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12.04.00

310 - SANTA SEDE: OBSERVACIONES A LA DECLARACIÓN SOBRE EL GENOMA (25-5-98)

SANTA SEDE: OBSERVACIONES A LA DECLARACIÓN SOBRE EL GENOMA (25-5-98)

Fuente: Página web de la Pontificia Academia para la Vida

En noviembre de 1997, la UNESCO, dio a conocer la Declaración Universal sobre el Genoma Humano, a la que la Santa Sede hizo una serie de observaciones. Como es un tema de actualidad, pensamos que conocer ese documento de la Santa Sede no está demás.

Observaciones de la Santa Sede sobre la "Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos", (París, 11 de noviembre de 1997).

La Santa Sede considera importante este instrumento internacional sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos. Ante los rápidos progresos de la ciencia y de la técnica, con sus promesas y sus riesgos, la UNESCO ha querido afirmar que este sector requiere normas, proclamando, por vez primera, con una Declaración solemne, la exigencia de proteger el genoma humano inclusive para el bien de las futuras generaciones, juntamente con los derechos y la dignidad de los seres humanos, la libertad de la investigación y las exigencias de la solidaridad.

Muchos son los elementos claramente dignos de aprecio, como, entre otros, el rechazo de todo reduccionismo genético (art. 2b y 3), la afirmación de la preeminencia del respeto a la persona humana respecto a la investigación (art. 10), el rechazo de las discriminaciones (art. 6), el carácter confidencial de los datos (art. 7), la promoción de comités éticos independientes (art. 16), el compromiso de los Estados de promover la educación a la bioética en un debate abierto también a las corrientes religiosas (art. 20 y 21). Es interesante, en fin, que se haya previsto un procedimiento para seguir la aplicación de la Declaración (art. 24).

Precisamente por la importancia de este documento, la Santa Sede considera un deber el hacer presente algunas observaciones referentes a elementos fundamentales de esta Declaración, que pide a los Estados que apliquen los principios enunciados en la misma (art. 22).

Relación entre dignidad humana y genoma humano

En el art. 1 se afirma que el "genoma humano es la base de la unidad fundamental de todos los miembros de la familia humana y del reconocimiento de su dignidad y diversidad intrínsecas". Tal como está formulado, el texto parece dar a entender que el ser humano tiene en el genoma el fundamento de su propia dignidad. En realidad, son la dignidad del hombre y la unidad de la familia humana los que confieren su valor al genoma humano y exigen que éste sea protegido de manera especial.

Aplicación de la noción del "patrimonio de la humanidad" al genoma humano.

La segunda parte del art. 1 afirma: "en sentido simbólico, el genoma humano es el patrimonio de la humanidad". Según la "Nota explicativa" (Nº 20), esta fórmula quiere expresar la responsabilidad de toda la humanidad, excluyendo en todo caso una inaceptable apropiación colectiva. No obstante, la frase sigue siendo vaga y poco clara; sería mejor, evitando nociones como "patrimonio de la humanidad", afirmar que "toda la humanidad tiene la responsabilidad particular de proteger el genoma humano".

Además, el genoma tiene dos dimensiones: una general, en cuanto es una característica de todos aquellos que pertenecen a la especie humana, y otra individual, en cuanto es diferente para cada ser humano, que lo recibe de sus padres en el momento de la concepción. Cuando se habla comúnmente de "patrimonio genético" se refiere a esta segunda dimensión. Parece evidente que es a este "patrimonio" al que se debe aplicar una protección jurídica fundamental, puesto que tal "patrimonio" pertenece concreta e individualmente a cada ser humano.

Consentimiento libre e informado

El art. 5 a) trata de los derechos de quien está sometido a "una investigación, un tratamiento o un diagnóstico" sobre el propio genoma. En la elaboración de normas concretas, podría ser conveniente distinguir entre investigación, tratamiento o diagnosis, en cuanto requieren intervenciones de diferente naturaleza.

