Bolivia: amenazadas la vida y la familia
Mientras las culturas ancestrales de la Bolivia andina, castigaron el aborto y mientras el Tribunal Constitucional de Bolivia ha reconocido la protección a la vida del nasciturus desde el momento de la concepción, este 11 de diciembre próximo pasado, la Cámara de Diputados de Bolivia ha iniciado el tratamiento legislativo de la reforma del «Código Niño, Niña y Adolescente».
Dicho Código en actual vigencia establece que se reconocen los derechos de todos los niños desde la concepción. Se dice que los legisladores piensan aprobar el PL el 16 de diciembre.
La Sentencia Constitucional Plurinacional 0998 / 2013, del 27 de junio de 2013, entre otros conceptos declaró: “Como se puede observar de la ciencia disponible, y de las leyes internacionales, el niño concebido es un ser humano en desarrollo que requiere de la protección legal estatal debida y que permanezca como SUJETO DE PROTECCION DEL CODIGO DE LA NIÑA NIÑO Y ADOLESCENTE”.
El Art. 2º del vigente Código del Niño Niña y Adolescente, establece: «Se considera niño o niña a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años…», «sin embargo en el presente P.L. Nº 321,está siendo eliminado toda referencia al niño concebido», reforma que busca que dicho reconocimiento se verifique solamente a partir del nacimiento, lo que podría traducirse en el futuro en permitirse la práctica del aborto en cualquier momento de la gestación.
El Proyecto de Reforma del Código Niño, Niña, Adolescente, prevé también la sustitución de dos artículos de la forma siguiente:
«ARTÍCULO 20. (DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA) I. El Estado en todos sus niveles garantiza el desarrollo, procesos de información, sensibilización y capacitación relacionados a los derechos sexuales, derechos reproductivos, sexualidad integral, la provisión de servicios de asesoría, así como la atención y acceso a insumos para el cuidado de la salud reproductiva mediante servicios diferenciados».
«ARTÍCULO 112. (GARANTÍAS). I. En el Sistema Educativo Plurinacional se garantiza a la niña, niño o adolescente lo siguiente: i) Acceso a la educación para la sexualidad, y para salud sexual y reproductiva».
De los que se puede colegir que con un acceso irrestricto a los llamados «derechos sexuales y reproductivos» se pretende establecer un libre acceso al aborto y la eliminación de la patria potestad, que quedaría en manos del Estado, posibilitándose la actividad sexual sin distinción de edad.
La Conferencia Episcopal de Bolivia a través de su secretario general Mons. Eugenio Scarpellini ha expresado
una vez más su preocupación por el contenido del proyecto de ley 321 del Código del Niño, Niña y Adolescente, aprobado en grande en la Cámara de Diputados. Valoramos los aspectos positivos de este código, como la ampliación de la cobertura de salud para la niñez y la justicia penal especial para adolescentes, entre otros. Pero expresamos nuestro rechazo al art. 5 que plantea como sujetos de protección a los niños, sólo desde el momento del nacimiento. Esto es atentatorio al derecho a la vida de los no nacidos, con graves consecuencias para el presente y futuro de nuestra sociedad. Cuestionamos también la incorporación de los derechos sexuales y reproductivos, vulnerando el ámbito de protección que todo niño debe tener.
También el Presidente de la Fundación Vida y Familia de la Conferencia Episcopal de Bolivia y Obispo de Oruro, Mons. Cristóbal Bialasik, ha rechazado vehementemente este intento de facilitar el aborto con dicha modificación, ha llamado a la conciencia de los legisladores y gobernantes, y ha apelado a los cuadros eclesiales a «ponerse de rodillas pidiendo a Dios, para que no permita ese nuevo atentado contra la vida y la familia».
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