Aviso a navegantes sobre la Dignitas personae

Estoy leyéndome con calma la Instrucción “Dignitas personae”, sobre cuestiones de bioética, que publicó ayer la Congregación para la Doctrina de la Fe del Vaticano. Leer con calma, al menos en mi caso, no significa leer despacio, sino leer varias veces para lograr aprehender todo antes de opinar. Pero lo que sí tengo ya muy clarito es en qué “obliga” esta Instrucción a los fieles católicos. Cito del resumen que se ha publicado de la misma:

Se trata de una «Instrucción e naturaleza doctrinal» (n. 1), emanada por la Congregación para la Doctrina de la Fe y aprobada expresamente por el Santo Padre Benedicto XVI. La Instrucción, por lo tanto, pertenece a los documentos que «participan del magisterio ordinario del Sumo Pontífice» (Instrucción Donum veritatis, n. 18), que ha de ser acogido por los fieles «con asentimiento religioso» (Instrucción Dignitas personæ, n. 37).

Aparte del sentido común, que debería llevar a todos a entender que si se es católico no se puede ir por la vida negando las enseñanzas del magisterio, el código de derecho canónico dice lo siguiente en su artículo 752:

752 Se ha de prestar un asentimiento religioso del entendimiento y de la voluntad, sin que llegue a ser de fe, a la doctrina que el Sumo Pontífice o el Colegio de los Obispos, en el ejercicio de su magisterio auténtico, enseñan acerca de la fe y de las costumbres, aunque no sea su intención proclamarla con un acto decisorio; por tanto, los fieles cuiden de evitar todo lo que no sea congruente con la misma.

Y en el motu proprio “Ad tuendam fidem” de Juan Pablo II, se establece la obligatoriedad de realizar una profesión de fe a aquellos que tienen determinadas responsabilidades dentro de la Iglesia:

…Profesión de fe, elaborada posteriormente por la Congregación para la Doctrina de la Fe(1), cuya emisión se impone de modo especial a determinados fieles cuando asumen algunos oficios relacionados directa o indirectamente con una más profunda investigación concerniente el ámbito de la verdad sobre la fe y las costumbres, o que están vinculados con una potestad peculiar en el gobierno de la Iglesia.

¿Y qué pasa con los que se saltan a la torera esta cuestión? Pues el código de derecho canónico tiene respuesta para esa pregunta:

1371 Debe ser castigado con una pena justa:
1 quien, fuera del caso que trata el ⇒ c. 1364 § 1, enseña una doctrina condenada por el Romano Pontífice o por un Concilio Ecuménico o rechaza pertinazmente la doctrina descrita en el ⇒ c. 752, y, amonestado por la Sede Apostólica o por el Ordinario, no se retracta.

La “pena justa” queda a discreción de quien impone dicha pena, que será o el obispo de turno o la propia Santa Sede, pero lo que sí está claro es que cualquiera que sea esa pena, la misma DEBE imponerse.

Es decir, si algún sacerdote o teólogo católico “experto en bioética” asoma hoy o mañana a arremeter contra la doctrina de la Instrucción Dignitas personae y, tras ser advertido de que debe de retractarse, persiste en su terquedad, la Iglesia debe de disciplinarle convenientemente.

En realidad no haría falta tener que recurrir al código de derecho canónico para comprender que es absurdo que quien se dice católico enseñe lo contrario a lo que enseña la Iglesia, pero como eso es lo que ocurre con cierta frecuencia, creo que los fieles que estamos hasta el gorro de determinados “expertos en la disidencia doctrinal” debemos apelar al código para que se cumpla la ley que la propia Iglesia se ha dado a sí misma. Sobre todo cuando el tema es tan importante como el de la bioética, donde la dignidad de la vida humana está en juego. Y es que aunque no vivimos bajo la ley y sí bajo la gracia, la gracia no exime de estar en comunión con la Iglesia y su doctrina. Y quien no quiera estarlo, debe ser advertido primero y disciplinado después. Y si aun así insiste en ir por libre, pues creo yo que habría que invitarle a leer lo que Cristo nos dijo que hiciéramos con aquellos que no “escuchan a la Iglesia".

