Acerca de la pena de muerte

Buen LadrónDe lo que informa Aciprensa de unas palabras del Papa Francisco acerca de la pena de muerte extractamos los siguientes pasajes (los subrayados en negrita son nuestros, salvo los que vienen en el texto de Aciprensa):

“En el encuentro el Santo Padre entregó una carta a Federico Mayor, Presidente de la institución, en la que resaltó que “hoy en día la pena de muerte es inadmisible”.”

“En el texto el Santo Padre afirma que “hoy en día la pena de muerte es inadmisible, por cuanto grave haya sido el delito del condenado. Es una ofensa a la inviolabilidad de la vida y a la dignidad de la persona humana que contradice el designio de Dios sobre el hombre y la sociedad y su justicia misericordiosa, e impide cumplir con cualquier finalidad justa de las penas. No hace justicia a las víctimas, sino que fomenta la venganza’‘.

‘’Para un Estado de derecho, la pena de muerte representa un fracaso, porque lo obliga a matar en nombre de la justicia. Nunca se alcanzará la justicia dando muerte a un ser humano”.

“El Papa afirma asimismo que “con la aplicación de la pena capital, se le niega al condenado la posibilidad de la reparación o enmienda del daño causado; la posibilidad de la confesión, por la que el hombre expresa su conversión interior; y de la contrición, pórtico del arrepentimiento y de la expiación, para llegar al encuentro con el amor misericordioso y sanador de Dios”.

“Es, además, un recurso frecuente al que echan mano algunos regímenes totalitarios y grupos de fanáticos, para el exterminio de disidentes políticos, de minorías, y de todo sujeto etiquetado como ‘’peligroso'’ o que puede ser percibido como una amenaza para su poder o para la consecución de sus fines'’.

“El Pontífice resalta luego que “el Magisterio de la Iglesia, a partir de la Sagrada Escritura y de la experiencia milenaria del Pueblo de Dios, defiende la vida desde la concepción hasta la muerte natural, y sostiene la plena dignidad humana en cuanto imagen de Dios. La vida humana es sagrada porque desde su inicio, desde el primer instante de la concepción, es fruto de la acción creadora de Dios'’.”

“En algunas ocasiones, prosigue el Papa, “es necesario repeler proporcionadamente una agresión en curso para evitar que un agresor cause un daño, y la necesidad de neutralizarlo puede conllevar su eliminación: es el caso de la legítima defensa. Sin embargo, los presupuestos de la legítima defensa personal no son aplicables al medio social, sin riesgo de tergiversación”.

“Es que cuando se aplica la pena de muerte, se mata a personas no por agresiones actuales, sino por daños cometidos en el pasado. Se aplica, además, a personas cuya capacidad de dañar no es actual sino que ya ha sido neutralizada, y que se encuentran privadas de su libertad'’.

El Papa Francisco asegura también que ‘La pena de muerte es contraria al sentido de la humanitas y a la misericordia divina, que debe ser modelo para la justicia de los hombres… Se debate en algunos lugares acerca del modo de matar, como si se tratara de encontrar el modo de ‘hacerlo bien’. Pero no hay forma humana de matar a otra persona'’.

‘’Por otra parte, la pena de prisión perpetua, así como aquellas que por su duración conlleven la imposibilidad para el penado de proyectar un futuro en libertad, pueden ser consideradas penas de muerte encubiertas, puesto que con ellas no se priva al culpable de su libertad sino que se intenta privarlo de la esperanza. Pero aunque el sistema penal pueda cobrarse el tiempo de los culpables, jamás podrá cobrarse su esperanza'’.

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En esta entrada intentaremos exponer las razones por las cuales la Iglesia Católica continúa reconociendo, en su Catecismo, la posibilidad de aplicar legítimamente la pena de muerte. 

Ante todo expresamos que a nuestro modo de ver las razones dadas por el Papa apoyan la práctica tradicional de la Iglesia de interceder por el perdón de algunos condenados a muerte. 

El perdón y la misericordia no se oponen a la justicia. El perdón supone, por otra parte, que la pena que se renuncia a aplicar es una pena justa. Al inocente y al que no merece ningún castigo no se le debe ni puede perdonar nada

Incluso entendemos que es concebible una campaña en la Iglesia para la reducción de la aplicación de la pena de muerte en una época dada, sin que eso implique sostener que tal pena es esencialmente injusta o intrínsecamente mala, por lo que diremos a continuación. 

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Dice el Catecismo: 

“2267 La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas.

Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.

Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy […] rara vez […], si es que ya en realidad se dan algunos» (EV56)”

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Al trasmitir esta enseñanza, el Catecismo se hace eco de la tradición dos veces milenaria de la Iglesia, que siempre ha enseñado la posibilidad de aplicar lícitamente la pena de muerte.

Es claro que los abusos a que pueda dar lugar el derecho a la pena de muerte no lo invalidan, como en general ningún derecho es invalidado por los abusos que en su nombre se puedan cometer.

Por otra parte, la posibilidad de confesión y contrición del condenado a muerte siempre ha sido considerada por la Iglesia y es clásica incluso a nivel de la cultura popular la imagen del sacerdote acompañando al condenado a muerte, escuchando su confesión y dándole la absolución, para que a la satisfacción de las exigencias de la justicia en la sociedad humana la acompañe también, en la medida en que la gracia de Dios así lo disponga, la salvación eterna del reo. La imagen del Buen Ladrón, en los Evangelios, es el símbolo más claro al respecto.

Sin duda que la Iglesia enseña el derecho a la vida de todo ser humano desde la concepción hasta la muerte natural y la inviolabilidad del mismo, pero las mismas palabras del Papa Francisco muestran que ese derecho no puede entenderse en forma absolutamente irrestricta, pues admite la posibilidad de quitar lícitamente la vida a otra persona en el caso de la legítima defensa.

En la nota de Aciprensa al menos no encontramos mencionado otro caso, que es el del agente del orden que en el cumplimiento de su deber quita la vida a un delincuente, pensemos por ejemplo en los casos de terroristas abatidos en medio de un intercambio de disparos con la policía.

Aquí tampoco estamos en un caso de pura defensa personal no aplicable al medio social, porque el policía en ese caso no se está solamente defendiendo a sí mismo, sino a la sociedad toda.

Es cierto que, como señala el Papa, en el caso de la pena de muerte no se trata de defenderse de una agresión actual, sino de castigar un delito pasado que, en sí mismo considerado, ya no representa un peligro actual para la sociedad.

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Por eso, para poder entender a fondo este tema no hay más remedio que plantear la cuestión de la justicia y del justo castigo que la sociedad puede lícitamente imponer a los delincuentes.

No alcanza con preguntar si es justo que los delincuentes sufran una pena aplicada por la sociedad, pues eso podría entenderse en el sentido de que simplemente no es injusto, mientras que lo que hay que preguntar es si es una exigencia de la justicia el que los delincuentes sean castigados en esta vida por sus semejantes, de modo que lo injusto sería no castigarlos.

Hoy día se tiende a decir que no, y que la finalidad de las cárceles, por ejemplo, es solamente la defensa o protección de la sociedad, y la reeducación o rehabilitación de los presos.

Por el contrario, en el Nuevo Testamento es claro que las penas que la sociedad impone son castigos exigidos en razón de la justicia.

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Ver por ejemplo Romanos 13, 1 – 7:

Todos deben someterse a las autoridades constituidas, porque no hay autoridad que no provenga de Dios y las que existen han sido establecidas por él. En consecuencia, el que resiste a la autoridad se opone al orden establecido por Dios, atrayendo sobre sí la condenación. Los que hacen el bien no tienen nada que temer de los gobernantes, pero sí los que obran mal. Si no quieres sentir temor de la autoridad, obra bien y recibirás su elogio. Porque la autoridad es un instrumento de Dios para tu bien. Pero teme si haces el mal, porque ella no ejerce en vano su poder, sino que está al servicio de Dios para hacer justicia y castigar al que obra mal. Por eso es necesario someterse a la autoridad, no sólo por temor al castigo sino por deber de conciencia. Y por eso también, ustedes deben pagar los impuestos: los gobernantes, en efecto, son funcionarios al servicio de Dios encargados de cumplir este oficio. Den a cada uno lo que le corresponde: al que se debe impuesto, impuesto; al que se debe contribución, contribución; al que se debe respeto, respeto; y honor, a quien le es debido.”

Para San Pablo, el  gobernante es un servidor de Dios, su autoridad le viene de Dios, y el castigo temporal que la sociedad aplica al delincuente es en realidad un castigo de origen divino, pues sólo Dios puede ser la fuente última de toda justicia y de todo juicio.

Dios es el Creador del hombre y de la sociedad humana, y la sociedad no es posible sin autoridad, por eso y en ese sentido la autoridad humana viene de Dios y tiene un sentido ministerial respecto de la Autoridad divina.

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Así lo ha entendido siempre la Iglesia Católica, como puede verse por estos pasajes del Catecismo:

“1898 “Toda comunidad humana necesita una autoridad que la rija (cf León XIII, Carta enc. Diuturnum illudCarta enc. Inmortale Dei). Esta tiene su fundamento en la naturaleza humana. Es necesaria para la unidad de la sociedad. Su misión consiste en asegurar en cuanto sea posible el bien común de la sociedad.

1899 La autoridad exigida por el orden moral emana de Dios. “Sométanse todos a las autoridades constituidas, pues no hay autoridad que no provenga de Dios, y las que existen, por Dios han sido constituidas. De modo que, quien se opone a la autoridad, se rebela contra el orden divino, y los rebeldes se atraerán sobre sí mismos la condenación” (Rm 13, 1-2; cf 1 P 2, 13-17).”

“2266 A la exigencia de la tutela del bien común corresponde el esfuerzo del Estado para contener la difusión de comportamientos lesivos de los derechos humanos y las normas fundamentales de la convivencia civil. La legítima autoridad pública tiene el derecho y el deber de aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito. La pena tiene, ante todo, la finalidad de reparar el desorden introducido por la culpa. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, adquiere un valor de expiación. La pena finalmente, además de la defensa del orden público y la tutela de la seguridad de las personas, tiene una finalidad medicinal: en la medida de lo posible, debe contribuir a la enmienda del culpable.”

Nótese que el Catecismo pone en primer lugar la razón de justicia, y sólo después de ellas las razones de expiación por parte del delincuente, defensa del orden público, tutela de la seguridad de las personas y enmienda del culpable.

Y es en el numeral inmediatamente siguiente al último citado que el Catecismo trata precisamente de la pena de muerte, como hemos transcrito al comienzo de este “post”.

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Santo Tomás lo explica magníficamente en I-IIae, q. 87, a. 1:

“De las cosas naturales pasa a las humanas el que lo que se levanta contra algo sufra algún daño del agraviado. Pues vemos en las cosas naturales que un contrario obra más vehementemente al sobrevenir su contrario: por lo que, como se dice en el libro I de los Meteor.las aguas calentadas se congelan más (rápidamente). Pues en los hombres se da esto (mismo) por inclinación natural: que cada uno humilla al que se levanta contra él. Mas es evidente que todas las cosas que están bajo un orden, en cierto modo, son una sola cosa respecto al principio de su orden. De ahí que, si se levanta alguien contra ese orden, es lógico que sea humillado por el orden mismo o por el que lo preside. Ahora bien, siendo el pecado un acto desordenado, es evidente que quienquiera que peca obra contra algún orden. Y por eso es lógico que sea humillado por ese mismo orden. Esta humillación es el castigo. Por consiguiente, el hombre puede ser castigado con una triple pena, según los tres órdenes a los que la voluntad está sometida. Pues la naturaleza humana está sometida primero al orden de la razón propia; segundo, al orden de otro hombre de fuera, que gobierna en lo espiritual o en lo temporal, en lo político o económico; tercero, está sometida al orden universal del régimen divino. Más por el pecado se pervierte cada uno de estos órdenes: en cuanto que el pecador obra contra la razón, contra la ley humana y contra la ley divina. Por consiguiente, incurre en una triple pena: una, por cierto, de sí mismo, que es el remordimiento de la conciencia; otra, de los hombres; y la tercera, de Dios.”

Es claro por este texto de Santo Tomás que esa “reparación del desorden introducido por la culpa” de que habla el Catecismo hace referencia a las exigencias de la justicia en el lenguaje de la Iglesia.

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Y es que lo que no es justo, puede ser no justo, o injusto. Es justo pagar los impuestos, es injusto no pagarlos, es no justo escuchar música clásica o jugar al ajedrez.

Es decir, lo primero es exigido en razón de la justicia, lo segundo es contrario a algo exigido en razón de la justicia, lo tercero no es ni una cosa ni la otra.

Las penas que la sociedad impone a los delincuentes, si no son justas, en el sentido arriba aclarado, son injustas.

En efecto, infligir algún tipo de mal, del  modo que sea, a una persona es algo que en principio no debe hacerse, y que sólo puede justificarse si hay una exigencia ética de hacerlo, por ejemplo, el cirujano que debe extirpar un miembro para evitar la muerte del paciente, por un deber de humanidad, y también el juez que debe castigar un delito, por una exigencia de justicia.

Por tanto, si no hay una exigencia de justicia de castigar a los delincuentes, hacerlo es injusto.

 Pero si las penas que se imponen a los delincuentes son injustas, entonces lo justo es que los delincuentes no sean penalizados. En ese caso, o bien los que delinquen deben ser tratados del mismo modo que los que no lo hacen, o bien deben ser tratados de modo diferente, y eso, en esta hipótesis, sólo puede consistir en que se premie a los que delinquen o se castigue a los que no lo hacen.

Cualquiera de esas tres opciones, obviamente, es absurda.

Por tanto, la imposición de penas a los delincuentes es ante todo una exigencia de la justicia, como dice el texto citado del Catecismo.  

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Y precisamente porque la aplicación de penas a los delincuentes es una exigencia de justicia, también hay, en justicia, una exigencia de proporcionalidad entre las penas que se aplican y los delitos cometidos, pues es claro que la gravedad de los diversos delitos no es la misma, y así como sería injusto tratar igual al culpable que al inocente, también sería injusto dar la misma clase de pena por delitos de distinta gravedad.

Sobre esta base, es fácil ver que la única pena proporcionada a determinados delitos es la pena de muerte. Pensemos en los secuestros de inocentes, a veces niños, con tortura, violación, y posterior asesinato, en los genocidios de poblaciones enteras ordenados por los tiranos de turno, en la opresión económica que mantiene artificialmente a algunas naciones en la miseria y la escasez mientras otros acumulan en sus manos la inmensa mayoría de los recursos del planeta, etc.

Sin duda que hay muchos hoy día que no quieren ni oír hablar de una pena tan grave, y tienen sus buenas razones para ello.

