287 - UNESCO: DECLARACIÓN Y PROGRAMA DE ACCIÓN SOBRE UNA CULTURA DE PAZ
UNESCO: DECLARACIÓN Y PROGRAMA DE ACCIÓN SOBRE UNA CULTURA DE PAZ. Otro documento peligroso.
Fuentes: Propias; UNESCO, Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz, A/53/L.79; A/53/243; Noticias Globales 256, 275, 277 y 278.
Por Juan C. Sanahuja
En Noticias Globales 256, dimos cuenta del "MANIFIESTO 2000 para una cultura de paz y no violencia" de la UNESCO. Ese organismo de las Naciones Unidas aspira a presentar el Manifiesto en la Asamblea General de este año, Asamblea del Milenio, avalado por cien millones de firmas, según lo declaró el entonces Director General de la UNESCO, Federico Mayor Zaragoza, el 13 de septiembre pasado en París, con motivo del lanzamiento de la Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz, aprobado ese día, por la 53ª Asamblea General de la ONU en New York.
En general el texto tiene muchas expresiones, que en sí, son positivas, aunque como es costumbre en todas estas declaraciones carece de cualquier referencia a la trascendencia del hombre y al origen de su dignidad, por lo tanto merece todas las salvedades ya conocidas por nuestros lectores, por su inmanentismo y "consensualismo".
A continuación reproducimos el esquema general y parte de los párrafos de la Declaración y el Programa de Acción sobre una Cultura de Paz. Algunos de estos textos son puntos negativos o textos que, conociendo el modo de interpretarlos de los organismos internacionales, crean serias dudas y "enturbian" el documento, porque pueden convertirlo en un arma de la cultura de la muerte.
Los ejemplos más claros son: la insistencia en la perspectiva de género; la imposición de la Plataforma de Acción de la IV Conferencia sobre la Mujer de Beijing; el reconocimiento de la existencia de violencias indeterminadas sobre la mujer dentro del hogar. Esto último, si bien es razonable, debería especificarse más. Lo mismo cabe decir del concepto de tolerancia, que admite demasiadas interpretaciones, algunas abiertamente opuestas a las que ciertos organismos internacionales llaman religiones dogmáticas. Por otro lado, las acciones para influir en los planes de educación a todo nivel, son al menos sospechosas, (vid. Noticias Globales 275, 277, y 278). No debemos olvidar tampoco, que sobre el derecho al desarrollo siempre es necesario aclarar, que es secundario frente al derecho a la vida, mejor dicho, está subordinado a éste y no se lo puede poner al mismo nivel.
Téngase en cuenta la interpretación individualista del mismo concepto de derechos humanos y de otros derivados de éste como, derechos de la mujer, discriminación de la mujer, derecho a la salud, que es doctrina común de las diversas comisiones y "mesas" de expertos de los organismos de la ONU.
También conviene recordar que organismos como la Comisión para la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) y el CEDAW, insisten en que los Estados deben levantar todas las reservas a los documentos internacionales que afecten a los llamados "nuevos derechos humanos de las mujeres", apoyándose en el Plan de Acción de Viena (1993) que recomienda a los Estados levantar, antes del año 2000, todas las reservas a los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Recuérdese que en ámbitos importantes de la ONU, como los que dependen del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, la creencias religiosas y las tradiciones culturales -si no se adaptan a la teoría individualista de los derechos humanos- se consideran contrapuestas a esos derechos.
DECLARACIÓN Y PROGRAMA DE ACCIÓN SOBRE UNA CULTURA DE PAZ, aprobado el 13-9-99 por la 53ª Asamblea General de la ONU. (El documento lleva el número A/53/L.79 ó A/53/243)
A. Declaración sobre una Cultura de Paz
Proclama solemnemente la presente Declaración sobre una Cultura de Paz con el fin de que los Gobiernos, las organizaciones internacionales y la sociedad civil puedan orientar sus actividades por sus disposiciones a fin de promover y fortalecer una cultura de paz en el nuevo milenio.
Artículo 1: Una cultura de paz es un conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida basados en:
(…)
Artículo 2: El progreso hacia el pleno desarrollo de una cultura de paz se logra por medio de valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida propicios para el fomento de la paz entre los individuos, los grupos y las naciones;
Artículo 3: El desarrollo pleno de una cultura de paz está integralmente vinculado a:
(…)
Artículo 4: La educación a todos los niveles es uno de los medios fundamentales para edificar una cultura de paz. En ese contexto, es de particular importancia la educación en la esfera de los derechos humanos;
Artículo 5: Los gobiernos tienen una función primordial en la promoción y el fortalecimiento de una cultura de paz;
Artículo 6: La sociedad civil ha de comprometerse plenamente en el desarrollo de una cultura de paz;
Artículo 7: El papel informativo y educativo de los medios de difusión contribuye a promover una cultura de paz;
Artículo 8: La función clave en la promoción de una cultura de paz corresponde a los padres, los profesores, los políticos, los periodistas, los órganos y los grupos religiosos, los intelectuales, quienes realizan actividades científicas, filosóficas, creativas y artísticas, los trabajadores sanitarios y de actividades humanitarias, los trabajadores sociales, quienes ejercen funciones directivas en diversos niveles así como las organizaciones no gubernamentales
Artículo 9. Las Naciones Unidas deberían seguir desempeñando una función crítica en la promoción y el fortalecimiento de una cultura de la paz en todo el mundo.
