Eppur si muove - Sobre sustituciones y sueños

CEE

Dentro de pocos días, nuestros pastores se reunirán en Madrid para elegir unos cargos muy importantes dentro de la Iglesia Española. En concreto, dentro de la Conferencia Episcopal Española.

En este ámbito hay muchos que dan por finiquitado al cardenal Rouco Varela como Presidente de la CEE.

En primer lugar no podemos decir que no se haya ganado un descanso este buen hombre de Dios. Lleva muchos años a la cabeza de la Conferencia Episcopal Española y, con franqueza lo digo, ha tenido que soportar muchos ataques tanto del Mal como de aquellos que creen que un cambio “bueno” para la Iglesia en España sería, simplemente, que el actual Presidente de la CEE se fuera. Quien venga… eso supongo que les da igual pues lo que, en verdad, aquí concurre es un estado inexplicable (o muy explicable) de rabia e ira contra el cardenal gallego.

También es probable que, por cuestiones de edad el propio cardenal quiera pasar a llevar una vida un tanto menos ajetreada y, aunque estamos seguros que soportaría otro mandato al frente de tal organismo eclesial le deseamos, a este respecto, lo mejor para su vida y, es más que probable que lo mejor sea que otro obispo o cardenal ocupe el cargo que hasta ahora está ocupando. Será lo mejor para su vida aunque, claro, a este respecto tampoco estamos en la seguridad de que eso sea lo que quiere el Espíritu Santo que soplara, en este caso como en todos, como quiera y cuando quiera.

Pero, bueno, no está mal, de todas formas, decir que en cuanto a sustituciones se refiere es posible que pase cualquier cosa. Esto lo decimos porque algunos echan ya las campanas al vuelo tan sólo con pensar que el cardenal Rouco se pudiera ir para siempre (del cargo que ocupa, queremos decir). Sin embargo para estas personas, que tan mal lo quieren, voy a traer aquí, ahora mismo, lo que ya publiqué sobre este hermano nuestro.

Es esto referido al cardenal Rouco Varela:

En cuanto a sus estudios, esto:

“Estudios en Latín, Humanidades y Filosofía en el Seminario de Mondoñedo 1946-1947 a 1953-1954.

Estudios de Teología en la Universidad Pontificia de Salamanca 1954-55 a 1957-58, donde obtiene la Licenciatura en esa disciplina en Junio de 1958.

Se ordena Sacerdote el 28 de Marzo de 1959, en la Catedral Vieja de Salamanca, y el día 1 de Abril celebra su Primera Misa en la iglesia parroquial de Santa María de Villalba.

Estudios de Derecho y Teología en la Universidad de Munich, cursos 1959-60 a 1963-64, donde se doctora en Derecho Canónico el 25 de Julio de 1964, con la tesis: “Iglesia y Estado en la España del siglo XVI”.

Profesor en el Seminario de Mondoñedo los cursos 1964-65 y 1965-66, de Teología Fundamental y Derecho Canónico.

Profesor Adjunto en el Instituto de Derecho Canónico de la Universidad de Munich de 1966 a 1969.

Profesor de Derecho Público Eclesiástico en la Universidad Pontificia de Salamanca de 1969 a 1971 y Catedrático de Derecho Canónico Fundamental en la misma Universidad en 1971 y Vicerrector de la misma Universidad en 1972.”

Y, además, acerca de sus publicaciones, esto otro:

Libros

Staat und Kirche im Spanien des XVI. Jahrhundets, München 1965. (Estado e Iglesia en la España del siglo XVI. Munich 1965).
(Con E. Corecco), Sacramento e diritto: antinomia nella Chiesa, Milano 1972.

Traducción alemana: Sakrament und Recht – Antinomie in der Kirche?, Paderborn, Bonifatius. Druck-Buch-Verlag, 1997.

Relaciones Iglesia-Estado en la España del siglo XXI, Salamanca, Universidad Pontificia, Departamento de ediciones y publicaciones, 1996.

