Chile: las confesiones religiosas rechazan la legalización del Templo de Satán
Las principales confesiones religiosas de Chile acaban de hacer público que estiman improcedente que una organización satanista pueda obtener el reconocimiento legal del Estado chileno.
Se trata de la entidad denominada “Templo de Satán: Satanistas y Luciferinos de Chile”, que el pasado 30 de julio presentó ante el Ministerio de Justicia su acta constitutiva, con el objetivo de ser reconocida legalmente como asociación religiosa.
En el siguiente texto –firmado por diversas autoridades de las comunidades católica, ortodoxa, anglicana, evangélicas, pentecostales, judía e islámica, entre otras– se sostiene que la existencia legal como confesión religiosa de una organización que fomente el satanismo, atentaría contra el inciso primero del artículo 19 N.6 de la Constitución Política, que garantiza “la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público”.
A continuación, el texto completo de la declaración:
Declaración pública
Las confesiones religiosas estiman improcedente la posibilidad que una organización satanista pueda obtener el reconocimiento como entidad o confesión religiosa por parte del Estado de Chile.
1. Las confesiones religiosas que suscriben esta declaración quieren expresar a la opinión pública y las autoridades competentes, algunas consideraciones acerca de la petición que una organización de ámbito satánico ha elevado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de ser reconocida como entidad religiosa, de conformidad a la ley N. 19.638 que establece “normas sobre la constitución jurídica de las iglesias y confesiones religiosas”. El espíritu y las normas de la ley se refieren en forma constante y permanente a las confesiones religiosas y no a otro tipo de organizaciones que puedan existir. Por esta razón, señala expresamente que “para los efectos de esta ley, se entiende por iglesias, confesiones o instituciones religiosas a las entidades integradas por personas naturales que profesen una determinada fe”. (art 4)