Discreto en el silencio, útil al hablar

El pastor debe ser discreto en el silencio y útil al hablar, a fin de que no diga lo que debe callar, ni calle lo que debe decir. Pues, así como hablar incautamente conduce al error, así también un silencio indiscreto deja en el error a quienes podían ser instruidos. Ocurre con frecuencia que los pastores imprudentes, temiendo perder el aplauso de los hombres, tienen mucho miedo de decir con libertad lo que es recto. Éstos, conforme a la voz de la Verdad, en modo alguno sirven ya con el celo que los pastores tienen por la custodia de la grey, sino que, al contrario, lo hacen con el de los asalariados; pues, al esconderse en su silencio, huyen cuando llega el lobo.


Por eso, el Señor los amonesta por el profeta diciendo: Son perros mudos que no sirven para ladrar (Is 56,10). Y en otro lugar: No os elevasteis desde lo adverso, ni construisteis un muro en defensa de la casa de Israel para que resistierais en la batalla el día del Señor (Ez 13,5). Elevarse desde lo adverso es ir contra los poderes de este mundo hablando libremente en defensa de la grey. Y estar en la batalla el día del Señor es resistir a los perversos combatientes desde el amor de la justicia. Por tanto, que el pastor tema decir lo que es recto ¿qué es sino dar la espalda callándose? Por el contrario, opone un muro para la casa de Israel en contra de los enemigos quien sale al paso en defensa de la grey. De ahí que, al pecar el pueblo, se diga en otro lugar: Tus profetas vieron para ti falsedad y estupidez, y no pusieron al descubierto tu iniquidad para inducirte a la penitencia (Lm 2,14).


En la Sagrada Escritura, alguna vez, se llama a los profetas “doctores”, pues, al indicar que es fugaz lo presente, anuncian lo que ha de suceder. Sin embargo, la Palabra divina los refuta de ver falsedades porque cuando temen denunciar los pecados, favorecen en vano a los pecadores prometiéndoles tranquilidad. Éstos no ponen, en absoluto, al descubierto la iniquidad de sus pecados, puesto que callan la palabra de imprecación. En verdad, la llave para descubrirla es la palabra de corrección, porque con la increpación se patentiza el pecado, el cual, a menudo, el mismo que los comete lo ignora. Por eso dijo Pablo: Para que sea capaz de exhortar conforme a la sana doctrina y de rebatir a los que contradicen (Tt 1,9). Por lo mismo se dice por Malaquías: Los labios del sacerdote custodien la ciencia y busque la Ley en su boca, porque es mensajero del Señor de los Ejércitos (Ml 2,7). De ahí que el Señor amoneste, por medio del profeta Isaías, diciendo: Clama, no ceses, alza tu voz como una trompeta (Is 58,1). Y es que todo aquel que accede al sacerdocio recibe el oficio de pregonero, a fin de que él mismo, claro está, marche clamando antes de la venida del Juez que llega terriblemente. Por tanto, si el sacerdote no sabe predicar, el pregonero mudo ¿qué voz de clamor habrá de dar? Por eso, el Espíritu Santo se posó sobre los primeros pastores en forma de lenguas: porque a los que llena, los hace ininterrumpidamente elocuentes de Sí (cf. Hch 2,3). También por eso se ordena a Moisés que el sacerdote, al entrar en el tabernáculo, se rodee de campanillas (cf. Ex 28,33); sin duda, para que entre con voces de predicación y no ofenda con su silencio el juicio del Supremo Espectador. En verdad, está escrito: Para que se oiga el sonido cuando entre y salga en el santuario en presencia del Señor, y no muera (Ex 28,35). Muere el sacerdote que entra o sale si no se oye su sonido, porque, al penetrar sin el sonido de la predicación, hace salir la ira del Juez oculto contra sí.


Por otro lado, muy oportunamente, se indica que las campanillas están insertas en su vestido. En efecto, ¿qué otra cosa debemos entender por los vestidos del sacerdote sino sus buenas obras? Lo atestigua el profeta que dijo: Tus sacerdotes se vistan de la justicia (Sal 131,9). Por consiguiente, las campanillas van pegadas a sus vestidos con el fin de que las mismas obras del sacerdote anuncien también, junto al sonido de la lengua, el camino de la Vida.


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Fuente: San Gregorio Magno. Regla Pastoral II, 4.

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