El art. 5 e) da indicaciones para una investigación sobre el genoma de una persona que no sea capaz de expresar su propio consentimiento. Por lo que se refiere al caso de que tal investigación se haga sin beneficio directo para la salud del sujeto, sino por el interés de terceras personas, se prevé que dicha investigación "sólo podrá efectuarse a título excepcional, con la mayor prudencia". Considerando que se trata de una investigación, y por tanto de una intervención muy limitada sobre el paciente, se puede consentir, a condición de que "no sea posible hacerla de otro modo" y, si el sujeto no es capaz de dar su consentimiento, se prevean ulteriores condiciones: mínimo riesgo, consentimiento de quienes tienen derecho, ventajas seguras para la salud de los sujetos de la misma categoría, falta de otros recursos y posibilidades de investigación.

Conocimiento de los resultados de un examen genético

El art. 5 c) afirma el respeto del derecho de cada uno de decidir conocer o no los resultados de un examen genético. Se ha de tener presente que el derecho del individuo interesado a este respecto no puede ser absoluto: es preciso tener en cuenta los casos en que dicho conocimiento comporta consecuencias para la salud de otras personas (p. ej. los familiares).

Además, sería oportuno afirmar la exigencia de que la información sobre los resultados sea acompañada de una "consulta genética" profesional.

Objeción de conciencia para los investigadores y agentes sanitarios

El art. 10, "ninguna investigación relativa al genoma humano ni sus aplicaciones, en particular en las esferas de la biología, la genética y la medicina, podrán prevalecer sobre el respeto de los derechos humanos, de las libertades fundamentales y de la dignidad humana de los individuos o, si procede, de los grupos humanos", es muy oportuno. Sería deseable añadir el respeto de eventuales objeciones de conciencia de los investigadores y del personal sanitario, de modo que se reconozca a las personas que trabajan en estos sectores el derecho a negarse, por motivos de conciencia, a realizar intervenciones sobre el genoma humano.

Rechazo de la clonación humana

El art. 11 afirma que la clonación con fines de reproducción de seres humanos es una práctica contraria a la dignidad humana y no debe ser permitida. Esta formulación, por desgracia, no excluye la clonación humana, igualmente inaceptable, para otros fines, como p. ej. la investigación o a fines terapéuticos.

Libertad de investigación

El art. 12 b) reconoce justamente que "la libertad de investigación […] procede de la libertad de pensamiento". Esta es una condición necesaria, pero no suficiente, puesto que para llevar a cabo una investigación de manera verdaderamente libre, es preciso garantizar del mismo modo también la libertad de conciencia y de religión. Por otra parte, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (art. 18) y el Pacto internacional sobre los derechos civiles y políticos (art. 18) ponen en el mismo plano la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Sería deseable, pues, que allí donde se hable de libertad de pensamiento a propósito de la libertad de investigación, se añadan también las palabras "libertad de conciencia y de religión".

Investigaciones para la prevención de enfermedades genéticas

El art. 17 anima a los Estados a desarrollar aquellas investigaciones encaminadas, entre otras cosas, a "prevenir" las enfermedades genéticas. Es preciso tener presente que la "prevención" puede ser entendida de modos diversos. La Santa Sede es contraria a estrategias de individuación de anomalías fetales orientadas a una selección de los nascituros basada en criterios genéticos.

Ausencia de referencias al embrión y al feto

La Declaración se limita, intencionadamente, al genoma humano. De este modo no define los titulares de los derechos que proclama; no afirma que éstos son de cada ser humano desde el momento en el que el patrimonio genético propio lo convierte en individuo. Faltan también referencias al embrión y al feto. La cuestión es delicada, especialmente a propósito del embrión en los primeros 6-7 días de vida. El hecho de que los seres humanos no nacidos y los embriones humanos no sean explícitamente protegidos abre la puerta, especialmente en el campo de las intervenciones genéticas, a las discriminaciones y violaciones de la dignidad humana, que por otro lado, la Declaración desea evitar.