Más aún, hay casos en que incluso parece haber una desproporción, por ejemplo, entre las cincuenta o cien vidas inocentes que puede cobrar un terrorista en un atentado, y la única vida que él, culpable, tiene para dar a cambio.  

Además, el único fundamento coherente que tendría una prohibición absoluta de la pena de muerte en cualquier circunstancia posible sería la inviolabilidad absoluta de la vida humana. Y eso no se puede proclamar, porque entonces cae la misma legítima defensa que el Papa Francisco admite en estas declaraciones suyas, y además se hace inmoral la existencia misma de un cuerpo de policía armado, de los ejércitos, etc.

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Por tanto, no alcanza con decir que el delincuente ya no representa un peligro actual para la sociedad para con eso ya quitar al Estado la posibilidad de aplicar lícitamente la pena de muerte.

La necesidad de “reparar el desorden introducido por la culpapermanece después de que el delito ya ha sido cometido y aún cuando el delincuente ya no está haciendo actualmente daño a nadie ni amenazando con hacerlo.

En ese sentido, la formulación del Catecismo debe ser rectamente entendida. Dice que

“La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas.”

Es coherente con esta enseñanza lo que dice Santo Tomás en II-IIae, q. 64, a. 2:

“Según se ha expuesto, es lícito matar a los animales brutos en cuanto se ordenan de modo natural al uso de los hombres, como lo imperfecto se ordena a lo perfecto. Pues toda parte se ordena al todo como lo imperfecto a lo perfecto, y por ello cada parte existe naturalmente para el todo. Y por esto vemos que, si fuera necesaria para la salud de todo el cuerpo humano la amputación de algún miembro, por ejemplo, si está podrido y puede inficionar a los demás, tal amputación sería laudable y saludable. Pues bien: cada persona singular se compara a toda la comunidad como la parte al todo; y, por tanto, si un hombre es peligroso a la sociedad y la corrompe por algún pecado, laudable y saludablemente se le quita la vida para la conservación del bien común; pues, como afirma 1 Cor 5,6, un poco de levadura corrompe a toda la masa.

Todo esto debe armonizarse con el pasaje del mismo Catecismo y el otro texto de Santo Tomás recién mencionados, en los que se pone como razón de la pena, ante todo, la reparación del desorden introducido por la culpa, o sea, la exigencia de la justicia. 

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Y es correcto que así se haga, porque el castigo, en las cosas humanas, es siempre algo de orden moral, y vinculado por tanto a la justicia.

No es una mera medida defensiva como la que también se podría tomar respecto de un animal peligroso.

Paradójicamente, entonces, el castigo, entendido como exigencia de la justicia, dignifica al reo más que la mera medida defensiva, que también podría tomarse contra un tigre o una serpiente.

No se trata, en efecto, de la mera defensa del egoísmo colectivo contra el perturbador, o de la venganza, sino de una exigencia objetiva de justicia en la sociedad, que mira en última instancia no al reo ni a sus víctimas ni a sus  jueces y verdugos, sino a Dios y al orden moral que tiene en Dios su último fundamento y justificación.  

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Se objeta que la pena que no deja lugar a la rehabilitación del culpable, que elimina de su parte toda esperanza, y que no puede remediarse en caso de error, no es justa, y que eso sucede con la pena de muerte.

Ahí hay que distinguir: la pena que no deja lugar a la rehabilitación del pecador ni hace lugar a la esperanza, ni en esta vida ni en la otra, dejémosla pasar, el hecho es que el ser humano no puede imponer esa clase de penas. Pero de la pena que no deja lugar a la rehabilitación ni a la esperanza mirando a esta vida, pero sí mirando a vida eterna, no se puede, por eso mismo, decir que no sea justa.  

Y la pena de muerte no da lugar a la rehabilitación ni deja lugar a la esperanza mirando a esta vida, pero sí mirando a la vida eterna, como ya hemos dicho, recordando el caso del Buen Ladrón.

Estas razones obviamente que no valen para un ateo, o un  materialista, o un agnóstico, pero ésta es una discusión que se está planteando ahora entre católicos.

Por otra parte, ninguna pena impuesta por el hombre puede remediarse, porque no se puede cambiar el pasado, y por ejemplo, no se le puede devolver a nadie los años que pasó en prisión, independientemente de si se trata de cadena perpetua o no. Con ese criterio, ninguna pena sería justa, simplemente hablando.

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Es claro, por tanto, por todo lo anterior, que muy difícilmente, por decir lo menos, podrá la Iglesia enseñar un día que la pena de muerte es intrínsecamente mala, de modo que no sea lícita en absolutamente ninguna circunstancia posible.

Porque durante los últimos 2000 años ha estado enseñando precisamente lo contrario: que la pena de muerte no es intrínsecamente mala, puesto que puede ser aplicada lícitamente en algunos casos.

Lo de “inadmisible”, entonces, sólo puede entenderse católicamente en el sentido de que hoy día las condiciones de la vida social harían totalmente superflua e innecesaria la pena de muerte.

Y de hecho, así lo dice el Papa según el texto citado: “hoy en día la pena de muerte es inadmisible”.

Esa “inadmisibilidad”, entonces, será en todo caso circunstancial, debida a las especiales características de nuestro tiempo, y no debida a la naturaleza intrínseca de la pena de muerte, de la cual la Iglesia siempre ha dicho que puede ser lícita, de donde se deduce que no puede ser intrínsecamente mala.

Se trata por tanto de un juicio prudencial, en el cual entran elementos contingentes y opinables sujetos a la apreciación humana.

Por ejemplo, parece bastante claro que no se puede decir que hoy día la situación al respecto sea la misma en todas las partes del planeta, en todas las culturas y en todas las sociedades.

En definitiva, la necesidad de una interpretación coherente del Magisterio de la Iglesia hace que en todo caso deba salvarse lo que dice al respecto el Catecismo de la Iglesia Católica.

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Todo esto lo ponemos bajo el patrocinio de San Dimas, el Buen Ladrón, que ha dicho la palabra definitiva sobre nuestro tema (Lc. 23, 39 – 41):

“Uno de los malhechores crucificados lo insultaba, diciendo: “¿No eres tú el Mesías? Sálvate a ti mismo y a nosotros". Pero el otro lo increpaba, diciéndole: “¿No tienes temor de Dios, tú que sufres la misma pena que él? Nosotros la sufrimos justamente, porque pagamos nuestras culpas, pero él no ha hecho nada malo".”

57 comentarios

  
Néstor
Demás está predecir que muchos comentarios deberán ser editados, dada la particularidad del tema, así que podría ser sabio abstenerse de enviar esa clase de comentarios.

Saludos cordiales.
27/06/16 4:21 PM
  
gringo
Reflexiones:

-El filósofo español Gustavo Bueno decía que la pena de muerte en realidad no era pena. Pues efectivamente al morir se deja de sufrir.
Creo sinceramente que la peor pena es la cadena perpetua.

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Néstor:

Esa opinión atribuida a Gustavo Bueno es a lo sumo ingeniosa, pero es claro que se aleja totalmente de la realidad. Se parece al argumento de Epicuro que dice que la muerte no debe preocuparnos, porque cuando nosotros estamos, ella no está, y cuando ella está, no estamos nosotros.

Si no queremos sufrir, es porque nuestro deseo más fundamental es el deseo de felicidad, que implica lógicamente el deseo de vivir. Como dice el refrán: "más vale perro vivo que león muerto".

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-Qué pasa cuando el terrorista quiere morir y para él la ejecución es una recompensa porque será un mártir.

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Néstor:

La ley moral y la ley positiva se tienen que guiar por criterios objetivos sacados de la naturaleza de las cosas mismas y no por impresiones subjetivas de tal o cual individuo. Incluso los mismos terroristas aplican la pena de muerte como castigo a aquellos que creen dignos de ella, como estamos viendo justamente en estos días. Y es que para ellos tampoco es lo mismo morir luchando por el Islam que ser ajusticiado por haber cometido algún delito grave.

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-El aquinate justificaba la pena de muerte con el argumento de que si se mata a los falsficadores de moneda, con más razón a los que falsifican la fe.
Uds creen que todavía se puede matar a los herejes?.

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Néstor:

En realidad, con ese argumento Santo Tomás no justifica la pena de muerte como tal, sino su aplicación en el caso de la herejía. Aquí de lo que estamos hablando es de la pena de muerte en sí misma considerada.

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-En 1997 en Texas un grupo de hombres blancos que habían linchado a un hombre negro fueron condenados a muerte. La noticia dio la vuelta al mundo porque fue la primera vez en toda la historia del estado, que unos blancos eran condenados por matar a un negro.
Por supuesto el caso contrario era mucho más frecuente.
En todos los países donde existe, la pena de muerte está contaminada por motivaciones políticas, religiosas, raciales, etc.

-En los EEUU el Death Penalty Information Center registra 142 casos de personas que desde 1973 estaban en el corredor de la muerte, pero resultaron ser inocentes y pudieron ser liberados a tiempo.
Está comprobado que muchad personas sin recursos son condenadas porque no pudieron tener una buena defensa.
La justicia falla, incluso en el país más rico del mundo y con garantías judiciales, no hay seguridad de que el ciento por ciento de los condenados sea realmente culpable, y sólo por no ejecutar a un inocente se debería abolir la pena de muerte.

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Como digo en el "post", los abusos a que pueda dar lugar una ley no son de por sí razón suficiente para abolirla o no promulgarla, porque con ese argumento ninguna ley podría ser promulgada. Repito, tampoco se le pueden devolver los años de cárcel a un solo inocente que haya sido condenado a pena de prisión. La justicia humana es siempre imperfecta, pero es la única opción en esta vida.

Saludos cordiales.
27/06/16 7:20 PM
  
Antonio1
Que a estas alturas se pretenda dedicar horas Y esfuerzos intelectuales a justificar la pena de muerte dice muchas cosas.

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Es que cuando se tiene cierta forma de pensar la vida es una serie continua de sorpresas.

Saludos cordiales.
27/06/16 9:23 PM
  
Quidam
Buenas tardes Profesor Néstor. Justo por estos días leía yo algunos artículos del filósofo Edward Feser, en los que aborda el tema también desde una perspectiva tomista. Y el siguiente me ha parecido particularmente claro y concluyente:

h ttp: // ww w. thepublicdiscourse. com/2011/09/4033/

Concluye que nada hay en la pena de muerte que la haga, en principio, contraria a la dignidad humana o a la doctrina católica.

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Gracias por su aporte y disculpe que edite el final. Me agrada ver que coincidimos con Feser en muchos argumentos.

Saludos cordiales.
27/06/16 9:28 PM
  
jose ramon
Los hombres no pueden practicar la justicia, eso solo es posible para Dios. Los hombres tenemos leyes y las leyes se aplican en sociedades concretas. Dichas leyes siempre son el reflejo de la cosmovision de las elites en el poder, para bien o para mal. Pero queda mucho mas molon Ministerio de Justicia que Ministerio de la Ley. Nuestros jueces no son juces por sus cualidades especiales para juzgar, lo son porque la GC y la policia van armadas para imponer la Ley de manera coercitiva.

No me asusta especialmente la idea de privar de su vida a quien representa un riesgo objetivo para los demas, me inquieta el sistema, un detenido ya no es un riesgo. Por supuesto que los abusos y errores de una Ley han de ser causa necesaria para su abolicion.

¿Sostendria usted el mismo agrumento con las leyes marcadas por la ideologia de genero y su utilizacion abominable de las denuncias falsas?

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La justicia es una de las virtudes morales cardinales, y esas virtudes son para ser practicadas por los seres humanos.

Que la ley muchas veces esté influenciada por los intereses de algunos grupos no expresa la esencia de la ley, que es la tutela de la justicia, en una sociedad humana.

Precisamente, lo que es monstruoso es eliminar la idea de la justicia y reducir la ley al juego de fuerzas e intereses entre distintas partes de la sociedad. Una vez hecho esto ¿de qué "abusos" podemos hablar y quejarnos? No se puede abusar sino de lo que tiene un uso lícito posible.

Un ser humano nunca es solamente un "riesgo", como puede serlo un animal salvaje. Por eso digo que el castigo por razón de justicia dignifica al reo. En cambio, hablar solamente de medidas defensivas es reducir la sociedad humana a la categoría de manada de animales.

El refrán que dice que "los abusos no invalidan los usos" es parte de la sabiduría tradicional de la humanidad. De todo puede abusar y abusa el ser humano, así que con el criterio de que los abusos justifican las aboliciones nos deberíamos quedar sin nada.

A diferencia de la pena de muerte, las leyes de género son injustas, así que no hay paridad. Es decir, allí el abuso está incluido en la ley misma.

Al final, la idea de la humanidad que tienen los adversarios de la pena de muerte resulta paradójicamente bastante deprimente: no somos capaces de ser justos, el derecho es solamente una máscara del poder, y se nos debe a lo sumo mantener a raya como a animales dañinos.

Saludos cordiales.
27/06/16 10:19 PM
  
Lisa Marie
"...si esta [la pena de muerte] fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas." dice el Catecismo en su número 2267. Y dice lo mismo de tres maneras distintas.

Pero Néstor asegura: "Por tanto, no alcanza con decir que el delincuente ya no representa un peligro actual para la sociedad para con eso ya quitar al Estado la posibilidad de aplicar lícitamente la pena de muerte."

Si eso no es colocarse por encima del Catecismo de la Iglesia Católica...

Una cosa es pronosticar que la Iglesia no va a declarar la pena de muerte absolutamente inmoral, sean cual sean las circunstancias, (estoy de acuerdo) y otra lo que tú has dicho, Néstor.

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Interpretar coherentemente el Catecismo no es ponerse por encima de él. Como digo en el "post", es el Catecismo el que dice que:

“2266 A la exigencia de la tutela del bien común corresponde el esfuerzo del Estado para contener la difusión de comportamientos lesivos de los derechos humanos y las normas fundamentales de la convivencia civil. La legítima autoridad pública tiene el derecho y el deber de aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito. La pena tiene, ante todo, la finalidad de reparar el desorden introducido por la culpa."

Y lo dice, repito, justo antes de hablar de la pena de muerte.

Saludos cordiales.
27/06/16 10:21 PM
  
gringo
1) A una persona encarcelada injustamente se le puede compensar, aunque nunca sea una compensación justa y total.
A una persona injustamente ejecutada no le puedes compensar, ni siquiera parcialmente porque evidentemente la vida o se devuelve completa o no es vida.

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Néstor:

Los años de cárcel tampoco se devuelven, ni en su totalidad ni en parte.

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Por pura estadística en todo el mundo han sido condenadas a muerte personas inocentes.
La pena de muerte es un castigo excesivo porque no hay posibilidad de redención, ni de apelación, ni de reparación en caso de error.

