persona de la Trinidad, pero la Trinidad, como tal, no puede hablar en primera persona (“de mí, la Trinidad”), porque no es una sola persona, sino tres.
La consecuencia lógica de la expresión “de mí, la Trinidad” es la negación de la distinción real entre las Personas divinas, que aparecen aquí todas fundidas en un único sujeto hablante, no un “nosotros”, sino un “yo”.
Los dos últimos textos no figuran en la parte del documento dedicada a los “Puntos a aclarar” del mensaje, sino en la anterior, donde aparentemente se presentan los elementos “positivos” del mismo.
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Dice también el documento:
“En los escritos aquí considerados, no encontramos desarrollos importantes sobre las especificidades de cada una de las tres personas, su diferenciación positiva y su relación mutua y dinámica, aunque hay algunos indicios:
“Y Él, sin embargo, ha reafirmado repetidamente Su igualdad en el UNO con el Padre y el Espíritu, que procede de Ellos, testificando también que el Espíritu es una Persona distinta como Él y el Padre en su única acción, aunque en la especificidad de cada uno» (880).”
En lo relativo a las especificidades de las distintas Personas divinas, queremos hacer un breve “excursus”, que a lo mejor ayuda a situar mejor el tema.
Hay que distinguir lo que en Dios es “ad intra”, es decir, lo que tiene que ver con Dios en Sí mismo considerado, y lo que es “ad extra”, es decir, lo que tiene que ver con la operación de Dios respecto de las creaturas.
Respecto de lo primero, dice Santo Tomás en Ia. q. 32, a. 3, c.:
“Llamamos noción a la razón propia para conocer la persona divina. Las personas divinas se multiplican según su origen. Al origen pertenece el de quién surge otro y el quién surge de otro. Según estos dos modos se puede conocer a la persona. Así, pues, la persona del Padre no puede ser conocida porque surja de otro, sino por no surgir de nadie. Y por eso a Él le corresponde la noción de innascibilidad. Pero en cuanto que alguien procede de Él, se conoce de dos maneras. Porque, en cuanto que el Hijo procede de Él, se conoce la noción de paternidad. En cuanto que el Espíritu Santo procede de Él, se conoce la noción de espiración común. Por su parte, el Hijo puede ser conocido en cuanto que nace de otro; esto es la filiación, y porque de El surge otro, el Espíritu Santo; y por eso es conocido del mismo modo que el Padre por la espiración común. Y el Espíritu Santo puede ser conocido por surgir de otro o de otros; esto es la procesión. Pero no puede ser conocido porque otro surja de El, ya que nadie surge de El. Así, pues, cinco son las nociones en Dios: Innascibilidad, paternidad, filiación, espiración común y procesión.
De estas cinco, cuatro son relaciones; pues la innascibilidad no es relación más que por reducción, como se dirá más adelante. Cuatro son sólo propiedades; pues la espiración común no es propiedad, ya que pertenece a dos personas. Y tres son nociones personales, esto es, constitutivas de personas: la paternidad, la filiación y la espiración; pues la espiración común y la innascibilidad son llamadas nociones de las personas, pero no personales, como luego quedará más claro.”
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En la base de todo esto está lo que enseña el Concilio de Florencia: “en Dios todo es uno y lo mismo donde no obsta la oposición de relaciones”.
La única forma en que subsista la Unidad de la Esencia divina absoluta es si la distinción real entre las Personas no se da en el plano de lo absoluto, que es el de la Esencia, sino en el plano de las relaciones, y eso sólo sucede cuando esas relaciones se oponen entre sí, es decir, cuando cada una es el término al que se ordena la otra, de modo que sería simplemente contradictoria su identificación, porque en toda relación real el sujeto de la relación y el término de la relación han de ser realmente distintos.
En el caso de las Relaciones divinas, el sujeto de la relación se identifica con la relación misma, porque son Relaciones Subsistentes, y así, la Paternidad es el Padre y la Filiación es el Hijo.
Y no puede una Relación divina ser término de otra sin que esta otra sea a su vez término suyo bajo otro aspecto, porque son relaciones de origen, donde a la relación del originante al originado corresponde siempre la relación del originado al originante, de modo que si A es término de B, entonces o bien es término de B como lo que procede de B, por ejemplo, como la Filiación es término de la Paternidad, de modo que también B es término de A, como aquello de lo que A procede, siguiendo el ejemplo, como la Paternidad es término de la Filiación, o bien A es término de B como aquello de lo que procede B, es decir, como la Paternidad es término de la Filiación, y entonces, B es término de A como lo que procede de A, es decir, como la Filiación es término de la Paternidad.
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En el texto de Santo Tomás se ve, precisamente, que lo específico de cada Persona divina es en definitiva la misma Relación Subsistente que constituye a esa Persona, porque cuatro de las “propiedades” de las Personas son Relaciones, y una de ellas, la “espiración común”, no es una nueva Relación, sino que consiste en la Paternidad y la Filiación (el Padre y el Hijo), que no se distinguen realmente entre sí en eso de ser origen del Espíritu Santo, porque bajo ese aspecto no se oponen entre sí, y por eso el Espíritu Santo, la Espiración Pasiva o Procesión, se opone a una única relación, que es la Espiración Común, en la cual se identifican el Padre y el Hijo, y así se distingue realmente de ellos.