24 de mayo de 1998

(Este Documento fue redactado por el "Grupo no-formal de Trabajo sobre la Bioética", formado en la Secretaría de Estado Vaticano, en la Sección de Relaciones con los Estados. De este Grupo es miembro S.E.R. Mons. Elio Sgreccia, Vicepresidente de la Pontificia Academia para la Vida).

10.04.00

309 - CHILE: DURAS CRITICAS AL CEDAW

CHILE: DURAS CRITICAS AL CEDAW

Fuente: Popias; El Mercurio, Santiago de Chile, 9-4-00; Noticias Globales 283, 284, 289, 290, 302 y 305, entre otras.

Por Juan Bacigaluppi

Uno de los objetivos de la sesión especial de la Asamblea General de la ONU, Beijing+5, es el reconocimiento universal de la Convención sobre la Eliminación deToda Forma de Discriminación en Contra de las Mujeres (CEDAW), y sobre todo, la firma y ratificación de su Protocolo Opcional (Adicional).

En Noticias de la ONU 306, recogimos las declaraciones del senador Helms, presidente del poderoso Comité de Relaciones Exteriores del Senado de los Estados Unidos, acerca de que no sólo el Protocolo sino la misma Convención es un instrumento del feminismo radical para la imposición global del aborto como derecho.

En Argentina el CEDAW es parte de la Constitución Nacional y el Protocolo fue firmado por los representantes del pais en New York, el 29 de febrero pasado, durante la reunión preparatoria para Beijing+5. Su ratificación depende del Senado.

Trenscribimos unos párrafos de un artículo aparecido en El Mercurio de Santigo de Chile, acerca del CEDAW y su Protocolo.

El Mercurio, Santiago de Chile, 9-4-00

Tiempos de un nuevo feminismo. Beijing+5, la Reacción de los Grupos Pro-Vida

Por Martita Fresno, desde Nueva York

"Cuestiones de soberanía

Según Jorge Reyes, abogado asesor de la bancada de senadores UDI y que también estuvo en esta Pre-com (Beijing+5), llamó mucho la atención sobre que la delegación chilena presentara como un logro la suscripción del Protocolo Adicional de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación en Contra de la Mujer (CEDAW), firmado por nuestro país el pasado 10 de diciembre.

Este protocolo establece mecanismos para efectuar denuncias y tomar conocimiento de las mismas y le otorga al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (entidad informante y vigilante de la ONU) facultades reconocidas por los Estados suscriptores, permitiendo que sus resoluciones tengan un carácter vinculante. Esto, a juicio de Reyes, es preocupante, porque fue este Comité el que en junio del año pasado exigió a Chile aprobar leyes que garantizaran el aborto seguro, tomando en cuenta la salud mental de las mujeres. También recomendó aprobar la esterilización de las mujeres sin la opinión ni el consentimiento de sus compañeros y, por último, sugirió al gobierno de Frei aprobar leyes en favor del aborto respetando la libre voluntad de la mujer.

Según el senador Carlos Bombal, las recomendaciones textuales al Gobierno de Chile fueron las siguientes: "El Comité recomienda que el Gobierno contemple la posibilidad de llevar a cabo una revisión de la legislación relacionada con el aborto con miras a enmendarla, en particular con objeto de proporcionar abortos en condiciones de seguridad y permitir la interrupción del embarazo por razones terapéuticas o relacionadas con la salud de la mujer, incluida la salud mental. El Comité insta también al Gobierno a revisar leyes en que se exige que los profesionales del sector de la salud informen sobre las mujeres que se someten a aborto a los organismos encargados de hacer cumplir las leyes, los cuales imponen sanciones penales a esas mujeres. También pide al Gobierno que refuerce las medidas encaminadas a la prevención de embarazos no deseados, incluso ampliando la disponibilidad sin restricciones de medios anticonceptivos de toda índole. El Comité recomienda que se reconozca el derecho de las mujeres a obtener la esterilización sin requerir el previo consentimiento del marido o de ninguna otra persona".