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Néstor:

Ahí está el punto: en la fe católica sí hay posibilidad de redención, como atestigua el primer santo canonizado de la historia de la Iglesia, que fue canonizado además por el mismo Jesucristo cuando le dijo: "Hoy estarás conmigo en el Paraíso".

Pero además, el argumento de la posibilidad de reparación en caso de error es problemático. ¿Es más grave castigar a un inocente que dejar sin castigar a un culpable? Bien, pero ¿y a cien culpables? ¿y a todos los culpables? Porque según esa forma de pensar se debería renunciar a un 90 y pico por ciento, digamos, de castigos justos para no incurrir en un pequeño porcentaje de castigos injustos.

¿Y cuántos inocentes más sufrirán en una sociedad en la cual el delincuente puede tener por cierto, en todo caso, que lo peor que le puede pasar, haga lo que haga, es que el Estado se haga cargo de su manutención por unos años?

¿Porqué ese argumento no se aplica también a la pena de cárcel, que incluso para tí, parece, siguiendo a Gustavo Bueno, es más grave??? Y que, perpetua o no, tampoco puede ser compensada, estrictamente hablando, como ya dije.

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2) Si hablamos de la pena de muerte en sí misma, hablamos de los delitos por los que se aplica.
Ud ha mencionado el asesinato, terrorismo, genocidio.
Yo pregunto si también admiten como posible la ejecución de herejes, como en otro tiempo. O si esa parte del magisterio ha quedado obsoleta.

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El argumento de Santo Tomás parte de la base de que la fe verdadera es un bien social además de ser un bien espiritual que mira a la vida eterna. Porque en efecto, el Estado no tiene incumbencia en lo propiamente espiritual sino en la medida en que influye de algún modo en lo temporal, del mismo modo que la Iglesia no tiene potestad en lo temporal sino en la medida en que influye de algún modo en lo que tiene que ver con la salvación de las almas.

La Iglesia, que es la que tiene que ver directamente con lo espiritual, no puede imponer penas cruentas, sino solamente penas espirituales, la máxima de las cuales es la excomunión.

En la Edad Media, la fe católica era la base de la sociedad, así que al príncipe le interesaba velar por su integridad, y los delitos contra la misma eran por eso mismo delitos contra la autoridad civil como tal y no solamente contra la comunión eclesiástica.

En el Concilio Vaticano II la Iglesia consagró el principio de la libertad religiosa, por el cual no se puede obligar a nadie a obrar en contra de su conciencia en materia religiosa, salvo el justo orden público.

A mí me parece que es católica y ortodoxa la interpetación del P. Meinvielle sobre este tema, según la cual lo que la Iglesia hace ahí es una adaptación al estado particularmente decadente de la sociedad moderna en la cual se ha perdido no solamente la unidad religiosa de la sociedad sino hasta la noción del valor de la misma.

Saludos cordiales.
27/06/16 10:50 PM
  
Beatriz Mercedes Alonso (Córdoba - Argentina)
Excelente post. De una claridad meridiana. Muchísimas gracias, Néstor. Que el Espíritu Santo te siga iluminando, para que puedas seguir ayudándonos a nosotros.

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Muchas gracias y que el Señor nos ayude a todos.

Saludos cordiales.
27/06/16 10:56 PM
  
JOSE IGNACIO LESACA ESEVERRI
Interesantísimo escrito.

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Muchas gracias y saludos cordiales.
27/06/16 11:13 PM
  
jose ramon
Le agradezco su respuesta.

Yo no soy un adversario de la pena de muerte per se. Dios ha quitado vidas en el AT y en el NT y ordenado quitar vidas, niños incluidos. La Ley Mosaica es tambien clara al respecto. Solo digo que cuando salgo del barrio de la metafisica y del ideal de perfeccion la realidad es bastante mas sucia. Dios no comete errores, nosotros si.

La pena de muerte no opera en el vacio, lo hace con hombres de carne y hueso, con codigos concretos. En medio planeta esos codigos ni siquiera contienen la impronta moral del cristianismo. Un hombre podria matar a su hija por no aceptar un matrimonio concertado, por ejemplo, de no hacerlo su familia caeria en el deshonor y seria expulsada de la comunidad. Tradicion, ley, justicia, control social: el famoso Codigo sangriento britanico, supervivencia, autoproteccion comunitaria, venganza, se pueden mezclar de las formas mas complejas como para que yo, personalmente, crea que la pena de muerte no es algo malo en si mismo, pero que conviene mirar muy de cerca. Lo del pecado y la piedra.

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Ahí es posible que estemos de acuerdo. Una cosa es aceptar el principio de la licitud de la pena de muerte en sí misma considerada y otra determinar en qué casos debería ser aplicada, donde me parece claro que el criterio debe ser bastante restrictivo y además hay que atender a las circunstancias históricas y culturales. Lo de las motivaciones más o menos espurias que se mezclan en la realidad de las cosas es un dato constante que acompaña siempre a toda ley humana, y no por eso vamos a prescindir de las leyes.

Saludos cordiales.
28/06/16 12:02 AM
  
gringo
1)San Dimas (así dice la tradición que se llamaba el buen ladrón) era culpable.
Yo hablo de personas ejecutadas siendo inocentes.
Y por muchas vueltas que le des, no es comparable un error que te quita diez años de libertad, que un error que te quita la vida.

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Néstor:

Es que tampoco es comparable robar un banco con asesinar a alguien. Y en ambos casos la justicia puede cometer errores.

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2) Lo fácil que sería responder con un sí o un no y luego argumentarlo.
No me ha quedado claro y vuelvo a plantearlo: si hubiera un gobierno de inspiración cristiana dispuesto a ser el brazo ejecutor de los tribunales eclesiásticos, estarían de acuerdo con que se pudiera condenar a muerte a los herejes relapsos (reincidentes)?.
Por favor dígame "sí" o "no" por esto o por aquello.

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Néstor:

A mi modo de ver en una sociedad cristiana la herejía podría ser considerada delito y pasible de algún tipo de pena. La determinación de en qué casos se aplica la pena de muerte o la pena de cárcel es otra cuestión distinta de la cuestión acerca de si es lícita en general la pena de muerte. Además es variable según las diversas legislaciones, que además responden a diversas circunstancias de las sociedades y los tiempos. Por supuesto que estamos hablando de un contexto social totalmente distinto del actual.

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3) San Dimas, que uds reconocen fue condenado justamente, fue crucificado por un gobierno pagano acusado de robar.
Entiendo entonces que uds admiten que incluso un gobierno no cristiano puede lícitamente condenar por delitos no de sangre.
Les parece bien entonces que hoy en día se pueda condenar a muerte a homosexuales, adúlteros, a blasfemos, en países musulmanes?.

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Néstor:

No creo que haya existido un gobierno humano que no haya sido acusado de robar. Eso solo no basta para negar la legitimidad de un gobierno. Que los delitos del Buen Ladrón no hayan sido de sangre no está escrito que yo sepa en ninguna parte. En aquella época era frecuente que los ladrones se emboscaran en los caminos para asaltar a los paseantes, y nada impide que mataran a alguno de ellos, sobre todo en despoblado.

Toda autoridad, legítima, claro está, viene de Dios, dice San Pablo en el texto citado. No importa si es pagana o cristiana. Porque Dios es el Creador y Señor de todos los hombres y de todas las sociedades humanas.

Por tanto, en toda sociedad el gobierno legítimo tiene derecho a imponer leyes, que mientras no vayan contra la ley natural, son justas y deben ser obedecidas por los ciudadanos, súbditos, etc.

Otra cuestión es qué cosas deben ser consideradas delitos en la sociedad y qué cosas no, y qué penas se han de aplicar a las que sí se considera delitos. Eso, como dije, en alguna medida al menos está sujeto a variación por las diversas épocas y culturas.

Por eso mismo yo distingo entre la licitud de la pena de muerte en principio y la cuestión de en qué casos puede ser aplicada, donde me parece claro que debe reservarse solamente para los crímenes especialmente graves.

El resto no cae en el tema de este "post".

Saludos cordiales.
28/06/16 10:03 AM
  
Javier Ejías
Aquel que se arroga la facultad de decidir lo que es o no justo para quitar la vida a alguien a quien Dios se la ha regalado, pretende ponerse a si mismo a la misma altura de Dios y la Iglesia no puede respaldarlo.
Ninguna pena de muerte es admisible.
Hablar de si es justa o no es ridículo porque ¿Quiénes somos los hombres para decidir lo que es justo o no?
Dejemos que sea Dios quien juzgue

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Con ese argumento hay que cerrar todos los juzgados, despedir a todos los jueces y abolir el Código Penal. Según San Pablo, además, como se ve en el "post", la autoridad humana que condena a alguien a muerte no se está poniendo en lugar de Dios, sino al contrario, siendo ministro, siervo, de Dios.

Saludos cordiales.
28/06/16 10:23 AM
  
Martin Ellingham
Leí el extracto de la agencia Notimex (21-jun-2016) y las cosas que allí se dicen son más graves y contrastantes con el magisterio de la Iglesia que las recogidas por la agencia ACI.
Hay un repertorio de tópicos abolicionistas del progresismo que los papas nunca habían asumido. Juan Pablo II llegó a enunciar un criterio prudencial de inconveniencia de la pena capital, que dejaba a salvo la doctrina católica precedente.
Por ejemplo, dice Francisco que "el Mandamiento ´no matarás´ tiene valor absoluto y abarca tanto a los inocentes como a los culpables". Con lo cual, abarcaría a los injustos agresores, a los criminales y a los enemigos en guerra justa. Esto se opone a Veritatis splendor.
El Quinto Mandamiento es absoluto con dos precisiones importantísimas:
- que la conducta sea directa (no indirecta);
- que se trate de un inocente (no de un culpable, injusto agresor o enemigo en combate). Es más, un loco furioso en brote psicótico es moralmente inocente (no es imputable) y sin embargo puede ser un injusto agresor a quien, dadas las condiciones de legítima defensa, se puede matar lícitamente.
Saludos.

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Es extraño, porque también dice, según Aciprensa, que:

“En algunas ocasiones, prosigue el Papa, “es necesario repeler proporcionadamente una agresión en curso para evitar que un agresor cause un daño, y la necesidad de neutralizarlo puede conllevar su eliminación: es el caso de la legítima defensa. Sin embargo, los presupuestos de la legítima defensa personal no son aplicables al medio social, sin riesgo de tergiversación”.

Saludos cordiales.
28/06/16 10:33 AM
  
Luisfer
Dice Vd. que la imagen de la humanidad de los detractores de la pena de muerte es deprimente.
Pues no imagina la imagen que muestran los defensores. Y respecto a que la Iglesia ofrece redención a un condenado a muerte, es simplemente la antesala de aquella frase medieval cuando quemaban aldeas: Matadlos a todos, Dios elegirá a los suyos.
(Editado)

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Cada uno se deprime con lo que más le gusta. El pasaje de acompañar al condenado a muerte en su reconciliación final con Dios a quemar aldeas usando el criterio que Ud. señala es una muestra del rigor lógico con que suelen proceder los críticos de la pena de muerte.

Saludos cordiales.
28/06/16 1:08 PM
  
gringo
- Admites que en caso de asesinato la justicia puede condenar erróneamente a alguien.
Y de veras aún así sigues defendido la pena de muerte? .
Pero de verdad puedes soportar la idea de que alguien inocente pueda ser ejecutado?.

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Néstor:

¿De verdad puedes soportar la idea de que un inocente tenga que sufrir la cárcel, y hasta la cadena perpetua?

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-Admites que una sociedad cristiana puede condenar como delito la herejía.
Cómo criticais entonces que en otras sociedades si un musulmán se hace cristiano, sea encarcelado o incluso ejecutado?.

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Néstor:

La autoridad legítima puede poner leyes que son justas y deben ser obedecidas mientras no vayan contra la ley natural. La misma ley natural ordena al hombre y a la sociedad dar culto a Dios, y por lo mismo, hacerlo, en la medida de lo históricamente posible, "en espíritu y verdad", lo cual implica la religión verdadera, instituida por Dios mismo, que es la católica. Es claro que en sí misma considerada, una religión falsa no puede pretender el mismo derecho, desde que el Evangelio se predica en el mundo. En las circunstancias históricas como la nuestra, dice Meinvielle interpretando la declaración sobre la libertad religiosa del Concilio Vaticano II, y a mí me parece bastante atinado, prevalece, a nivel público quiero decir, un derecho inferior, como es el derecho a la libertad, sobre un derecho superior, como es el derecho a la verdad, y el deber que va con él. Con más razón, entonces, debería prevalecer ese derecho a la libertad en el caso de una religión que no ha sido instituida por Dios. En todo caso, tenemos derecho a pedir la misma tolerancia que practicamos actualmente.

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La libertad de cambiar de religión no es un derecho inalienable del ser humano?.

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Néstor:

Ante Dios no existe derecho alguno de dejar la religión verdadera, que ha sido instituida por Dios mismo. Ante los hombres, existe el derecho a no ser obligado en materia religiosa, salvo el justo orden público. El hereje es un bautizado que niega o pone en duda pertinazmente alguna verdad de fe. Como tal, se supone que se ha bautizado voluntariamente, o que sus padres lo bautizaron voluntariamente cuando no tenía edad para decidir por sí mismo. A partir de ese momento, está obligado a la práctica de la religión católica, de modo que ante la Iglesia puede incurrir en los delitos canónicos de herejía, apostasía, etc. Lo que suceda en la esfera civil, como ya dije, depende también de las circunstancias de tiempo, cultura, situación de la sociedad, etc.

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-Una cosa que no entiendo de los católicos: pues no dice la Biblia que Pedro (y vosotros interpretais que también sus sucesores) tiene poder para atar y desatar en la Tierra y en el Cielo?.
Pues si la Biblia dice no matarás, pero Pedro dice que sí se puede matar a los herejes y asesinos, entonces vosotros decís "amén".
Pero si Pedro dice que ya no se mata a herejes ni asesinos, ahora vosotros decís "no vale, hay que seguir matando".
En qué quedamos? .
Lo de matar herejes y asesinos que yo sepa no es dogma, simplemente era un permiso temporal según las circunstancias.
Me parece increíble que después del Concilio Vaticano II, después de las peticiones de perdón del cardenal Ratzinger y el Papa Juan Pablo II por los crímenes de la Iglesia durante la celebración del tercer milenio, después de lo claro que ha hablado Francisco, todavía os empeñeis en justificar lo injustificable.

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Néstor:

Tratando de traducir todo a un lenguaje dotado de la mínima precisión:

En la Biblia, leída correctamente, dice "No matarás al inocente", porque es claro que en los mismos libros en que se trasmiten los diez mandamientos están las muchas muertes justas que el mismo Dios que dio los mandamientos ordenó ejecutar a los israelitas.

