Silencio sinodal
Me sorpende. O no. O sí, o según depende. Pero el hecho es lo que es y los datos, tercos.
Silencio en los sacerdotes. Hablo con muchos compañeros sacerdotes de Madrid y de otras diócesis, porque una de las cosas buenas de las redes sociales es que te pone en contacto con muchos compañeros de los lugares más diversos. Transcurridos unos meses desde la apertura oficial del sínodo de la sinodalidad esto es lo que percibo:
La inmensa mayoría de los curas con los que hablo digamos que simplemente pasan. Los hay que pasan por las bravas, es decir, que no cuenten conmigo, y los hay que pasan disimulando: bueno, ya veremos, algo haremos… a ver qué nos dicen.
Entusiastas declarados veo pocos, incluso a cierta altura. Si hay que hacerlo se hace… a ver qué remedio. Lo entiendo, significarse no está a la altura de cualquiera, como entiendo que desde las curias se mueva el asunto. Va en el sueldo. Es verdad que los hay entusiastas inasequibles al desaliento, de esos que los dicen mañana que hay que retirar las casullas góticas de las sacristías y se ponen a ello con el mismo entusiasmo con el que apoyarían la misa de san Pio V si llegara el caso. No es obediencia, es peloteo. Así suena por ejemplo que te deseen una feliz navidad vivida en la sinodalidad.
Silencio en los medios de información religiosa. Se pasan días y días, incluso en los medios más franciscanistas, sin que ni siquiera aparezca la palabra sínodo. He buscado incluso en las páginas más progres y lo mismo. Poca cosa.
Tampoco es que vea especialmente motivados a los laicos. Rafaela no quiere saber nada. En mis pueblos lo del sínodo queda lejos, pero a través de las redes sociales mantengo una extensísima feligresía de san José de la Sierra. No los veo yo muy entusiastas, pero se entiende, son gente mayoritariamente conservadora y, en consecuencia, supongo que sus opiniones se recibirán en otros lugares como de poco peso.
Tampoco aporta especial optimismo el hecho de que nada más empezar se amplíen los plazos para hacer llegar las aportaciones de diversos grupos e instituciones.
Es lo que yo veo, y que expongo aquí como una opinión más, la de un servidor, que entiendo que, en el espíritu sinodal, será una aportación para tener o no en cuenta, que eso ya no depende de uno.
De momento, muchos silencios y escaso movimiento o ausencia de información en caso de que algo se esté haciendo. Tal vez por la cosa de las navidades, aunque mi barrunto es que no del todo. Iremos viendo.
122 comentarios
Como católico de base y feligrés virtual de su parroquia de S. José de la Sierra, inclúyame en el listado de los que pasan completa y olímpicamente del sínodo de la sinodalidad.
¡Ave María!
Creo que deberíamos empezar, como hacían los clásicos profesores de teología por una "definitio terminorum". ¿Por qué? Porque es necesario saber lo que hoy se quiere que signifiquen cada una de ellas.
"Comunión": ¿significa dentro de la actual situación de la Iglesia Católica lo mismo en todas las naciones?
Lo normal es que esa "communio" indicara que todos y en todos sitios creyésemos lo mismo, orásemos lo mismo con independencia del rito, amásemos a Dios y al prójimo para ser santos como el Padre.
¿Es esta la situación actual?
"Participación": ¿en qué y para qué? Porque por lo visto hasta ahora desde 2013 hay ciertas participaciones que no son bien vistas e incluso perseguidas, y no son precisamente por ser herejes o apóstatas.
"Misión": ¿hacia quién y cómo? Actualmente, parece que el ser misionero se reduce a ser un asistente social, médico del cuerpo, pero no está muy bien visto desde ciertas alturas el que se predique la palabra de Dios, como si el mandato de Jesús fuese un antigualla.
Al menos para mí, veo difícil la participación, cuando los enunciados objetivos del "poster" pueden significar múltiples variantes, según las famosas "distintas sensibilidades".
Confiemos en el Espíritu Santo, el de Verdad, para ir aclarando las posiciones.
Y, mientras tanto, el que suscribe pidiendo hora para confesar… (y más difícil que en la Seguridad Social)
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Jorge:
Esperemos que antes. A un amigo acaban de citarle para una prueba el día 19 de diciembre próximo. Un añito de nada.
Ave María
De momento nada de nada de la palabra sinodalidad en mi parroquia " San Juan de Ribera, San Juan Bosco, San Juan XXIII", y eso que estamos en la fase local, con la participación de todos los bautizados.
No nos harán ni casos. Nuestras conclusiones no pasarán ni la fase diocesana. Pero así tendremos ocasión de decirles que eso de escuchar a todos no lo cumplen ni por asomo.
Se invoca en la convocatoria un tema muy complejo:
"El objetivo de esta fase es la consulta al Pueblo de Dios (cf. Episcopalis Communio, 5,2) para que el proceso sinodal se realice en la escucha a la totalidad de los bautizados, sujeto del sensus fidei infalible in credendo".
Esa terminología coincide con Lumen Gentium 12
"12. El Pueblo santo de Dios participa también de la función profética de Cristo, difundiendo su testimonio vivo sobre todo con la vida de fe y caridad y ofreciendo a Dios el sacrificio de alabanza, que es fruto de los labios que confiesan su nombre (cf. Hb 13.15).
La totalidad de los fieles, que tienen la unción del Santo (cf. 1 Jn 2,20 y 27), no puede equivocarse cuando cree, y esta prerrogativa peculiar suya la manifiesta mediante el sentido sobrenatural de la fe de todo el pueblo cuando «desde los Obispos hasta los últimos fieles laicos» [22] presta su consentimiento universal en las cosas de fe y costumbres.
Con este sentido de la fe, que el Espíritu de verdad suscita y mantiene, el Pueblo de Dios se adhiere indefectiblemente «a la fe confiada de una vez para siempre a los santos» (Judas 3), penetra más profundamente en ella con juicio certero y le da más plena aplicación en la vida, guiado en todo por el sagrado Magisterio, sometiéndose al cual no acepta ya una palabra de hombres, sino la verdadera palabra de Dios (cf. 1 Ts 2,13).
El pueblo de Dios no puede equivocarse cuando "«desde los Obispos hasta los últimos fieles laicos» [22] presta su consentimiento universal en las cosas de fe y costumbres".
La cita 22 es de San Agustín.
Qué les parece ?.
Algo parecido a lo que ya dice que ha hecho Egomet.
Hay que pedir lo que falta y denunciar lo que sobra.
Los párrocos podian hacer un cuestionario, para que lo rellenen los fieles.
Para una vez que nos están pidiendo la opinión a los laicos, ¿ no lo vamos a aprovechar ? ¿ o es que solo los que quieren destrozar la iglesia son los únicos que van a hablar ?
Todo esto sin complejos, no creo que el Señor quiera fieles timoratos, acomplejados o pusilámines.
"Pero si el pueblo cristiano ha rechazado cualquier reforma de la Sacrosanta Misa (y esto mucho más en tierras de misiones), no vemos por qué causa se imponga esta nueva ley, que, como por lo demás reconoce la misma antedicha Constitución, subvierte una tradición inmutable en la Iglesia ya desde los siglos IV y VI".
Más de cincuenta años ya con la misma exitosa táctica...
A veces hay malos pastores, a veces malas ovejas. Si no hay pastores o son malos, las ovejas deben asociarse para protegerse de los lobos. Si las ovejas son malas, el pastor debe mezclar sabiamente dulzura y firmeza con el rebaño.
En cuanto al sentido de la fe del pueblo, hace muchos años podríamos confiar con seguridad. Hoy no. Es trágico, pero es así.
Así que… Si no hacen nada para arreglar lo que va mal, o lo que hacen no va bien …Tendremos que hacer lo que nos digan lo mejor que podamos y rezar para que todo mejore que falta nos hace.
Las Rafaelas más mayores ya tenemos las cosas sabidas: hacer lo que ordene la Santa Madre Iglesia Católica como nos está mandado. Pero, por si acaso, agarradas a lo seguro que siempre funcionó bien a los santos.
Que el Señor le bendiga y ahí va su Ave María
¡Estás de los nervios! Sueltas una retahíla que no es un comentario razonable. Ese tal Paco que mencionas será el kiosquero de la esquina o el camarero del bar de abajo que te tienen harto, pero que no tienes por qué hacerles caso, así que tranquilízate, haces pensar que necesitas que te pongan un tratamiento o más educación.
Hay una oferta de sínodos en IKEA, pero no es empresa suficientemente protestante.
Por mi vocación de entrega, ofrezco un lema que arrasará en las redes sociales:
"La Iglesia sin sinodolizar ¿Quién la sindonolizará? quien la sindonolice, buen sinodolizador será"
Y si la desinodoladiza, ni te cuento.
Y una manera de entretener al personal, y de consumir las fuerzas de la Iglesia en inanidades y discusiones bizantinas.
El pueblo de Dios, ése tan mentado en los documentos de este Sínodo, pasa olímpicamente de estas discusiones y de la multiplicación de papeles que implica.
"Paco" es un espejo que desvela a un hombre que ha abdicado de la dignidad y de la autoridad papal de mil maneras; que ha arrojado a los pies de los caballos la Tradición, la Iglesia perseguida y el mundo de los mártires.
"Paco" refleja su propia falta de respeto hacia Dios, la Virgen María y los santos.
"Paco" desvela lo "jartible" que es con su autorreferencialidad, a su mayor gloria.
"Paco" es, finalmente, la manera de enseñar sus maneras, ¡que son suyas! La rudeza, el manoterismo, la zafiedad... Hasta él, la Iglesia se había señalado por su lenguaje claro y distinto; con él, ha entrado el lenguaje de la Agenda mundial, el lenguaje difuso, impreciso, banal e innoble.
A quien no salió con la muceta roja el primer día, quien ha anulado en el papado el vicariato de Cristo, quien dice que la Virgen María no nació sin pecado -sino que se fue haciendo santa-,... déjame que le llame "Paco"; pero no, Santidad.
El progre que quiera confundir y presentar los sínodos como una especie de "parlamento" "democrático" que "gobierna" la Iglesia como un órgano ejecutivo, y no consultivo, está faltando a la Verdad.
El Papa sin duda quiere mejorar el funcionamiento de la insitución sinodal (órgano consultivo de la Santa Sede y del Papa), seguramente hacerlo más eficaz, mejorar su funcionamiento, etcétera.