Y la quinta propiedad, la “innascibilidad” del Padre, es una negación, la negación de un origen en otra Persona, no es por tanto algo positivo distinto de la misma Persona del Padre, es decir, de la relación de Paternidad. Las tres Relaciones restantes son las Personas divinas: la Paternidad (el Padre) la Filiación (el Hijo) la Espiración Pasiva o Procesión (el Espíritu Santo).
Nada más es propio o específico de las Personas divinas “ad intra”. Tienen una sola Esencia, una sola Inteligencia, una sola Voluntad, un solo Conocimiento, un solo Amor, etc., porque ninguno de estos atributos divinos consiste en una relación que esté en oposición con otra relación.
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Y por esta misma razón, es que en su acción “ad extra”, hacia las creaturas, todo es común a las tres Personas divinas, excepto, precisamente, el ser el Sujeto Personal de la naturaleza humana de N. S. Jesucristo, que eso es exclusivo del Hijo, Segunda Persona de la Trinidad, porque mientras que en el obrar “ad extra” de las Personas divinas se manifiesta la Unidad de la Naturaleza divina, porque el obrar sigue al ser, en la Encarnación la naturaleza humana de Cristo tiene como sujeto a la Persona del Verbo de Dios.
Y así, las tres Personas divinas obran la Encarnación del Verbo, pero sólo el Verbo se encarna.
Ésa es la razón precisamente por la cual N.S. Jesucristo no puede decir “Yo, la Trinidad”.
Esta última “especificidad”, justamente, es la que es negada en algunos mensajes del Sr. Genovese, en los que se dice que la Trinidad misma se ha encarnado, como veremos.
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Por otra parte, y en la otra punta, un componente importante de la “Nueva Teología” ha sido la voluntad de encontrar “especificidades” de las distintas Personas divinas también en el obrar divino “ad extra”, comprometiendo así nada menos que la Unidad de Dios, porque sólo la oposición mutua de las Relaciones divinas subsistentes hace posible la distinción real en la suprema Unidad de la Esencia absoluta divina, y esa oposición mutua, por su misma naturaleza, sólo rige “ad intra”, ya que es una oposición entre las Relaciones mismas, por la cual éstas son relativas las unas a las otras, y no a nada creado.
Es cierto que existen las “apropiaciones” trinitarias, donde lo que en realidad, en el obrar divino “ad extra”, es común a las tres Personas divinas, se “apropia” según nuestro modo de hablar y de pensar a una de ellas, por la mayor semejanza que tiene con ella el efecto en cuestión, así, por ejemplo, la Creación, que es común a las tres Personas, y por la cual Dios está en el origen de las creaturas, se “apropia” al Padre, porque es el Origen no originado de la Trinidad.
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Volviendo a nuestro documento, pasamos a esos mensajes que según el mismo tienen elementos “no aceptables”:
“(A) “Nosotros Misericordia […] nos hemos encarnado” (541).
(B) “Padre, Hijo y Espíritu […] nos encarnamos en la Mujer” (622).
© “En el Rostro del Hijo tomaremos vuestra humanidad” (150).
(D) “Por el don de tu Encarnación, Pasión, Muerte y Resurrección, Santísima Trinidad, Misericordia Infinita, yo confío y espero en ti” (780).”
Evidentemente, aquí se afirma claramente la Encarnación de toda la Trinidad, lo cual es contrario a la fe.
Como ya apuntamos en lo que precede, estas proposiciones podrían vehicular dos herejías diferentes (y contradictorias entre sí): o bien un sabelianismo, que en definitiva afirma una sola Persona en Dios, que aparece bajo “máscaras” diversas: el Padre, el Hijo, y el Espíritu Santo, o bien la afirmación de que en Cristo hay tres Personas realmente distintas entre sí: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo.
Lo primero estaría avalado por el “de mí, la Trinidad”, que apunta a una sola persona en la Trinidad, lo segundo, por el “nos hemos encarnado”, que apunta a una pluralidad de sujetos personales en Cristo.
Siendo esto segundo una herejía que nos da la impresión de ser nueva en la Iglesia, aunque tampoco nos extrañaría que ya hubiese sido propuesta en el pasado.
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Frente a esto, el documento aclara:
“Queda claro que tales expresiones no son aceptables y debe evitarse su difusión, ya que pueden interpretarse fácilmente de forma contraria a la fe católica. No se trata de imputar errores en todos los escritos del Sr. Genovese. De hecho, en muchos de ellos, sobre todo en aquellos sucesivos, encontramos aclaraciones que nos conducen hacia la interpretación correcta. En los textos posteriores a los mencionados, podemos leer, en efecto, lo siguiente:
«En la Encarnación, la Trinidad no ha asumido la Humanidad, pero en la humanidad de la Palabra, del Verbo, nosotros contemplamos y tocamos también su Divinidad» (1407).
«“Por el don de tu Encarnación, Pasión, Muerte y Resurrección” es referido claramente al Verbo […] ¡porque el Verbo revela el actuar en el tiempo y en la historia de toda la Trinidad, Único Dios!» (1441).
«En mi humanidad, humanidad Mía, Jesús, está el Verbo y sólo el Verbo asume la humanidad» (1706).”