A mi no me cabe la menor duda de que los amigos de Alerta Católica tendrán muy en cuenta todo esto a la hora de ejercer su labor en los próximos meses.

Luis Fernando Pérez Bustamante

20 comentarios

  
Eleuterio
Yo también me estoy leyendo la Instrucción y, de verdad, más de una persona, dentro de la Iglesia quiero decir, va a incurrir en alguna conducta no santa, por decirlo así.

Ahora bien, como tu sabes, Luis Fernando, una cosa es lo establecido como, digamos, penas y otra muy distinta (y tristemente) es que se acaben aplicando las mismas e, incluso, que se abra ningún tipo de expediente a cualquier persona que, dentro de la Iglesia, pudiera incurrir en algún incumplimiento contra, por ejemplo y ahora, la Dignitas personae.

Pero, eso, el tiempo lo dirá. Basta, creo yo, por ahora, leer la tal Instrucción para saber dónde nos encontramos en temas de como los que trata.
13/12/08 12:37 PM
  
Blanca Guerrero
Luis Fdo. Acabo de incluir en el blog de Masiá, en su post "No hay dogmas en bioética", en el que tuvo lugar un muy interesante debate entre Bruno Moreno y Juan Masiá, este comentario:
"Instrucción Dignitas Personae de 8-9-2008. Número 30. Desde el punto de vista ético, la llamada clonación terapéutica es aún más grave. Producir embriones con el propósito de destruirlos, aunque sea para ayudar a los enfermos, es totalmente incompatible con la dignidad humana, porque reduce la existencia de un ser humano, incluso en estado embrionario, a la categoría de instrumento que se usa y destruye. Es gravemente inmoral sacrificar una vida humana para finalidades terapéuticas.

(...) hay que tener en cuenta la siguiente afirmación de la Encíclica Evangelium vitæ: «está en juego algo tan importante que, desde el punto de vista de la obligación moral, bastaría la sola probabilidad de encontrarse ante una persona para justificar la más rotunda prohibición de cualquier intervención destinada a eliminar un embrión humano»

No espero que quienes como Masiá han rechazado reiteradamente la doctrina de la Iglesia en asuntos de bioética acepten ahora la Dignitas Personae. Sí podemos esperar que los superiores religiosos, obispos o, si es necesario, la comisión para la doctrina de la fe, imponga a quienes ocupan puestos de catequesis, enseñanza, publicaciones, información o formación, las medidas justas para que no sigan dañando la fe y la caridad eclesial.
13/12/08 12:40 PM
  
Luis Fernando
Eleuterio, te sorprenderías cómo cambian algunas cosas cuando los laicos se organizan y se movilizan para reclamar que la Iglesia haga lo que ella misma dice en sus leyes que tiene que hacer.

La labor, bastante callada, de Alerta Católica ya está produciendo frutos.

Blanca, de Masiá sólo me espero que siga siendo Masiá. El tema está en qué piensa hacer la Iglesia con él. Y algunos, yo entre ellos, están ya empeñados en que la Iglesia acabe por pronunciarse. Ya veremos.
13/12/08 12:48 PM
  
Jaume Canals
Vamos a ver que yo me aclare...
Un parroquiano me ha venido a contar sus discrepancias lingüísticas con el párroco, al traducir la hoja parroquial en español y colgarla en la web de la parroquia. Ya que al párraco le han dado un toque de atención desde los medios de comunicación del obispado por no cumplir con la política lingüística imperante.
¿Tiene que acatarlo?
13/12/08 12:50 PM
  
Luis Fernando
Las discrepancias linguísticas no son parte del asentimiento religioso.
13/12/08 12:55 PM
  
juvenal
Todo esto tiene un nombre muy antiguo: fariseismo
13/12/08 1:56 PM
  
ranger
juvenal: Gracias por darnos lecciones a estos fariseos que estamos en la oscuridad.