Pero convertir los sínodos en algo distinto a lo que son, en su esencia más fundamental, es un absurdo y está destinado al fracaso. Incluso si un Papa quiere delegar en un sínodo sus decisiones personales, aún así debe finalmente hacer coincidir sus decisiones con lo que diga el sínodo, y firmarlas de su puño y letra, porque si no no tienen ningún valor ejecutivo en absoluto. De la misma manera el Papa siguiente puede hacer todo lo contrario, y anular cualquier disposición aprobada respecto a este tema con anterioridad... ¡porque la Iglesia es una Monarquía!, vicaria de Cristo, nuestro Rey.
Al parecer Forges el humorista de izquierdas, un señor clasista rancio en la vida real (lo se porque un conocido vive en su urbanización -donde vivía- , lo cual por otra parte no tendría que extrañar tanto, antes de triunfar con los monigotes, trabajaba de ayudante de realizador en TVE.
Un día decidieron gastar una broma al realizador jefe. En una vuelta de un viaje de Franco, TVE daba la cobertura de la bajada del avión y la recepción de honores. Forges y algún amigo hicieron una conexión para que el realizados en tiempo real en su monitor viera el acontecimiento, con una banda sonora de una musica que se puede encontrar por internet, que debía de ser una canción famosa y que decía, Ay Paco, de mi Paco, Paco, bis. Al realizador al pensar que estaban emitiendo una recepción oficial con es música en vez del himno, casi le da un infarto. No es que lo fuesen a mandar a Siberia o a Lugo, pero desde luego no iba a promocionar en TVE. Forges a pesar de su clasismo a veces tenía gracia.
Cuando algo te saque de tus casillas medita y reza para ver porque te hace reaccionar en contra y que te dice de ti mismo.
Y nada, deja de menospreciar al Papa con sus cosas y ocúpate de las tuyas, la iglesia ni es una democracia ni se pueden hacer huelgas ni protestas, porque no seguimos a hombres sino a Dios.
Yo espero un papa según el Corazón de Cristo.
Como creo que no es por estar a la contra, harían bien en explicar el cambio. Sus motivos tendrán.
Por que en la segunda carta a Timoteo, Pablo le advierte contra las falsas doctrinas, y le exhorta a que defienda la verdad, pero no de cualquier manera, sino con el estilo cristiano y le dice en 2, 24:
"A un siervo del Señor no le conviene altercar, sino ser amable con todos, pronto a enseñar, sufrido; que sepa corregir con mansedumbre a los adversarios, por si Dios les otorga la conversión que les haga conocer plenamente la verdad..."
O sea corregir o enseñar sin amabilidad y sin mansedumbre no es el estilo del cristianismo, es el estilo del otro.
No se trata de aparentar; a los creyentes no nos vale; se trata de "ser" amable y manso. Por que en la soledad terminamos encontrándonos con nosotros mismos y no podemos engañarnos. Nos habla por nuestra conciencia, y si no la oímos... peligro.
¿Y si nos llaman mansurrones? Pues todo puede ser aprovechable
Quizás este estilo de amabilidad y mansedumbre es el que diferencia al que actua por amor a la verdad a Dios, a la Iglesia y a los hermanos del que lo hace por otros motivos, y del que "díganme de que se trata que me opongo".
Se puede disentir pero siempre con amabilidad y mansedumbre.
Esto es lo que marca la diferencia.
La raya roja que quien la atraviesa trabaja para el otro, para el otro bando.
No de cualquier manera, no todo vale; el fin no justifica los medios.
No señor.
Me parece a mi.
Ese tipo de obediencia casi jesuítica a todo lo que venga de la jerarquía me parece un terrible error. No digo que haya que obsesionarse con el tema ni ser pesado ni tampoco ser un críticon con todo. Pero de ahí a decir que "todo lo que haga la Iglesia (entendido como la jerarquía) me parece bien" es una obediencia irracional que yo personalmente no entiendo. Pido que Dios me dé luz si esa es su voluntad, pero nunca creí que el catolicismo fuese una obediencia ciega. Pido aclaraciones a alguien si pueden ayudarme
Saludos cordiales.
Ese género de obediencia, si es que cabe entre los religiosos respecto de sus superiores regulares, está completamente fuera de lugar cuando se trata de cuestiones de fe y moral.
La fe no nos obliga a abdicar de la razón, y los fieles católicos conservamos el uso de la razón y el sentido de la fe para discernir cuándo se nos predican doctrinas o se nos exhorta a acciones u omisiones contrarias a lo que la Iglesia hizo y enseñó siempre. Y entonces debemos hacer oídos sordos, rechazar las novedades y agarrarnos a las tradiciones, como ya enseñó en el siglo V San Vicente de Lerins en el Commonitorium, citado por el Concilio Vaticano I en la constitución Dei Filius (1870) y por San Pío X en el Juramento contra los errores del modernismo (1910).
Aunque en este hilo de comentarios haya tenido la humorada de "proponer el sacerdocio femenino, el fin del celibato, la bendición de las parejas homosexuales y que una parte de la X vaya para Podemos y para la Izquierda Unida de Garzón: viendo cómo está Caritas, nos ahorramos intermediarios." Y un par de huevos duros, como en el camarote de los hermanos Marx (Marx es, por cierto, el nombre de un cardenal alemán archiheretizante, muy sinodal él).
Saludos cordiales.
A.J.
He buscado esto que puede servirte para lo que preguntas sobre la obediencia en la Iglesia
https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/6521/1/10-Autoridad_obediencia.pdf
La versión anterior del 2267 del catecismo es mucho más acertada, pues deja claro que la pena de muerte es inadmisible en las circunstancias normales actuales, pero se puede admitir en circunstancias excepcionales.
2267: “La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas…”
Pero como la versión de Francisco para prohibir la pena de muerte da por sentado que "se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente.", podemos considerar que en el caso de que no existieran estos sistemas eficaces de los que habla que garanticen la defensa de los ciudadanos, la pena de muerte sería admisible.
Así que no hacía falta esta nueva versión, puesto que la anterior es la que explica adecuadamente por qué no tenemos excusas para estar a favor de la pena de muerte hoy día, aunque admite la posibilidad de circunstancias en las que sí se pueda tolerar, por no haber otra salida.
Paz y Bien
Saludos cordiales.
La Ley de Dios: No matarás. Quinto Mandamiento.
Cristo, Nuestro Señor: No he venido a derogar la Ley sino a enmendarla.
La vida de toda persona es sagrada para Dios, su Creador, desde su concepción hasta su muerte natural, y solamente Él tiene derecho a marcar los tiempos en este mundo.
Ocurre que la vida de una persona honrada es igual de valiosa que la de un asesino. Por ello en uso de la legítima defensa propia o por alguien indefenso podemos matar legítimamente ante Dios. Y ese mismo principio es el que ha usado la Iglesia en el pasado para permitir la pena de muerte: La imposibilidad de defenderse de los asesinos.
Hoy en día es inmoral aplicar la pena de muerte por parte de los gobiernos, teniendo medios suficientes para protegerse de esos individuos.
Como principio general: Matar a sangre fría es inmoral y pecado ante Dios.
¿Se está pidiendo pena de muerte para los convocantes del sínodo de la sinodalidad?
La hartura es grande pero me parece bastante heavy.
¡Ave María, padre!
"¿Se está pidiendo pena de muerte para los convocantes del sínodo de la sinodalidad?
La hartura es grande pero me parece bastante heavy."
Ni mucho menos. Solo estoy poniendo un ejemplo de la obediencia jesuítica que nos ha llevado incluso a un cambio en el catecismo sobre algo que podría ser moral en algunos casos aislados a ser inadmisible en todos los casos. Lo que dice Sofía es lo que sostengo yo, pero ellos decían que si estás a favor de la pena de muerte en algunos casos remotos, aislados, de reos que ponen en el riesgo el bien común, entonces te oponias a la doctrina de la Iglesia. Por qué? Por decir lo que decía el catecismo hace menos de cinco años? A mí no me parece serio. Y así puedo sacar muchos ejemplos.
Lo que quiero decir, en resumen, es que estos tipos en parte actúan como si la Iglesia fuese suya. Y la actitud de gran parte del laicado de identificar la Iglesia con su jerarquía, no ayuda para nada
Volviendo al tema principal: Este papado es muy lamentable, y una necia me dijo que hiciera algo para derrocar al Papa. Así. Con un par. Como si estuviera en mi mano.
Esto es como los de mentalidad adolescente que creen que con su votito podrán derogar la ley del aborto, ignorando que España con una deuda del 135% superior al PIB es esclava de Europa que le paga sus pensiones a cambio de docilidad. La relevancia de nuestras elecciones es que nos dejen elegir al presidente de nuestra comunidad de vecinos, pero las directrices generales no se tocan. Esto lo saben desde los de VOX hasta los de Podemos.
JUAN NADIE,no.
Que si los planes pastorales sirven para poco o nada, que si las reuniones, mire usted, "reunionitis"; ahora, que este sínodo para qué. (¿no queremos participación?). vamos, que no vale casi nada para nada.
Pues nada, nada, seguiremos como siempre, nuestras misas, rosarios y novenas, con cada vez menos gente.........y el último que apague la luz y cierre la puerta.
Ah, claro, que ahora resulta que quizá la misa en latín tridentina sea la solución y vengan muchedumbres a nuestras parroquias...........en fin.
Néstor, eso q dice ud de q la cuestión es si la pena de muerte es intrínsecamente mala y si no lo es, según ud habría q estar siempre "a favor", se podría aplicar igualmente al "no matar" y si no es intrínsecamente malo, estar siempre a favor de matar.
En cuanto a lo de admisible, es una expresión utilizada por mí en un contexto informal, q resulta perfectamente comprensible: dadas determinadas circunstancias se podría admitir la aplicación de la pena de muerte, a pesar de la prohibición del 5° mandamiento, q dice "no matar". Y sin darse esas circunstancias no se puede admitir q sea moral aplicarla.
Totalmente de acuerdo con el comentario de las 8:03 sobre la pena de muerte.
Ave María
Esto es una perdida de tiempo y de recursos. Alguno va a salir con la aureola de demócrata y cuando tenga los resultados ¿? en la mano los tirará a la papelera y hará lo que le de la gana, eso sí, respaldado democráticamente, como ha visto todo el mundo, que no sea un facineroso.
Sobre la pena de muerte:
El Antiguo Testamento prescribe en múltiples ocasiones la pena de muerte (Levítico 22, 2; 22, 9 y 10; 22, 27; 24, 16 y 17).
San Pablo, al hablar de la autoridad política, evoca la espada, instrumento de la pena de muerte: "No en vano lleva la espada. Es ministro de Dios, vengador para castigo del que obra el mal" (Romanos 13, 4).