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La traducción española del documento no hace sentido en la parte fundamental, donde dice:
“Podemos sostener que la propuesta espiritual que brota de las experiencias narradas del Sr. Gioacchino Genovese en relación a la “Trinidad Misericordia”, se interpreta a la luz de lo dicho, como sostienen los diversos expertos consultados, no contiene elementos teológicos o morales contrarios a la doctrina de la Iglesia.”
En realidad debe decir:
“Possiamo sostenere che la proposta spirituale che scaturisce dalle esperienze narrate dal Sig. Gioacchino Genovese in relazione alla “Trinità Misericordia”, se interpretata alla luce di quanto detto, come sostengono i diversi esperti consultati, non contiene elementi teologici o morali contrari alla dottrina della Chiesa. |
“Podemos sostener que la propuesta espiritual que surge de las experiencias narradas por don Gioacchino Genovese en relación con la “Trinidad de la Misericordia”, si se interpreta a la luz de lo dicho, como afirman los distintos expertos consultados, no contiene elementos teológicos o morales contrarios a la doctrina de la Iglesia. |
El texto continúa diciendo que:
“En cualquier caso, es necesario proceder de forma que, en la publicación de una antología de escritos, se eviten textos que contengan expresiones confusas (como A, B, C, D y similares) y que esta carta se coloque como introducción a la colección.”
En definitiva, aquí se dice que los mensajes del Sr. Genovese no contienen elementos contrarios a la doctrina de la Iglesia, si se los interpreta a la luz de lo que dice este mismo documento.
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Esto hace surgir algunos interrogantes.
En primer lugar, el nuevo documento trae 6 respuestas posibles de la Iglesia ante un pretendido hecho sobrenatural , de las cuales el “Nihil obstat” es la primera y la más positiva, y las siguientes cada una más restrictiva, hasta llegar al “constat de no supernaturalitate“.
Las dos primeras, por tanto, son:
“17. Nihil obstat — Aunque no se expresa ninguna certeza en cuanto a la autenticidad sobrenatural del fenómeno, se reconocen muchos signos de una acción del Espíritu Santo “en medio” de una determinada experiencia espiritual, y no se han detectado, al menos hasta ese momento, aspectos especialmente problemáticos o arriesgados. Por ello, se anima al Obispo diocesano a apreciar el valor pastoral y también a promover la difusión de esta propuesta espiritual, incluso a través de posibles peregrinaciones a un lugar santo.
18. Prae oculis habeatur — Si bien se reconocen importantes signos positivos, se advierten también algunos elementos de confusión o posibles riesgos que requieren un cuidadoso discernimiento y diálogo con los destinatarios de una determinada experiencia espiritual, por parte del Obispo diocesano. Si hay escritos o mensajes, puede ser necesaria una clarificación doctrinal.”
Por lo visto, este segundo apartado, “prae oculis habeatur", parece ajustarse mucho más que el “nihil obstat” al caso de los mensajes del Sr. Genovese.
¿Porqué entonces se procedió a emitir el “nihil obstat“? ¿De qué sirve tener una lista tan variada y detallada de respuestas posibles, si luego no se la utiliza?
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El documento parte de la premisa que dice que en una verdadera manifestación divina sobrenatural puede el vidente o testigo introducir otros elementos que incluyan incluso errores doctrinales.
Eso parece implicar que no necesariamente los errores doctrinales son signo de la inautenticidad del evento sobrenatural, ni siempre son motivo para negar la aprobación eclesiástica al mismo.
Parecería lógico, supuesto que esto sea así, que debería haber fuertes razones para dar la aprobación a una aparición o unos mensajes que sí contienen errores doctrinales y más específicamente, herejías, de tal modo que en ese caso dichos errores y herejías no cumpliesen su función de criterios negativos que impiden esa aprobación.
Por eso la pregunta acerca de los mensajes dirigidos supuestamente por Cristo y por toda la Trinidad al Sr. Genovese es ¿por qué en este caso se ha decidido que los evidentes errores doctrinales, más precisamente, herejías, que contienen esos mensajes, en vez de ser un criterio negativo que impide su aprobación eclesiástica, son algo que se puede expurgar para dar el “nihil obstat” al resto?
Da la impresión de que debería haber algo más que los solos supuestos mensajes escritos por alguien que dice haberlos recibido de Cristo y de la Trinidad para que la Iglesia otorgue un “nihil obstat” cuando resulta que parte de esos mensajes son heréticos.
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El único otro elemento posiblemente sobrenatural que aparece en las noticias al respecto es que el altar del templo donde al parecer tuvieron lugar algunas de esas supuestas revelaciones ha comenzado a emanar agua, siendo así que es una sola pieza de mármol.
Ahora bien, apelar al hecho del altar, por ejemplo, o a otros análogos ¿no sería entrar en una evaluación positiva de la sobrenaturalidad del hecho, que es justamente lo que ahora se quiere evitar?
En el documento se hace referencia a frutos espirituales positivos que ha arrojado esta experiencia que lleva ya algunos años, sin precisar más.
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Por otra parte, respecto del contenido de estos mensajes, se dice en este documento que los errores han sido corregidos en mensajes posteriores, y que los mensajes no contienen errores si se los interpreta a la luz de lo que dice el documento.
