1140 - OEA: PLAN DE REINGENIERÍA SOCIAL ANTICRISTIANA
OEA: PLAN DE REINGENIERÍA SOCIAL ANTICRISTIANA.
Fuentes: Propias; CIDH, Comunicado de Prensa n° 138/11; Informe Estándares Jurídicos Vinculados a la Igualdad de Género y a los Derechos de las Mujeres en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Desarrollo y Aplicación.
Por Juan C. Sanahuja
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos pretende imponer un nuevo sistema jurídico instrumento de la reingeniería social anticristiana: aborto y homosexualismo. Elenco de fallos judiciales de tribunales funcionales al nuevo orden mundial
El 31 de diciembre de 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), un órgano de la Organización de Estados Americanos (OEA), publicó el informe Estándares Jurídicos Vinculados a la Igualdad de Género y a los Derechos de las Mujeres en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Desarrollo y Aplicación. El informe constituye un manual de colonización ideológica del nuevo orden mundial destinado a los ámbitos jurídicos y judiciales de América Latina. Para elaborar el documento, la CIDH contó con el apoyo financiero de Canadá.
Imponer un nuevo y uniforme orden jurídico
Dice la información oficial: "La CIDH ha recomendado reiteradamente a los Estados adoptar las medidas necesarias para poner en práctica los compromisos que tienen como Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA), y para cumplir con las decisiones, recomendaciones y órdenes de tanto la CIDH como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El desarrollo jurídico de estándares en el marco del sistema interamericano de derechos humanos sobre la igualdad de género y los derechos de las mujeres debe estar acompañado por esfuerzos de los Estados de ponerlos en práctica.
Con este objetivo, el informe analiza un número significativo de sentencias judiciales emitidas por distintos tribunales en países de las Américas en donde se ha hecho referencia explícita a los estándares del sistema interamericano de derechos humanos vinculados a la discriminación y a la violencia con causas específicas de género".
El documento insiste a los Estados "en la importancia de emprender iniciativas para sensibilizar a los funcionarios judiciales sobre los derechos humanos de las mujeres reconocidos a nivel nacional, regional e internacional, con miras a lograr una protección reforzada de sus derechos".
Los fallos judiciales se basan, por ejemplo, en la Convención de la ONU sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y las recomendaciones generales de su Comité de seguimiento; en las reinterpretaciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros. Además, muchas de las sentencias encuentran justificación en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), el documento madre del lesbo-feminismo latinoamericano.
Aborto y homosexualismo
Los casos judiciales, de tribunales de todos los países de América, abarcan desde violencias injustificables contra las mujeres, hasta aquellas que reconocen el supuesto "derecho al aborto" expresamente y bajo eufemismos, como los llamados "derechos sexuales y reproductivos", la "autonomía reproductiva", el "derecho" a la fecundación artificial gratuita, etc.
No podían faltar en este informe las sentencias a favor de los pseudo derechos de los homosexuales, es decir, las que avalan el reconocimiento social y jurídico de la homosexualidad, por ejemplo, Parejas homosexuales y el derecho a la igualdad y a la no discriminación (Brasil, 2011); Matrimonio entre parejas del mismo sexo: Acción de inconstitucionalidad 2/2010, (México); Derecho a la dignidad y a la identidad, (Uruguay 2005). FIN, 15-01-12
Vid.:
-OEA: Otro ataque a la libertad religiosa (NG 1137)
-OEA: Perversión de los derechos humanos (II) (NG 1126)
-ONU-ARGENTINA: Exigen liberalizar el aborto (NG 1108)
-OEA: Perversión de los derechos humanos (NG 1103)
-Obama impone la subversión del orden natural (II) (NG 1097)