Y en "La Ciudad de Dios" (libro I, capítulo 21) San Agustín comenta así estos pasajes de la Escritura: "No violan este precepto, "no matarás", los que por orden de Dios declaran guerras o representando la potestad pública y obrando según el imperio de la justicia castigaron a los facinerosos y perversos quitándoles la vida".
Así lo explica Santo Tomás de Aquino en la Suma Teológica (II-II, cuestión 64): "De la misma manera que es conveniente y licito amputar un miembro putrefacto para salvar la salud del resto del cuerpo, de la misma manera lo es también eliminar al criminal pervertido mediante la pena de muerte para salvar al resto de la sociedad".
"De la potestad secular afirmamos que sin pecado mortal puede ejercer juicio de sangre, con tal que para inferir la vindicta no proceda con odio, sino por juicio, no incautamente, sino con consejo" (carta Ejus exemplo ¡al arzobispo de Tarragona, como Planellas! 1208, DS 795).
León X condena de manera semejante la proposición de Lutero según la cual "que los herejes sean quemados es contra la voluntad del Espíritu" (bula Exsurge Domine, 1520, DS 795).
León XIII, cuando condena el duelo, reconoce el derecho de la autoridad pública a infligir la pena de muerte (carta Pastoralis officii a los obispos de Alemania ¡como los del camino sinodal! y Austria, 1891, DS 3272).
"Es lícito matar cuando se lucha en una guerra justa; cuando se ejecuta una sentencia de muerte por orden de la autoridad suprema; y finalmente, en caso de necesaria y legítima defensa de la propia vida contra un agresor injusto" (Catecismo de San Pío X, 1908).
Finalmente Pío XII declara con precisión extremadamente notable: "Aun en el caso de que se trate de la ejecución de un condenado a muerte, el Estado no dispone del derecho del individuo a la vida. Entonces está reservado al poder público privar al condenado del bien de la vida, en expiación de su falta, después de que, por su crimen, él se ha desposeído de su derecho a la vida" (discurso al I Congreso Internacional de Histopatología, 1952, nº 28).
Ni he leído tu comentario, por el que pareces sentirte aludido.
Únicamente leí el de Néstor y por ello escribí el mío.
El último que has escrito sí lo he leído, lógicamente.
Obediencia jesuítica dices: Soy católico de base, seglar, de los que se pueden casar. No tengo obligación de obedecer ni a los obispos ni al Papa, excepto si el Papa se pronuncia ex cathedra. Entonces sí y además obligación de creerlo.
Aunque lógicamente como católico me afecta y preocupa todo cuanto escriba o predique la Jerarquía.
Los religiosos, sean monjes o sacerdotes, sí tienen voto o promesa de obediencia. Y precisamente porque algunos se han pasado el voto o promesa sagrados por el arco del triunfo en el pasado y porque los Papas no tuvieron redaños para hacer lo correcto: Estamos como estamos.
¡Ave María, padre!
Esto no significa que la misma ley natural exija que la autoridad ejerza ese derecho, aun menos que determine casos en que ese ejercicio se impondría.
La pena de muerte será siempre, en el marco de una legislación, una determinación del derecho positivo humano, de la ley civil, sujeta por consiguiente a modificación, evolución, limitación.
No sería ilegítimo sostener que ese género de pena no es oportuno en un contexto dado, incluso reclamar, en el plano de la ley humana civil, la abolición.
Pero queda que la autoridad pública tiene siempre derecho a mantener la pena de muerte o a restaurarla, si se advierte necesidad. Y si la oportunidad requiere no aplicarla, pertenece apreciarlo a la misma autoridad política, no al Papa ni a ninguna autoridad eclesiástica inferior.
La pena de muerte es conforme al derecho natural. Otra cosa es la determinación positiva de ese derecho que tiene lugar con la ley civil. Si no es ilegítimo reclamar la abolición de la pena de muerte, sería falso y condenable hacerlo en nombre del derecho natural en sí mismo. O en nombre del Evangelio y de la caridad, que no pueden renegar del derecho natural.
Estas distinciones fundamentales entre licitud de principio y oportunidad de hecho de la pena de muerte, esto segundo a juicio de la autoridad política y no de la Iglesia, estaban ya desleídas en el Catecismo de Juan Pablo II, pero todavía no negadas abiertamente. Y han sido completamente destruidas en el Catecismo de Francisco.
Volvemos atrás cuando hemos equivocado el camino. La adaptación de la doctrina, o al menos de su formulación, y del culto a modos modernos de pensamiento y expresión ha sido un error contrario, por lo menos, a las tradiciones eclesiásticas, cuando no incluso en algunos puntos a la Tradición apostólica (que es parte de la Revelación divina), y lo habría sido incluso aunque las iglesias se hubieran llenado y hubieran florecido en apariencia el sacerdocio, la vida religiosa y las familias católicas, ya que entonces esos frutos aparentes habrían sido ilusorios y tan malos como los que en realidad se han cosechado.
Cierto que en realidad los frutos han sido nefastos, y cierto también que no tenemos seguridad de cuáles serían los frutos de volver atrás.
Pero, de nuevo, no son esas consideraciones las que principalmente deben movernos, sino el amor a la Verdad y la adhesión a las tradiciones de la Iglesia, que no son puramente humanas. Los frutos de rectificar serán los que Dios quiera. Buscad primero el Reino de Dios y su justicia, lo demás se os dará por añadidura.
El mandamiento "no matar" nos dice que "matar" es intrínsecamente malo, y sin embargo, siempre se han señalado circunstancias excepcionales en las que se puede admitir moralmente que se mate a alguien (se han señalado algunas en otros comentarios) La pena de muerte consiste en "matar", por tanto en principio es intrínsecamente mala, habrá que ver en qué condiciones se puede admitir moralmente su aplicación.
Espero que esté más claro. Ya veré qué dicen los cinco comentarios que están delante del mío en espera.
La carta Ejus exemplo de 1208 al arzobispo de Tarragona ¡como Planellas! es del papa Inocencio III, lo cual omití.
Y la cita de la bula Exsurge Domine (1520) de León X contra Lutero debe llevar el nº DS 1483 y no DS 795.
Vamos, que menuda reunión sinodal es la forma en que se ha opinado sobre la pena de muerte.
Si en este Blog participasen, disfrutando de la misma consideración y respeto, todas las tendencias que se dan en la Iglesia, sería una magnífica aportación Sinodal.
O sea que Dios escribe derecho con renglones torcidos.
Pues hasta criticando al Sínodo lo hacemos de una forma cuasisinodal.
Gloria al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo.
Si se remonta un poco antes nos aplica la Ley del Talión.
Y conste que la Edad Media y en concreto el Centroevo ha sido el período de la Historia más brillante de Europa, gracias a La Iglesia y al Cristianismo.
¡Ave María, padre!
Admitir que lo intrínsecamente malo pueda ser realizado lícitamente alguna vez es dar entrada al relativismo.
Los actos que no son así, o son indiferentes, como tomar café, o son buenos, como dar limosna al necesitado.
Estos últimos sólo se vuelven malos si la intención con la que se los hace es mala. Pero incluso en ese caso, no son intrínsecamente malos.
Lo que es intrínsecamente malo, entonces, es matar al inocente, y eso prohíbe el quinto mandamiento. No se puede hacer en absolutamente ninguna circunstancia ni por ninguna razón.
Pero como explica Santo Tomás, hay circunstancias que se incorporan al objeto de la acción, y entonces cambian la naturaleza de la misma, porque las acciones se definen por sus objetos.
Esto sucede, dice, cuando esas circunstancias por sí mismas ya tienen un calificativo moral.
Por ejemplo, robar en lugar sagrado, dice, es ante todo sacrilegio, y luego hurto.
La circunstancia de ser alguien “no inocente”, o sea, un injusto agresor o un delincuente condenado por la ley, ya tiene por sí sola una calificación moral, y por eso cambia el objeto de la acción de matar, de modo que se trata de otra acción que no es intrínsecamente mala.
No existe el acto que es en general malo pero por alguna circunstancia excepcional bueno. Si la circunstancia se incorpora al objeto del acto, se trata de otro acto distinto, porque el objeto, que define el acto, es distinto. Si no lo hace, sigue siendo el mismo acto intrínsecamente malo, y eso no lo cambia circunstancia alguna.
No hay entonces excepciones para lo intrínsecamente malo (expresión contradictoria en sí misma), por lo dicho: si las circunstancias forman parte del objeto del acto, es otro acto distinto, y si no lo hacen, no cambia la maldad o bondad del acto.
Saludos cordiales.
Las excepciones lícitas habrá que estudiarlas en profundidad. Por supuesto tenemos que tener en cuenta el magisterio de la Iglesia y utilizar la razón para dilucidar la moralidad o inmoralidad de un acto concreto.
Pero me hace gracia que alguien que desprecia la autoridad de papas declarados santos, por otra parte quiera incluir sin matices como autoridad para nosotros y sin matices lo que dijera cualquier otro papa en otra ocasión.
Tampoco debemos practicar la obediencia ciega a la desobediencia ciega.
Jesucristo dejó muy claro lo de "no matar", además de añadir en Mateo 5, 21 y ss
"Oísteis que fue dicho a los antiguos: No matarás; y cualquiera que matare será culpable de juicio. Pero yo os digo que cualquiera que se enoje contra su hermano, será culpable de juicio; y cualquiera que diga: Necio, a su hermano, será culpable ante el concilio; y cualquiera que le diga: Fatuo, quedará expuesto al infierno de fuego."
También podemos recordar el pasaje en el que salva a la adúltera a la que pretenden lapidar, de acuerdo con "la ley".
En cualquier caso queda claro que matar es intrínsecamente malo.
En cuanto a las eximentes, las citas de Urbel son muy interesantes, y aún más interesante es utilizar la razón para comprenderlas debidamente, porque Tomás de Aquino deja bien claro: "para salvar al resto de la sociedad".
Por tanto si tenemos disponibles otras formas de salvar al resto de la sociedad, no sería lícito condenar a nadie a muerte.
Dice también x ej: "La doctrina católica de siempre establece pues que, con arreglo a la ley natural, la autoridad pública tiene derecho a infligir la pena de muerte."
Y el colmo: Estas distinciones fundamentales entre licitud de principio y oportunidad de hecho de la pena de muerte, esto segundo a juicio de la autoridad política y no de la Iglesia...
O sea, que ahora vamos a canonizar a toda "autoridad política" y a someternos ciegamente al poder político.
Nuestra razón y nuestra conciencia en el seguimiento de Jesucristo son los que tienen la última palabra. El catecismo hace bien en señalar la falta de justificación de la pena de muerte en las circunstancias normales actuales.
