290 - ONU: PROTOCOLO OPCIONAL DEL CEDAW (Parte II)
ONU: PROTOCOLO OPCIONAL PARA LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES (Parte II)
Fuentes: Propias; Arguedas, S., "El aborto, ¿Derecho humano?, AICA-DOC 413, Buenos Aires, 30-7-97; Documentos nº: E/CN.6/1997/WGL.3; E/CN.6/1997/WGL.3.1; E/CN.6/1997/5, 18-2-97; Press Release, WOM/1117, 12-3-99; E/CN.6/1999/WG/L.1 and Add.1.; E/CN.6/1999/WG/L.3; United Nations, General Assembly, 54ª session, Agenda item 109, A/RES/54/4, 15-10-99, Optional Protocol to the Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination Against Women; Division for the Advancement of Women, DAW, NEWSFLASH, 10-12-99, 7-1-00; UN, Press Release, SG/SM/7258, WOM/1152, 10-12-99; Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Naciones Unidas, traducción oficial al español, DPI/929-Febrero 1988-8M; UNICEF y UNIFEM, Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres, Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer, Texto del CEDAW y análisis de los temas de la Convención, New York, UN 1995; United Nations Division for the Advancement of Women, Joint statement by the Special Adviser on Gender Issues and Advancement of Women, Ms. Angela E. V. King, and the High Commissioner for Human Rights, Mrs. Mary Robinson, on the occasion of the opening for signature of the Optional Protocol to the Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women, 10-12-99; Noticias Globales 275, 277, 278, 282, 283y sus referencias y 284, 289, 290.
Por Juan C. Sanahuja
LOS DISCURSOS DE DICIEMBRE DE 1999, (traducción y síntesis).
El Procolo fue abierto a la firma el 10-12-99, con ese motivo se hicieron públicas las siguientes declaraciones:
La Consultora Especial sobre los Problemas de Género y el Avance de la Mujer, Angela King y la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Mary Robinson, en una declaración conjunta destacaron: "El principio de la igualdad de derechos de las mujeres y de los hombres, es uno de los pilares de las Naciones Unidas. Este principio está reflejado en la Carta de las Naciones Unidas, en la Declaración de los Derechos Humanos y en todos los grandes instrumentos internacionales de derechos humanos".
"Esto se concretó en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres -la Convención de las Mujeres-, la cual codifica los derechos de las mujeres a la no-discriminación y a la igualdad con los hombres".
"La Convención establece que los hombres y las mujeres están igualmente capacitados para el completo goce y ejercicio de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en lo político, económico, social, cultural, civil y en cualquier otro campo".
"Diversos instrumentos internacionales de derechos humanos como el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la Eliminación de la Discriminación Racial y la Convención en Contra de la Tortura y otras Formas de Tratamiento o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, tienen procedimientos que les permiten a los individuos o grupos de individuos presentar sus reclamos por violaciones de derechos protegidos bajo estos instrumentos a cuerpos de expertos independientes, una vez que agotaron las instancias domésticas". (…)
"Los gobiernos se comprometieron en la Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos en Viena (1993) y en la Cuarta Conferencia Mundial sobre las Mujeres en Beijing (1995), a trabajar para el establecimiento de un mecanismo sobre el derecho a petición incluído en la Convención de las Mujeres. El Protocolo Opcional que se abrió a la firma hoy, Día de los Derechos Humanos de 1999, es la realización concreta de esta promesa de los gobiernos para asegurar la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres del mundo".
"El significado de este nuevo instrumento para la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres no es exagerada. La Convención está ahora en la misma clasificación que aquellos instrumentos que le ofrecen a los individuos o grupos de individuos que son víctimas de violaciones a sus derechos humanos, un foro internacional que persiga las violaciones y busque la reparación de estas injusticias. Pero además, el Protocolo Opcional actuará como un incentivo para que los gobiernos comprendan el significado de lo que pueden hacer rápidamente por las mujeres a nivel doméstico. Esta es quizás la contribución más importante del Protocolo Opcional. Esta acción en los niveles nacionales deberá crear un clima en el que las mujeres y las niñas estén capacitadas para gozar completamente de sus derechos humanos, y donde sus agravios podrán resolverse con la eficiencia y la velocidad que ellas esperan".
"Estamos profundamente fortalecidos por el hecho de que los gobiernos, después de solamente cuatro sesiones, adoptaron el Protocolo por consenso. Estas firmas son la aceptación de una visión de los derechos humanos universales para las mujeres".
"El apoyo y el fortalecimiento, pero también la firme insistencia de las organizaciones no-gubernamentales y de los grupos de mujeres del mundo, que en Viena y Beijing comprometieron su honor, ha sido invaluable en la consecusión del proceso que permitió arribar a esta conclusión tan exitosa".