Los Fundamentos de los Derechos Humanos: una cuestión urgente. Madrid, San Pablo, 2001.

Estado e Iglesia en la España del siglo XVI, traducción del original “Staat und Kirche im Spanien des XVI. Jahrhundets”. Facultad de Teología “San Dámaso” (Madrid), B.A.C. Madrid 2001.

España y la Iglesia Católica. Madrid, Planeta Testimonio, 2006.

Artículos en misceláneas, obras en colaboración y revistas científicas

Was ist ‘Katholische’ Rechtsheologie?, Archiv für Katholisches Kirchenrecht 135 (1966) 529-543.

Filosofía o Teología del Derecho?. Ensayo de una respuesta desde el Derecho Canónico, en: “Wahrheit und Verkündigung”, Miscelánea en honor de M. Schmaus, München 1967, 1967-1741.

Die ekklesiologische Bedeutung der Eheschließungsform, en: “Ecclesia et Ius. Audomar Scheuermann zum 60. Geburtstag”, München-Paderborn-Wien, Verlag Ferdinand Schöningh, 1968, 491-512.

Die katholische Reaktion auf das „Kirchenrecht I” Rudolph Sohms, en: “Ius Sacrum. Klaus Mörsdorf zum 60. Geburtstag” München-Paderborn-Wien, Verlag Ferdinand Schöningh, 1969, 15-52
Allgemeine Rechtslehre oder Theologie des Kanonischen Rechtes?, Archiv für Katholisches Kirchenrecht 138 (1969) 95-113.

Teología Protestante Contemporánea del Derecho Eclesial, Revista Española de Derecho Canónico 25 (1970) 117-143.

Los Tratados de las Iglesias Protestantes con los Estados, en: “La Institución Concordataria en la actualidad”, Salamanca, 1971, 105-133.

Evangelische Kirchenrechtstheologie heute. Möglichkeiten und Grenzen eines Dialogs, Archiv für Katholisches Kirchenrecht 140 (1971) 106-136.

Peculiaridad cristiana del matrimonio entre cristianos de distintas Iglesias, Diálogo Ecuménico 29 (1973) 203-227.

Le statut ontologique et épistémologique du droit canonique: notes pour une théologie du droit canonique, Revue des sciences philosophiques et théologiques 57 (1973) 203-227.

Antecedentes históricos de las relaciones actuales entre la Iglesia y la comunidad política en España, Salmanticensis 21 (1974) 217-234.

El proyecto de ley fundamental para la Iglesia, en: “Miscelánea en honor de Juan Becerril”, Madrid 1974, 513-565.

Die Katholische Rechtstheologie heute. Versuch eines analitischen Überblicks, Archiv für katholisches Kirchenrecht 145 (1976) 5-21.
El derecho fundamental a la enseñanza religiosa y su reordenación en la Constitución, Salmanticensis 25 (1978) 203-213.

El Ministerio Episcopal y la organización de la Curia, en “Curia Episcopal: Reforma y Actualización”, Salamanca 1979, 11-34.

Grundfragen einer katholischen Theologie des Kirchenrechts, Archiv für katholisches Kirchenrecht 148 (1979) 341-352.

La libertad de la Iglesia ante el Estado Español, Ius Canonicum 19 (1979) 56-77.

La virtud teologal de la esperanza y sus exigencias, en: “La Tentación contra la esperanza” (Anales de Moral Social y Económica. Centro de Estudios Sociales del Valle de la Caídos), Madrid, 1979, XVII-XXXVIII.

Carismas institucionales y personales, en: “Vivir en el Espíritu”, VI Semana de Teología Espiritual, Madrid 1981, 75-92.

Fundamentos eclesiológicos de una teoría general de los derechos fundamentales del cristiano en la Iglesia, en “Les Droits Fondamentaux dans l’Eglise et dans la Société. Actes du IVe Congres International de Droit Canonique”, Fribourg-Suisse 1981, 53-78.