Que hay guerras justas y legítimas defensas, sigue sin ponerse en duda, pero será nuestra razón y nuestra conciencia y no la autoridad política la que decida lo que es justo o no lo es moralmente. Por eso debemos cambiar las leyes injustas. Y naturalmente nuestra conciencia debe formarse a la luz del magisterio de la Iglesia, que señalan la verdad de que para la salvación de la sociedad y de los inocentes no es necesaria hoy día la pena de muerte en circunstancias normales, y por tanto no está justificada.
Obediencia ciega al poder público en vez de considerar lo que dice el catecismo... vaya coherencia la de Urbel...
Para la mera defensa de la sociedad no hace falta que los agresores sean humanos, así se mata a los tigres devoradores de hombres, pero no se los ajusticia, porque no tienen la dignidad de la persona humana dotada de inteligencia y libre albedrío, y por tanto, de responsabilidad moral. Reducir las penas que se aplican en la sociedad a la mera defensa social es bestializar a los delincuentes.
Saludos cordiales.
No se trata de obediencia ciega a la autoridad política, sino de que la competencia para juzgar sobre la oportunidad (no la licitud) de la aplicación de la pena de muerte corresponde a la autoridad política, no a las eclesiásticas. Lo contrario sería hierocracia o clericalismo, en el sentido de absorción del poder político por la autoridad espiritual.
Es desde luego a la autoridad política a quien corresponde juzgar sobre la oportunidad de la aplicación de la pena de muerte, esto es, sobre si es o no necesaria o conveniente, dadas las circunstancias, para la protección de la sociedad. La Iglesia se limitó siempre a afirmar la licitud de esa pena si es que la autoridad política, a la vista de las circunstancias, la juzga oportuna. No corresponde a la jerarquía de la Iglesia anular o remplazar la competencia propia de los jefes políticos ni la de ninguna otra autoridad, sea la del padre de familia o la del gerente de una empresa, dentro de sus respectivos ámbitos. Lo contrario sería hierocracia o clericalismo ¡este segundo tan denunciado por Francisco!
En cuanto a la oportunidad de abolir hoy la pena de muerte, cuestión discutible, es curioso que se quiera justificar esa abolición haciendo valer la supuesta dulcificación de las costumbres modernas, en una época en que el aborto y el terrorismo son plagas universales. Respecto del argumento de las penas de sustitución, no se admite por todos ¿en qué o por qué la cadena perpetua sería más clemente que la pena de muerte? Sólo para los que creen que esta vida es la única, sólo para los que no creen en la vida eterna, sólo para ellos se entiende que la pena de muerte sea la peor de las penas.
El mandamiento no es "no matarás al inocente" es sencillamente y literalmente "no matarás"
Entre otras cosas porque nadie es completamente inocente y quién es inocente y respecto a qué es otro asunto a estudiar.
En definitiva el último juicio sobre la culpabilidad o la inocencia de alguien lo tiene solo Dios.
La justicia humana puede intentar dilucidar si alguien es culpable de algo, porque es necesario defender a la sociedad, no como dices porque "el restablecimiento de la justicia es el que exige que el que altera el orden mediante el crimen reciba un mal proporcional al que ha realizado". Eso huele a la ley del talión, al ojo por ojo y diente por diente, aunque sea el representante de un colectivo el que lo lleve a cabo en lugar del individuo particular.
A mí me parece que ese razonamiento lo que hace es bestializar a los que ajustician a los delincuentes.
En todo caso no es cristiano.
Pero pienso que no hay ningún relativismo al afirmar que aunque matar sea intrínsecamente malo, sin embargo excepcionalmente se puede matar, por ejemplo, en legítima defensa. Porque no se trata de que tengas derecho a quitar la vida al otro, sino de que tienes derecho a defender tu vida aunque eso acabe implicando quitar la vida al que te quiere matar.
Saludos cordiales
Se lo ha explicado muy bien Néstor, si quiere usted leerlo: matar al inocente es intrínsecamente malo.
Si matar fuera de suyo intrínsecamente malo, las penas de muerte aplicadas durante siglos habrían sido siempre pecaminosas. También las ordenadas por Dios en el Antiguo Testamento, y también las que durante siglos se aplicaron bajo la autoridad de los Papas como señores temporales en los Estados Pontificios hasta 1870.
Si son intrínsecamente malos (porque son malos por su objeto) su maldad moral es constitutiva de su misma naturaleza e identidad y por tanto es contradictorio que en alguna circunstancia la pierdan, porque entonces a la vez serían y no serían ellos mismos.
Las excepciones lícitas a los actos intrínsecamente malos son lo mismo que los círculos cuadrados y los caballos reptiles.
Por eso dice el Catecismo:
“1756 Es, por tanto, erróneo juzgar de la moralidad de los actos humanos considerando sólo la intención que los inspira o las circunstancias (ambiente, presión social, coacción o necesidad de obrar, etc.) que son su marco. Hay actos que, por sí y en sí mismos, independientemente de las circunstancias y de las intenciones , son siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto; por ejemplo, la blasfemia y el perjurio, el homicidio y el adulterio. No está permitido hacer el mal para obtener un bien.”
Si es “independientemente de las circunstancias y de las intenciones”, es que no hay excepciones posibles.
“1754 Las circunstancias, comprendidas en ellas las consecuencias, son los elementos secundarios de un acto moral. Contribuyen a agravar o a disminuir la bondad o la malicia moral de los actos humanos (por ejemplo, la cantidad de dinero robado). Pueden también atenuar o aumentar la responsabilidad del que obra (como actuar por miedo a la muerte). Las circunstancias no pueden de suyo modificar la calidad moral de los actos; no pueden hacer ni buena ni justa una acción que de suyo es mala.”
Y ese “de suyo” (el primero, el que se aplica a las circunstancias), es porque cuando las circunstancias se incorporan al objeto mismo del acto, como expliqué en el comentario anterior, ahí cambian el objeto del acto, y por tanto, el acto mismo, y entonces éste puede cambiar su calidad moral.
Saludos cordiales.
Saludos cordiales.
1. la defensa de la sociedad (evitar que el criminal lo vuelva a hacer, sobre todo en casos en que no puedes garantizar la debida custodia ó el alejamiento de la sociedad a largo plazo).
2. Justicia Retributiva (dar un castigo moral proporcional al daño causado, por ejemplo si alguien roba puede tener una multa económica que en aplicación de la justicia haga pagar al ladrón una parte del daño causado. Si hablamos de crímenes de lesa humanidad torturando y asesinando inocentes durante años, lo retributivo sería pagar con la vida por esos crímenes horrendos y terribles asesinatos, para así hacer justicia, aunque sea una justicia humana y por lo tanto imperfecta. Sería un poco la base jurídica de los juicios de Nuremberg y otros similares; se puede estar a favor ó en contra, pero la base jurídica es retributiva).
3. Justicia Disuasoria (evitar crímenes terribles por la certeza del criminal de que recibirá si los comete la máxima pena, ó sea pagar con la vida. Pones una pena muy grave para que esa amenaza evite la comisión de muchos crímenes. Es como en las guerras, se tienen ejércitos no para usarlos agresivamente sino para evitar que te ataquen, con un fin disuasorio --si vis pacem para bellum--. Si te atacan y las condiciones son las adecuadas, debes usarlos para no perder el carácter disuasorio). La pena debe ser proporicional a la gravedad del hecho, por ejemplo un traidor de lesa patria que entrega la información de los ejércitos propios al enemigo (en una agresión extranjera ó en una guerra justa), y esa traición hace que mueran cientos de miles de compatriotas y que se pierdan territorios y vidas, la pena de muerte tendría un carácter a la vez defensivo, retributivo y disuasorio. Lo mismo para un criminal asesino pederasta que se descubren sus crímenes años después. El criminal debe saber que si incurre en un crimen horrendo pagará con la máxima pena, a efectos disuasorios.
Obviamente está claro que la pena de muerte aplicada según la Doctrina Católica sería realmente excepcional (para ciertos crímenes atroces ó contra la humanidad, crímenes de altísima gravedad en caso de guerra, etc), y con absolutamente todas las garantías, con generosidad y siempre con el principio "in dubio pro reo", ante la más mínima duda razonable no aplicarla.
Muy interesante el comentario de Nestor, si la pena de muerte ha sido aceptada durante milenios por la Doctrina católica inmutable es que en sí misma no es intrínsecamente mala (el quinto mandamiento habla de no matar al "inocente", no contra ajusticiar al criminal de crímenes terribles). Pero en efecto con los avances de la actualidad, muchas penas de muerte aplicadas en siglos anteriores no tienen sentido disponiendo de los sistemas penales y carcelarios actuales, se han vuelto desproporcionadas e innecesarias, y por lo tanto pieden su justificación desde la perspectiva católica.
"El amor a la verdad y la adhesión a las tradiciones de la Iglesia"
Muy bien, lo que pasa es que dígaselo a los miles y miles de bautizados (o no) que están alejados de la fe y la Iglesia. A ver como lo hacemos, porque de eso se trata, o seguimos haciendo lo de siempre, que estamos (yo tambien, ¿eh?) muy bien en nuestra zona de confort con nuestros ritos y ceremonias.
Y dentro de las tradiciones, hay unas inamovibles y otras, no tanto, no pongo ejemplos, que esto sería eterno.
¿No hablaba hace tiempo san Juan Pablo II de una NUEVA evangelización, con NUEVOS métodos, NUEVOS lenguajes y NUEVO ardor misionero?
Y esto creo que no iba en contra de lo fundamental del Evangelio y la tradición eclesial. Ahora,si no nos queremos mover...........pues eso.
Parecería que la vieja evangelización dio mejores frutos.
Teorizar o analizar la moral de quitar la vida violentamente, o condenar a muerte, para la mayoría de nosotros es como dar lecciones al torero desde la barrera.
Pero el 5° mandamiento nos afecta muy directamente en cosas con las que nos tenemos que enfrentar a diario y de eso es más difícil hablar.
La calumnia, el insulto, quitar la fama, humillar, la murmuracion que desacredita,.... la corrección sin caridad.
De esto podremos hablar, no sólo con la doctrina sino con nuestra vida y las dificultades que tenemos que superar.
Y de esta manera nos ayudaremos a nosotros mismos y a los demás.
Porque la fe es un compromiso y nos obliga a hacer bien lo que nos corresponde, más que a decir a otros lo que deben hacer.
Pero lo de zapatero a tus zapatos... no nos va. Prefiere decir al sastre como debe coser el vestido.
Es menos comprometido.