Pero eso tampoco es claro. Porque una cosa es suprimir, simplemente, algunos mensajes, y otra interpretarlos. Los que se suprimen no necesitan interpretación alguna, porque se han suprimido por ser claramente heréticos. ¿Quedan otros ambiguos, que sería susceptibles de una interpretación ortodoxa y otra heterodoxa?
En ese caso, lo lógico, desgraciadamente, es interpretarlos a la luz de los textos claramente heterodoxos. Siempre lo oscuro se interpreta a la luz de lo claro.
De lo contrario parece que el Magisterio estuviese fabricando otros mensajes ortodoxos que vendrían a sustituir a los mensajes originales del supuesto vidente.
Se puede responder que el vidente simplemente no entendía lo que estaba diciendo al proponer aquellos mensajes claramente heterodoxos, y que ahora los rechaza explícitamente y adhiere a la interpretación ortodoxa de los mensajes ambiguos y a otros que contradicen claramente los errores señalados.
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El problema aquí es qué es lo que está discerniendo el Magisterio en este caso. Un objetivo claro de discernimiento sería la sobrenaturalidad o no de esos mensajes, pero la sobrenaturalidad, según la nueva política de las autoridades eclesiásticas, normalmente al menos no se investiga, y la no sobrenaturalidad en este caso no se ha decretado.
¿Se dirá que entonces se discierne la ortodoxia doctrinal de los mensajes? Pero por ese lado el dictamen debería ser negativo, porque hay mensajes claramente heréticos. Aceptando que haya casos en los que el vidente agrega algo de su propia cosecha, incluso erróneo, a mensajes de origen divino, el caso es que entonces ha de haber alguna razón para considerarlos de origen divino, y ésa no puede consistir solamente en la ortodoxia de los pasajes restantes.
Y si se dice que la cuestión del origen divino está fuera de consideración ¿entonces la intervención del Magisterio ha sido necesaria solamente para separar los mensajes heterodoxos de los ortodoxos? Lo cual tampoco se ha hecho del todo bien en este caso, como vimos, porque hay mensajes que en el documento se presentan en tono aprobatorio, fuera de la sección destinada a los “no aceptables”, y que tampoco son ortodoxos.
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La pregunta aquí es: ¿qué clases de errores doctrinales deberían figurar en los mensajes derivados de una supuesta aparición sobrenatural de N. S. Jesucristo o de la Virgen para que se procediese entonces a negar el “nihil obstat”?
Porque con este método de “filtrado” de los errores y herejías que aparecen en los mensajes no parece en principio posible que ningunos supuestos mensajes ni ningunas supuestas apariciones dejen de ser aprobados por razones de orden doctrinal.
En efecto, si se puede interpretar frases como
“Por el don de tu Encarnación, Pasión, Muerte y Resurrección, Santísima Trinidad, Misericordia Infinita, yo confío y espero en ti”
Diciendo que
“““Por el don de tu Encarnación, Pasión, Muerte y Resurrección” es referido claramente al Verbo […] ¡porque el Verbo revela el actuar en el tiempo y en la historia de toda la Trinidad, Único Dios!” (1441).”
entonces cualquier supuesto mensaje procedente de cualquiera supuesta aparición va a poder ser declarado carente de error doctrinal si se interpreta del modo en que lo interprete el documento de turno.
Se dirá, lógicamente, que el mismo documento advierte de esos errores, manda que en las ediciones que se haga de esos mensajes no se publiquen esas partes erróneas, y que se publique junto con los mensajes este documento en cuestión.
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No viene a cuento aquí lo que dice el documento:
“Ciertamente, no es nunca fácil expresarse con precisión sobre el misterio de la Santísima Trinidad; y si esto es cierto para los grandes teólogos y para el mismo Magisterio de la Iglesia, se hace aún más complejo cuando se intenta expresar con palabras humanas, lo que se vive en una experiencia espiritual. El Señor Genovese lo reconoce claramente cuando, refiriéndose a sus palabras, dice ser «consciente de su imprecisión, tan imprecisa como todo lo que ha escrito hasta ahora» (1164). Después añade que, cuando ha intentado ofrecer mayores explicaciones, le ha sido recordado interiormente que su palabra no puede relatar plenamente lo que ha experimentado. Este reconocimiento se convierte en un criterio hermenéutico de gran peso en el discernimiento exacto y preciso de sus escritos.”
Porque en lo relativo a esos pasajes el objeto de contemplación no es el inefable misterio de la Trinidad, sino el clarísimo caso de una herejía producida por la mente humana.
Es decir, no es algo que supere nuestra inteligencia, sino algo que en realidad queda por debajo de ella, porque podemos perfectamente identificar la doctrina ortodoxa en este tema.
En efecto, ¿qué quiere decir eso de que esas expresiones heréticas se deben a la dificultad y eventualmente imposibilidad de expresar con palabras una experiencia espiritual?
A un católico mínimamente conocedor de su fe ese problema no se le plantea. Supuesto que tenga una experiencia mística inefable, podrá sin duda sentirse perdido para encontrar palabras para expresarla, pero donde no se va a sentir perdido es en saber que no debe expresarla con frases que son heréticas, a no ser que ese supuesto “católico” haga primar su supuesta “experiencia espiritual” por encima de la fe de la Iglesia Católica.