Tal como dijo recientemente Bombal en una intervención en el Senado: "el Gobierno chileno de la época ni se opuso a este paquete de sugerencias ni presentó ningún reparo; es más, seis meses después de recibir estas sugerencias firmó el protocolo argumentando que dicho Comité constituía un avance en la condición jurídica y social de la mujer".

Nada hacía suponer las recomendaciones que haría ese Comité, cuando la exposición que realizó ante la ONU en esas mismas fechas la entonces Ministra del Sernam, Josefina Bilbao, no consideraba para nada esos asuntos. Pero lo que pasó, según el senador de la UDI, fue que, después de la exposición oficial de Chile, las ONG's nacionales que acompañaban a la delegación presentaron un informe - llamado Informe en la Sombra- en el cual protestaron por la inexistencia del aborto en nuestro país.

"La representación chilena plantea un determinado tema - que no incluye el aborto- , incorpora en la delegación a estas ONG's y, a los pocos días, viene la recomendación de Naciones Unidas", enfatiza el senador y afirma que la transferencia de potestades a organismos internacionales no se encuentra autorizada por nuestra Constitución, por lo que debe denunciarse y, definitivamente, proscribirse. A su juicio, lo más grave es que "el Comité de la CEDAW, bajo una competencia conferida irregularmente, puede urgir a Chile a cumplir sus recomendaciones bajo la sanción de poner a nuestro país en una suerte de incumplidor, lo que en materias de esta especie le seguirán las condenas por parte del Comité Permanente de Derechos Humanos, esta vez por no tener en Chile una legislación con disposiciones que garanticen el aborto".

Este asunto del protocolo del CEDAW, según explica Carlos Frontaura, confirma el doble discurso que ha venido usando Chile desde la Conferencia de Beijing, en gran parte por la fuerte influencia que ejercen las ONG's "pro-choice" al interior de las delegaciones que representan a nuestro país en estos foros mundiales". FIN, 10-4-00

308 - CHILE: CAMBIO EN LA POSTURA DE ARGENTINA EN LA ONU

CHILE: CAMBIO EN LA POSTURA DE ARGENTINA EN LA ONU

Fuente: El Mercurio, Santiago de Chile, 9-4-00

Por Juan Bacigaluppi

El mes pasado en Buenos Aires, algunas ONG's por-vida levantaron su voz alarmadas denunciando un cambio radical en la postura oficial de Argentina en los foros internacionales. El mismo Presidente De la Rúa y su ministro de relaciones exteriores desmintieron estas versiones en distintos ámbitos políticos, eclesiásticos y del tercer sector.

Sin embargo, ayer, el diario El Mercurio de Santiago de Chile, publica una crónica desde New York, sobre la preparación para la Asamblea General Beijing+5, que parece "desmentir las desmentidas" del gobierno argentino. Transcribimos los párrafos en cuestión:

El Mercurio, Santiago de Chile, 9-4-00

Tiempos de un nuevo feminismo. Beijing+5, la Reacción de los Grupos Pro-Vida

Por Martita Fresno, desde Nueva York

"(…) El G-77 es un grupo intergubernamental al que pertenece Chile desde 1964 y que tiene el propósito de representar los intereses de los países en desarrollo. Su nombre lo tomó de los 77 países que lo fundaron y que hoy son 136, más China. Varios delegados y representantes de ONG's no incorporadas al oficialismo coincidieron en que Chile, dentro de este grupo, junto a Perú, Venezuela, Brasil y, ahora, Argentina, arrastran al resto del G-77 hacia las posiciones más liberales, especialmente en los temas que tienen que ver con los derechos reproductivos y control de natalidad".