A mi me impresionó la oración de aquel teniente que murió en combate: "Haz Señor que mi tiro sea certero, haz Señor que mi tiro sea sin odio."
Creo que él sabía muy bien lo que decía, tenía experiencia y Dios acogería su oración y a él en su seno.
Todo el que tenga alguna oportunidad que aproveche este ejemplo para defender la Fe, donde crea que ha sido ultrajada, negada, o manipulada.
Esta es una guerra entre los que han perdido parte de la Fe, y los que todavia no la han perdido.
El Papa con este sinodo, está pidiendo la expresión de los fieles sobre su Fe.
Su Ave Maria, y algunas más...
"Y ese “de suyo” (el primero, el que se aplica a las circunstancias), es porque cuando las circunstancias se incorporan al objeto mismo del acto, como expliqué en el comentario anterior, ahí cambian el objeto del acto, y por tanto, el acto mismo, y entonces éste puede cambiar su calidad moral."
Pues va a resultar entonces un problema de lenguaje, yo diría entonces: "matar es intrínsecamente malo en ciertas circunstancias que, al incorporarse al acto mismo de matar, cambian el objeto del acto y por tanto el acto mismo. Y no es intrínsecamente malo en otras circunstancias que al incorporarse al acto de matar, también cambian el acto mismo."
Y luego habrá que estudiar cuáles son esas circunstancias que cambian el acto en un sentido o el otro.
Pero de hecho el mandamiento es "No matarás" sin coletillas.
Aunque luego haya que especificar que el acto cambia, por ejemplo, cuando se da la circunstancia de que tu vida se ve amenazada por otro, en cuyo caso, sí puedes matar, aunque tengo entendido que no puedes matar si es posible salvar la vida de otra manera.
No se trata de que seas inocente en general, sino de que en ese caso particular, el culpable de esas circunstancias en las que se pone en peligro la vida es el otro y no tú.
En cuanto a lo que dice Africa sobre diferenciar si se mata en combate a un soldado o a la población civil etc, por supuesto yo estoy de acuerdo con ella en que no es lo mismo una cosa que otra. Hay que tener en cuenta "todas las circunstancias que pueden cambiar el acto mismo de matar al incorporarse al acto", en uno u otro sentido.
Por eso mismo creo que el catecismo hace muy bien en señalar que las circunstancias actuales no justifican el uso de la pena de muerte.
En eso estoy de acuerdo con la última parte del comentario de Cavanillas: "Pero en efecto con los avances de la actualidad, muchas penas de muerte aplicadas en siglos anteriores no tienen sentido disponiendo de los sistemas penales y carcelarios actuales, se han vuelto desproporcionadas e innecesarias, y por lo tanto pieden su justificación desde la perspectiva católica."
Respecto a lo que dice Urbel:
"Es desde luego a la autoridad política a quien corresponde juzgar sobre la oportunidad de la aplicación de la pena de muerte, esto es, sobre si es o no necesaria o conveniente, dadas las circunstancias, para la protección de la sociedad."
La autoridad política podrá juzgar si es o no conveniente para la protección de la sociedad, pero no tenemos por qué someternos a ese juicio, sino que podemos y debemos oponernos si nuestra conciencia juzga que no es moral aplicarla en estas circunstancias y que se puede proteger a la sociedad de otras maneras. Nuestra conciencia, que por supuesto ha sido formada en el catolicismo, porque somos católicos, no porque seamos clericales. De modo que el catecismo tiene bastante más peso que la opinión de Trump o de Pedrito Sánchez.
Y no se trata de que esta sociedad esté "dulcificada", cosa que no pienso, sino que esta sociedad tiene otros medios y las circunstancias "cambian el acto mismo" de condenar a la pena capital.
Respecto a la pena de muerte, desde luego yo no creo que sea peor que la cadena perpetua, pero no se trata de lo que yo opine sobre si merece la pena o no vivir con semejante "calidad de vida", sino de que mientras hay vida hay posibilidad de redimirse y el único dueño de la vida es Dios.
En cuanto al diálogo de Urbel y Roberto, Roberto tiene razón, San Juan Pablo II tiene razón.
Ya dijo Jesucristo que el vino nuevo en odres nuevos y que había que sacar del arcón lo viejo y lo nuevo.
"Por eso, repito también: lo que es intrínsecamente malo es matar al inocente."
Parece que lleva implícito que no al culpable.
¿Y quien tiene poder para decidir quién es culpable?
¿Y quién tiene poder para condenar a muerte al culpable?
Mejor y más acerado es hablar de lo que se vive, de las dificultades que se experimentan y la forma de superarlas.
Salvo los miembros de la Iglesia cuya misión es oír al pecador y perdonar los pecados.
Y cumpliendo realmente con este deber, no sólo no son culpables de la muerte, sino que se ajustan perfectamente a la Ley divina, que prohibe el homicidio. Porque teniendo este Mandamiento por fin mirar por la vida y la conservación de los hombres, tienden igualmente a esto mismo las penas impuestas por los jueces, que son los vengadores legítimos de los crímenes, para que, reprimiéndose con los castigos la audacia y la maldad, esté segura la vida humana.
Y así dijo David: Por la mañana exterminaba a todos los criminales del país, para extirpar de la ciudad del Señor a todos los que obraban mal."
Catecismo Romano, de Trento o de San Pío V, p. III, c. 6, de quinto praecepto.
Claro está que el siglo XVI es muy antiguo, aunque no tanto como Inocencio III y 1208. Y más antiguo todavía el rey David.
La cuestión es cómo modifiquen las circunstancias actuales el acto de condenar a muerte y si debemos oponernos a las leyes injustas o no.
Lo de David muy interesante, pero desde luego es más antiguo que el nuevo testamento, en el que se ve con absoluta claridad que Jesucristo dice:
"Se os ha dicho...pero yo os digo..."
¿Somos cristianos o no somos cristianos = seguidores de Cristo? That is the question.
La pena de muerte jamás ha formado parte de la Doctrina (católica, se sobreentiende).
Y quién afirme lo contrario miente.
¡Ave María, padre!
Habrá que tener en cuenta que no en todas partes se dan las mismas circunstancias que dejan sin justificación la pena de muerte.
En donde se den, no se puede justificar, sencillamente.
Pero estas razones son inconsistentes. Porque en la ley que dice: ―No matarás, se añade poco después: ―El reo de bestialidad será muerto. Con lo cual se da a entender que la muerte injusta está prohibida. –Cosa que se deduce también de las palabras del Señor, porque al decir: ―Habéis oído que se dijo a los antiguos: ―No matarás, añadió: ―Pero yo os digo que quien se irrita contra su hermano, etc. Y esto demuestra que la muerte que procede de la ira está prohibida pero no la que obedece al celo por la justicia.
Y lo que dice también el Señor: ―Dejad que ambos crezcan hasta la siega, se ve cómo ha de entenderse por las sigue palabras: ―No sea que, al querer arrancar la cizaña, arranquen con ella el trigo. Por consiguiente se prohíbe la muerte de los malos allí donde no puede hacerse sin peligro de los buenos; cosa que acontece ordinariamente cuando todavía no se han distinguido los malos de los buenos por pecados manifiestos o cuando se teme el peligro de que los malos arrastren tras de sí a muchos buenos.
Y el que los malos puedan enmendarse mientras viven no es obstáculo para que se les pueda dar muerte justamente, porque el peligro que amenaza con su vida es mayor y más cierto que el bien que se espera de su enmienda. Además, los malos tienen en el momento mismo de la muerte poder para convertirse a Dios por la penitencia. Y si están obstinados en tal grado que ni aun entonces se aparta su corazón de la maldad, puede juzgarse con bastante probabilidad que nunca se corregirían de ella.”
(Suma contra los gentiles, capítulo CXLVI, Es lícito a los jueces imponer penas)
Pero estamos diciendo que las circunstancias normales en la actualidad no son esas: su vida no amenaza un peligro mayor, porque están en la cárcel.
De modo que no tiene aplicación ese criterio hoy día.
No miente el Antiguo Testamento en innumerables lugares, ni miente San Pablo, ni miente San Agustín, ni miente Santo Tomás de Aquino, ni miente Inocencio III, ni miente León X, ni miente el Catecismo de Trento, ni miente León XIII, ni miente el Catecismo de San Pío X, ni miente Pío XII. La unanimidad de la Escritura y la Tradición, atestiguadas por los papas citados, es innegable.
Lo que no pertenece a la doctrina católica es la oportunidad de aplicar la pena de muerte, siempre lícita, en las circunstancias variables de la vida en comunidad política a través de los siglos.
Este juicio de oportunidad pertenece a la autoridad competente, que es la civil o política, no la autoridad eclesiástica.
De acuerdo con que todos, eclesiásticos o seglares, podemos concordar o discrepar, con arreglo a la razón, de la decisión de la autoridad política en esta materia.
Pero sin negar la licitud de principio de la pena de muerte, que pertenece a la doctrina católica, ni pretender someter esa decisión de oportunidad a la autoridad religiosa.
Este sería un comentario a favor de la pena de muerte de Pio XII, según palabras del prestigioso historiador de la historia de la Iglesia, Roberto de Matei:
"... Pío XII explica que cuando el Estado recurre a la pena de muerte no pretende erigirse en dueño y señor de la vida humana, sino que simplemente reconoce que el propio criminal, por una especie de suicidio moral, se ha privado a sí mismo del derecho a vivir. Según el Santo Padre, « Aun en el caso de que se trate de la ejecución de un condenado a muerte, el Estado no dispone del derecho del individuo a la vida. Entonces está reservado al poder público privar al condenado del «bien» de la vida, en expiación de su falta, después de que, por su crimen, él mismo se ha desposeído de su «derecho» a la vida» (Discurso de Pio XII del 14 de septiembre de 1952)."
Hay una historia muy bonita de un muchacho de raza negra que fue condenado a muerte por asesinato en Estados Unidos en los años 50 del pasado siglo. Se le permitió tener cerca a un confesor católico, un sacerdote irlandés que después contó su historia... el muchacho, de infancia muy difícil, se convirtió fervorosamente al catolicismo y no temía a la muerte. Llegó al punto de renunciar a seguir pidiéndo súplicas para retrasar su ejecución, debido a que pensaba que su condena a muerte le serviría de expiación por sus crímentes, sentencia que consideraba justa. Me impresionó este testimonio cuando lo leí. Es un tema muy personal valorar cosas así, pero sin duda hay un valor EXPIATORIO en cierto tipo de condenas a muerte, cuando el arrepentimiento y la conversión son sinceros y los crímenes cometidos horribles y muy ofensivos a Dios (como es matar a un inocente, ó a muchos!!).