Por supuesto que todo se aclara si suponemos en ese católico una importante ignorancia de lo que cree, pero eso no es lo mismo que la gran dificultad para trasmitir en palabras humanas una profunda experiencia mística a que alude el documento.
Esto queda como gran incógnita porque por el otro lado el Sr. Genovese no parece para nada ser una persona inculta. En Youtube hay varias composiciones musicales suyas que no hace falta ser experto para darse cuenta de que son de gran calidad, así como interpretaciones, como director de orquesta, de obras clásicas por ejemplo de Beethoven.
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Es claro que si los fieles están interesados en esas palabras, es porque se presentan como palabras de N. S. Jesucristo, de lo contrario, para leer las mismas cosas se pueden comprar libros escritos por autores católicos.
Por su parte, la Iglesia renuncia a decirles que sí puede considerarse que son palabras de N. S. Jesucristo, y en este caso, además, no pronuncia el “constat de non supernaturalitate”, que resolvería el asunto por el lado negativo.
Queda entonces que el fiel que se interese por estas palabras será porque él mismo ha decidido que efectivamente son de N. S. Jesucristo, pero en base a nada, porque como dije, para tener discursos católicos sobre la Trinidad sobran los autores en las librerías católicas (al menos en las de viejo J), y además, en este caso, habiéndose debido descartar previamente ciertas proposiciones heréticas procedentes de la misma fuente.
En efecto, quitado el origen sobrenatural de esos mensajes, es decir, quitado que procedan del mismo N.S. Jesucristo, no parece que sean de naturaleza tan extraordinaria como para justificar una intervención eclesial, salvo que sea para señalar el error y la herejía que de hecho contienen.
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O bien el fiel se apoyará también en la supuesta sobrenaturalidad del hecho del agua que sale del altar y otros eventuales hechos análogos, discernida por él mismo sin apoyo alguno de la Iglesia, pero es que justamente ahí es donde es más necesaria la intervención eclesial, porque si la Iglesia misma no es capaz de decir si un hecho es sobrenatural o no, ¿quién podrá hacerlo?
Y además ¿quién se encargará de hecho de hacerlo?, con todas las consecuencias negativas, por ejemplo, heréticas o sectarias, que de ello se puede derivar.
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En definitiva aquí las autoridades eclesiásticas están de algún modo validando los mensajes, no cualquier clase de mensajes, sino mensajes que se dicen procedentes del mismo N. S. Jesucristo, y que son entregados por una persona que ya ha mezclado en ellos, comprobadamente, herejías, sin que aparentemente haya otro motivo para esa validación que el hecho en sí mismo tautológico de que la parte que no es herética es ortodoxa…
Parece que se debería revisar todo este asunto de las apariciones una vez más, en el sentido de que efectivamente fuese necesario que la Iglesia, tras poco o mucho tiempo, emita una de las tres sentencias clásicas: “constat de supernaturalitate”, “no constat de supernaturalitate”, “constat de non supernaturalitate”: consta la sobrenaturalidad, no consta la sobrenaturalidad, consta la no sobrenaturalidad.
En efecto, el hecho fundamental aquí es que determinados mensajes se presentan como emanados directamente de N. S. Jesucristo. Es una pretensión demasiado fuerte, entendemos, como para que la Iglesia la deje de lado.
El único interés real de estos mensajes, finalmente, es su supuesto origen divino. No pronunciarse sobre eso, y centrarse solamente en la ortodoxia doctrinal y la ausencia o presencia de otros criterios negativos produce una sensación de irrealidad en todo el asunto, porque evidentemente que de todos modos el origen divino o no de los mensajes sigue siendo siempre el tema central y la raíz de toda la situación que se plantea.
No parece que sería propio de la Iglesia Católica refugiarse en una especie de agnosticismo kantiano respecto de la efectiva sobrenaturalidad o no de mensajes que se presentan como sobrenaturales, dedicándose solamente a verificar la ortodoxia doctrinal del “fenómeno”.
Pero si a eso le agregamos que los mensajes contienen errores, herejías, y que eso también se deja de lado como criterio evaluativo, para terminar dando el “nihil obstat” a escritos que, una vez purificados, no constituyen tampoco nada demasiado sobresaliente en la materia, entonces la perplejidad se vuelve bastante grande.
10 comentarios
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Sería interesante, sí. Veremos Dios mediante.
Saludos cordiales.
2. Si consta, si hay hecho histórico sobrenatural, discernir si es acción preternatural o divina. Y si es preternatural, discernir si es demoníaca o no.
3. Si no consta, puede ser o bien porque no hay seguridad todavía en la que apoyarse para probarlo o porque es evidente que hay falsedad.
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Salvo mejor opinión, y dado que las posibles respuestas son tres: consta la sobrenaturalidad, no consta la sobrenaturalidad, consta la no sobrenaturalidad, me parece que ahí "sobrenaturalidad" quiere decir la buena, es decir, la que viene de Dios.
En ese caso, "consta la no sobrenaturalidad" excluye la sobrenaturalidad buena, y sobre la mala no se pronuncia, basta con el hecho de que en esos casos se advierte a los fieles que no sigan esa aparición o el fenómeno que sea, sin que la Iglesia se meta a discernir si hay o no acción demoníaca, que también tiene, supongo, sus dificultades y no parece agregar nada esencial a la decisión eclesial, además de que se evita hacer propaganda al demonio.