"En este mismo sentido, la delegación argentina sorprendió en esta oportunidad al asumir posturas abiertamente contrapuestas a las que sostuvo bajo la presidencia de Menem. Se notó el cambio con De la Rúa, ahora a la cabeza de un Estado que se define como confesional. Por otra parte, las posiciones más de principios fueron defendidas siempre por Nicaragua, fiel aliado del Vaticano, y Honduras (…)." FIN, 10-4-00

7.04.00

307 - ONU. MIGRACIONES SELECTIVAS. INFORME DE LA COMISIÓN DE POBLACIÓN

ONU. MIGRACIONES SELECTIVAS. INFORME DE LA COMISIÓN DE POBLACIÓN

Fuentes:Propias; Vid. Noticias Globales 305

Por Juan Bacigaluppi

La Comisión de Población y Desarrollo de la ONU, concluyó hace una semana su sesión 33, aprobando un documento, en el que decide prestar particular atención a las dinámicas de género y las implicaciones demográficas de la pandemia del SIDA; a la mortalidad materno-infantil y al envejecimiento de la población.

En el texto se dice además que el Consejo Económico Social (ECOSOC) de la ONU, deberá pedirle a la División de Población que desarrolle la descripción y el análisis estadístico de todas las formas de discriminación y abuso en contra de las mujeres y las niñas incluyendo el abuso sexual, la explotación, el tráfico y la violencia, como también las dimensiones de género de las migraciones. Más aún, el Consejo le pedirá a la División que continúe incorporando la perspectiva de género en todas las investigaciones sobre políticas de población, en todos los niveles y tendencias, incluyendo el análisis de datos demográficos, económicos y sociales, entre otras cosas, "para que los gobiernos de los Estados entiendan mejor las relaciones entre la población, el género y el desarrollo en el contexto global".

Además, la División de Población deberá informar sobre el impacto del SIDA en la población mundial.

De acuerdo al documento aprobado, la Comisión estudiará en las futuras sesiones, los siguientes temas: "Población, Medioambiente y Desarrollo", sesión 34, año 2001; "Derechos reproductivos y Salud reproductiva con referencia especial al síndrome del SIDA", sesión 35, año 2002; "Población, educación y desarrollo", sesión 36, año 2003.

Repetidamente, incluso en esta sesión 33ª de la Comisión de Población, la misma División de Población advirtió sobre la gravedad del envejecimiento de la población mundial. Sin embargo, no es de esperar que cambie la política orientada hacia el control de la natalidad.

El Director de la División de Población de las Naciones Unidas, Joseph Chamie en su discurso, volvió a dar cabida al viejo y falso argumento del crecimiento de la población.

Comenzó haciendo referencia a todas las pasadas conferencias internacionales de población, incluyendo la convocada por Margaret Sanger, en 1927, y para "demostrar" el grave peligro que se corre, si la población sigue creciendo "desmedidamente", dijo, "en el siglo XX, el mundo triplicó su población. En un pocos años se sumaron mil millones de personas".

Por eso, el funcionario hizo nuevamente hincapié en la "necesidad" de intervenir en los procesos demográficos. "Las tendencias en fertilidad, mortalidad y migraciones -dijo Chamie-, deberán ser monitoreadas y más aún deberán ser orientadas. Se deben diagramar acciones para influir en las tendencias de población. El afianzamiento del nuevo orden internacional de la población es vital, pero la imposición de acciones, todavía es difícil".

Chamie reconoció que el envejecimiento de la población es un problema real y gravísimo, y propuso solucionarlo con migraciones selectivas, migraciones de reemplazo. (Según la definición oficial, "el término migraciones de reemplazo se utiliza para definir el nivel de migraciones internacionales necesario en cada país para evitar la disminución y el envejecimiento de la población que resultan de tasas de fecundidad y de mortalidad bajas").

