Aviso a navegantes sobre la Dignitas personae
Estoy leyéndome con calma la Instrucción “Dignitas personae”, sobre cuestiones de bioética, que publicó ayer la Congregación para la Doctrina de la Fe del Vaticano. Leer con calma, al menos en mi caso, no significa leer despacio, sino leer varias veces para lograr aprehender todo antes de opinar. Pero lo que sí tengo ya muy clarito es en qué “obliga” esta Instrucción a los fieles católicos. Cito del resumen que se ha publicado de la misma:
Se trata de una «Instrucción e naturaleza doctrinal» (n. 1), emanada por la Congregación para la Doctrina de la Fe y aprobada expresamente por el Santo Padre Benedicto XVI. La Instrucción, por lo tanto, pertenece a los documentos que «participan del magisterio ordinario del Sumo Pontífice» (Instrucción Donum veritatis, n. 18), que ha de ser acogido por los fieles «con asentimiento religioso» (Instrucción Dignitas personæ, n. 37).
Aparte del sentido común, que debería llevar a todos a entender que si se es católico no se puede ir por la vida negando las enseñanzas del magisterio, el código de derecho canónico dice lo siguiente en su artículo 752:
752 Se ha de prestar un asentimiento religioso del entendimiento y de la voluntad, sin que llegue a ser de fe, a la doctrina que el Sumo Pontífice o el Colegio de los Obispos, en el ejercicio de su magisterio auténtico, enseñan acerca de la fe y de las costumbres, aunque no sea su intención proclamarla con un acto decisorio; por tanto, los fieles cuiden de evitar todo lo que no sea congruente con la misma.
Y en el motu proprio “Ad tuendam fidem” de Juan Pablo II, se establece la obligatoriedad de realizar una profesión de fe a aquellos que tienen determinadas responsabilidades dentro de la Iglesia:
…Profesión de fe, elaborada posteriormente por la Congregación para la Doctrina de la Fe(1), cuya emisión se impone de modo especial a determinados fieles cuando asumen algunos oficios relacionados directa o indirectamente con una más profunda investigación concerniente el ámbito de la verdad sobre la fe y las costumbres, o que están vinculados con una potestad peculiar en el gobierno de la Iglesia.
¿Y qué pasa con los que se saltan a la torera esta cuestión? Pues el código de derecho canónico tiene respuesta para esa pregunta:
1371 Debe ser castigado con una pena justa:
1 quien, fuera del caso que trata el ⇒ c. 1364 § 1, enseña una doctrina condenada por el Romano Pontífice o por un Concilio Ecuménico o rechaza pertinazmente la doctrina descrita en el ⇒ c. 752, y, amonestado por la Sede Apostólica o por el Ordinario, no se retracta.
La “pena justa” queda a discreción de quien impone dicha pena, que será o el obispo de turno o la propia Santa Sede, pero lo que sí está claro es que cualquiera que sea esa pena, la misma DEBE imponerse.
Es decir, si algún sacerdote o teólogo católico “experto en bioética” asoma hoy o mañana a arremeter contra la doctrina de la Instrucción Dignitas personae y, tras ser advertido de que debe de retractarse, persiste en su terquedad, la Iglesia debe de disciplinarle convenientemente.
En realidad no haría falta tener que recurrir al código de derecho canónico para comprender que es absurdo que quien se dice católico enseñe lo contrario a lo que enseña la Iglesia, pero como eso es lo que ocurre con cierta frecuencia, creo que los fieles que estamos hasta el gorro de determinados “expertos en la disidencia doctrinal” debemos apelar al código para que se cumpla la ley que la propia Iglesia se ha dado a sí misma. Sobre todo cuando el tema es tan importante como el de la bioética, donde la dignidad de la vida humana está en juego. Y es que aunque no vivimos bajo la ley y sí bajo la gracia, la gracia no exime de estar en comunión con la Iglesia y su doctrina. Y quien no quiera estarlo, debe ser advertido primero y disciplinado después. Y si aun así insiste en ir por libre, pues creo yo que habría que invitarle a leer lo que Cristo nos dijo que hiciéramos con aquellos que no “escuchan a la Iglesia".
A mi no me cabe la menor duda de que los amigos de Alerta Católica tendrán muy en cuenta todo esto a la hora de ejercer su labor en los próximos meses.
Luis Fernando Pérez Bustamante
20 comentarios
Ahora bien, como tu sabes, Luis Fernando, una cosa es lo establecido como, digamos, penas y otra muy distinta (y tristemente) es que se acaben aplicando las mismas e, incluso, que se abra ningún tipo de expediente a cualquier persona que, dentro de la Iglesia, pudiera incurrir en algún incumplimiento contra, por ejemplo y ahora, la Dignitas personae.
Pero, eso, el tiempo lo dirá. Basta, creo yo, por ahora, leer la tal Instrucción para saber dónde nos encontramos en temas de como los que trata.
"Instrucción Dignitas Personae de 8-9-2008. Número 30. Desde el punto de vista ético, la llamada clonación terapéutica es aún más grave. Producir embriones con el propósito de destruirlos, aunque sea para ayudar a los enfermos, es totalmente incompatible con la dignidad humana, porque reduce la existencia de un ser humano, incluso en estado embrionario, a la categoría de instrumento que se usa y destruye. Es gravemente inmoral sacrificar una vida humana para finalidades terapéuticas.
