Aviso a navegantes sobre la Dignitas personae
Estoy leyéndome con calma la Instrucción “Dignitas personae”, sobre cuestiones de bioética, que publicó ayer la Congregación para la Doctrina de la Fe del Vaticano. Leer con calma, al menos en mi caso, no significa leer despacio, sino leer varias veces para lograr aprehender todo antes de opinar. Pero lo que sí tengo ya muy clarito es en qué “obliga” esta Instrucción a los fieles católicos. Cito del resumen que se ha publicado de la misma:
Se trata de una «Instrucción e naturaleza doctrinal» (n. 1), emanada por la Congregación para la Doctrina de la Fe y aprobada expresamente por el Santo Padre Benedicto XVI. La Instrucción, por lo tanto, pertenece a los documentos que «participan del magisterio ordinario del Sumo Pontífice» (Instrucción Donum veritatis, n. 18), que ha de ser acogido por los fieles «con asentimiento religioso» (Instrucción Dignitas personæ, n. 37).
Aparte del sentido común, que debería llevar a todos a entender que si se es católico no se puede ir por la vida negando las enseñanzas del magisterio, el código de derecho canónico dice lo siguiente en su artículo 752:
752 Se ha de prestar un asentimiento religioso del entendimiento y de la voluntad, sin que llegue a ser de fe, a la doctrina que el Sumo Pontífice o el Colegio de los Obispos, en el ejercicio de su magisterio auténtico, enseñan acerca de la fe y de las costumbres, aunque no sea su intención proclamarla con un acto decisorio; por tanto, los fieles cuiden de evitar todo lo que no sea congruente con la misma.
Y en el motu proprio “Ad tuendam fidem” de Juan Pablo II, se establece la obligatoriedad de realizar una profesión de fe a aquellos que tienen determinadas responsabilidades dentro de la Iglesia:
…Profesión de fe, elaborada posteriormente por la Congregación para la Doctrina de la Fe(1), cuya emisión se impone de modo especial a determinados fieles cuando asumen algunos oficios relacionados directa o indirectamente con una más profunda investigación concerniente el ámbito de la verdad sobre la fe y las costumbres, o que están vinculados con una potestad peculiar en el gobierno de la Iglesia.
¿Y qué pasa con los que se saltan a la torera esta cuestión? Pues el código de derecho canónico tiene respuesta para esa pregunta:
1371 Debe ser castigado con una pena justa:
1 quien, fuera del caso que trata el ⇒ c. 1364 § 1, enseña una doctrina condenada por el Romano Pontífice o por un Concilio Ecuménico o rechaza pertinazmente la doctrina descrita en el ⇒ c. 752, y, amonestado por la Sede Apostólica o por el Ordinario, no se retracta.
La “pena justa” queda a discreción de quien impone dicha pena, que será o el obispo de turno o la propia Santa Sede, pero lo que sí está claro es que cualquiera que sea esa pena, la misma DEBE imponerse.
Es decir, si algún sacerdote o teólogo católico “experto en bioética” asoma hoy o mañana a arremeter contra la doctrina de la Instrucción Dignitas personae y, tras ser advertido de que debe de retractarse, persiste en su terquedad, la Iglesia debe de disciplinarle convenientemente.
En realidad no haría falta tener que recurrir al código de derecho canónico para comprender que es absurdo que quien se dice católico enseñe lo contrario a lo que enseña la Iglesia, pero como eso es lo que ocurre con cierta frecuencia, creo que los fieles que estamos hasta el gorro de determinados “expertos en la disidencia doctrinal” debemos apelar al código para que se cumpla la ley que la propia Iglesia se ha dado a sí misma. Sobre todo cuando el tema es tan importante como el de la bioética, donde la dignidad de la vida humana está en juego. Y es que aunque no vivimos bajo la ley y sí bajo la gracia, la gracia no exime de estar en comunión con la Iglesia y su doctrina. Y quien no quiera estarlo, debe ser advertido primero y disciplinado después. Y si aun así insiste en ir por libre, pues creo yo que habría que invitarle a leer lo que Cristo nos dijo que hiciéramos con aquellos que no “escuchan a la Iglesia".
A mi no me cabe la menor duda de que los amigos de Alerta Católica tendrán muy en cuenta todo esto a la hora de ejercer su labor en los próximos meses.
Luis Fernando Pérez Bustamante