En la misma reunión el Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan (UN, Press Release, SG/SM/7258, WOM/1152, 10-12-99), decía: "Podemos estar muy orgullosos del evento de este día. Pienso que no hay mejor forma de celebrar este último Día de los Derechos Humanos del siglo, el cual ha visto grandes avances en los derechos de las mujeres, agregando este instrumento tan importante a los existentes, para asegurarles a las mujeres el pleno goce de sus derechos".(…) "De los miembros fundadores de las Naciones Unidas en 1945, solamente 30 permitieron que las mujeres tuvieran igualdad de votos con los hombres o les permitieron acceder a las oficinas públicas. Ahora, las mujeres en las delegaciones gubernamentales y en las ONG's reconocen el poder y el potencial de este Foro Mundial. Su visión aseguró que el principio de igualdad de derechos para las mujeres y los hombres esté reflejado en nuestra Carta, en la Declaración de los Derechos Humanos, y en todas las mayores Convenciones Internacionales y en los Pactos sobre derechos humanos que se aceptaron desde esa fecha".
"Mientras las mujeres continúen trayendo sus problemas y aspiraciones a esta arena internacional, las Naciones Unidas estarán constantemente de su parte como aliados. El 18 de diciembre de 1979, -20 años se cumplirán esta semana- la Asamblea General adoptó la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres. Esta 'Carta de los Derechos de las Mujeres', significó la piedra fundamental, reflejando el principio de indivisibilidad y universalidad de los derechos en los cuales participan todas las naciones, sin contemplar culturas y es común a ambos géneros".
"Hoy 165 estados han ratificado o aceptado la Convención, y varios más países están tomando medidas para aceptarla. La Plataforma de Acción de Beijing comprometió a los Estados Miembros a la ratificación universal de la Convención para el año 2000. No hemos hecho todo aún, pero nos estamos moviendo en la dirección correcta".
"Con el amplio apoyo dado a la Convención (…) la comunidad internacional reconoce que las violaciones de los derechos de las mujeres deben considerarse con la misma urgencia que otros problemas de derechos humanos".(…)
"La década pasada logramos grandes hitos. La Convención sobre la Eliminación de la violencia contra las mujeres, permitió efectuar acciones y tomar medidas para prevenir y eliminar la violencia perpetrada contra las mujeres -en la familia, la comunidad y por el Estado-, y llevar a sus perpetradores ante la justicia. La Conferencia de Viena sobre los Derechos Humanos reafirmó que los derechos humanos de las mujeres son una parte indivisible, inalienable e integral de los derechos humanos universales. La Conferencia de Beijing, proveyó el entramado necesario para trasladar las leyes de derechos humanos en acciones concretas para la incorporación de la igualdad de género". (…)
"El Estatuto de la Corte Criminal Internacional, adoptado el año pasado, aseguró que su jurisdicción también cubriría las violaciones y cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad". (…)
"En el curso del siglo XX, hemos hecho grandes progresos para definir normas universales de igualdad de género. Entrando al siglo XXI es tiempo de implementar estas normas. El Protocolo Opcional que abrimos hoy para su firma será una herramienta invaluable para hacerlo. En los Estados que se lo ratifiquen las mujeres cuyos derechos han sido violados podrán, de ahora en adelante una vez que hayan agotado las instancias nacionales, dirigirse al cuerpo internacional, el Comité sobre la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (siglás en inglés: CEDAW)".
"Esto es muy importante, por dos razones. La primera, la Convención se pone a la altura otros tratados de derechos humanos. La segunda razón, es la presión que se ejercerá sobre los Estados partes, para que cumplan totalmente sus obligaciones legales bajo la Convención, debiendo promover ampliamente su implementación, ayudando al mundo a que se fije un solo ideal: la igualdad de todos los seres humanos. La unánime adopción del Protocolo por la Asamblea general habla mucho más fuerte que todas las palabras. Nos dice que los gobiernos están comprometidos a proveer a las mujeres con la necesaria trama legal para proteger y promover sus derechos, y con los procedimientos necesarios para ponerlos en práctica".
"Felicito a aquellos Estados que firmaron el Protocolo esta mañana (…). Estoy seguro que pronto los seguirán otros, y que para el próximo junio, antes de la sesión especial de la Asamblea General sobre Beijing+5, podremos tener las 10 ratificaciones necesarias para que el protocolo entre en vigencia". (…)
"El inmenso valor de instrumentos como el que hoy abrimos a la firma, es su influencia en los niveles nacionales. Estoy convencido que el Protocolo Opcional inspirará a los gobiernos a observar con mayor detenimiento los remedios que les permitirán en sus países prevenir y reparar las violaciones de los derechos de las mujeres protegidos bajo la Convención". (…) FIN, 17-1-00