Lo que le importa ante todo es que "este juicio de oportunidad pertenece a la autoridad competente, que es la civil o política, no la autoridad eclesiástica."
Así que adelante, que no ya Biden o Trump, sino los mismísimos Hitler y Stalin ejercían su autoridad competente cuando condenaban a muerte a alguien, pues no debe tratarse al parecer de una cuestión moral.
Que yo sepa sí se trata de una cuestión moral y es el magisterio de la Iglesia el que hoy como ayer nos ayuda a formarnos la conciencia sobre este asunto moral. Y la autoridad civil o política no tiene más autoridad que la que le queramos otorgar los ciudadanos que tenemos derecho a oponernos a las leyes que nos parezcan injustas y a cambiar a los gobernantes por otros que actúen según nuestra conciencia nos dicte,
Y nuestra conciencia católica está iluminada por la razón y por el magisterio de la Iglesia, hoy como ayer, en cuestiones de fe y de moral, de modo que lo que tenga que decir sobre las circunstancias de hoy el magisterio de hoy, sobre si las circunstancias cambian o no cambian la calificación moral tiene bastante más peso que lo que diga Perico el de los Palotes, sea una autoridad civil o sea un defensor de la obediencia ciega a la autoridad civil, lo mismo da.
«En el siglo XX, S.S. Pío XII proporcionó una defensa doctrinal de la pena de muerte. Dirigiéndose a juristas católicos, les explicó lo que enseña la Iglesia sobre la autoridad del Estado para castigar delitos, incluso con la pena capital.
»La Iglesia sostiene que hay dos motivos para aplicar el castigo, uno medicinal y otro retributivo. El objeto del medicinal es evitar que el delincuente reincida en su delito y proteger a la sociedad de su comportamiento delictivo. El retributivo tiene por objeto expiar el mal cometido por el malhechor. De ese modo, se hace una reparación para aplacar a un Dios ofendido, y se expía la alteración causada por el delincuente.
»Igual importancia tiene la insistencia del Papa de que la pena de muerte es moralmente defendible en todos los tiempos y culturas de la humanidad. ¿Por qué? Porque la enseñanza de la Iglesia sobre el poder coactivo de la autoridad humana legítima tiene sus fuentes en la Revelación y en la doctrina tradicional. Es pues, erróneo, afirmar que esas fuentes sólo contienen ideas condicionadas por sus circunstancias históricas. Al contrario, poseen validez general y vinculante» (Acta Apostolicae Sedis, 1955, pp. 81-2).
(San Agustín, De Ordine, II-IV, 12).
No es sólo que la pena de muerte existiera y se aplicase en los Estados Pontificios, tanto como en los demás estados cristianos, bajo la autoridad de los Papas como señores temporales, hasta la pérdida de aquellos en 1870 ¡y entonces ya había cárceles!
Es que todavía, aun reducidos los Estados Pontificios a la Ciudad del Vaticano, se conservó en los Pactos de Letrán de 1929 entre Pío XI y Mussolini, aunque cierto que reservada para el crimen de atentado contra la vida del Papa ¡y entonces ya había cárceles! Fue abolida por Pablo VI en 1969. Hasta 1969 ¿pecaron todos los Papas contra el quinto mandamiento? ¿No hubo hasta 1969 cárceles donde encerrar a los criminales en lugar de ajusticiarlos?
No me atrevo a citar aquí a teólogos lefebvristas (vade retro, Satana!), para no suscitar las iras de algunos, pero sí citaré a un autor del Opus Dei (¿suficientemente en regla?):
"El Magisterio pontificio fue respaldado, a lo largo de cuatro siglos, por santos como Tomás Moro, doctores de la Iglesia como San Roberto Belarmino y San Alfonso María de Ligorio, teólogos como Francisco de Vitoria, Francisco Suárez (el Doctor Eximio) y John Henry Newman. Este último escribió una carta en la que afirmaba que la Iglesia debía aplicar la pena capital del modo en que Josué, Moisés y Samuel lo hicieron: en caso de delitos abominables".
Silvano Borruso, "Pena de muerte", ed. Criterio Libros, Madrid, 2002, p. 49).
Y respecto de la posición del cardenal Newman, les aseguro que en la Inglaterra victoriana había ya muchas prisiones y una abundante población reclusa.
Pena de muerte. Moralidad.
Entre el código de Hammurabi y lo que dice Cristo...
Ave María, padre.
En cuanto a lo de San Agustín sobre un verdugo "salvaje y despiadado", no veo por qué el verdugo va a ser necesariamente malo, salvaje y despiadado. Como dije anteriormente:
"Por supuesto que un juez no es culpable ante la ley cuando aplica la ley, ni un verdugo cuando ejecuta una sentencia. Ante Dios tampoco serán culpables si las circunstancias en ese caso habían modificado el acto de matar modificando su calidad moral. O si su ignorancia era invencible."
Pero en general, todo lo que se cita del pasado responde a esas circunstancias que no son las de ahora y por tanto modifican el acto de la pena de muerte dándole una calificación moral distinta.
En cuanto a los ejemplos que pone Cabanillas de personas que se convirtieron y arrepintieron en sus últimos momentos no cabe duda de que está muy bien q eso pueda suceder, pero mejor aún está darles la oportunidad de arrepentirse y convertirse a los que aún no lo han hecho en vez de darles muerte. Y si se trata de expiar sus pecados, con una condena perpetua tienen aún mejores oportunidades de seguir expiando.
Pero el meollo del asunto es que, según Urbel, son Trump, Musolini, Hitler, Stalin, los que tienen la autoridad para decidir si las circunstancias convierten en moral o inmoral la pena de muerte. ¿Los políticos nos deben orientar en esta cuestión moral, el magisterio de la Iglesia está de más, aunque por lo visto no lo estaba antes? No le veo mucha coherencia, la verdad.
No, el meollo del asunto es la licitud moral de la pena de muerte, afirmada como principio por la Escritura y la Tradición y atestiguada por el magisterio ininterrumpido de siglos, lo cual se ha probado. Matar al inocente es intrínsecamente malo, pero matar al culpable no lo es.
Nunca he afirmado que todo y cualquier caso singular de aplicación de la pena de muerte, entre los miles o millones a lo largo de los siglos, haya sido siempre lícito. Ayer como hoy siempre existieron errores, abusos y hasta crímenes, por razones extrínsecas a la licitud como principio de la pena de muerte.
Lo que he afirmado y probado, con el apoyo de numerosas citas de la Escritura y la Tradición y de los papas que lo atestiguan con autoridad magisterial, es la licitud moral de la pena de muerte en la doctrina católica. También son lícitas las penas de privación de libertad, como principio, aunque en su aplicación se cometan errores, abusos o hasta crímenes, por razones extrínsecas a su licitud.
Lo mismo respecto de la competencia para apreciar la oportunidad de la pena de muerte y determinar su aplicación u abolición. Corresponde como principio al poder temporal, no al poder espiritual. Por supuesto que el poder temporal puede incurrir en errores, abusos y hasta crímenes, y que tanto clérigos como seglares podemos concordar o disentir de las autoridades políticas, y denunciar sus errores, abusos o hasta crímenes. Pero ello no desposee al poder político de una competencia que le es propia.
A la prueba abundante de la Escritura y la Tradición, atestiguada por citas ininterrumpidas de papas y catecismos hasta Pío XII inclusive, responde usted siempre que las circunstancias han cambiado y que no vale ya lo afirmado por David, San Pablo, San Agustín, Santo Tomás, Inocencio III, León X, San Pío V, León XIII, San Pío X, Pío XII etcétera.
Me recuerda algo .... ah, ya caigo: la libertad religiosa.
En fin, mejor no provocarle más. Paz y bien.
También hay un magisterio personal del Papa Juan Pablo II y del Papa Francisco, muy respetable y en el que específicamente mencionan un cambio en las circunstancias penitenciarias y judiciales del mundo desarrollado, por lo tanto no es una refutación de la pena de muerte en sí misma desde la moral católica, que permanece inalterada. Lo que antes no era intrínsecamente malo, sigue sin serlo.
Los últimos Papas se refieren en concreto al aspecto medicinal de la pena de muerte. Así, con los medios penitenciarios y judiciales de hoy en día en la mayoría de los países actuales, no sería necesaria la pena de muerte en cuanto a su carácter medicinal de defensa de la sociedad. Obviamente se menciona explícitamente un cambio en las circunstancias de los tiempos, por lo que es un Magisterio adaptado a unas circunstancias concretas y por lo tanto es cambiable si a su vez vuelven a cambiar esas circunstancias ó si el Masgisterio personal de un Papa posterior estima conveniente revisarlo.
En cuanto al cambio del Catecismo, sería ridículo pensar que un Papa futuro no lo pueda volver a cambiar CON LA MISMA AUTORIDAD que el Papa actual (quizás sobre nuevas circunstancias y cambios políticos y sociales, ó simplemente por una decisión personal), sobre todo teniendo en cuenta que el Magisterio personal de Papas anteriores recientes (Pio XII, León XIII, etc) y la Doctrina milenaria de la Iglesia aceptan la pena de muerte como legítima en concretas y extraordinarias circunstancias, con todas las garantías legales y con la máxima misericordia, evitando una actitud justiciera ó vengativa.
La Doctrina Católica no puede cambiar, es imposible. No "progresa" con los tiempos, como hacen los masones con su pseudo ética. La pena de muerte es Doctrina Católica, aunque la pastoral de un momento concreto pueda adaptarse a los tiempos en pro de una mejor justicia humana y de una mayor misericordia, buscando el bien de las almas y la obediencia a Dios, sin menoscabo de la necesaria justicia aplicada por las Autoridades competentes.
¿En qué parte del Evangelio especifica Cristo que la pena de muerte es lícita?
Todo la Predicación de Cristo es comtraria a la pena de muerte.
La Doctrina jamás puede estar en contra de La Palabra de Cristo.
Es la Moral la que en determinadas ciscunstancias (legìítima defensa) que ya han sido explicadas ha permitido la pena de muerte.
¡Ave María, padre!
"Pero el meollo del asunto es que, según Urbel, son Trump, Musolini, Hitler, Stalin, los que tienen la autoridad para decidir si las circunstancias convierten en moral o inmoral la pena de muerte. ¿Los políticos nos deben orientar en esta cuestión moral, el magisterio de la Iglesia está de más, aunque por lo visto no lo estaba antes? No le veo mucha coherencia, la verdad."
Porque yo no he discutido el magisterio de la Iglesia en ningún momento de la historia, lo que discuto es que la pena de muerte sea siempre lícita y sobre todo que sea el poder político el que tiene la potestad de declarar su moralidad a conveniencia, según le parezca oportuna o no.