(...) hay que tener en cuenta la siguiente afirmación de la Encíclica Evangelium vitæ: «está en juego algo tan importante que, desde el punto de vista de la obligación moral, bastaría la sola probabilidad de encontrarse ante una persona para justificar la más rotunda prohibición de cualquier intervención destinada a eliminar un embrión humano»
No espero que quienes como Masiá han rechazado reiteradamente la doctrina de la Iglesia en asuntos de bioética acepten ahora la Dignitas Personae. Sí podemos esperar que los superiores religiosos, obispos o, si es necesario, la comisión para la doctrina de la fe, imponga a quienes ocupan puestos de catequesis, enseñanza, publicaciones, información o formación, las medidas justas para que no sigan dañando la fe y la caridad eclesial.
La labor, bastante callada, de Alerta Católica ya está produciendo frutos.
Blanca, de Masiá sólo me espero que siga siendo Masiá. El tema está en qué piensa hacer la Iglesia con él. Y algunos, yo entre ellos, están ya empeñados en que la Iglesia acabe por pronunciarse. Ya veremos.
Un parroquiano me ha venido a contar sus discrepancias lingüísticas con el párroco, al traducir la hoja parroquial en español y colgarla en la web de la parroquia. Ya que al párraco le han dado un toque de atención desde los medios de comunicación del obispado por no cumplir con la política lingüística imperante.
¿Tiene que acatarlo?
:D
Veamos.... creo que ese caso se refiere a que el semen del hombre que se usa para la posterior inseminación se "obtiene" durante el acto conyugal y no fuera del mismo.
En El País -creo que no era noticia de agencia- ayer metieron un error o mentira de bulto.
En el tema del que hablas, la Dignitas Personae cita textualmente a la Donum Vitae, la cual a su vez citaba a dos excelentes discursos de Pío XII ¡nada menos! Reitera los criterios para la consideración como lícitas intervenciones: "las nuevas técnicas médicas tienen que respetar tres bienes fundamentales: a) el derecho a la vida y a la integridad física de cada ser humano desde la concepción hasta la muerte natural; b) la unidad del matrimonio, que implica el respeto recíproco del derecho de los cónyuges a convertirse en padre y madre solamente el uno a través del otro; c) los valores específicamente humanos de la sexualidad, que «exigen que la procreación de una persona humana sea querida como el fruto del acto conyugal específico del amor entre los esposos»"
Como siempre, por tanto, las técnicas de ayuda a la procreación son lícitas cuando no excluyan "positivamente ya sea la intención procreadora o la relación conyugal".
Además especifica algunas intervenciones muy frecuentes hoy en los países desarrollados -que los protocolos de la Seguridad Social actuales, no digamos los de diversas "clínicas de infertilidad, FIVE y abortos" difieren hasta el infinito, privilegiando las intervenciones técnicas ilícitas e inhumanas- que en modo alguno son "fecundación asistida": el tratamiento hormonal de la infertilidad de origen gonádico, el tratamiento quirúrgico de una endometriosis, la desobstrucción de las trompas o bien la restauración microquirúrgica de su perviedad.
Yo sí soy algo experta en bioética cristiana, gracias a Dios, y puedo asegurar que son más difíciles, prolongados y costosos los tratamientos e intervenciones ilícitas que las ayudas lícitas. Eso sí, lo difícil es escapar de los "protocolos" ordinarios. Pero eso no es sólo en este asunto de la dificultad para tener hijos, sino en todos los que tocan al comienzo y fin de la vida y al control de la misma. Sin la luz de Cristo y la iluminación de la Iglesia, estos asuntos vitales se oscurecen y complican hasta morir y hacer morir a muchos. Eso vemos ¿o no?
http://www.usccb.org/prolife/programs/rlp/98rlphaa.shtml
http://www.lifeissues.net/writers/kla/kla_04reproductive.html
y
http://www.unav.es/cdb/uncib1d.html#titre23
prácticas concretas
http://www.cun.es/areadesalud/tu-perfil/futura-mama/esterilidad/
Si la página no está alojada en un servidor catalán, no veo razón para cumplir con dicho requerimiento.
Un poco es esto lo que pasa en la Iglesia. Los pasillos interiores están llenos de dinamiteros, de locos con ojos extraviados que disfrutarían, como locos precisamente, viendo volar el edificio por los aires. Por eso los cuidados de la Iglesia les parecen dura doctrina, a los padres los llaman jerarcas, la verdad es timbrada como dogmatismo, la vigilancia persecución. Nunca han amado a la Iglesia porque no pueden amarla ni quieren. El reproche está siempre en su boca, el dedo señalando. Está claro que ellos son los buenos, los puros, los pequeños y para ellos, piensan, el reino se preparó. Los demás somos aduladores y fariseos, codiciosos y mentirosos, farsantes, amadores del poder y la gloria.
En fin, ya se sabe que la serpiente, durante la muda, es ciega. Aunque, como decía Marlowe, el único pecado es la ignorancia.
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