Saludos cordiales.
Con los problemas actuales y las persecuciones a la orden del día contra la Iglesia y los Sacramentos ahora también contra el Dogma.
Si se tratara de un ámbito comercial estaríamos en presencia de alguien que quiere vender un libro o hacer turismo en algún lugar y está buscando la forma de movilizar...
Desde lo religioso me ha llamado la atención una afirmación en tu estudio que dice " Por ello, se anima al Obispo diocesano a apreciar el valor pastoral y también a promover la difusión de esta propuesta espiritual, incluso a través de posibles peregrinaciones a un lugar santo".
Cómo se sabe de la existencia de un lugar santo para peregrinar ?.
Si se anima al Obispo a generar peregrinaciones al denominado "lugar santo" presupone que tal lugar tiene algo que ver con las visiones y si se habla de santidad del lugar todos van a entender que las visiones también lo son y agarrate catalina......
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Por eso, me parece que el tema de la sobrenaturalidad es esencial. Además, como digo en el "post", le ofrece un objeto preciso al discernimiento de la Iglesia en estos casos.
Saludos cordiales.
"...si A es término de B, entonces o bien es término de B como lo que procede de B, por ejemplo, como la Filiación es término de la Paternidad, de modo que también B es término de A, como aquello de lo que B procede, siguiendo el ejemplo, como la Paternidad es término de la Filiación".
No me cierra lo anterior, si se da a entender que la Paternidad procede de la Filiación, pero me parece que no es esa la idea, ¿no?
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Sí, correcto, hay que corregirlo, gracias. Debe decir "también B es término de A como aquello de lo que A procede".
Saludos cordiales.
"El Dios filosófico está esencial y solamente relacionado consigo mismo.
Es un puro pensar que se contempla a sí mismo. El Dios de la fe está, en cambio, determinado por la categoría de la relación. Es amplitud creadora que lo transforma todo. Así surge una nueva imagen del mundo y una nueva ordenación del mismo: la suprema posibilidad de ser no es la de poder vivir separado, la de necesitarse sólo a sí mismo ni la de subsistir en sí mismo. La forma suprema del ser incluye en sí misma el elemento de la relación. No es necesario insistir en la revolución que supone para la dirección de la existencia humana el hecho de que lo supremo no sea ya la autarquía absoluta y cerrada en sí misma, sino la relación, el poder que crea, lleva y ama todas las cosas..." (Sígueme, Salamanca, 1979, p. 119).
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En primer lugar, aquí se afirma algo que tomado al pie de la letra, como hay que hacer en filosofía y teología, es falso, y lleva lógicamente a contradecir la fe: que la Filosofía excluye las relaciones divinas.
Eso lleva a contradecir la fe, porque lleva a decir que la razón (y no meramente los errores filosóficos, de los que no se habla en el texto) lleva a conclusiones contrarias a la fe, porque la Filosofía no es otra cosa que la razón discurriendo sobre las causas últimas.
Es cierto que dice que para la Filosofía Dios está relacionado solamente consigo mismo, pero eso no puede referirse a las Relaciones Subsistentes trinitarias, porque dichas Relaciones subsistentes no se pueden conocer filosóficamente.
Por tanto, se lo debe interpretar simplemente en el sentido de que la Filosofía niega que en Dios haya relaciones reales, con lo cual estamos en lo de arriba.
Y en segundo lugar sugiere otro error, según el cual Dios tendría por naturaleza relaciones con lo creado.
Porque en seguida relaciona las relaciones divinas con la creación: por sus relaciones, Dios sería "amplitud creadora que lo transforma todo", "la relación, el poder que crea, lleva y ama todas las cosas".
Y no es así, obviamente. Dios es el Absoluto, no puede ser relativo a nada distinto de Él mismo. No hay, dice Santo Tomás, relaciones reales de Dios a las creaturas, sí de las creaturas a Dios. Es decir, entre Dios y las creaturas, las relaciones reales son las que tienen como sujeto a las creaturas, y como término a Dios, o sea, son relaciones de las creaturas, no las que tienen como sujeto a Dios y como término a las creaturas: ésas son solamente de razón.
En Dios sí hay relaciones reales, pero son intradivinas, intratrinitarias, es decir, entre las Personas divinas, más aún, son las mismas Personas divinas, que como dice Santo Tomás, citado en el "post", son relaciones subsistentes ordenadas unas a otras: la Paternidad, la Foliación, la Procesión o Espiración Pasiva.
Así que en este tema hay que distinguir al menos cinco tesis diferentes:
1) La de los que niegan toda relación divina real. Lógicamente, deben negar la Trinidad, o dar en el triteísmo.
2) La de los que afirman las relaciones divinas reales, pero dicen que son contrarias a la razón, es decir, al "Dios de los filósofos".
3) La de los que, además de lo anterior, afirman relaciones reales que tienen a Dios como sujeto y a las creaturas como término.
4) La de los que dicen que las relaciones divinas no sólo no son contrarias a la razón, sino que pueden ser filosóficamente demostradas. Estos son ciertos católicos racionalistas que también fueron condenados en el Concilio Vaticano I.