El poder que tiene el Papa de "atar y desatar" no incluye la facultad de cambiar lo que Dios ha revelado, de lo cual el Papa es servidor y no dueño.

No es dogma definido por un Papa o por un Concilio Ecuménico, que yo sepa, la posibilidad de aplicar lícitamente la pena de muerte, ni tampoco que dicha posibilidad no exista. Lo que sí es dogma de fe es que la Iglesia es infalible en materia de fe y costumbres, también en su Magisterio ordinario, es decir, no definitorio, cuando es universal. Y parece bastante claro que dicho Magisterio ordinario y universal de la Iglesia incluye la licitud en principio de la pena de muerte.

Los Papas no han pedido perdón por los crímenes de la Iglesia, porque la Iglesia es Santa, como institución divina que es. Han pedido perdón en todo caso por los crímenes y otras yerbas de los católicos, de los miembros de la Iglesia, que actuaban contradiciendo su carácter de tales.

Saludos cordiales.
28/06/16 2:59 PM
  
Ranniel
Lo felicito, no tengo palabras para agradecerle. Es que este es el mejor portal de información católica que he visto, ustedes no dicen las cosas por que somos católicos y por eso debemos creerlas ciegamente, sin analizar nada. Ustedes dan los argumentos y razones de por que esto es así y no es así. DIOS LOS BENDIGA MUCHO.

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Muchas gracias y que en efecto Dios nos bendiga a todos.

Saludos cordiales.
28/06/16 5:48 PM
  
Antonio1
La Iglesia Católica lleva decenios en un compromiso decidido, firme y sostenido por la abolición de la pena de muerte h la salvaguarda de la dignidad humana. No puedes ir contra la política de la Iglesia Católica y no puedes realizar interpretaciones "contra legem" del Catecismo.

"¿Cuáles son las posturas que la Iglesia católica ha asumido recientemente sobre la pena de muerte? Benedicto XVI, al final de la Segunda Asamblea Sinodal para África, del Sínodo de los Obispos, que se llevó a cabo en octubre de 2009 en Roma, aprobó la «petición para la abolición de la pena de muerte» (55).


En cambio, en la Exhortación Apostólica “Africae Munus” del año pasado, decía lo siguiente: «con los miembros del Sínodo, llamo la atención de los responsables de la sociedad sobre la necesidad de hacer todo lo posible para llegar a la eliminación de la pena capital, así como para la reforma del sistema penal, para que la dignidad humana del recluso sea respetada. Corresponde a los agentes de pastoral la tarea de estudiar y proponer la justicia restitutiva como un medio y un proceso para favorecer la reconciliación, la justicia, y la paz, así como la reinserción en las comunidades de las víctimas y de los trasgresores» (83).


Juan Pablo II afrontó en diferentes ocasiones el tema de la pena de muerte. A partir de los últimos meses de 1998, expresó el deseo de que se llegara a una moratoria internacional de las ejecuciones, acogiendo la propuesta de la Comunidad de Sant’Egidio y de muchas Congregaciones religiosas internacionales masculinas y femeninas.

El primero de enero de 2001, el Papa polaco, en el mensaje de la XXXIV Jornada Mundial de la Paz dijo: «No se puede invocar la paz y despreciar la vida. Nuestro tiempo es testigo de excelentes ejemplos de generosidad y entrega al servicio de la vida, pero también del triste escenario de millones de hombres entregados a la crueldad o a la indiferencia de un destino doloroso y brutal. Se trata de una trágica espiral de muerte que abarca homicidios, suicidios, abortos, eutanasia, como también mutilaciones, torturas físicas y psicológicas, formas de coacción injusta, encarcelamiento arbitrario, recurso absolutamente innecesario a la pena de muerte, deportaciones, esclavitud, prostitución, compra-venta de mujeres y niños» (19).


El 3 de febrero de 200, en el mensaje al entonces presidente estadounidense Bill Clinton sobre el derecho, se refirió implícitamente algunos temas delicados como el aborto, la eutanasia y la pena de muerte, subrayando la necesidad de proteger «el derecho de cada ser humano a la vida, desde su concepción hasta la muerte natural». En diciembre de 1999, Juan Pablo II dijo: «Que se llegue a un consenso internacional para la abolición de la pena de muerte, puesto que el estado de hoy dispone de otros medios para reprimir eficazmente el crimen, sin quitar definiticamente al reo la posibilidad de redimirse».


El 27 de enero de 1999, durante la misa celebrada en el estadio de St Louis, Missouri, frente a 100.000 personas (sobre todo jóvenes), el Papa llamó a los Católicos estadounidenses a elegir por la vida y para la vida. «La Nueva Evangelización –explicó el Pontífice– exige a los discípulos de Cristo que esten incondicionalmente a favor de la vida. La pena de muerte es cruel y no es necesaria, y esto vale para los que han hecho mucho mal».

El 23 de enero de 1999, al celebrar la Misa en la Basílica de Nuestra Señora de Guadalupe en la Ciudad de México, rezó para que se afirmara una cultura de la vida humana «desde la concepción hasta la muerte natural». Después afirmó: «Nunca más terrorismo y narcotráfico, nunca más tortura y pena de muerte».


El 25 de diciembre de 1998, Navidad, durante el discurso después de la bendición “Urbi et Orbi”, el Papa afirmó: «Que la Navidad refuerce en el mundo el consenso sobre medidas urgentes y adecuadas para detener la producción y el comercio de armas, para defender la vida humana, para desterrar la pena de muerte, para liberar a los niños y adolescentes de toda forma de explotación».

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Precisamente, sobre ese trasfondo es más significativo aún que el Catecismo, redactado en esta misma época, además, siga admitiendo la posible licitud moral de la pena de muerte.

En todas esas citas los Papas hablan de que "hoy" la pena de muerte no es necesaria y que por eso debe ser abolida. No dicen, ni pueden decir, que sea intrínsecamente mala y que por tanto no pueda aplicarse lícitamente en absolutamente ninguna circunstancia.

Y las enormes ventajas del "hoy" son algo contingente, que hoy es y mañana quien sabe. Si, lo que Dios no permita, a alguno se le ocurre apretar el botón nuclear y los sobrevivientes vuelven a la vida agraria, entonces todas esas apelaciones a las grandes posibilidades del "hoy" quedarán como recuerdos históricos.

Cuando un Papa, un Obispo u un sacerdote predican, hablan en público, no están dando una clase de teología, sino que están usando un lenguaje oratorio que es precisamente el que corresponde para esas circunstancias, y que en esos contextos trasmite, con mejor o peor acierto según el caso, lo que el predicador quiere trasmitir a su auditorio. Por eso, antes de sacar conclusiones extremas o radicales de lo que los Papas dicen en tal o cual discurso, hay que estudiar un poco de teología, o por lo menos, conocer el Catecismo.

Una "moratoria" a la pena de muerte está a diez mil kilómetros de distancia de la afirmación de que la pena de muerte es intrínsecamente mala, como sí lo es el aborto o la eutanasia, por ejemplo.

Saludos cordiales.
28/06/16 6:38 PM
  
gringo
-Sigues empeñado en comparar las penas de cárcel con la de muerte, como si fuera igual mandar por error diez años a la cárcel a un hombre que matarlo.
Nadie objetivo te puede dar la razón.

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Néstor:

No digo que sea igual, sino que hay una proporción semejante, en ambos casos, entre el delito y la pena. Cualquier persona objetiva me tiene que dar la razón en eso.

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Mandar a la cárcel a un inocente será injusto pero al menos se puede compensar parcialmente, con una disculpa de las autoridades y con reparaciones económicas.
Y mientras hay vida hay posibilidad de apelación.
Lo único que no tiene reparación ni parcial ni total es la muerte.

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Néstor:

Es que también el robo, por ejemplo, puede ser reparado, en este caso, mediante la restitución. Pero el asesinato, por ejemplo, tampoco se puede reparar.

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-Que tú estés convencido de que tu religión es la verdadera no te da derecho a castigar a quien quiera cambiarla por otra.

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Néstor:

Sin duda. Lo que da derecho a la Iglesia a penar con la excomunión a los bautizados que caen en herejía o apostasía es que no solamente ella está convencida de que su fe es verdadera, sino que además es efectivamente verdadera, siendo instituida por Dios mismo.

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Apelar a religiones verdaderas no es ningún argumento, porque todas afirman ser la verdadera.

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Néstor:

El argumento de la religión verdadera, como argumento, es un argumento válido entre católicos, entre los cuales, recordemos, esta planteada en principio la discusión del "post". Además, la verdad de la religión católica se puede mostrar por argumentos racionales, que por supuesto no me voy a poner a desarrollar en esta zona de comentarios, pero que existen y tradicionalmente son estudiados por la Apologética. Y finalmente, al menos podemos pedir a los musulmanes que practiquen lo mismo que actualmente practicamos nosotros.

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-En las celebraciones de la entrada del tercer milenio, se publicó el documento "Memoria y reconciliación, la Iglesia y las culpas del pasado", de la Comisión Teológica Internacional presidida por el cardenal Ratzinger.
En ese documento se pedía perdón por haber usado los católicos "métodos de intolerancia y hasta violencia en el servicio de la verdad".

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Néstor:

Exacto, los católicos. No la Iglesia, que es Una, Santa, Católica y Apostólica.

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Creo que el Papa Francisco le hace un favor a sus sucesores de dentro de mil años, para que no tengan que pedir ellos perdón nuevamente.
No me sean más cabezotas, y destierren total y definitivamente la pena de muerte de la doctrina católica.

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Es verdad que el Papa Francisco va a tener sucesores dentro de mil años, si antes no viene el Señor por segunda y definitiva vez.

En cuanto a la pena de muerte, no la podemos "desterrar", porque forma parte de la doctrina católica, como se ve por el Catecismo.

Saludos cordiales.
28/06/16 8:05 PM
  
Garlic
En matar a inocentes el Dios cristiano es todo un experto, con leerse la Biblia queda claro.
No es ninguna sorpresa que entre sus seguidores haya quienes no sienten ningún tipo de reparo en aceptar y justificar la pena de muerte, debe ser cosa de seguir el ejemplo del Creador.
Señor Néstor, la ley natural y sus órdenes al hombre y a la sociedad de dar culto a Dios, la religión verdadera, la católica claro, y el resto de sus fantasías, debería reservarlas para usted y no hacerlas extensivas al resto de ciudadanos que no le merecen, por lo que parece, muy poco respeto con independencia de que crean en su mismo dios o en cualquier otro o de que no crean en ninguno.

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La pena de muerte ha sido la norma en prácticamente todas las sociedades humanas hasta una fecha bastante reciente, y sigue siendo la norma en algunas de las sociedades más avanzadas de nuestro tiempo, si en esa lista queremos hacer entrar, por ejemplo, a EE.UU.

Eso, independientemente de si en esas sociedades se conocía la existencia de la Biblia, la Iglesia, etc., o no.

La ley natural y las demás cosas que Ud. menciona tienen la ventaja de ser verdaderas, y en todo caso, tengo toda la libertad de creerlas y proponerlas, así como Ud. tiene la libertad de no perder el tiempo en este blog ni hacérnoslo perder a nosotros.

Saludos cordiales.
28/06/16 8:41 PM
  
Polión
Prolijo y poco convincente. Lo siento.

Sigo sin tener clara la intención del tratamiento que se dio a la noticia.

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No se preocupe, se hace lo que se puede. La intención, no de la noticia, sino del "post", es evitar una muy probable mala interpretación, es decir, contraria a la doctrina católica, de las palabras del Papa.

Saludos cordiales.
28/06/16 9:56 PM
  
Pepito
La pena de muerte no es tan terrible, pues al fin y al cabo todos estamos condenados a morir. Una pena de muerte bien llevada por el reo tiene sus ventajas, pues le lleva a la eterna salvación (caso de Judas) si se arrepiente de sus crímenes.

Además, hoy en día la pena de muerte, dados los avances farmacológicos, no tiene porqué causar, como antaño, sufrimiento físico al condenado, pues bajo los efectos de la anestesia te pueden abrir en canal y ni te enteras. A mí mismo me han abierto varias veces en canal para operarme del corazón y no sufres, sufres más en el posoperatorio.

Por último, resulta contradictorio que muchos de los que se oponen a la
pena de muerte, sinembargo están a favor del aborto (matar a un inocente) o de la eutanasia (matar a la persona enferma que resulta una carga económica para la sociedad).

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En efecto, hay una gran contradicción entre oponerse a la muerte del culpable y legalizar la del inocente. Estos inocentes no mueren por error alguno.

Saludos cordiales.
28/06/16 10:33 PM
  
Pepito
Fe de erratas: En mi anterior comentario, donde dije Judas, quise decir Dimas, el buen ladrón.
28/06/16 11:52 PM
  
Antonio1
Es que usted escribe el artículo hoy y el papa habla hoy. Hoy, para la Iglesia es cruel e inhumana la defensa de la pena de muerte,que es exactamente lo que usted hace. Es más, tiene que ser consciente que esa manera con la que usted pretende defender la pena de muerte es escandalosa y profundamente hiriente para millones de católicos, empezando por los últimos papas que la califica.ñn De "cruel".

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No hago más que explicar lo que dice el Catecismo, y dar las razones que entiendo que lo apoyan. Ni hoy ni nunca la pena de muerte va a ser intrínsecamente mala, porque la Iglesia ha enseñado lo contrario durante 2000 años, y el Magisterio ordinario y universal de la Iglesia es infalible.

Por otra parte, comienzo el "post" diciendo que es muy acorde con la misión de la Iglesia pedir que se perdone a los condenados a muerte, e incluso, si las circunstancias de tiempo y lugar lo aconsejan, pedir que en las sociedades en que se den esas circunstancias la pena de muerte no se aplique.

"Crueles" son todas las amputaciones de miembros, las intervenciones quirúrgicas, etc. Eso no quiere decir todavía que sean intrínsecamente malas.

Y en realidad, en una sociedad que se va a dormir sin chistar sabiendo que a cada hora no se qué número de seres humanos inocentes son asesinados "legalmente", no se entiende muy bien esa preocupación por los grandes criminales.

Saludos cordiales.
29/06/16 2:34 PM
  
gringo
En el Antiguo Testamento la esclavitud es una institución tan aceptada, que incluso un padre puede vender a su hija (Ex 21, 7).
San Pablo y San Pedro en sus cartas regulan las relaciones entre amos y esclavos (Ef 6, 5. Col 3, 22. Etc).
En el s.XV el Papa Nicolás V con la bula Dum diversas, autorizó a los portugueses a esclavizar a cuantos paganos y sarracenos se encontraran en sus viajes de exploración.
En la América colonial la Iglesia poseyó grandes haciendas en las que usaban mano de obra de esclavos africanos, se sabe que la primera catedral de San Juan de Puerto Rico fue levantada por esclavos.
Y un buen día el Papa Gregorio XVI condena con la excomunión a cualquiera que trafique con esclavos.
Alguien en la Iglesia reivindica la esclavitud hoy en día? .
Si se pudo desterrar la esclavitud, lo único que impide desterrar la pena de muerte es la firma del Papa en un documento, y se cambiarán las sucesivas ediciones del Catecismo.