Iglesia Universal-Iglesia Particular, Ius Canonicum 22 (1982) 221-239.

Tesis para la fundamentación teológico-canónica del ministerio episcopal en la Iglesia Católica, Diálogo Ecuménico 18 (1983) 493-497.

La Iglesia en el presente y futuro de Europa, en: “La identidad de la civilización Europea” (Humanismo y Cultura VI), Colegio Mayor Zurbarán, Madrid 1987, 63-74.

Iglesia Universal e Iglesias Particulares, en: “El Episcopado y la estructura de la Iglesia. IX Simposio Internacional de Teología”, Pamplona 1989, 321-335.

La parroquia en la Iglesia. Evolución histórica, momento actual, perspectiva de futuro, en: “La Parroquia desde el nuevo Código de Derecho Canónico”, Salamanca 1991, 15-29.

El Año Santo Compostelano en la mente de la Iglesia, Cuenta y Razón, 76/77 (1993) 7-11.

El derecho canónico al servicio de la comunión eclesial, en: “Ius in Vita et in missione ecclesiae. Acta Symposii Internationalis Iuris Canonici occurrente X Anniversario promulgationis Codicis Iuris Canonici diebus 19-24 aprilis 1993 in Civitate Vaticana celebrati”, Libreria Editrice Vaticana 1994, 135-153.

Democracia o libertad en la Iglesia, Cuenta y Razón 90-91-92 (1995) 31-38.

Décimo mandamiento: no codiciarás los bienes ajenos, en: “Los diez mandamientos”, Barcelona, Ed. Planeta, 1996, 241-260.
Conciencia y poder en la doctrina católica:

Algunas reflexiones teológicas en la España de los 90, Anales de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, 1996, 341-357.

El ‘principio de responsabilidad’ en la ‘Humane vitae’. Clave hermenéutica y motivación inédita de la paternidad humana, de próxima publicación en: Anthropotes 1998.

Juan Carlos I y la Iglesia, publicado en el número especial dedicado a los Veinticinco Años del Reinado de S.M. el Rey Juan Carlos I, en el Diario ABC, 22.XI.2000.

El Apóstol Santiago y el futuro de España, publicado en el Diario ABC. Madrid, 24 de julio de 2001.

Un pensamiento al servicio de la “persona humana”, artículo para el libro-homenaje a D. Julián Marías, publicado por FUNDES. Madrid, 27 de mayo de 2002.”

Yo no sé si lo que molesta del cardenal Rouco Varela es el trabajo que demuestra haber hecho a lo largo de su vida eclesial o que este trabajo tenga consecuencias en su forma de ser y hacer lo que debe hacer según para el cargo que ha sido elegido unas cuantas veces. El caso es que da pena y es triste que hay personas que lo pongan, cada dos por tres, a los pies de los caballos y que estén deseando que se vaya cuanto antes como si fuera una peste de la que hay que desprenderse.

En fin…

De todas formas, ya quedan pocos días para saber el resultado de todo esto. Nosotros, al menos el que esto escribe, le desea la mejor al, hasta ahora, Presidente de la Conferencia Episcopal Española pues se lo tiene merecido que así se diga y se repita.

Luego, que sea lo que Dios quiera pues sabemos que siempre será lo mejor.

Recemos, pues. Recemos.

Eleuterio Fernández Guzmán

El Pensador

La Editorial Stella Maris convoca el I Premio de Ensayo REVISTA EL PENSADOR.

Las bases son las que siguen:


1.- Editorial Stella Maris convoca el I Premio de Ensayo REVISTA EL PENSADOR, conforme a las presentes bases.

2.- Podrán concurrir al Premio cualesquiera obras inéditas de ensayo, en lengua castellana, cuya temática verse sobre “De Franco a hoy: evolución de España desde 1975 a 2013″ desde el punto de vista social, cultural y/o moral. Esta temática podrá ser abordada en conjunto o desde cualquier aspecto concreto.