Siguió diciendo que "con el aumento de la globalización, las tendencias demográficas y sus diferencias, tienen más significado y mayores consecuencias que en el pasado. La rápida tasa del crecimiento de la población en algunas regiones, la declinación de la misma en otras, el envejecimiento de la población, las migraciones internacionales, la urbanización, el SIDA y otras tendencias demográficas y cambios de la población fueron llevando hacia lo que llamamos: 'El Nuevo Orden Internacional de Población'".

"Un ejemplo para ilustrar los problemas que debe solucionar el Nuevo Orden Internacional de Población, se tiene comparando el crecimiento de la población en la India y la Unión Europea (…). En el año 1999, el aumento natural de la población de la Unión Europea fue de 266.000. En India, este aumento de población se produjo durante los seis primeros días del año"(…).

Sin decirlo explícitamente, el mensaje del responsable de la División de Población, fue:

La política de población de las Naciones Unidas, seguirá siendo básicamente una política de control de natalidad. Sin embargo, la mayoría de los países industrializados no tienen crecimiento de población. La migración de reemplazo es la solución para el envejecimiento y la declinación de la población. Justamente, para que los países envejecidos no se queden sin mano de obra, se permitirá cierto crecimiento de las poblaciones que nos interesen, para formar contingentes de "migraciones de reemplazo".

La consecuencia es también fácilmente deducible: la política racista, eugenesista, de los organismos de la ONU, aumentará en intensidad.

En orden a intensificar estas políticas racistas y discriminatorias, con razón o sin ella, y como era de esperar, hubo continuos llamados a hacer efectivos los nuevos derechos sexuales y reproductivos. Dos ejemplos:

Sin hacer caso de los principios básicos de la lógica elemental, el representante de Sud África, hablando sobre la pandemia del SIDA, dijo, "muchas sociedades fueron sorprendidas por la enfermedad. No estaban suficientemente advertidas y no contaban con protección. Este impacto demostró, sobre todo en África, que la salud reproductiva, los derechos reproductivos y los servicios de planificación familiar deben ser complementados por una plataforma legal y social que les permita a las mujeres la libertad para ejercer sus elecciones reproductivas".

A su vez, la representante de Canadá, sin aclarar el origen de los datos, afirmó que, "en 1998, murieron en el mundo 500.000 mujeres por complicaciones relativas al embarazo y al nacimiento. La inmensa mayoría de las muertes se podría haber prevenido si hubieran podido acceder a servicios y recursos adecuados. Debe implementarse el acceso a servicios de alta calidad de planificación familiar y de salud reproductiva, para que su falta no vuelva a ser la raíz de estas tragedias".

El Informe de la 33ª de la Comisión de Población

Reproducimos algunos párrafos del informe de la sesión a la que nos referimos:

(….) "La disminución de la población es inevitable si faltan migraciones de reemplazo. Los niveles de fecundidad podrían aumentar en las próximas décadas, pero es improbable que se alcancen niveles de reemplazo en la mayoría de países.

Es necesario mantener ciertos niveles de inmigración para evitar el descenso poblacional en todos los países y regiones incluidos en el informe. No obstante, hay divergencias importantes entre los niveles de inmigración necesarios y la experiencia actual de los países. En el caso de la Unión Europea, los niveles de inmigración observados durante los años noventa serían casi suficientes para evitar el descenso poblacional, mientras que para Europa en general, habría que duplicar el número de inmigrantes. La República de Corea precisaría un flujo de inmigrantes relativamente modesto, un cambio fundamental, sin embargo, para un país que hasta el momento ha experimentado emigración neta. En Italia y Japón se requerirían aumentos notables de los niveles de inmigración neta. Por el contrario, Francia, el Reino Unido y los Estados Unidos podrían mantener la población al nivel actual con un nivel de inmigración menor al observado recientemente.

El número de inmigrantes necesario para evitar el descenso poblacional es considerablemente mayor que el proyectado por las Naciones Unidas. Los Estados Unidos constituyen la única excepción.