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Sobre la historia del tema de la esclavitud en el cristianismo es bueno este enlace:

http://www.mercaba.org/FICHAS/Enciclopedia/E/esclavitud_y_cristianismo.htm

No es el mismo caso, obviamente. La licitud de la esclavitud no ha sido objeto del Magisterio ordinario y universal de la Iglesia como sí lo ha sido la de la pena de muerte, lo cual explica que hoy día esté en el Catecismo.

Por el contrario, la Iglesia, en lo esencial, simplemente toleró la esclavitud como algo que era imposible de cambiar de buenas a primeras, y la fue transformando por dentro hasta su total supresión, claro que luego vino la Modernidad y con ella volvió la esclavitud en los tiempos del descubrimiento de América. Ahí fueron necesarias las condenas de la esclavitud que emitieron los Papas.

En el Nuevo Testamento no es que se regule la esclavitud, sino que se le da consejos a los esclavos y a los amos cristianos sobre cómo deben tratar a los que son ahora, por el bautismo, sus hermanos en la fe. Esto es lo que con el tiempo llevó a la superación social de la esclavitud, leer la carta de San Pablo a Filemón.

La servidumbre medieval ya fue un primer paso, inédito hasta ese momento en la historia de la humanidad, en la superación de la esclavitud. Al contrario de los esclavos, que no tenían derechos, los siervos tenían todos los derechos menos dos: el de abandonar el lugar en que servían y el de propiedad.

Saludos cordiales.

29/06/16 3:09 PM
  
Blas
Además tengo la sensación de que los estados que no aceptan la pena de muerte, en casos extremos de terrorismo, la terminan aplicando por la "otra vía". Totalmente de acuerdo con el artículo.
29/06/16 4:05 PM
  
A.Gutierrez
Muy ligero eso de defender a raja tabla la pena de muerte como si fuera dogma de Fe que no lo es y tranquilamente el Papa lo puede desbaratar como, tanto Juan Pablo II lo hizo como el Papa Francisco actualmente ya lo viene haciendo.
Lo que parece mas bien irreversible es que esta enseñanza, por no ser dogma, variará en defensa de la vida. Lo cual es totalmente coherente con al defensa de la dignidad de la persona y el derecho a la vida.
No hace bien estas posiciones que parecen detenidas en el tiempo y aferradas al pasado sin evolucionar en el pensamiento cristiano que perfecciona el misterio de Cristo encarnado en el hombre creado a su imagen y semejanza.

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Hay que distinguir entre "dogma de fe" y "dogma definido". Lo que es objeto del Magisterio ordinario y universal de la Iglesia es dogma de fe, aunque no esté definido. Y me parece difícil negar que la licitud de la pena de muerte en sí misma considerada forme parte del Magisterio ordinario y universal de la Iglesia. Por algo está, además, en el mismo Catecismo.

No es cuestión de desbaratar u otras expresiones igualmente precisas y rigurosas. Es la cuestión de que en la moral católica sólo puede ser absolutamente prohibido lo que es intrínsecamente malo, y la pena de muerte no puede ser intrínsecamente mala porque hace 2000 años que la Iglesia la viene admitiendo como lícita moralmente en algunos casos, hasta llegar al mismo Catecismo actual.

Además, el único fundamento coherente que tendría una prohibición absoluta de la pena de muerte en cualquier circunstancia posible sería la inviolabilidad absoluta de la vida humana. Y eso no se puede proclamar, porque entonces cae la misma legítima defensa que el Papa Francisco admite en estas declaraciones suyas, y además se hace inmoral la existencia misma de un cuerpo de policía armado,de los ejércitos, etc.

Saludos cordiales.
29/06/16 5:22 PM
  
A.Gutierrez
Realmente una pena su último comentario sobre asesinatos legales de inocentes como si no fuera una preocupación especial de los católicos. Nadie discute la condena de esos crímenes.
Pero también es una preocupación la vida de todo ser humano incluyendo de los culpables por un deber cristiano de caridad " amar a tus enemigos". Ello sin que se descarte la aplicación de la justicia obviamente. El tema esta que hoy en día ya casi resulta insostenible la aplicación de la pena de muerte por la razones expuestas por el Papa Francisco. Sería bueno adem{as que consulte con juristas para que le expliquen el fracaso mundial en la experiencia de aplicar estas medidas. Desde el gabinete de un escritorio no es suficiente. Lo digo con mucho respeto.

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En el "post" no hablo de la aplicación de la pena de muerte, sino de la pena de muerte en sí misma considerada, precisamente porque esa distinción fundamental hoy día no suele hacerse. Por eso mismo, tampoco hablo de lo que pasa "hoy día", salvo para decir que lo que es intrínsecamente malo lo es siempre, y lo que no lo es, no lo es nunca, tampoco "hoy".

Por otra parte, el éxito de la pena de muerte, en su función principal que es la restauración del orden la justicia mediante el castigo al culpable, es fácilmente evaluable, y, salvo los casos lamentables en que se condena a inocentes, o que los culpables no pueden ser apresados y juzgados, se alcanza completamente.

Hasta ahora todas las computadoras que conozco se apoyan en escritorios o algo semejante. El día que me lleguen comentarios por otra vía trataré de averiguar en qué clase de entorno mobiliario han sido escritos.

Saludos cordiales.
29/06/16 5:34 PM
  
Luis J.
Al menos a mi me ha quedado claro que una cosa es la pena de muerte y otra la aplicación de la pena de muerte. Pero el hecho de que esta no sea intrínsecamente mala no quiere decir que sea intrínsecamente buena, un bien que hay que perseguir y conservar. Entonces parecería más un mal menor que otra cosa. ¿sería correcto entonces incluir la pena de muerte dentro de la doctrina del mal menor?

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Lo que no es intrínsecamente malo es moralmente lícito en sí mismo considerado. Por ejemplo, jugar al fútbol. Y si algo es intrínsecamente malo, eso no cambia porque haya otro mal intrínseco más grave o mayor que el primero.

La pena de muerte sólo es moralmente lícita si es justa, y si es justa, es buena, porque todo lo que es justo es bueno. Un mal nunca es bueno por el hecho de ser menor que otro mal.

Saludos cordiales.
30/06/16 12:41 AM
  
Juan Mariner
Estoy contra toda pena de muerte, reconociendo la legítima defensa de todo ciudadano y del propio Estado.

Los partidarios de la pena de muerte, desgraciadamente, son mayoría en el mundo. Cada día se aplica la pena de muerte legal y estatalizada en los abortorios por millares en el mundo. En España, vemos por los abortos legales provocados registrados que la pena de muerte está muy lejos de ser erradicada.

Luego entraríamos en la pena de muerte "aplicada por los particulares" (machistas, vecinos, maleantes...), sería otro tema.

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Es un insulto para los inocentes que son abortados decir que se les ha aplicado la pena de muerte, porque ésta por definición es solamente para culpables. Y los particulares no pueden aplicar la pena de muerte, como tampoco ninguna otra de las penas que la sociedad impone a los delincuentes.

Saludos cordiales.
30/06/16 11:31 AM
  
Néstor
Es cortita, así que la ponemos aquí mismo. Onésimo era esclavo de Filemón, que era cristiano, convertido por San Pablo; había huido de la casa de éste y se había encontrado con San Pablo, convirtiéndose al cristianismo:

"1 Pablo, prisionero de Cristo Jesús, y el hermano Timoteo, a ti, querido Filemón, compañero de trabajo, 2 a la hermana Apia, a Arquipo nuestro compañero de lucha, y a la iglesia que se reúne en tu casa: 3 Que Dios nuestro Padre y el Señor Jesucristo les concedan gracia y paz. 4 Siempre doy gracias a mi Dios al recordarte en mis oraciones, 5 porque tengo noticias de tu amor y tu fidelidad hacia el Señor Jesús y hacia todos los creyentes. 6 Pido a Dios que el compañerismo que brota de tu fe sea eficaz para la causa de Cristo mediante el reconocimiento de todo lo bueno que compartimos. 7 Hermano, tu amor me ha alegrado y animado mucho porque has reconfortado el corazón de los santos. 8 Por eso, aunque en Cristo tengo la franqueza suficiente para ordenarte lo que debes hacer, 9 prefiero rogártelo en nombre del amor. Yo, Pablo, ya anciano y ahora, además, prisionero de Cristo Jesús, 10 te suplico por mi hijo Onésimo, quien llegó a ser hijo mío mientras yo estaba preso. 11 En otro tiempo te era inútil, pero ahora nos es útil tanto a ti como a mí. 12 Te lo envío de vuelta, y con él va mi propio corazón. 13 Yo hubiera querido retenerlo para que me sirviera en tu lugar mientras estoy preso por causa del evangelio. 14 Sin embargo, no he querido hacer nada sin tu consentimiento, para que tu favor no sea por obligación sino espontáneo. 15 Tal vez por eso Onésimo se alejó de ti por algún tiempo, para que ahora lo recibas para siempre, 16 ya no como a esclavo, sino como algo mejor: como a un hermano querido , muy especial para mí, pero mucho más para ti, como persona y como hermano en el Señor. 17 De modo que, si me tienes por compañero, recíbelo como a mí mismo. 18 Si te ha perjudicado o te debe algo, cárgalo a mi cuenta. 19 Yo, Pablo, lo escribo de mi puño y letra: te lo pagaré; por no decirte que tú mismo me debes lo que eres. 20 Sí, hermano, ¡que reciba yo de ti algún beneficio en el Señor! Reconforta mi corazón en Cristo. 21 Te escribo confiado en tu obediencia, seguro de que harás aún más de lo que te pido. 22 Además de eso, prepárame alojamiento, porque espero que Dios les conceda el tenerme otra vez con ustedes en respuesta a sus oraciones. 23 Te mandan saludos Epafras, mi compañero de cárcel en Cristo Jesús, 24 y también Marcos, Aristarco, Demas y Lucas, mis compañeros de trabajo. 25 Que la gracia del Señor Jesucristo sea con su espíritu."
30/06/16 1:23 PM
  
Juan Mariner
D. Néstor: entienda mi comentarios desde el punto de vista crítico. Creo que los nasciturus son "culpables" para el Estado (y los entes supraestatales), que decide darles muerte en el vientre materno mediante sus leyes de aborto provocado ratificadas por la mayoría de sus ciudadanos: llegan cuando no tienen que llegar (no se les esperaba y nadie les ha dado el permiso para que se presenten sin avisar), son responsables de la "superpoblación" mundial (a pesar de que sabemos que podríamos meter a todos los habitantes de La Tierra en un Estado grande de EEUU con una densidad poblacional parecida a la de Holanda), amenazan los recursos naturales escasos y limitados del globo terráqueo (cuando sabemos que hay alimentos para todos con creces si no se desperdician o se acaparan), amenazan a los poderosos que ven más difícil su control si se les va de las manos la población por su número, molestan a los racistas y xenófobos porque hay más nacimientos en las razas y etnias "enemigas", etc.


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Pero a diferencia del sujeto legítimo de la pena de muerte, no son culpables de nada. Así que no tiene sentido llamar "pena de muerte" al aborto en medio de un discurso contrario a la pena de muerte. Salvo que se quiera asemejar a los defensores de la pena de muerte con los defensores del aborto legal. Lo cual otra vez incurriría en la misma confusión, nada menos que entre el inocente y el culpable. Es esa diferencia la que hace que la diferencia entre la ley de aborto y la ley de pena de muerte sea la diferencia entre un abominación, votada por quien haya querido votarla, y una ley.

Saludos cordiales.
30/06/16 1:25 PM
  
Renzo
Hay que entender a Néstor, los que seguimos sus artículos sabemos que si en algo no destaca es en su proximidad a la realidad. Es más hombre de ideas y análisis metafísicos.
Es de esas personas capaces de escribir un libro de supervivencia en la montaña sin haber pisado en su vida ni un jardín, un teórico de las cosas que acaba olvidándose de las cosas y quedándose sólo con sus teorías.
Si se tiene esto en cuenta es fácil ver que aquí se dedica a filosofar sobre el tema de la pena de muerte, como podría hacerlo sobre el mar y sus orillas.

Saludos.

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La vida es así de dura. Algunos nos vemos condenados a escribir desde nuestros escritorios en vez de poder enchufar nuestras terminales directamente a los picos de las cordilleras o los arrecifes coralinos.

Eso nos lleva a no entender cómo se podría decir que la vida humana debe ser respetada en absolutamente toda ocasión, y seguir teniendo policía, ejércitos, etc.

Son cosas de la metafísica.

Y eso nos impide ver qué fundamento coherente podría tener la condena sin más de la pena de muerte en sí misma considerada.

Es que teorizamos.

Saludos cordiales.
30/06/16 2:42 PM
  
gringo
No voy a perderme en el tema de la esclavitud porque nos desviariamos demasiado. Aunque no es como tú dices. San Pablo puede pedirle a un amigo que emancipe un esclavo, pero en sus epístolas no dice que la esclavitud deba ser abolida. Si hubo bulas papales autirizando la esclavitud, entonces entra dentro del magisterio (aunque para salirse por la tangente algunos católicos dicen que no es lo mismo magisterio pontificio que magisterio eclesiástico) .
Y hablas como si la Iglesia hubiera inventado la servidumbre como alternativa a la esclavitud.
En cualquier caso, volviendo a la pena capital, si al final el argumento es que la pena de muerte (o cualquier otra cosa) no es intrínsecamente mala, porque la Iglesia no la define como intrínsecamente mala, pues es como si alguien dice que la pena de muerte no es mala porque el islam o el Partido Comunista dice que no es mala: que ese argumento de autoridad sólo es para los correligionarios.


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Es que lo que yo digo es que ni San Pablo ni los primeros cristianos dijeron que la esclavitud debía ser abolida. Eso no era posible en aquella época sin que se viniese abajo toda aquella cultura. La Iglesia en lo sustancial toleró la esclavitud, pero como se ve ya desde la carta a Filemón, introdujo una nueva mentalidad que con el tiempo llevó a que la esclavitud desapareciese por primera vez en la historia de la humanidad, con el escalón intermedio, ciertamente, de la servidumbre medieval.

Por otra parte, el único Magisterio eclesiástico que es infalible es el extraordinario, o sea, definición ex - cathedra del Papa o definición de un Concilio Ecuménico, y el ordinario universal de todos los Obispos. Una bula papal a los portugueses no entra en ninguna de esas categorías.

