En la primera parte de este análisis sobre el lenguaje utilizado en Amoris lӕtitia, cap. VIII, defendí la tesis siguiente, que vuelvo a afirmar:
Un inconveniente del capítulo VIII de la exhortación Amoris lӕtitia es el uso excesivo de lenguaje situacional, que puede favorecer una lectura en clave de moral de situación.
Religión Digital ha publicado un artículo donde la Doctora Elske Rasmussen pretende rebatir mi post anterior. Resulta curioso que lo enlace no de Infocatólica, sino de Gloria TV.
Vamos a comentarlo brevemente.
I.- SOBRE SI HAY O NO EXCESO DE LENGUAJE SITUACIONAL
Llama la atención que en este artículo se comience con un ataque personal y se me descalifique como ejemplo de
«quienes han percibido claramente, y con amargura, que el cambio es realmente muy importante, porque da origen a otro modo de discernir y de actuar en la pastoral.»
Acto seguido, afirma que mi post
«da a entender que la Exhortación de Francisco cae bajo la condena de un discurso de Pio XII.»
Pues bien, mi post se debe entender tal y como expongo que debe ser entendido. Para ello, en el comienzo del artículo, dejo clara cuál es mi tesis, que copio y repito entera aquí:
«Un inconveniente del capítulo VIII de la exhortación Amoris lӕtitia es el uso excesivo de lenguaje situacional, que puede favorecer una lectura en clave de moral de situación.
Esta posible clave de interpretación perjudica la reflexión pastoral que el Santo Padre realiza en sus diversos puntos, y puede dar lugar a confusiones varias.»
Como explico en numerosos pasajes de mi argumentación, mi post afirma que el capítulo VIII usa excesivamente lenguaje situacional, y este uso excesivo puede favorecer que se lea en clave de moral de situación.
Toca demostrar a la Dra. Rasmussen que mi tesis es falsa, es decir, que en el cap. VIII no se usa excesivamente lenguaje situacional. Creo que he demostrado ampliamente que este exceso es obvio y patente, (y sólo analizando hasta el parágrafo 300).
Pero el peligro de la moral de situación no lo he visto solamente yo. Lo ha detectado uno de los mayores pensadores de esta época, el gran Robert Spaemann, que en entrevista publicada por Infocatólica, afirma:
«El verdadero problema, sin embargo, es una influyente corriente de la teología moral, ya presente entre los jesuitas en el siglo XVII, que sostiene una mera ética situacional. Las citas de Tomás de Aquino referidas por el Papa en “Amoris Lӕtitia" parecen apoyar esta línea de pensamiento. Aquí, sin embargo, pasa por alto el hecho de que Tomás de Aquino conoce actos objetivamente pecaminosos, para los que no admite excepción vinculada a las situaciones. Entre éstas se incluyen comportamientos sexuales desordenados. Como había hecho ya en los años cincuenta el jesuita Karl Rahner en un ensayo que contiene todos los argumentos esenciales, válidos aún hoy, Juan Pablo II rechazó la ética de la situación y la condenó en su encíclica “Veritatis Splendor"».
Debemos preguntarnos si con estas palabras de un filósofo de primer orden, el genial consejero de S.Juan Pablo II, y amigo e interlocutor de Benedicto XVI, se pretende condenar, o más bien servir a la Iglesia señalando los peligros de un lenguaje excesivamente situacionista.
«Al leer en la AL ciertas expresiones de dudosa interpretación, hemos de rechazar en absoluto cualquier intento de interpretarlas según laheterodoxamoral desituación, es decir, en contra de la doctrina moral de la Iglesia católica. Debemos insistir al hacer exégesis de este texto, y de cualquier otro, en la “hermenéutica de la continuidad". Ninguna otra es válida en la historia del Magisterio apostólico, que crece, como un árbol, siempre fiel a sí mismo.»
II.- LA FORMULACIÓN DE LA LEY ¿NO VALE PARA TODOS LOS CASOS?
Otro argumento utilizado por Rasmussen para rebatir esta tesis es el siguiente, que cito:
«Francisco no afirma precisamente que la ley moral no abarque todas las situaciones, ni que sea incapaz de imperar la decisión de la conciencia, sino que “las normas generales presentan un bien que nunca se debe desatender ni descuidar, pero en su formulación no pueden abarcar absolutamente todas las situaciones particulares” (AL 304). Es la formulación de la norma la que no puede abarcarlo todo, no la norma en sí misma. Esto vale, por supuesto, para las leyes positivas, como las leyes canónicas, pero vale aun para nuestro modo de formular la ley natural en sus diversas expresiones.»
Con el énfasis en este detalle, la Dra. Rasmussen, sin embargo, consigue el efecto contrario, pues reafirma con su pretendido contra-argumento el incoveniente general ya señalado por mí en mi post anterior. Hay que decir que este párrafo yo aún no lo había comentado en concreto, pues pertenece al punto 304, y mi post analiza los puntos 291 a 300.