3.- Las obras tendrán una extensión mínima de 150 páginas y máxima de 300. La tipografía a utilizar será el Times New Roman, tamaño 12, espaciada a 1,5. Se presentarán dos copias impresas en papel y se adjuntará una copia en formato word.

4.- Los autores, que podrán ser de cualquier nacionalidad, entregarán sus obras firmadas con nombre y apellidos, o con pseudónimo.

En el caso de que la obra venga firmada con nombre y apellidos, es obliga-torio incluir fotocopia del documento oficial de identidad, una hoja con los datos personales (nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y email), un currículum vitae detallado del autor, así como un certificado firmado en donde se haga constar que la misma es propiedad del autor, que no tiene derechos cedidos a o comprometidos con terceros y que es inédita.

En el caso de que la obra sea presentada bajo pseudónimo, se incorporará una plica (con el título de la obra y el pseudónimo utilizado), en cuyo interior se incluirá la documentación referida en el párrafo anterior. Las plicas sólo serán abiertas en el caso de que la obra fuera premiada. En caso contrario serán destruidas junto a los originales presentados.

5.- Se admite la presentación de obras colectivas, pero en este caso el premio se repartirá a prorrata entre los autores. Y la documentación exigida en la cláusula anterior regirá por cada uno de ellos.

6.- Las obras presentadas al Premio no podrán ser editadas, reproducidas, cedidas o comprometidas con terceros, hasta el fallo definitivo. El ganador y, en su caso, los accésits ceden, por el mismo acto del fallo y de manera inmediata, los derechos exclusivos y universales de edición durante quince años a favor de Stella Maris.

Ninguna obra presentada al Premio podrá ser retirada del concurso hasta el fallo del Jurado.

7.- El Premio consistirá en:
* 6.000 euros en concepto de anticipos de derechos de autor.
* Publicación de la obra en una de las colecciones de Stella Maris.
* El 7% sobre las ventas, en concepto de derechos de autor.

8.- El Premio puede ser declarado desierto. Asimismo puede otorgarse un Accésit por cada una de las siguientes modalidades: Ciencias Sociales, Cultura y Filosofía.

El premio de cada accésit será un diploma acreditativo. Stella Maris se reservará el derecho de publicación de cada accésit y, en este caso, el otorgamiento de un 7% sobre ventas en concepto de derechos de autor.

9.- El plazo máximo de presentación de obras que opten al Premio comienza el 1 de febrero y finaliza el 29 de diciembre de 2014 a las 24 horas.
Las obras deberán presentarse por correo certificado a la siguiente dirección:

Stella Maris
(PREMIO “REVISTA EL PENSADOR")
c/. Rosario 47-49
08007 Barcelona

10.- El Jurado estará compuesto por cinco profesores universitarios e intelectuales de reconocido prestigio, designados por Stella Maris. La composición del Jurado se hará pública al mismo tiempo que el fallo del Premio.

11.- El premio será fallado el 27 de febrero de 2015 y será publicado al día siguiente, comunicándose directamente además al ganador y accesits. El fallo del jurado será inapelable.

Las obras no premiadas serán automáticamente destruidas y no se devolverán en ningún caso a sus autores. Stella Maris no están obligados a mantener correspondencia con ninguno de los aspirantes al Premio.

12.- La concurrencia al Premio implica la aceptación expresa de las presentes bases de convocatoria.

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Por la libertad de Asia Bibi.
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Por el respeto a la libertad religiosa.

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Enlace a Libros y otros textos.

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Panecillos de meditación

Llama el Beato Manuel Lozano Garrido, Lolo, “panecillos de meditación” (En “Las golondrinas nunca saben la hora”) a los pequeños momentos que nos pueden servir para ahondar en determinada realidad. Un, a modo, de alimento espiritual del que podemos servirnos.

Panecillo de hoy:

¡Qué tozuda es la realidad… para algunos!

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Para leer Fe y Obras.
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