Desde el principio, además, advertí que ésta es ante todo una discusión entre creyentes católicos, pues se trata de si la Iglesia va a declarar o no intrínsecamente mala a la esclavitud.

Eso no quita que no dé lugar también para apreciar la falta de argumentos de los opositores no católicos a la pena de muerte.

Saludos cordiales.
30/06/16 4:12 PM
  
Luis J.
Entiendo. De manera que siempre y cuando la aplicación de la pena de muerte sea el único modo de garantizar la preservación de la justicia y su inherente búsqueda del bien común, ésta es moralmente lícita en cuanto se convierte en aval de la ansiada justicia. Es lo que se deduce de la lectura del punto 2267 del catecismo, que dicho de paso, nuevamente se nos muestra sorprendentemente sensato y cabal. La verdad es que la doctrina católica es algo precioso que esconde mil y un tesoros por descubrir. ¿Y sabe qué? estoy convencido de que todos los que hemos pasado por aquí en el fondo pensamos del mismo modo, incluso gringo. Lo que le ocurre es que no le ha dado a usted ninguna oportunidad. Pues ea, yo también le saludo cordialmente y gracias.
30/06/16 4:12 PM
  
gringo
-La posibilidad de liberar a un esclavo no la inventó san Pablo, ya existían en Roma y otras culturas los libertos.
Que algo estuviera socialmente aceptado no era obstáculo para que la Iglesia se opusiera frontalmente a ello, por ejemplo el divorcio o repudio de la esposa estaba totalmente aceptado por judíos, griegos y romanos.
O el politeísmo que también algo normal fuera de Palestina.
El cristianismo aceptó algunas cosas, como la pena de muerte y la esclavitud, y rechazó otras como el divorcio, la tolerancia hacia otras religiones y ciertas formas de homosexualidad.
Así que no se trataba de que la Iglesia quería pero no podía cambiar lo que estaba socialmente aceptado, simplemente la Iglesia tenía otra moral que hoy en día se entiende poco, incluso entre cristianos.

-Que hables de falta de argumentos contra la pena de muerte por parte de los no católicos, demuestra bastante soberbia, cuando tus argumentos vienen a ser del tipo "es lo que dice el catecismo", "total si se mata a un inocente, también se puede encarcelar a un inocente", etc.
Puedo entender que un cristiano defienda dos mil años de tradición, pero la frialdad con la que hablas de gente que siendo inocente muere ejecutada, es sorprendente.

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San Pablo, repito, no habla de que Onésimo sea liberado. No se coloca en ese plano. Lo que dice, dejando de lado el plano jurídico, es que Filemón y Onésimo son hermanos en la fe y como tales deben tratarse uno al otro. Eso es lo que a la larga llevó, de hecho, en Europa, junto con otros factores, seguramente, a la superación de la esclavitud.

La razón por la cual la esclavitud no podía ser abolida de un día para otro era que toda la estructura económica de aquellas sociedades se apoyaba en ella. No es el mismo caso del matrimonio o de la homosexualidad o el politeísmo.

Las argumentaciones no son frías ni calientes, sino coherentes o incoherentes, concluyentes o inconcluyentes.

Saludos cordiales.
30/06/16 8:40 PM
  
Antonio1
Vamos a ver. Sostengo que usted hace una interpretación "contra legem" y por lo tanto abusiva del siguiente párrafo del catecismo:

"consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy [...] rara vez [...], si es que ya en realidad se dan algunos» (EV 56)

La interpretación contra legem pretende interpretar un texto haciéndole decir lo contrario que realmente dice.

Le expongo brevemente lo que viene a decir el catecismo en materia de pena de muerte:

Como existe una obligación de proteger a la sociedad del crimen por parte de las autoridades, como medio de legítima defensa podría estar justificada la pena de muerte siempre y cuando no exista otro medio que permitiera defender a la sociedad de los criminales.

Es decir que con los medios penitenciarios conque cuentan la mayor parte de las sociedades hoy el recurso a la pena de muerte es plenamente injustificado, inmoral e ilícito.

Descendiendo al mundo de la vida real: para la Iglesia católica es profundamente inmoral, por no estar justificado que existan estados en EEUU que apliquen la pena de muerte. Es algo cruel y que atenta contra la dignidad humana porque el único y restringido caso en que se pueda utilizar:legítima defensa para evitar un mal mayor a personas inocentes no se da.

O usted reconoce lo que dice el catecismo y las enseñanzas de los papas o se sitúa fuera de la doctrina de la Iglesia católica en este punto.

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Por el contrario, lo abusivo es leer en esos textos que la pena de muerte es intrínsecamente mala y que por tanto no puede ser aplicada lícitamente.

Pues el Catecismo dice:

"Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana."

La misma formulación condicional ("si...") muestra que no se trata de algo intrínsecamente malo, que no pueda hacerse en ninguna circunstancia absolutamente.

Es más, habla de algo que es "mejor" y "más conforme" con la dignidad del hombre, no, por tanto, de algo cuyo contrario es intrínsecamente malo; y de la autoridad no dice que "deberá limitarse", sino que "se limitará" a los otros medios. Deliberadamente evita decir que la alternativa contraria, es decir, la pena de muerte, es absolutamente ilícita o intrínsecamente mala.

Por esas mismas razones, ver en ese texto una prohibición absoluta de la pena de muerte para la época actual también sería abusivo.

Hasta cuando dice que es raro que hoy día la pena de muerte sea "absolutamente necesaria", da la impresión de estar aceptando la posibilidad de no aplicarla, más que exigiendo que no se aplique.

Es que no hay término medio posible: o algo es intrínsecamente malo, o puede ser lícito al menos bajo determinadas circunstancias.

Además, el juicio sobre las condiciones actuales de la sociedad, en cuanto a hacer más viable o no la pena de muerte, tiene un elemento contingente e histórico que no pertenece directamente al terreno de la Revelación ni de la fe, ni tampoco pertenece por tanto directamente al tema del Catecismo, que es la exposición de la verdad de la fe basada en la Revelación.

Saludos cordiales.
30/06/16 11:40 PM
  
Palas Atenea
Ya se han dado casos de presos condenados a cadena perpetua que han solicitado la pena de muerte. En un mundo donde cada cual es la medida de todas las cosas es imposible saber qué es mas cruel si la pena de muerte o treinta años de reclusión. Lo que preveo es que lo que antes era un hecho previsto en la ley podrá aplicarse ahora a gusto del consumidor: ¿Qué prefiere usted, estar en la cárcel treinta años o morir? Y se elegirá a la carta. Y entonces a los detractores de la pena de muerte, al ver que es un acto de libertad del individuo, les parecerá de perlas.

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De hecho, entre pedir la eutanasia y pedir la aplicación a uno mismo de la pena de muerte la diferencia no es tan grande. Y hoy día lo primero (aberrante como en sí mismo) tiene aceptación entre una cantidad no pequeña de personas. Y si lo aceptan en el caso de un inocente ¿cómo no lo van a aceptar en el caso de un culpable?

Saludos cordiales.
01/07/16 10:00 AM
  
gringo
-Y tanto que la Iglesia no pretendía acabar con la esclavitud de un día para otro, cuando tardó diecinueve siglos en condenarla totalmente.
La economía romana no estaba basada principalmente en la esclavitud, y además esta era perjudicial para los campesinos libres que no podían competir con los esclavos. La esclavitud sólo beneficiaba a los ricos.
Y después de Roma en la Alta Edad Media tanto bizantinos como carolingios siguieron comerciando con esclavos.
Y para la Baja Edad Media con los descubrimientos de portugueses y españoles, se condenó la esclavitud de los nativos americanos pero se miró para otro lado con la de los africanos. Hasta 1839.
Sí, la Iglesia tiene paciencia y no cambia de un día para otro. Igual por eso cuando viene un Papa y quiere cambiar aunque sea un matiz, parece un terremoto.
De todas formas, a la Iglesia no le importó que el comunismo fuera la base de la economía china y soviética para condenarlo como sistema injusto.
Así que cuando quiere, lo hace.

-La pena de muerte es algo tan vergonzoso que incluso el catecismo deja claro que sólo se puede usar cuando todo lo demás falla.
No dice que sea bueno para prevenir el crimen (si así fuera haría miles de años que no se cometerían asesinatos pero es evidente que no sirvió en el pasado), ni que sirva para reparar nada (la sociedad realmente sólo gana con la reinserción o como lo llamarían uds conversión), sólo que es lo último que se puede hacer si no hay forma de intentar otra cosa.
De ahí a decir que no se debe hacer nunca, hay paso que tal vez la Iglesia no de de un día para otro, pero parece que lo dará.
Porque aceptar la pena de muerte significa que la vida humana no es sagrada desde la concepción hasta la muerte. Porque la pena de muerte para alguien que ha sido detenido y ya no es un peligro, no está justificada con la legítima defensa.
Y esa contradicción chirría bastante.

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Fue en las naciones formadas durante siglos en el cristianismo que surgió la idea de que no debería haber esclavos en la sociedad. Eso no se le pasó por la cabeza a las otras civilizaciones y si hoy día es una convicción más o menos extendida es por la occidentalización del mundo, siendo Occidente el resto cada vez más adelgazado de la tradición cristiana antigua y medieval.

Y ya dije que la servidumbre medieval no era esclavitud, pues el esclavo carecía de todos los derechos, y el siervo solamente del derecho de ausentarse de su tierra y de propiedad.

Y es que no se entiende que en la modernidad se rechace la esclavitud si no se mira el proceso gradual iniciado por el cristianismo y que tuvo como uno de sus momentos a la servidumbre medieval.

Oigamos al oráculo wikipédico:

"La economía romana, como su sociedad, dependían del trabajo de esclavos, que eran fundamentales en los latifundios, minas e industrias. Esta economía aumentó a partir del siglo II gracias a las victorias de Julio César, que puso en subasta a aproximadamente un millón de esclavos durante la Guerra de las Galias (58-51 a. C.) En Delos, llegaron a subastarse hasta diez mil esclavos en un solo día."

Es notable que la Baja Edad Media llegue hasta la época del descubrimiento de América.

De todos modos, si el Nuevo Orden Mundial sigue adelante, las declamaciones contra la esclavitud de parte de sus adeptos irán decreciendo gradualmente hasta llegar a ser de mal gusto y por lo mismo omitidas.

No se puede comparar sin más la situación de la Iglesia en el siglo XX y la que tenía en el siglo I o el II. En cuanto al comunismo, no se trataba solamente de una forma de organizar la economía en la sociedad sino de una cosmovisión esencialmente atea, anticristiana y antihumana. Mucho peor que el paganismo al que se enfrentaron los primeros cristianos.

El Catecismo dice implícitamente que la pena de muerte sirve para reparar el orden de la justicia, pues eso lo dice explícitamente de las penas en general, en el numeral anterior al que trata de la pena de muerte.

Ni al que asó la manteca se le ha ocurrido decir que las penas que la sociedad impone a los delincuentes tienen como finalidad que no haya más delitos en el futuro y que el hecho de que los siga habiendo significa que esas leyes han fallado. El departamento jurídico y el departamento de la Utopía no quedan en el mismo piso, ni siquiera en el mismo edificio.

La sacralidad de la vida humana debe en todo caso hacerse compatible con el derecho a la legítima defensa y a la acción policial armada, y entonces, también puede hacerse compatible con la pena de muerte.

En la pena de muerte y en las penas en general, como ya dije, la razón principal no es la legítima defensa, sino la justicia.

Saludos cordiales.
01/07/16 9:54 PM
  
Antonio1
"Ya se han dado casos de presos condenados a pena perpetua..."

Es que la pena perpetua es otra aberración.


Yo no defiendo que el catecismo prohíba absolutamente la pena de muerte. Lo que digo es que es aberrante, abusivo y contrario a derecho que se utilice el catecismo para justificar por ejemplo la pena de muerte en EEUU. Eso es contrario al magisterio de la Igleisa. Además de una indignidad no es católico. Simple y llanamente. Y hay que estar muy ideologizado de ideología mundana de la peor especie para sostenerlo.

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Aquí nadie utiliza el Catecismo para nada, exceptuándolo a Ud, que lo hace mal. De la pena de muerte en EE.UU. no he dicho ni que sí ni que no, no es el tema del "post", que es, repito una vez más, la licitud de la pena de muerte en sí misma considerada según el Catecismo de la Iglesia Católica, que resume así el Magisterio universal de la Iglesia en los últimos veinte siglos.

Saludos cordiales.
02/07/16 11:17 AM
  
Palas Atenea
Me parece que aquí es irrelevante que sea culpable o no. Las decisiones personales se respetan porque el individuo puede hacer de si mismo lo que le dé la gana, siempre que no toque a los demás. En la misma medida no sé porqué habría de interferir nadie en un suicidio (se llama a la policía para que lo evite en un acto incongruente) o en que un individuo se mate con un dosis de droga. ¿En qué quedamos?
Las únicas decisiones que, por lo visto, podemos tomar por otros es en el caso de los fetos, a los que un tercero puede matar sin preguntarles, y supongo que también con todas las personas que no estén capacitadas para defenderse, entonces la ley sí puede decidir por ellos. No se trata de culpabilidad o inocencia sino de si uno es consciente o no, o al menos tiene que probar que se da cuenta.
02/07/16 3:11 PM
  
gringo
Perdón pero qué es eso de "la sacralidad de la vida humana debe hacerse compatible con el derecho a la legítima defensa y la aacción policial armada"?.
No será al revés, que la vida humana es sagrada per se (numeral 2258), y lo que debe hacerse compatible con esa sacralidad son las violaciones como matar en defensa propia o de terceros, y la pena de muerte?.

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Néstor:

¿Es lo mismo, no? Además, si en esos casos hay una violación de la sacralidad de la vida humana, entonces esas cosas no deben hacerse. Cuando un terrorista saque un arma y empiece a disparar en un centro comercial, la policía deberá limitarse a entablar un proceso de diálogo y negociación. Se deberá concientizar a la cuidadanía sobre la necesidad absoluta de dejarse matar por el primero al que se le ocurra hacerlo con tal de que no sea "violada la sacralidad de la vida humana".

Al final, el hecho es que se puede lícitamente quitar la vida a un ser humano en determinadas circunstancias. Sin eso no hay sociedad humana posible, en este mundo marcado por las consecuencias del pecado original. Así que cualquier sentido que se le dé a la sacralidad de la vida humana no puede ir en contra de esa evidencia elemental.

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Porque yo que soy policía entiendo que si no hay más remedio se puede matar para proteger la vida de otros inocentes.

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Néstor:

Por eso.

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En cuanto a que matar a un asesino sea "reparar" la justicia, eso se lo cree el que quiere, porque por matar a uno no entiendo que se repare la muerte de otro ni que la sociedad se beneficie.