B. Programa de Acción sobre una Cultura de Paz
La Asamblea General, (…) Adopta el siguiente Programa de Acción sobre una Cultura de Paz:
A. Objetivos, estrategias y agentes principales:
(…)
B. Consolidación de las medidas que adopten todos los agentes pertinentes en los niveles nacional, regional e internacional
9. Medidas para promover una cultura de paz por medio de la educación:
e) Promover la revisión de los planes de estudio, incluidos los libros de texto, teniendo en cuenta el Plan de Acción Integrado sobre la Educación para la Paz, los Derechos Humanos y la Democracia de 1995, para lo cual la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura prestaría cooperación técnica si así se le solicitara;
(…)
h) Ampliar las iniciativas en favor de una cultura de paz emprendidas por instituciones de enseñanza superior de diversas partes del mundo, incluidas la Universidad de las Naciones Unidas, la Universidad para la Paz y el Programa de universidades gemelas y de Cátedras UNESCO.
10. Medidas para promover el desarrollo económico y social sostenible:
(…)
f) La integración de una perspectiva de género y el fomento de la autonomía de mujeres y niñas debería ser parte integrante del proceso de desarrollo;
(…)
i) Incluir medidas de creación de capacidad en las estrategias y proyectos de desarrollo dedicados a la sostenibilidad del medio ambiente, incluidas la conservación y la regeneración de la base de recursos naturales;
(…)
11. Medidas para promover el respeto de todos los derechos humanos:
a) Aplicar cabalmente la Declaración y Programa de Acción de Viena
b) Alentar la formulación de planes de acción nacionales para promover y proteger todos los derechos humanos;
c) Fortalecer las instituciones y capacidades nacionales en la esfera de los derechos humanos, incluso por medio de instituciones nacionales de derechos humanos;
d) Realizar y aplicar el derecho al desarrollo establecido en la Declaración sobre el derecho al desarrollo y la Declaración y Programa de Acción de Viena;
e) Lograr los objetivos del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos (1995-2004);
f) Difundir y promover la Declaración Universal de Derechos Humanos a todos los niveles;
g) Prestar más apoyo a las actividades que realiza la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el desempeño de su mandato establecido en la resolución 48/141 de la Asamblea General, de 20 de diciembre de 1993, así como las responsabilidades establecidas en resoluciones y decisiones subsiguientes.
12. Medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres:
a) Integración de la perspectiva de género en la aplicación de todos los instrumentos internacionales pertinentes;
b) Mayor aplicación de los instrumentos internacionales en que se promueve la igualdad entre hombres y mujeres;
c) Aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer con los recursos y la voluntad política que sean necesarios y por medio, entre otras cosas, de la elaboración, aplicación y seguimiento de los planes de acción nacionales;
d) Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres en la adopción de decisiones económicas, sociales y políticas;
e) Más fortalecimiento de las actividades de las entidades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas destinadas a eliminar todas las formas de discriminación y violencia contra la mujer;
f) Prestación de apoyo y asistencia a las mujeres que han sido víctimas de cualquier forma de violencia, incluso en el hogar, el lugar de trabajo y durante los conflictos armados
13. Medidas para promover la participación democrática:
(…)
14. Medidas encaminadas a promover el entendimiento, la tolerancia y la solidaridad:
a) Aplicación de la Declaración de Principios sobre la Tolerancia y del Plan de Acción de Seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia (1995);
b) Actividades de apoyo en el contexto del Año de las Naciones Unidas del Diálogo entre Civilizaciones que se celebrará el año 2001;
c) Estudio más a fondo de las prácticas y tradiciones locales e indígenas de solución de controversias y promoción de la tolerancia con el objetivo de aprender de ellas;
d) Apoyo a las medidas en que se promueva el entendimiento, la tolerancia y la solidaridad en toda la sociedad, en particular con los grupos vulnerables;
e) Apoyo más firme al logro de los objetivos del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo;
(…)
15. Medidas destinadas a apoyar la comunicación participativa y la libre circulación de información y conocimientos:
(…)
16. Medidas para promover la paz y la seguridad internacionales. (…)
FIN.