Veamos por qué el argumento expuesto por Elske Rasmussen no sólo no rebate mi tesis, sino que la confirma.
Como sabemos, la moral de situación se monta sobre la epistemología nominalista. Este sistema de pensamiento es un deconstructivismo. Ataca primero el lenguaje de la ley natural. Por eso el nominalismo es también llamado “terminismo”. Ataca la capacidad significativa de los términos universales, de los enunciados sobre las esencias, de los conceptos mismos con que se hace inteligible y aplicable la ley natural. Porque atacando los términos, la formulación y sus conceptos, ataca la ley misma. Es lo que hace el deconstructivismo nominalista, del que participa la moral de situación. Ataca el lenguaje de la ley natural, para atacar la ley misma y dejarla muda.
Por esto es un inconveniente que la exhortación se exprese asi, en lugar de utilizar expresiones que podían haber sido otras más acordes con el Magisterio anterior, y que evitaran recordar o dar sin motivo impresión de nominalismo situacional, pudiendo confundir innecesariamente a los fieles poco formados.
Néstor Martínez, en un excelente post aquí en Infocatólica, rebate la falacia deconstructivista, analizando el ataque del terminismo nominalista a los preceptos de la ley natural. Cito de su excelente post:
«Interpretamos ese “no puede abarcar todas las situaciones” en el sentido de que hay situaciones que caen bajo el supuesto de la formulación de la norma, pero a las cuales sin embargo la norma no se aplica.
«En ese sentido, la formulación de la norma tendría excepciones, y entonces, no sería propiamente universal, es decir, aplicable a todos los casos en los que se cumple el supuesto de la formulación, de modo que la ley natural es universal, pero su formulación no lo es.
«Ahora bien, parece que se podría concluir: nosotros no tratamos nunca “directamente” con la ley natural sin pasar por alguna formulación suya. Por tanto, para nosotros la ley natural no es universal, y punto.»
Es exactamente eso.
El ataque deconstructivista es ante todo un ataque al lenguaje universal, un ataque a la cognoscibilidad de las esencias y su aplicabilidad expresa.
Y es que la moral de situación, en sus principios epistemológicos occamistas, defiende la ineficacia de las formulaciones de la ley natural para elaborar un juicio moral. Niega que los CONCEPTOS de la ley operen su razón, su logos, su lógica, en la conciencia humana. Contra lo que afirma Pío XII:
«Ella lo puede y ella lo hace, porque, precisamente a causa de su universalidad, la ley moral comprende necesaria e intencionalmente todos los casos particulares, en los que se verifican sus CONCEPTOS. Y en estos casos, muy numerosos, ella lo hace con una LÓGICA tan concluyente, que aun la conciencia del simple fiel percibe inmediatamente y con PLENA CERTEZA la decisión que se debe tornar.» (Discurso sobre los errores de la moral de situación, 9)
El articulo de Rasmussen no tiene en cuenta que el juicio moral subjetivo, según la moral de situación, se fundamenta dando por sentado la inoperancia de las fórmulas del lenguaje de la ley natural (los preceptos), considerado incapaz de estructurar el orden conceptual de la conciencia, y subordinado siempre a la consideración privada DE LAS SITUACIONES.
Por eso el argumento con que la Doctora Rasmussen pretende rebatir mi tesis, en lugar de rebatirla, la prueba, cuando interpreta que la exhortación:
« no afirma precisamente que la ley moral no abarque todas las situaciones, ni que sea incapaz de imperar la decisión de la conciencia, sino que “las normas generales presentan un bien que nunca se debe desatender ni descuidar, pero en su formulación no pueden abarcar absolutamente todas las situaciones particulares” (AL 304). Es la formulación de la norma la que no puede abarcarlo todo, no la norma en sí misma. »
Contra esta idea así expuesta por la autora, sin embargo, se alza la enseñanza de Pío XII, que expone con precisón y claridad que la ley natural, en sus conceptos, no es ineficaz:
«9. Se preguntará de qué modo puede la ley moral, que es universal, bastar e incluso ser obligatoria en un caso particular, el cual, en su situación concreta, es siempre único y de una vez. Ella lo puede y ella lo hace, porque, precisamente a causa de su universalidad, la ley moral comprende necesaria e intencionalmente todos los casos particulares, en los que se verifican sus conceptos. Y en estos casos, muy numerosos, ella lo hace con una lógica tan concluyente, que aun la conciencia del simple fiel percibe inmediatamente y con plena certeza la decisión que se debe tornar.» (Discurso sobre los errores de la moral de situación)
Con lógica concluyente, dice Pío XII. Lógica, porque el Logos mismo está presente, haciendo participar de su razón eterna al logos particular de todo ser humano.