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Néstor:

El Catecismo entiende que sí, porque dice que la finalidad de toda pena es reparar el desorden introducido por la falta. Ver el "post".

Y la pena de muerte, de la que habla inmediatamente a continuación, es una pena.

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En el numeral 2266 del catecismo se dice que la pena debe tener finalidad "medicinal", y que debe servir para enmendar al delincuente.
De qué forma se enmienda al que es ejecutado?.

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Néstor:

Evidentemente, ese principio es de aplicación analógica a las distintas clases de penas. En el caso de la pena de muerte, todos los condenados a muerte que dada su gravísima situación han reflexionado, se han arrepentido de sus pecados, los han confesado a un sacerdote y han recibido la absolución por los mismos se han enmendado y muchos de ellos han de estar ahora intercediendo por nosotros, pecadores.

Es muy emblemático el caso de Gilles de Rais, torturador, violador y asesino de niños, que ante la pena de muerte se arrepintió y se confesó, pidiendo perdón por sus pecados, mientras la gente lo acompañaba al lugar de la ejecución rezando por él.

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Sinceramente creo que ni para un católico el catecismo es un texto perfecto del primer al último numeral, y yo veo un fallo en qie primero te lo presentan todo para condenar la pena de muerte, te hablan de sacralidad de la vida, de penas proporcionales, de que el culpable ha de ser enmendado, que cuando los medios lo permiten y el asesino ya no puede hacer más daño no tiene sentido aplicar la pena de muerte; pero luego dejan abierta una pequeña rendija.

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Néstor:

En efecto, el Catecismo admite en principio la licitud de la pena de muerte.

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Pues esa pequeña rendija también quiere cerrarla el Papa Francisco y creo que con acierto.
Porque leyendo los numerales anteriores tiene más sentido la prohibición total, que permitir las ejecuciones en casos hipotéticos.

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Néstor:

Son opiniones, en este caso (la suya digo, porque su interpretación de la voluntad del Papa corre por su cuenta y riesgo) esa opinión es contraria a la doctrina católica.

Saludos cordiales.
04/07/16 11:11 AM
  
Antonio1
Yo no sostengo que usted defienda la pena de muerte en EEUU (por cierto, me gustaría conocer su opinión al respecto) pero al hilo de su blog han escrito muchos de los que justifican hoy la pena de muerte. En EEUU, por ejemplo. Y eso no es católico.

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Néstor:

Tampoco se puede decir que eso no sea católico. El Catecismo tampoco dice absolutamente que hoy no se pueda aplicar legítimamente la pena de muerte. Y le repito que en todo caso eso no es una cuestión de fe, sino de evaluación prudencial y contingente de lo que pasa en una época determinada. La Revelación divina no dice explícitamente nada sobre los EE.UU.

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Y me gustaría saber en qué uso mal el catecismo de la Iglesia Católica.

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En todo lo que acabamos de discutir, precisamente y por las razones dadas.

Saludos cordiales.
04/07/16 1:01 PM
  
gringo
Y qué pasa con los ejecutados que no se arrepienten? .

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Néstor:

Con ellos pasa lo mismo que pasa con los que mueren sin arrepentirse en general. Cada uno es responsable de sus opciones libres.

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Y los que son ejecutados siendo inocentes?.
Dile tú a los familiares de un ejecutado inocente que se consuelen con la idea de que ahora está en el cielo.

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Néstor:

Muchos inocentes son muertos injustamente, no sólo los ejecutados por error. Frente a eso, la alternativa es: 1) y eso es todo 2) podemos interceder por ellos y esperar que estén gozando de la Vida Eterna.

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El propio catecismo dice sobre penas alternativas a la de muerte: "...haciendo inofensivo a quien lo ha cometido (el crimen) sin quitarle definitivamente la posibilidad de redención".
Es decir que se admite que ejecutar al reo es quitarle definitivamente la posibilidad de redención, que siempre debe ser tenida en cuenta.

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Néstor:

Es claro que ese pasaje del Catecismo debe ser interpretado de acuerdo con la doctrina católica, según la cual incluso para un condenado a muerte hay posibilidad de redención, como lo dejó en claro el mismo Señor Jesucristo al decirle al Buen Ladrón: "Hoy estarás conmigo en el Paraíso".

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Porque por más que leo el catecismo, no veo que la Iglesia diga que la pena de muerte es en sí misma justa, sino que depende de las circunstancias: si no hay duda de la identidad del culpable, si no hay otra forma de defender a posibles víctimas, incluso dice que prácticamente ya no se dan esos casos.

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Néstor:

Lo que dice el Catecismo es que la pena de muerte es moralmente lícita en sí misma considerada, de modo tal que sólo por las circunstancias particulares puede pensarse en su no aplicación.

En efecto, no puede depender de las circunstancias que algo sea intrínsecamente malo o no, como no puede haber algo que sea cambiantemente inmutable.

En cuanto a "justa", ver el "post". Si la pena de muerte no es justa, entonces es claramente injusta, y entonces debería ser prohibida como intrínsecamente mala, cosa que el Catecismo no hace. Por tanto, para el Catecismo la pena de muerte es justa.

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Cito de Evangelium vitae (56):
"...tanto en la Iglesia como en la sociedad civil, una tendencia progresiva a pedir una aplicación muy limitada e incluso su total abolición".
"Permanece válido el principio indicado en el Nuevo Catecismo, según el cual si los medios incruentos bastan para dedender las vidas humanas contra el agresor y para proteger el orden público y la seguridad de las personas, en tal caso la autoridad se limitará a emplear solo esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana".
Total, que si el Papa Francisco dice que la pena de muerte no debe aplicarse nunca más, no sería una ruptura brusca con lo que la Iglesia ha venido defendiendo.

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Néstor:

De nuevo, no hablo de la aplicación de la pena de muerte, sino de la pena de muerte en sí misma considerada, que según la doctrina católica es moralmente lícita.

La aplicación de la pena de muerte depende en todo caso de las circunstancias. Y por eso mismo, no creo que corresponda que se declare que no debe ser aplicada "nunca más", porque no podemos saber hoy las circunstancias de "nunca más", y sería un ingenuo optimismo creer que en el futuro sólo encontraremos progreso o en todo caso conservación del admirable (???) nivel que hemos alcanzado actualmente, y que eso es hoy y seguirá siendo así igualmente en todo el planeta, en todas las sociedades, zonas geográficas y culturas.

Saludos cordiales.
04/07/16 4:55 PM
  
Palas Atenea
Comprendo, pero editado.

Saludos cordiales :)
04/07/16 5:50 PM
  
gringo
-Ante la ejecución de inocentes: "Y eso es todo".
Estupendo. Menuda respuesta.
Curiosamente los economistas neo liberales suelen decir lo mismo.
Oigan que es injusto privatizar pensiones, recortar en sanidad, que van a morir los mayores... "Lo sentimos, es el sistema, y eso es todo".
Y la gente víctima de eutanasia y abortos? "Eso es todo. Que los creyentes recen por ellos".
Mire ud Néstor una injusticia no justifica otra, que se maten inocentes no justifica un sistema penal que puede matar inocentes.

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Néstor:

Leer mejor. "Y eso es todo" quiere decir solamente que ésa es la única alternativa que le queda al que no cree en la Vida Eterna, y que la otra única alternativa es obviamente mejor, por más difícil que sea decírselo al que sufre la muerte de un ser querido.

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-Si el propio Juan Pablo II escribe en una enciclica que la Iglesia avanza hacia la abolición de la pena de muerte, y no sé por qué no se atrevió a dar el último paso (el peso económico de los obispos gringos?), Francisco parece que va a dar ese último paso.
Y acaso critica Juan Pablo II como negativo el progreso hacia la abolición? No.

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Néstor:

La "abolición de la pena de muerte" es algo que se da en cualquier país que deja de tenerla en su sistema legal. Otra cosa es que la pena de muerte sea intrínsecamente mala de modo que nunca pueda aplicarse lícitamente, que es lo que niego en el "post" apoyado en el Magisterio de la Iglesia expresado en el Catecismo.

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-Creo que le das la vuelta a la cuestión, presentas la pena de muerte como algo bueno que no se aplica según las circunstancias. Pero es al revés. Es algo que no debe hacerse pero la Iglesia lo permite excepcionalmente, como la defensa propia o la guerra defensiva.
Y no tengo claro que algo que se permite excepcionalmente sea intrínsecamente bueno.

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Néstor:

Cuando hablamos de si se puede o no se puede, moralmente hablando, hacer u omitir algo, no hablamos en principio de lo "intrínsecamente bueno", sino de lo "intrínsecamente malo", por un lado, y por tanto, siempre ilícito, y lo "no intrínsecamente malo", por otro, y por tanto, lícito en sí mismo considerado.

Eso lícito en sí mismo considerado, a su vez puede ser tal que su contrario sea intrínsecamente malo, y entonces, es obligatorio, como pagar el justo salario, o no ser así, y entonces, es opcional, como tomar café o coleccionar sellos de correo.

En el primer caso, tenemos algo que es lícito y justo, en el segundo caso, tenemos algo lícito, pero que no es ni justo ni injusto.

Es claro que todo lo que es justo, es bueno.

La pena de muerte es claro que no es como tomar café: o es justa o es injusta.

Si es injusta, es intrínsecamente mala.

Desde el momento en que el Catecismo acepta que pueda ser aplicada lícitamente en algún caso, es claro que no es intrínsecamente mala, y entonces, no es injusta, y entonces, es justa, y entonces, es buena.

La Iglesia jamás permite, ni "excepcionalmente", que se haga algo que "no debe hacerse", porque lo que "no debe hacerse" es lo intrínsecamente malo, que por lo mismo, no puede ser hecho en absolutamente ninguna circunstancia.

Saludos cordiales.
04/07/16 9:08 PM
  
Antonio1
No deje de publicarme el comentario justo cuando llegamos al meollo de la cuestión. Porque así no se puede debatir.

Le decía que el catecismo dice que "los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo ( caso único en que se permitiría la pena de muerte) «suceden muy [...] rara vez [...], si es que ya en realidad se dan algunos» (EV 56).

Es decir que dice expresamente que no es ya necesario suprimir al reo, dudando que existan casos en los que fuera necesario, y desde luego no lo estarían aquellos Estados con un buen sistema policial y penitenciario como los EEUU.

Esa es mi interpretación que curiosamente coincide con la interpretación de Juan Pablo II, Benedicto XVI y Francisco, que ha ido al Congreso de EEUU a decirles exactamente esto, lo que yo defiendo. Que en Estados desarrollados es una crueldad la pena de muerte. Los tres papas han llevado una tarea firme y comprometida en aras de la erradicación de la pena de muerte, precisamente porque interpretan el catecismo como yo lo hago y no como usted hace ( que no está en una campaña comprometida por la abolición de la pena de muerte como lo está la Iglesia sino todo lo contrario, usted utiliza el blog para justificar la pena de muerte y dar alas a los que son partidarios de la misma incluso en lugares como EEUU).
Y me viene luego a decir que mi interpretación del catecismo, que es la misma que la de los papas mencionados no es la correcta, y que la suya ( que va en dirección contraria) es la buena. Pues no lo entiendo. ¿Me lo podría argumentar? Y no me vale como argumento (sería prueba de la falta de argumentos) que no me publiqué el comentario.

Muchas gracias.

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¿Es que para qué voy a comentar cosas que se desdicen solas? Si Ud. lee así el Catecismo, es que tiene un problema de comprensión lectora.

Si donde dice que esos casos "suceden muy rara vez, si es que suceden" Ud. lee que ya no es necesario aplicar la pena de muerte, lo cual supone que "no suceden", entonces ¿qué voy a comentar?

Es claro que la forma condicional, hipotética y subjuntiva ha sido elegida deliberadamente.

Si donde el Catecismo habla en condicional usted lee en categórico ¿para qué voy a escribir otra cosa más, si lo va a leer con la misma exactitud?

Eso no es una interpretación, sino una tergiversación del Catecismo.

¿Y dónde dice el Catecismo que si suceden, en todo caso no suceden en EE.UU.? Dejando en claro que el tema de EE.UU., que le preocupa por lo visto a Ud., no es el tema del "post".

Y en cuanto a la erradicación, abolición, suspensión, moratoria, no aplicación de la pena de muerte, no es el tema del "post". Lo único que digo en el "post" es que en todo caso eso no se puede hacer sobre la base de que la pena de muerte es intrínsecamente mala, porque no lo es, sino que en sí misma considerada es justa, y por tanto, buena.

Saludos cordiales.
05/07/16 6:02 PM
  
Martin Ellingham
Según Aciprensa:

“En algunas ocasiones, prosigue el Papa, “es necesario repeler proporcionadamente una agresión en curso para evitar que un agresor cause un daño, y la necesidad de neutralizarlo puede conllevar su eliminación: es el caso de la legítima defensa. Sin embargo, los presupuestos de la legítima defensa personal no son aplicables al medio social, sin riesgo de tergiversación”.

Típicas obviedades ambiguas de Tucho Fernández. Entre legítima defensa personal o de un tercero y pena de muerte hay analogía, no identidad. Porque en la primera hay amenaza presente mientras en la segunda un delito que se ha realizado. Ahora bien, toda analogía entraña riesgo de tergiversación. ¿Y? ¿El abuso prohíbe el uso? ¿Impide usar la teoría el del doble efecto?

Saludos.

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Además, el problema ahí es que cuando un policía, por ejemplo, mata a un terrorista en un tiroteo, estamos en el medio social, ya no en el caso de la defensa personal, y eso obviamente que es moralmente lícito. O sea que por lo menos el argumento de que no se puede pasar de lo personal a lo social no es concluyente.

Saludos cordiales.
05/07/16 8:42 PM
  
gringo
Pero la Iglesia lo que dice es que la pena de muerte solo puede ser aplicada si el Estado es incapaz de encontrar alternativa, e incapaz de asegurar por ningún otro medio la seguridad de los ciudadanos.
No depende de la pena de muerte en sí, sino de las capacidades del Estado.
Algo que solo se puede hacer cuando no hay más remedio, podrá ser lícito pero no es justo.
No me parece justo ni bueno que se mate a alguien simplemente porque el Estado no se gasta dinero en más medios para vigilarlo y controlarlo.
Lo será tal vez para la Iglesia por lo que me has explicado.
De todas formas gracias por tu tiempo y perdona si me he puesto muy pesado.

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Por eso digo que el Catecismo hay que leerlo, naturalmente, como un todo, y no sacando pasajes del contexto global. El Catecismo dice explícitamente que las penas que se aplican a los reos buscan "ante todo" el restablecimiento del orden, es decir, del orden de la justicia. Y eso lo dice de las penas en general, y por tanto, también de la pena de muerte en particular.