5) La de los que dicen que hay relaciones reales en Dios, que no pueden ser demostradas filosóficamente pero tampoco son excluidas por la Filosofía, y que no hay relaciones reales que tengan a Dios como Sujeto y las creaturas como términos, sí relaciones reales que tienen a las creaturas como sujetos y a Dios como término: ésta es la tesis tomista, que entiendo que es la única de las cinco que es católica.
En el post-Concilio el tema de la Trinidad fue uno de tantos temas que usó como excusa para combatir al realismo tradicional y a la metafísica (la expresión "metafísica del ser" o "del ente" en realidad es redundante). La idea general fue colocar a Dios por encima o por fuera del ser, descalificando así radicalmente al tomismo, la Escolástica y al mismo San Agustín.
El tema de las Relaciones Divinas Subsistentes se infló hasta el punto de hacer primar lo relativo en Dios, queriendo dar así un golpe mortal a la metafísica realista de la sustancia.
Según esto, las relaciones divinas no sería Subsistentes nada más que por el hecho de ser realmente idénticas a la Esencia divina absoluta y única, sino en sí mismas, en tanto que relaciones, con lo cual cae el principio de no contradicción, porque la relación, como relación, en vez de ser un "en sí" es un "a otro", y el "en sí" no incluye esencialmente "a otro" alguno, y de hecho, en Dios lo que es "a otro" no es la Esencia divina subsistente, sino solamente las relaciones divinas, que son subsistentes solamente por ser idénticas a la Esencia divina absoluta y en esa medida.
Pero esta operación no estaba completa sin poner a lo creado como término necesario de esas relaciones divinas así concebidas, de hecho, en el "desabsolutizar" a Dios la finalidad no era la exaltación de la relación, sino la exaltación de la creatura, que pasaba a ser el término propio de las relaciones divinas como tales, y así, algo inherente a la Naturaleza misma de Dios, en vez de ser lo creado, como es, algo contingente, que existe o no en dependencia simplemente de la Libertad divina.
El hacer de las creaturas términos propios y naturales de las relaciones intradivinas, lógicamente tomado, es panteísmo.
Por eso no son de extrañar las versiones post-conciliares hegelianas de la Trinidad, que también las hubo, de hecho, Hegel comenzó su filosofía meditando sobre el dogma trinitario cuando estudiaba para pastor protestante.
Por supuesto que todo esto se ha dado en tonos más moderados y menos moderados según los autores, pero siempre evidenciando la radical insuficiencia filosófica de la teología católica post-conciliar, y siempre como antecedente ventoso, más o menos remoto, de las tempestades actuales.
Saludos cordiales.
Tener "el objeto preciso" es lo esencial.
Es dar en el blanco (target).
Si el objeto es impreciso no puede ser sobrenatural.
Si no consta la sobrenaturalidad el tema está terminado.
En derecho sería una sentencia sin materia.
Al paso que vamos lo que era trino será de cuatro, trino + la voz = cuatro...
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Claro, la pregunta es qué es lo que se está discerniendo. Anteriormente era claro, se trata de discernir si efectivamente los mensajes vienen de Dios o no, y todo lo demás se ordenaba a eso, por más que obviamente nunca se llegaba a una definición dogmática que obligase a la fe de todos los católicos.
Ahora de eso queda solamente la mitad: "consta de non supernaturalitate", cuando se vea necesario decirlo.
Bien, pero fuera de ese caso ¿qué es lo que se discierne? Ni siquiera estamos en un "non constat de supernaturalitate", sino simplemente en el no pronunciarse.
Saludos cordiales.
2. Pues, el Señor Jesús, fundador de la Iglesia, tuvo que ser un buen propagandista: no evita hablar del adversario, nuestro enemigo. Por lo que, el primer interesado en que no se hable de él con pruebas históricas es el demonio.
3. La mision principal de la Iglesia Católica es la salvación de las almas.
4. Luego, la Iglesia debe discernir si hay acción o no demoníaca, no basta con quedarse solo la advertencia a los fieles.
5. Pues, exorcistas y rito exorcista tiene la Iglesia para liberar y sanar a los videntes.
6. Y son las menos dificultosas y es esencial a la decisión eclesial, porque atañe al poder que Dios ha dado a su Iglesia.
7. Esto es algo que siempre me sorprendió, porque en las comisiones para el estudio de revelaciones privadas no se cuenta con el exorcista y si con la evaluación del psiquiatra.
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Pues el hecho es que así es, quiero decir, las respuestas clásicas posibles, por lo que sé, se refieren solamente a la sobrenaturalidad que viene de Dios. Alguna razón se ha tenido sin duda para hacerlo así, yo ahí aventuro una hipótesis, es cierto que no he estudiado a fondo ese tema en particular.
Saludos cordiales.
Afirmas con razón "la pregunta es qué es lo que se está discerniendo" y si lo aplicáramos a este caso parecería alterar el orden lógico.
En derecho la norma general es que lo que no está prohibido expresamente está permitido. La dictadura del pensamiento invierte esa postulación y dice que lo que no está permitido expresamente está prohibido.
Aquí resultaría válido sostener que si no consta la sobrenaturalidad no es sobrenatural contra si no consta la no sobrenaturalidad es sobrenatural.