13/12/08 2:43 PM
  
papini67
Esto de la bioética hay que extrapolarlo a muchos aspectos de la fe, que son conculcados un día sí y otro también por tantos y tantos que dentro de la Iglesia, quizás inadvertidamente, se dedican a destruir la fe de los sencillos, obsesionados por ir a favor de corriente (como los peces muertos, que diría el gran Chesterton), y mimetizarse con el entorno. Son sal desvirtuada, o peor aún, veneno para quien le presta oídos. Practicantes del "loquimini nobis placentia" (habladnos de cosas agradables), denunciado por Isaías, rara vez ofrecen lo que este mundo necesita: el alimento sólido y fuerte de la verdad católica íntegra.
13/12/08 4:02 PM
  
JMMCBXVI
Pues sí, papini67: a ver los susodichos "teólogos católicos expertos en bioética" despotricar contra la Dignitas Personae, para seguir hablando de cosas agradables y políticamente correctas. El problema de fondo, una vez más, es de una terrible y preocupante falta de sentido católico de la fe en estos "expertos". Claro, cuando no tienes a la Iglesia como Madre y Maestra...
13/12/08 7:17 PM
  
Hermenegildo
Luis Fernando: en el caso de la inseminación artificial homóloga, ¿cuándo se considera que el medio técnico no sustituya al acto conyugal, sino que sea una facilitación y una ayuda para que aquél alcance su finalidad natural?
13/12/08 8:55 PM
  
papini67
al hilo de lo expresado por JMMCBXVI, vuelvo a insistir en lo manifestado en otro comentario a propósito de la moral sexual: todo este desmadre de la manipulación de la vida humana en sus fuentes, con aberraciones tales como la hibridación genética hombre-animal, ya permitida por la legislación británica, y que hará parecer simpática la utopía de Huxley en "Un mundo feliz", tiene su origen en la rotunda cerrazón de la intectualidad y la ciencia occidental a considerar siquiera como materia de reflexión la "Humanae Vitae".
13/12/08 9:28 PM
  
Luis Fernando
Hermengildo, ¿tengo yo pinta de experto en bioética?

:D

Veamos.... creo que ese caso se refiere a que el semen del hombre que se usa para la posterior inseminación se "obtiene" durante el acto conyugal y no fuera del mismo.
13/12/08 10:01 PM
  
Hermenegildo
Yo entiendo de Bioética menos que tú, Luis Fernando, pero si se trata de lo que dices, "a priori" me parece muy complicado.
13/12/08 10:32 PM
  
Blanca Guerrero
Hermenegildo, no se considera lícita nunca la inseminación artificial, ni homóloga ni heteróloga.

En El País -creo que no era noticia de agencia- ayer metieron un error o mentira de bulto.

En el tema del que hablas, la Dignitas Personae cita textualmente a la Donum Vitae, la cual a su vez citaba a dos excelentes discursos de Pío XII ¡nada menos! Reitera los criterios para la consideración como lícitas intervenciones: "las nuevas técnicas médicas tienen que respetar tres bienes fundamentales: a) el derecho a la vida y a la integridad física de cada ser humano desde la concepción hasta la muerte natural; b) la unidad del matrimonio, que implica el respeto recíproco del derecho de los cónyuges a convertirse en padre y madre solamente el uno a través del otro; c) los valores específicamente humanos de la sexualidad, que «exigen que la procreación de una persona humana sea querida como el fruto del acto conyugal específico del amor entre los esposos»"

Como siempre, por tanto, las técnicas de ayuda a la procreación son lícitas cuando no excluyan "positivamente ya sea la intención procreadora o la relación conyugal".

Además especifica algunas intervenciones muy frecuentes hoy en los países desarrollados -que los protocolos de la Seguridad Social actuales, no digamos los de diversas "clínicas de infertilidad, FIVE y abortos" difieren hasta el infinito, privilegiando las intervenciones técnicas ilícitas e inhumanas- que en modo alguno son "fecundación asistida": el tratamiento hormonal de la infertilidad de origen gonádico, el tratamiento quirúrgico de una endometriosis, la desobstrucción de las trompas o bien la restauración microquirúrgica de su perviedad.