Eso es algo independiente de la defensa de los ciudadanos y de los recursos que el Estado tenga o no para realizarla. Así que en lo esencial no es un tema de recursos ni nada parecido.

Tenemos que refrescar la noción básica de que la finalidad primera de la ley en la sociedad es la justicia, porque se trata de la sociedad humana y no meramente de una manada. Es algo de orden moral, no meramente un conjunto de reglas de tránsito o una herramienta para defenderse de los grupos hostiles.

Eso, mirando simplemente a lo que es justo e injusto, lícito e ilícito. Si luego miramos a lo que es "mejor", "más conveniente", "más acorde con la dignidad de la persona", etc., entonces se entiende, que si (otro condicional) están dadas ciertas condiciones que el Catecismo enumera, se pueda prescindir de la pena de muerte y sea preferible incluso hacerlo.

Pero ya nos hemos salido del plano de lo lícito y lo ilícito, lo justo y lo injusto, para entrar en el de lo que apunta a algo más que el mero cumplimiento (importantísimo en sí mismo) de la ley moral.

Repito que la Iglesia jamás va a admitir que "no haya más remedio" que hacer algo intrínsecamente malo.

Y que es claro que si la pena de muerte es lícita, entonces es justa, porque es absurdo que algo injusto sea lícito, y es absurdo también que la pena de muerte no sea ni justa ni injusta, como el ser hincha de Peñarol.

Saludos cordiales.
06/07/16 10:32 AM
  
gringo
Pero me gustaría me aclararas un punto, que la Iglesia nunca ni excepcionalmente permite algo que nunca debe hacerse.
Por qué entonces hay bulas y dispensas?.
Por ejemplo, supongo que un hombre nunca debe mantener relaciones sexuales con su sobrina, pero a Felipe II le dieron dispensa para casarse con su sobrina Ana de Austria.

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Es un tema para canonistas, pero en general los principios son los siguientes:

Hay impedimentos que son de derecho divino, y otros que son de derecho eclesiástico. Es decir, los que proceden de Dios mismo y los que han sido agregados por la Iglesia, que ha recibido de Dios potestad para hacerlo.

Los primeros no pueden dispensarse nunca, los segundos, sí.

Dice el Código de Derecho Canónico:

"1075 § 1. Compete de modo exclusivo a la autoridad suprema de la Iglesia declarar auténticamente cuándo el derecho divino prohibe o dirime el matrimonio.

§ 2. Igualmente, sólo la autoridad suprema tiene el derecho a establecer otros impedimentos respecto a los bautizados."

En el primer inciso hace referencia a los impedimentos de derecho divino, que obviamente sólo los podemos conocer por el Magisterio de la Iglesia apoyado en la Escritura y la Tradición.

En el segundo inciso habla de los impedimentos de derecho eclesiástico.

Luego agrega:

"1078 § 1. Exceptuados aquellos impedimentos cuya dispensa se reserva a la Sede Apostólica, el Ordinario del lugar puede dispensar de todos los impedimentos de derecho eclesiástico a sus propios súbditos, cualquiera que sea el lugar en el que residen, y a todos los que de hecho moran en su territorio."

O sea, que la Iglesia, sea mediante el Obispo del lugar o por el tribunal romano, puede dispensar de los impedimentos de derecho eclesiástico, no de los que son de derecho divino.

En el inciso 3 dice:

" § 3. Nunca se concede dispensa del impedimento de consanguinidad en línea recta o en segundo grado de línea colateral."

En un sitio de abogados católicos de Internet leemos:

"Los impedimentos matrimoniales inhabilitan a la persona para contraer matrimonio válidamente. Ya decíamos que hay impedimentos que pueden dispensarse y otros no. El canon 1078,3, establece que nunca debe concederse la dispensa del impedimento de consanguinidad en línea recta, esto es, del matrimonio entre padres e hijos o abuelos y nietos, ni en segundo grado de línea colateral, o sea, del matrimonio entre hermanos. Estos matrimonios son nulos y no pueden convalidarse ni sanarse ni dispensarse, puesto que la prohibición del incesto no ha perdido vigencia."

Saludos cordiales.
06/07/16 10:40 AM
  
Javier Ejías
Discrepamos Nestor.
Los jueces y los abogados, en los juzgados y tribunales no imparten justicia (creer eso es de una ingenuidad inconmensurable).
Con suerte, lo que hacen es aplicar la ley.
Lo que es justo o injusto no es la acción de esos tribunales sino la ley y son los que "fabrican" esa ley los que se ponen en el lugar de Dios si consideran que en un ordenamiento jurídico se puede decidir sobre la vida de las personas.
Es solo DIos quien debe.
Aplicando su criterio, si unos legisladores decidieran que por ejemplo.........ser judío es delito de muerte, no estarían poniéndose al nivel de Dios sino a su servicio (y esto ya ha ocurrido, no es especulación).
Nunca la pena de muerte es admisible para un cristiano.
Sólo Dios puede juzgar a quien da y quita la vida, lo diga Santo Tomas o su conserje.

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Hay que distinguir entre la función del juez y los abusos que puedan darse en el ejercicio de esa función. La función del juez es impartir justicia aplicando la ley, que debe por ello mismo ser justa, y eso, tratándose de la ley positiva, quiere decir que no tiene que ser contraria a la ley moral natural.

Precisamente, si la ley es justa, la recta aplicación de la ley, que hace el juez, también es justa, porque la ley está hecha para aplicarse.

Dios puede decidir sobre la vida de las personas, y también puede delegar en el hombre esa decisión para algunos casos.

De hecho lo hizo al crear al hombre como un ser social, lo cual exige la existencia de la ley y de las penas proporcionadas a los delitos, así como la posibilidad de la legítima defensa y de la acción policial armada.

No cualquier cosa que el legislador humano legisle es ley, porque la ley injusta no es ley, enseña Santo Tomás, y la ley positiva que va contra la ley natural es injusta.

De hecho, cuando se apela a los derechos humanos contra las leyes de un país se esta apelando a la ley natural.

Saludos cordiales.
07/07/16 10:03 AM
  
Antonio1
" En fin el CCC afirma que su necesidad es muy rara, si no incluso prácticamente inexistente, y ofrece también una doble motivación: a) la mejor posibilidad de que dispone hoy el Estado para reprimir eficazmente el crimen haciendo inofensivo a quien lo ha cometido;
b) la mejor cualidad y eficacia de los medios incruentos, cuando éstos son suficientes para defender del agresor y para proteger la seguridad de las personas. Y presenta al respecto también una triple motivación: éstas corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común, son más conformes a la dignidad de la persona y no quitan definitivamente al culpable la posibilidad de redimirse.
- Por tanto el CCC, afirmando que en tal caso la autoridad se limitará a tales medios incruentos, solicita así el rechazo de la pena de muerte, la cual es afirmada a nivel de principio, pero viene rechazada a nivel práctico. En tal sentido el CCC retoma cuanto afirmado por la encíclica Evangelium vitae (1995), en la cual Juan Pablo II escribe: «En este horizonte (de esperanza) se sitúa también la, cada vez más difundida, aversión de la opinión pública a la pena de muerte incluso sólo como instrumento de legítima defensa social, considerando las posibilidades de que dispone una sociedad moderna para reprimir eficazmente el crimen de modo que, mientras hacen inofensivo a quien lo ha cometido, no le quitan definitivamente la posibilidad de redimirse» (56).
- Al mismo tiempo, el CCC incita a los poderes políticos a atenerse a las mínimas coerciones para "defender la vida humana del agresor y proteger la seguridad de las personas" (2267). Según Santo Tomás «si uno usa más violencia de la que es necesaria, el acto es ilícito» (2264)...

Es preciso recordar que sólo Dios es dueño de la vida y de la muerte. La vida humana es sagrada, porque es puesta bajo la soberanía de Dios y, por tanto, libre de cualquier poder humano. No sólo la vida del inocente, sino también la del delincuente, goza de la protección de Dios, como ha mostrado Dios mismo cuando intervino a favor de Caín evitando que se le diera muerte (cfr. Gen4, 14-15). Dios no quiere la muerte del pecador sino que cambie de conducta y viva...
es preciso crear siempre más las condiciones para superar el recurso a la pena de muerte, evidenciando e valorizando:
o              la importancia de la dignidad de la persona humana, la cual puede y debe ser mejor defendida con los medios incruentos;
o              las mejores posibilidades de las que el Estado dispone hoy para reprimir eficazmente el crimen, volviendo inofensivo a quien lo ha cometido. "
 

Monsignor Raffaello Martinelli



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Es un hermoso discurso, en el cual tampoco se dice, porque no es así, que la pena de muerte sea intrínsecamente mala, y eso es todo.

Y sigue hablando, como no puede ser de otro modo, de lo que es "mejor" que otra cosa, y no de algo que sea "intrínsecamente malo". Lo bueno no es mejor que lo malo, sino bueno, sin más, y lo malo no es "peor" que lo bueno, sino malo, sin más.

Eso sí, la oratoria acerca la sacralidad e inviolabilidad de la vida humana deberá sí o sí hacerse compatible con la posibilidad reconocida por el mismo Papa Francisco de la legítima defensa incluso hasta la eventual muerte del injusto agresor, y con la otra posibilidad, al menos, que agrego yo de la acción policial armada en los centros comerciales y restaurantes donde se empiezan a oír los balazos yihádicos o de otra procedencia.

Porque por más que la vida de Abdullah goce de la protección de Dios, que no quiere la muerte del pecador sino que se convierta y viva, mientras Abdullah está mandando a la casa del Padre (o no, según) con su AK47 a hombres, mujeres y niños que pasan por ahí, virtuosa y elogiable será la acción del agente del orden que lo baje de un tiro.

Obviamente, está en cada uno de nosotros discernir si tiene o no vocación para integrar la fuerza policial, pero en todo caso, alguien debe hacerlo.

Y entonces, dado que evidentemente la sacralidad e inviolabilidad de la vida humana tampoco es absolutamente absoluta, el argumento de la sacralidad de la vida humana por sí solo no basta tampoco para rechazar la pena de muerte como intrínsecamente mala.

Ahora sí, no vuelvo a discutir por enésima vez los mismos argumentos.

Saludos cordiales.
08/07/16 8:37 AM
  
Martin Ellingham
Hay católicos que usan argumentos contra la pena capital que pecan de etnocentrismo. Uno es la posibilidad de reemplazar la pena de muerte por la prisión. Pero esto supone que los sistemas penitenciarios del mundo son todos igualmente eficaces para cumplir con tal objetivo. Lo cual olvida las enormes diferencias que hay entre Suiza y Ruanda, por poner un ejemplo. Tampoco tiene en cuenta que una comunidad puede atravesar circunstancias políticas extraordinarias que impidan suprimir la pena de muerte sin daño al bien común (por ejemplo, una guerra civil; un terremoto catastrófico). Y se olvida del principal campo de aplicación de la pena de muerte en las naciones occidentales: el derecho penal militar, para delitos militares, sea en tiempos de paz o en un conflicto bélico.
Europa, no es el mundo.
Saludos.
09/07/16 11:59 AM
  
Esron ben Fares
Estimado Nestor,
Una sugerencia, por favor, no resalte mucho en negrita.

En lo personal no me gusta subrayar ni resaltar cuando leo. Escribo lo que considero importante en una hoja aparte además lo hago por respeto a otra persona que leerá el mismo artículo.

Por tanto, le pido que no resalte. Deje, por favor, a la comprensión de sus lectores la extracción de las ideas principales.

La paz este con usted.

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El caso es que eso es parte de la política editorial del portal, y tiene a favor el hecho de que ayuda a resaltar lo que uno considera esencial en lo que escribe.

Saludos cordiales.
11/07/16 7:49 PM
  
Juan (Argentina)
Considero, suponiendo que fuera posible,
preguntarle a los niños abortados
que opinan sobre la pena de muerte...
Gracias.
Cordial saludo.

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En caso de poder responder, seguramente dirían que ya tienen bastante con que los hayan matado, para que encima se los trate de criminales.

Saludos cordiales.
13/10/17 12:24 AM
  
Francisco Javier
Aca en El Salvador tenemos peligrosos criminales que aun presos siguen ordenando delitos incluso a traves de telefonos moviles en vista de la enorme corrupcion que hay en el sistema ademas la falta de recursos economicos para tener un sistema penal comparable con los de EEUU o Europa. Tenemos incluso casos de criminales que llevan años en prision pero sin embargo se les acusa de seguir en las mismas ¡A uno de estos criminales se le acuso recientemente de haber ordenado 200 asesinatos! Es que funcionara la denominada "reinsercion y rehabilitacion" del criminal en paises pobres como el mio y en personas verdaderamente trastornadas como estos sujetos? yo veo la pena de muerte ademas como una forma de justicia tambien como una forma de proteccion a los inocentes y prevencion de mas crimenes.
Pareciera que hay gente que piensa que es "justo" el dejar que los criminales hagan de las suyas (no vaya a ser que el "pobrecito" delincuente resulte que no es tan culpable como los tribunales llegaran a determinar) a que el estado tome las medidas para proteger a los inocentes y castigar a los culpables, y denominando al castigo como justicia y no como "venganza".
Aca en los paises pobres la existencia de la pena de muerte es una urgencia, ya no se aguanta tanto crimen. Los delincuentes desbordan en poder a las fuerzas del estado.
13/10/17 7:05 PM
  
Francisco Javier
Señores que comparan el aborto con la pena de muerte: ¡Un niño abortado no es un criminal! Pero para muchos pareciera que asesinar a un inocente es un "derecho humano" pero defender a un asesino y dejarlo salir libre no importa si vuelve a matar es un "progreso para la humanidad". Estoy casi seguro que todos estos sujetos que aca han venido a rasgarse las vestiduras contra la pena de muerte son los mismos que justifican el aborto.
13/10/17 7:08 PM
  
Matías
Cuando el Papa dice que hoy la pena de muerte es inadmisible, da la impresión de enunciar un relativismo moral, es decir que lo que es bueno hoy puede ser malo mañana y así, no hay ley moral universal, válida para todo tiempo y lugar.
Eso de que se diga simplemente "hoy la pena de muerte es inadmisible" sin hacer las debidas aclaraciones, da miedo.
Eso si sería inadmisible, que el sucesor de Pedro enunciara un relativismo ético.
Esto no lo digo con ánimo de acusar, sino de simplemente manifestar mis preocupaciones.

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Esas debidas aclaraciones deberían ir, en todo caso, por el lado de un juicio prudencial: inadmisible en las circunstancias actuales, no en sí misma. En realidad, la palabra "hoy" que Ud. pone en la frase se podría entender así. Lo cierto es que la Iglesia no puede haber enseñado durante 2000 años que es moralmente lícito algo que en realidad es intrínsecamente malo.

Saludos cordiales.

03/08/19 8:07 PM

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