II.- ¿LA LEY NATURAL NO ES UN CONJUNTO DE REGLAS Y PRECEPTOS?
Pero la Dra. Rasmussen dificulta aún más la comprensión de Amoris lӕtitia cuando relaciona una supuesta incompletitud situacional de la formulación de la ley, con el no presentar la ley natural como regla, dando a entender que hay una relación causa/efecto entre ello:
«Al respecto, el Papa recoge en el punto 305 una afirmación de la Comisión Teológica Internacional, escrita dentro del pontificado de Benedicto XVI y con la aprobación de la Congregación para la Doctrina de la Fe: “La ley natural no debería ser presentada como un conjunto ya constituido de reglas que se imponen a priori al sujeto moral, sino que es más bien una fuente de inspiración objetiva para su proceso, eminentemente personal, de toma de decisión” (En busca de una ética universal, 2009, 59). El autor de la nota tendría que decir entonces que Benedicto XVI admitió que su propia “Comisión Teológica Internacional” cayera en una moral de situación condenada.»
¿Pretende que entendamos que la ley natural no es un conjunto de reglas y preceptos que se imponen al sujeto, debido a la no aplicabilidad de sus conceptos y preceptos?
Pero resaltando excesivamente que la ley natural no se presente como regla, no sólo no se niega el lenguaje situacional del cap. VIII, sino que se lo potencia. Menciona para ello la cita de la Comisión Teológica Internacional, como si con ella pudiera rebatirse la doctrina católica, siempre opuesta al deconstructivismo, y como si fuera intención de la exhortación negar que la ley moral natural consistiera en reglas para obrar bien, como enseña el Catecismo:
«1950. La ley moral es obra de la Sabiduría divina. Se la puede definir, en el sentido bíblico, como una instrucción paternal, una pedagogía de Dios. Prescribe al hombre los caminos, las reglas de conducta que llevan a la bienaventuranza prometida; proscribe los caminos del mal que apartan de Dios y de su amor. Es a la vez firme en sus preceptos y amable en sus promesas.»
«1951 La ley es una regla de conducta proclamada por la autoridad competente para el bien común.»
«1955 La ley natural contiene los preceptos primeros y esenciales que rigen la vida moral. Tiene por raíz la aspiración y la sumisión a Dios»
¿Qué opina, sin embargo, la moral de situación de la ley natural, de la ley moral en general? Nos lo expone Pío XII en su discurso contra la moral de situación:
Primero afirma:
«sabéis bien cuán capital importancia tiene para la conservación y el desarrollo de la fe el que la conciencia de la joven se forme cuanto antes y se desarrolle según las justas y sanas normas morales.»
Y luego recalca que:
« (la moral de situación) no niega, sin más, los conceptos y los principios morales generales (aunque a veces se acerque mucho a semejante negación), sino que los desplaza del centro al último confín. Puede suceder que la decisión de la conciencia muchas veces esté de acuerdo con ellos. Pero no son, por decirlo así, una colección de premisas, de las que la conciencia saca las consecuencias lógicas en el caso particular, el caso de una vez. »
Y por eso nos encontramos con el mayor problema de la ética de situación, que consiste en plantear una moral:
«Donde no hay normas absolutamente obligatorias, independientes de toda circunstancia o eventualidad»
Pero, ¿cómo podría la ley moral dejar de ser una regla, un conjunto de preceptos, de normas, de deberes de amor con Dios nuestro Creador y Redentor? Es imposible.
De nada sirve resaltar en exceso que la ley natural y sus mandamientos son una inspiración para la toma de decisiones. Porque es OBVIO que la ley contiene mandamientos, preceptos, reglas, normas.
Relativizar la esencia y la eficacia del precepto introduce un principio deconstructivo de ruptura que, como enseña la Veritatis Splendor de San Juan Pablo II:
« (…)instaura en algunos casos una separación, o incluso una oposición, entre la doctrina del precepto válido en general y la norma de la conciencia individual, que decidiría de hecho, en última instancia, sobre el bien y el mal.»
En nuestra opinión, el cap. VIII de Amoris lӕtitia no necesita de defensas situacionales para negar su uso excesivo de lenguaje situacional. Necesita, por contra, una depuración del lenguaje expositivo, de forma que pueda ser excluida toda posible lectura en clave nominalista/situacional y pueda ser interpretada en continuidad con el Magisterio precedente.
En el próximo post continuaremos analizando los parágrafos del capítulo VIII, desde el 300 hasta el final. Hasta entonces, oremos por el Santo Padre con todo amor filial y amemos sin límite la Iglesia de Cristo, su Esposa.
Nuestro Señor la cuida, la mima y la protege. Nunca lo olvidemos.
LAUS DEO VIRGINIQUE MATRI