Yo sí soy algo experta en bioética cristiana, gracias a Dios, y puedo asegurar que son más difíciles, prolongados y costosos los tratamientos e intervenciones ilícitas que las ayudas lícitas. Eso sí, lo difícil es escapar de los "protocolos" ordinarios. Pero eso no es sólo en este asunto de la dificultad para tener hijos, sino en todos los que tocan al comienzo y fin de la vida y al control de la misma. Sin la luz de Cristo y la iluminación de la Iglesia, estos asuntos vitales se oscurecen y complican hasta morir y hacer morir a muchos. Eso vemos ¿o no?
14/12/08 10:17 AM
  
Hermenegildo
Blanca Guerrero: gracias por tu aportación, pero yo no me basaba en "El País", sino en la propia Instrucción "Dignitate personae", que en su punto 12, "in fine", citando la "Donum vitae", establece: «La inseminación artificial homóloga dentro del matrimonio no se puede admitir, salvo en el caso en que el medio técnico no sustituya al acto conyugal, sino que sea una facilitación y una ayuda para que aquél alcance su finalidad natural».
14/12/08 12:06 PM
  
Blanca Guerrero
Dos enlaces con prácticas concretas y valoración moral:

http://www.usccb.org/prolife/programs/rlp/98rlphaa.shtml
http://www.lifeissues.net/writers/kla/kla_04reproductive.html

y
http://www.unav.es/cdb/uncib1d.html#titre23

prácticas concretas
http://www.cun.es/areadesalud/tu-perfil/futura-mama/esterilidad/

14/12/08 1:19 PM
  
rojobilbao
Jaume Canals:

Si la página no está alojada en un servidor catalán, no veo razón para cumplir con dicho requerimiento.
14/12/08 2:00 PM
  
Foix
Lo peor es cuando alguien no sabe a qué lado de la raya está. No sabe si está por Dios o contra Dios, por la vida o contra ella, por el hombre o enfrente del hombre. Caminar en estas circunstancias es muy complicado pues lo que unos tejen de día otros lo destrozan con la tarde ya de caida.

Un poco es esto lo que pasa en la Iglesia. Los pasillos interiores están llenos de dinamiteros, de locos con ojos extraviados que disfrutarían, como locos precisamente, viendo volar el edificio por los aires. Por eso los cuidados de la Iglesia les parecen dura doctrina, a los padres los llaman jerarcas, la verdad es timbrada como dogmatismo, la vigilancia persecución. Nunca han amado a la Iglesia porque no pueden amarla ni quieren. El reproche está siempre en su boca, el dedo señalando. Está claro que ellos son los buenos, los puros, los pequeños y para ellos, piensan, el reino se preparó. Los demás somos aduladores y fariseos, codiciosos y mentirosos, farsantes, amadores del poder y la gloria.

En fin, ya se sabe que la serpiente, durante la muda, es ciega. Aunque, como decía Marlowe, el único pecado es la ignorancia.
14/12/08 4:43 PM
  
kepa
Blanca, ya que entiendes del tema, igual podías aclararnos algún punto complicado. Después de leer la Instrucción, más por encima que LF, el único punto que me chirría es aquel que Hermenegildo cita. Así que me he leido tus enlaces, y tengo una duda (el inglés técnico tampoco facilita las cosas). ¿Qué diferencia hay entre inseminación intrauterina e inyección intracitoplasmática? Me supongo que la primera, para entendernos, sería la inseminación en la vagina, y el segundo directamente en el óvulo, pero mejor si nos lo aclaras. Segunda duda: ¿porqué una es moralmente aceptable -o al menos no tiene pronunciamiento contrario de Roma-, y la segunda se considera ilicita?. Gracias.
15/12/08 11:00 AM
  
miguel
Yo tampoco soy experto en bioética, pero la pregunta de kepa me parece que tiene una respuesta bastante obvia, ya que la inseminación en la vagina es el proceso natural que tiene lugar en una relación sexual normal y no selecciona cuál espermatozoide ni cuál óvulo formarán el futuro hijo, mientras que inyectar un espermatozoide concreto (o un pequeño número de ellos) en un óvulo concreto se presta a infinidad de posibles prácticas eugenésicas, aún contando con la buena voluntad de los futuros padres y del equipo médico. Por ejemplo, ¿crees que alguna pareja o equipo médico, disponiendo de los gametos convenientemente aislados y caracterizados, produciría niños con espina bífida, o con alguna minusvalía congénita?
18/12/08 4:00 PM

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