El número de inmigrantes necesario para evitar un descenso de la población activa es más elevado que el requerido para evitar un descenso de la población total. En algunos casos, como el de la República de Corea, Francia, el Reino Unido o los Estados Unidos, el número es varias veces más elevado. Si tales flujos se produjeran, los inmigrantes llegados después de 1995 y sus descendientes representarían en el 2050 una proporción importante de la población total de los países examinados. Entre el 30 y el 39 por ciento en el caso de Alemania, Italia y Japón.

En términos relativos, Alemania e Italia precisarían el número más elevado de inmigrantes para mantener el tamaño de su población activa. Italia necesitaría anualmente 6.500 inmigrantes por millón de habitantes y Alemania necesitaría 6.000. Los Estados Unidos precisarían menos, 1.300 inmigrantes por millón de habitantes anualmente.

Los niveles de inmigración necesarios para evitar el envejecimiento poblacional son varias veces más elevados que los requeridos para prevenir un descenso de la población total.

Mantener los cocientes de dependencia potencial constantes requeriría volúmenes de inmigración que están fuera de toda expectativa razonable.

En ausencia de inmigración, los cocientes de dependencia potencial podrían mantenerse en los niveles actuales si se desplazase la edad de jubilación a los 75 años, aproximadamente.

Los nuevos retos que presentan la disminución y el envejecimiento de la población requieren una revisión general de numerosas políticas y programas existentes, bajo una perspectiva de largo plazo.

Entre los aspectos críticos que precisan re-evaluación están: (a) la edad de jubilación; (b) los niveles y tipos de pensiones de jubilación y salud para la gente mayor; © la participación en la fuerza de trabajo; (d) las contribuciones de trabajadores y empresarios a las pensiones de jubilación y salud para la gente mayor; y (e) las políticas y programas de inmigración, especialmente en relación a las migraciones de reemplazo y a la integración de contingentes importantes de inmigrantes y sus descendientes". FIN, 7-4-00

4.04.00

306 - USA: EL CEDAW ES UN INSTRUMENTO PARA IMPONER EL DERECHO AL ABORTO

USA: EL CEDAW ES UN INSTRUMENTO PARA IMPONER EL DERECHO AL ABORTO

Fuentes: Propias; LifeSite News, 13-03-00; Noticias Globales 283, 284, 289, 290 y 302, entre otros.

Por Elena Brañas

El pasado 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, el presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado de los Estados Unidos, senador Jesse Helms, a propósito de la negativa de su Comité para ratificar la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de las Mujeres (CEDAW), declaró:

"¿Por qué el CEDAW, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de las Mujeres, nunca se ratificó?. Porque es un pésimo tratado. Es un tratado terrible, negociado por feministas radicales con el intento de enquistar su agenda radical antifamilia dentro de las leyes internacionales. Yo no puedo ser cómplice de eso (…). Bajo este tratado, el comité de seguimiento de esa convención tiene poder para imponer todo lo que dictamine" (…).

"Este comité propone la globalización del aborto. El tratado fue entendido así desde el principio: como vehículo para imponer el aborto en aquellos países que aún protegen los derechos del no-nacido. Por ejemplo, el Comité instruyó a Irlanda, un país que restringe el aborto, para que: 'facilite un diálogo nacional sobre las leyes restrictivas del aborto que aún rigen en Irlanda', y en otro informe dijo que, desde el punto de vista del tratado, "'es discriminatorio, de parte de los gobiernos negarse a proveer legalmente una amplia gama de servicios de salud reproductiva para las mujeres', y esto es lo mismo que decir que es discriminatorio negarse a proveer servicios de aborto", dijo Helms.

Las Naciones Unidas han reclamado insistentemente a los Estados Unidos que ratifiquen la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres (CEDAW). En Argentina esta Convención es texto constitucional. FIN, 4-4-00