Lindo viste....
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El procedimiento clásico es lógico, porque "no consta la sobrenaturalidad" es algo de suyo provisorio, aunque en los hechos pueda quedar así hasta el fin de los tiempos.
Es claro que el "no consta la sobrenaturalidad" es de suyo provisorio, porque es claro que puede ser luego sustituido por un "consta la sobrenaturalidad" o un "consta la no sobrenaturalidad", si aparecen nuevos elementos de juicio, porque lo único que afirma es que la sobrenaturalidad, por el momento, no consta, no que conste que no la hay, que para eso está lo otro.
Ese tercer miembro, el "no consta", ha sido introducido entonces justamente para hacer lugar al tiempo en la manifestación de las cosas, por la positiva o por la negativa.
Pero eso refuerza la idea de que la finalidad última de todo el discernimiento es declarar que consta la sobrenaturalidad o que consta que no la hay.
Por tanto, un procedimiento en el cual por principio se renuncia a hacer constar la sobrenaturalidad es un procedimiento trunco.
Es posible que algunos, viendo que era posible la declaración "no consta", hayan olvidado el carácter esencialmente provisorio de la misma y hayan concluido que la Iglesia puede por principio renunciar a declarar la sobrenaturalidad cuando corresponda.
Saludos cordiales.
Agrego un texto que va en cierto sentido en la línea del de Ratzinger (gracias por la respuesta) y, por lo tanto, es también criticable. Este es de C. S. Lewis, en "El problema del dolor":
«No voy a negar, por supuesto, que a cierto nivel podemos hablar, con toda propiedad, de la búsqueda de Dios por parte del alma, y de Dios como receptivo al amor del alma; pero, a la larga, la búsqueda de Dios por parte del alma, solamente es un modo o un aspecto (Erscheinung) de la búsqueda del alma por parte de Dios, dado que todo procede de Él, que la posibilidad misma de amar es un regalo suyo, y que nuestra libertad es solamente una libertad para dar una mejor o peor respuesta. De ahí que piense que nada separa tanto el deísmo pagano del Cristianismo como la doctrina de Aristóteles, al decir que Dios mueve el universo, permaneciendo Él inmóvil, como el amado mueve a un enamorado. Pero, para la Cristiandad, “en esto está la caridad: no en que nosotros hayamos amado a Dios sino en que Él nos amó primero a nosotros”»
-.-.-
"En derecho la norma general es que lo que no está prohibido expresamente está permitido...".
Interesante. Me parece que a veces se entiende mal ese principio. El derecho humano o, mejor, la ley humana (se entiende, justa), no prohíbe algunas cosas pero no como aprobándolas, sino por exceder su competencia y no poder dirigirlas: así ocurre con todo lo que es contrario a la ley eterna que la ley humana no prohíbe expresamente, como dice santo Tomás en S. Th., I-II, q. 93, a. 3, ad 3. Así que en esos casos, al decir que la ley humana "permite" tales desórdenes, hay que tener cuidado en no entender que los aprueba.
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Muchas gracias. En ese texto de Lewis se opone el hecho de que Dios mueva como mueve lo que es amado, al hecho de que Dios nos ame a nosotros. Así solamente dicho, no se ve dónde estaría la oposición: Dios nos ama y nosotros lo amamos a él, y el amor que le tenemos es lo que nos mueve a querer alcanzarlo.
Si miramos la doctrina de Aristóteles, es cierto que el Dios de Aristóteles no parece que ame al mundo ni al hombre, ocupado solamente en conocerse y amarse en todo caso a Sí mismo, y por lo mismo, no actúa sobre el mundo como causa eficiente, sino sólo como Causa Final, es decir, atrayendo al mundo con su Perfección.
Es válida entonces su crítica a la parte de la filosofía de Aristóteles que niega que Dios conozca al mundo, ame al mundo, y obre sobre el mundo como Causa Eficiente, pero de ahí no se sigue que sea falso que Dios mueve al mundo también como Causa Final, "como lo deseado", que tengo entendido que dice Aristóteles.
Pero además está en el texto la palabra "inmóvil", que hace que uno se pregunte si para Lewis la inmutabilidad divina es un obstáculo al hecho de que Dios nos ame. Yo diría más bien que Lewis afirma la inmutabilidad divina, pero eso habría que verlo más en detalle y en la obra de Lewis.
Saludos cordiales.
Brevemente. Y por favor que no aparezca nadie de la Fraternidad a contestarme. Es un favor para mi alma que no lo sean. AMGD.
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Aquí hemos señalado solamente un punto contenido en ese texto que envió Federico, sobre la relación entre la filosofía y la teología y por tanto entre la fe y la razón. La objeción es precisamente ésa que pongo en el comentario al texto de Ratzinger (cuando escribió eso no era Benedicto XVI, probablemente ni era Obispo).
Brevemente, que si hay oposición entre el "Dios filosófico" y el "Dios de la fe", entonces hay oposición entre la fe y la razón, lo cual nunca puede ser.
En la "Introducción al Cristianismo" de Ratzinger hay otros puntos cuestionables, más que nada por el lado filosófico, pero para eso habría que dedicar un "post" aparte.
Saludos cordiales.
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