Su monólogo puede que sea de besugo, eso no lo sé, pero desde luego al menos con Cabanillas sí tengo muchos puntos en común, pues no tengo nada que objetar a la mayor parte de lo que dice.
Como él indica no hay un cambio en la doctrina de la Iglesia cuando se dice que en las circunstancias actuales la pena de muerte no tiene justificación.
Dice: "...hay un magisterio personal del Papa Juan Pablo II y del Papa Francisco, muy respetable y en el que específicamente mencionan un cambio en las circunstancias penitenciarias y judiciales del mundo desarrollado, por lo tanto no es una refutación de la pena de muerte en sí misma desde la moral católica, que permanece inalterada. "
Eso es exactamente lo que sostengo yo, que no hay un cambio en la doctrina de la Iglesia y que es cierto lo que dice el magisterio de que en las circunstancias actuales normalmente la pena de muerte no tiene justificación.
Y es que las circunstancias por formar parte del acto modifican su calificación moral.
Es con Urbel con el que disiento en varios puntos, ante todo en que sea el poder temporal el que tenga que decir cuándo es moral o inmoral la pena de muerte.
Ningún gobernante ni ningún político son los que nos van a iluminar sobre la licitud o ilicitud moral de la pena de muerte en unas circunstancias determinadas.
Los enterados, sea políticos o sociólogos o psicólogos o letrados o lo que sea podrán aportarnos datos, pero es nuestra conciencia, formada por el magisterio católico, la que tiene que dilucidar si es moral o inmoral. Los católicos escuchamos a la Iglesia, no a Pablo Iglesias.
Y ya que insiste en el tema de la libertad religiosa, por supuesto que la Iglesia no ha cambiado de doctrina en ese punto. Se da cuenta cualquier persona que lea con atención lo que dice el concilio Vaticano II. Pero eso ya lo hemos discutido en un post anterior y ahí están los textos que demuestran que Urbel no tiene razón.
Paz y Bien.
En el Nuevo Testamento "no solamente no hay condena explícita alguna de la pena capital, sino que ni siquiera Jesús le niega a Pilatos el derecho de condenarle a muerte, afirmando claramente que su autoridad le venía de arriba. La conducta de Jesús podría ser tachada de ambivalente: de un lado reprende a sus discípulos (que quieren atraer el fuego del cielo sobre los samaritanos que no querían hospedarles), le dice a Pedro que ponga su espada en la vaina, perdona a la adúltera; pero por otro lado aprueba la pena de muerte para los que maldicen a sus padres (Mt 15, 4 y Mc 7, 10 refiriéndose a Ex 21, 17 y Lev 20,9)."
Silvano Borruso, "Pena de muerte", Ed. Criterio Libros, Madrid, 2002, p. 44.
"Cuando venga, pues, el amo de la viña, ¿qué hará con estos viñadores? Le respondieron: Hará perecer de mala muerte a los malvados y arrendará la viña a otros viñadores que le entreguen los frutos a su tiempo" (Mt 21,40-41).
"El rey, montando en cólera, envió sus ejércitos, hizo matar a aquellos asesinos y dio su ciudad a las llamas" (Mt 22, 7).
Aunque lleva usted razón: la doctrina católica sobre la licitud moral de la pena de muerte no ha cambiado, porque sigue siendo la de siempre y no la de Francisco.
Y no es tan difícil de comprender: el poder espiritual tiene autoridad para juzgar sobre la licitud moral de la pena de muerte, que siempre ha afirmado como principio; y el poder temporal tiene autoridad para decidir sobre la oportunidad (no la licitud moral) de su aplicación.
A la paz de Dios.
Pero lo de la conducta "supuestamente" ambivalente de Cristo ante Pilatos le identifica claramente como herético, lo que todos los católicos sabemos:
Cristo es Dios y jamás en su comportamiento, Predicación o actitudes es ambivalente:
Para los católicos normales:
Cristo da la oportunidad a Pilatos de convertirse, de conocer y aceptar La Verdad, y varias veces. Pero Pilatos está fijo en no contrariar al emperador Tiberio, al que le tenía pánico. Es por ello que ante la pregunta de Pilatos ¿Qué es la Verdad? Cristo conoce que Pilatos ya ha cerrado su corazón a Dios. Y a partir de ahí, Cristo no le vuelve a dirigir Palabra. Exactamente como hace con Herodes desde el principio de la entrevista, aunque con éste como estragado y con Pilatos por tibio.
Por último y por no desviar más el tema del post: El último comentario de Fernando Cavanillas merece ser leído despacio, reflexionado y meditado porque es exactamente la explicación de por qué la pena de muerte entra en el ámbito moral de la Iglesia y jamás en el doctrinal.
Volviendo al tema del post: ¿Consultar a los fieles? Ya vé usted padre, varias personas, múltiples opiniones. No hay más que decir, excepto que la Iglesia es muy sabia; como le corresponde por Maestra.
¡Ave María, padre!
Dice el cismático catecismo de San Pío X: " Las partes principales y más necesarias de la doctrina cristiana son cuatro: Credo, Padrenuestro, Mandamientos y Sacramentos".
Qué debemos creer, cómo debemos rezar, cómo debemos vivir y qué sacramentos debemos recibir para alcanzar la salvación.
La doctrina sobre los Mandamientos, que es la doctrina moral, forma parte de la doctrina católica. Y la cuestión de la licitud moral de la pena de muerte nos remite al quinto mandamiento de la ley de Dios y su explicación por la Escritura y la Tradición.
O sea que su estulticia para comprender la palabra de Dios la quiere convertir en supuesta ambivalencia de Jesucristo.
El AT hay que leerlo a la luz del nuevo y bajo el magisterio de la Iglesia.
Jesús es muy claro. Cuando le preguntan qué mandamientos hay que cumplir no se refiere a las numerosas leyes judías sino a los mandamientos de la ley de Dios. Y el mandamiento dice No matarás.
Que el magisterio, comentándolo con más detalle, especifique que hay circunstancias que pueden modificar la calificación moral del acto, es normal en el catolicismo - para eso envió al Espíritu Santo para llevarnos hasta la verdad completa.
Lo que no es normal es que diga Urbel que es el poder político el que tiene que ilustrarnos sobre la licitud o ilicitud moral de la pena de muerte en unas circunstancias concretas.
Y no ha sido capaz de contestar a la pregunta planteada por mí dos veces: "...según Urbel, son Trump, Musolini, Hitler, Stalin, los que tienen la autoridad para decidir si las circunstancias convierten en moral o inmoral la pena de muerte. ¿Los políticos nos deben orientar en esta cuestión moral, el magisterio de la Iglesia está de más, aunque por lo visto no lo estaba antes? No le veo mucha coherencia"
En realidad es Urbel el que considera "mortadela moral" la doctrina moral de la Iglesia que él no quiere considerar doctrina moral de la Iglesia.
Los demás comentaristas consideramos que es la Iglesia la que puede ilustrarnos sobre qué circunstancias, al formar parte del acto, modifican el acto de "no matar" cambiando su calificación moral.
Es Urbel el que dice que en vez de escuchar a la Iglesia escuchemos a Pablo Iglesias o a Pedro Sánchez o a Trump...al que maneje la sartén por el mango.
Absurdo.
Pero como él mismo ha reconocido que lo suyo puede ser un monólogo de besugo sordo, más vale dejarlo aquí.
Que Dios le ilumine. Paz y Bien.
En cuanto a los ejemplos del Evangelio, Jesús deja muy claro que es Dios quien pone ante nosotros la muerte o la vida y de qué muerte se trata. Parece mentira que no sepa Urbel lo que es una parábola ni sea capaz de comprenderla (10,28)
"...según Urbel, son Trump, Musolini, Hitler, Stalin, los que tienen la autoridad para decidir si las circunstancias convierten en moral o inmoral la pena de muerte. ¿Los políticos nos deben orientar en esta cuestión moral, el magisterio de la Iglesia está de más, aunque por lo visto no lo estaba antes? No le veo mucha coherencia".
He respondido varias veces a esta pregunta.
El poder temporal es competente para determinar la oportunidad (no la licitud moral) de aplicar en general o por principio la pena de muerte o en qué casos. No es competente para determinar la licitud moral de la pena de muerte en general o por principio ni en qué casos. El poder espiritual es competente para enseñar la licitud moral de la pena de muerte en general o por principio, que ha afirmado siempre.
También he contestado varias veces que en esa competencia el poder temporal puede incurrir en errores, abusos y hasta crímenes, como en todo (también en la aplicación de penas privativas de libertad, no sólo en la aplicación de la pena capital). La Iglesia podrá denunciarlos, lo hizo desde muy antiguo, como San Ambrosio contra el emperador Teodosio. Y los católicos juzgar sobre ello, con la orientación de la jerarquía. Pero nada de ello desposee al poder temporal de la competencia que le es propia.
No veo la pertinencia de mezclar a Trump con Stalin, ni a Pablo Iglesias (Turrión) con Hitler. Mucho mejor discutir las cuestiones en sus principios y no abrirlas a inagotables casos singulares: que si Trump o Biden (ningún cambio en cuanto a la aplicación de la pena de muerte en los Estados Unidos), que si Stalin o Mao, que si Pablo Iglesias (Turrión) o su tocayo Casado (concordes en la inaplicación en España de la pena de muerte).
Es que no es “matar”. “Matar” es genérico, como “animal”, que todavía hay que ver si es racional o irracional para ver si es humano o no lo es.
Lo que importa es lo específico: “animal racional”, “animal irracional”, “matar al injusto agresor”, “matar al reo justamente condenado a muerte”, “matar al inocente”.
Recién ahí, en el caso de las acciones, tenemos un objeto capaz de especificar y definir un acto humano, bueno o malo, lícito o ilícito.
“Matar” ni es intrínsecamente malo ni deja de serlo, porque no es todavía un acto humano concreto y definido.
No se puede simplemente matar, hay que matar algo, y hay que ver qué es ese algo.
Porque con ese mismo argumento, ni vegetariano se podría ser, porque hasta para eso hay que matar a los vegetales, que son seres vivos.
Por eso el Antiguo Testamento no se condena a sí mismo cuando dice "No matarás", porque está hablando de matar al inocente.
El texto en su contexto.
Saludos cordiales.
Silvano Borruso, "Pena de muerte", Ed. Criterio Libros, Madrid, 2002, p. 44.
La frase que ha provocado tamaño escándalo no es mía, sino del autor citado, por cierto numerario del Opus Dei, lo cual, si bien no le otorga ninguna autoridad particular ni le pone al abrigo de errores, merece ser mencionado (¡no es un cismático!).
Viene después de sentar que en los Evangelios no hay condena explícita alguna de la pena capital. Cierto que tampoco aprobación explícita alguna de la pena capital. Por ello, a falta de doctrina explícita, acude a palabras o gestos de nuestro Señor Jesucristo que implícitamente puedan interpretarse a favor o en contra, y en ese sentido reconoce que son ambivalentes, es decir, que de suyo no permiten concluir. Por eso la doctrina católica sobre la licitud moral de la pena de muerte se apoya en otros lugares de la Escritura y la Tradición.
La frase de Borruso no es formalmente herética, a falta de admonición de la autoridad y pertinacia. Tampoco materialmente herética, ya que no se opone a ninguna verdad definida como de fe católica, ni siquiera heretizante. Puede ser más o menos acertada o matizable, yo creo que básicamente acertada y por eso la cité. Pero, en todo caso, es primero del autor y no mía. Creo que Borruso todavía vive, por si quieren ustedes insultarle.
(Santo Tomás de Aquino, Suma contra los gentiles, capítulo CXLVI, Es lícito a los jueces imponer penas)
Puede usted escribir en negrilla cuantas veces quiera "No matarás". Pero como enseña Santo Tomás, y como ha entendido siempre la Tradición, esas palabras de la Escritura prohiben matar al inocente.
Totalmente de acuerdo en que "matar" es genérico y hay que verlo en su contexto.
Pero el mandamiento es "no matar", sin añadidos que cambien su formulación. Y las características que forman parte del acto mismo y modifican su calificación moral son muchas. Usted mismo indica, varias, no esa única con la que no se pueden abarcar todas ellas y que sigue siendo genérica. Porque para empezar habría que especificar "inocente" respecto a qué, pues inocente de toda culpa no hay nadie y no por eso se puede matar a cualquiera. De modo que el magisterio tiene que seguir contextualizando y dilucidando cuáles son las características que modifican la calificación moral del acto de matar.
Así que básicamente estoy de acuerdo con lo que usted dice en su comentario.
Saludos cordiales
La doctrina moral de la Iglesia afirma la licitud moral de los impuestos y demás tributos. Corresponde al poder temporal decidir sobre la oportunidad de los diferentes tributos, determinando hechos, bases y tipos imponibles y demás conceptos tributarios.
En uso de esa competencia el poder político puede incurrir en errores, abusos (de hecho hay actualmente tributos confiscatorios) y hasta crímenes (los reyes anglicanos se sirvieron de penas fiscales para imponer la nueva religión y erradicar la misa católica). La Iglesia podrá denunciar esos errores, abusos o crímenes, y orientar a los fieles al respecto, y éstos juzgarlos a la luz de la fe y de la razón. Pero nada de esto desposee al poder político de una competencia que le es propia, la de decidir sobre la oportunidad de los tributos. No es a la Iglesia a quien corresponde aprobar o suprimir tributos ni fijar o modificar su régimen.
El orden de las cuestiones es el mismo para la pena capital, y las respuestas equivalentes.
Según usted el poder espiritual solo tiene la capacidad de decir que es lícito moramente que el poder temporal aplique la pena de muerte cuándo y cómo le dé la gana, y lo mismo da la clase de gentuza que sea el dirigente de turno.
Y no, no tiene usted razón: el poder espiritual puede decir que es lícito moralmente que el poder temporal aplique la pena de muerte dándose determinadas circunstancias y que no es lícito moralmente que el poder temporal aplique la pena de muerte en tales otras circunstancias hablando genéricamente.
Y nosotros, según nuestra conciencia católica y de acuerdo con el magisterio de la Iglesia, aceptaremos o nos opondremos al poder temporal, respecto a la aplicación o no aplicación concreta de la pena capital, según consideremos que es moral o inmoral.
En cuanto a si roza la herejía o no considerar ambivalente a Jesucristo, naturalmente tendría que definirlo la autoridad del magisterio y tendrían que manifestar ustedes pertinacia para ser considerados herejes.
Pero aunque simplemente quiera decir que usted se ha formado un concepto tan borroso sobre lo que dice Jesucristo como Barroso, la cuestión es que el problema lo tienen ustedes y sus entendederas y no la supuesta ambigüedad de Jesucristo.
No he insultado a nadie: usted tiene a veces la piel muy fina y otras lo que tiene muy fina es su ironía insultante, cuando intenta descalificar a según qué bloggers y comentaristas.
Paz y Bien.
¿Y entonces? ¿Significa algo el mandamiento o no significa nada? Y si significa algo ¿qué significa? ¿Que no se puede ser ni siquiera vegetariano?
Una cosa es que no esté explicitado el añadido "al inocente", y otra que no esté ni siquiera implícito, que sin duda lo está, porque como bien se ha dicho, Jesús mismo reconoce que el poder que tiene Pilato para aplicar la pena de muerte le viene de Dios.
Porque si ese añadido no estuviese ni siquiera implícito, entonces sí, ni vegetariano se podría ser y habría que alimentarse de aire, luz, agua y minerales.
Y en eso coincide con Nuestro Señor, San Pablo, en Romanos, 13, 1 - 5:
"13 Todos deben someterse a las autoridades públicas, pues no hay autoridad que Dios no haya dispuesto, así que las que existen fueron establecidas por él. 2 Por lo tanto, todo el que se opone a la autoridad se rebela contra lo que Dios ha instituido. Los que así proceden recibirán castigo. 3 Porque los gobernantes no están para infundir terror a los que hacen lo bueno, sino a los que hacen lo malo. ¿Quieres librarte del miedo a la autoridad? Haz lo bueno, y tendrás su aprobación, 4 pues está al servicio de Dios para tu bien. Pero, si haces lo malo, entonces debes tener miedo. No en vano lleva la espada, pues está al servicio de Dios para impartir justicia y castigar al malhechor. 5 Así que es necesario someterse a las autoridades no solo para evitar el castigo, sino también por razones de conciencia."
Aquí no se trata de si la autoridad pública es buena o mala, sino de si es legítima o no lo es, en caso afirmativo tiene recibido de Dios el poder de castigar a los delincuentes, y se la debe obedecer, obviamente, en todo aquello que no vaya contra los diez mandamientos.
Es claro que el que confecciona la ley civil en la que figuran los delitos pasibles de tal o cual pena es el poder civil, que debe hacerlo, obviamente, de acuerdo con la ley natural. Lo que la Iglesia dice es que el poder civil tiene la potestad de hacerlo y dentro de qué coordenadas, por así decir, debe hacerlo.
Además, no hace falta que el Señor diga explícitamente en los Evangelios que la pena de muerte es lícita moralmente. Hay muchas cosas de la Revelación divina que Jesucristo no dice explícitamente y que sin embargo se conocen por el resto de la Escritura, y por la Tradición y el Magisterio de la Iglesia Católica.
En cuanto a qué quiere decir "inocente", sin duda, todo término tiene un significado, que normalmente se saca por el contexto, en este caso, el contexto de toda la Escritura y de todo el Magisterio de la Iglesia.
Por otra parte, es un chiste (malo) pretender que para un católico la enseñanza milenaria de la Iglesia en materia moral, que siempre declaró lícita moralmente la pena de muerte, puede ir en contra de lo que reveló Jesucristo Nuestro Señor.
Saludos cordiales.
Nadie ha dicho q la Iglesia se ponga a legislar, sino q es el magisterio de la Iglesia el q dice lo q es moral o no lo es.
Los católicos tenemos el deber de formar nuestras conciencias utilizando la razón y conociendo las enseñanzas del magisterio.
Y el poder temporal, afortunadamente dividido y limitado, no tiene ningún poder sobre nuestras conciencias. De modo q tengo todo el derecho y el deber moral de intentar cambiar leyes injustas y gobernantes injustos.
Solo indicar, q ese chiste malo no sé quién lo ha contado, porque yo me he hartado de decir q estoy de acuerdo con el magisterio de la Iglesia a lo largo de toda la historia, y q es el magisterio el q dilucida las circunstancias q cambian el acto modificando su valoración moral. Q es otra forma de decir q es el magisterio el q contextualiza lo q es ser "inocente" ya q lo quiere expresar con esa palabra.
Lo siento, no tengo más tiempo.
Despedida cordial
Lleva hasta afirmar que lo no enseñado expresamente por nuestro Señor Jesucristo no pertenece a la doctrina católica. Como si toda la Escritura (no sólo los Evangelios) y la Tradición no fueran fuentes de la Revelación.
Es una falacia invocada con mucha frecuencia por los defensores de la sodomía ¡no hay nada contra ella en los Evangelios! Cierto, pero hay mucho contra ella en el Antiguo Testamento, en las epístolas de San Pablo, en la Tradición, todo en el sentido unánime de la condena católica del pecado contra natura, transmitida de modo ininterrumpido a lo largo de los siglos.
Decir que la Palabra de Cristo es ambivalente ¿Qué es?
¡Ave María, padre!
Silvano Borruso, "Pena de muerte", Ed. Criterio Libros, Madrid, 2002, p. 44.
La frase que ha provocado tamaño escándalo viene después de sentar que en los Evangelios no hay condena explícita alguna de la pena capital. Cierto que tampoco aprobación explícita alguna de la pena capital. Por ello, a falta de doctrina explícita, acude a palabras o gestos de nuestro Señor Jesucristo que implícitamente puedan interpretarse a favor o en contra, y en ese sentido reconoce que son ambivalentes, es decir, que de suyo no permiten concluir a favor ni en contra.
Por eso la doctrina católica sobre la licitud moral de la pena de muerte se apoya en otros lugares de la Escritura y la Tradición. Como ha explicado muy bien Néstor:
"No hace falta que el Señor diga explícitamente en los Evangelios que la pena de muerte es lícita moralmente. Hay muchas cosas de la Revelación divina que Jesucristo no dice explícitamente y que sin embargo se conocen por el resto de la Escritura, y por la Tradición y el Magisterio de la Iglesia Católica.
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Por otra parte, es un chiste (malo) pretender que para un católico la enseñanza milenaria de la Iglesia en materia moral, que siempre declaró lícita moralmente la pena de muerte, puede ir en contra de lo que reveló Jesucristo Nuestro Señor."
Pero no todos los hechos y palabras de Cristo se recogen en los Evangelios.
Ni los hechos y palabras de Cristo recogidos en los Evangelios permiten responder a todos los artículos de la doctrina católica sobre la fe y la moral.
"Muchas otras cosas hizo Jesús, que, si se escribiesen una por una, creo que este mundo no podría contener los libros" (Jn 21, 25).
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