(Fides) En una entrevista con la Agencia Fides, Oehring pone de relieve las deficiencias del sistema de los derechos garantizados a las comunidades religiosas en Turquía: no existe oficialmente ninguna en la legislación turca, no existe una regulación que asigne una "personalidad jurídica" a las iglesias y a otras comunidades, con todas las consecuencias que se derivan de esto (imposibilidad de poseer bienes, estipular contratos, tener empleados, administrar las escuelas, realizar proyectos, tener publicaciones, etc.)
La comunidad islámica sunita (que tiene la mayoría en el país), aunque no posee un estatus jurídico independiente –explica Oehring– por lo menos tiene su vida y sus actividades protegidas y regidas por la referencia a la "Diyanet”, la Presidencia de Asuntos Religiosos, que depende directamente del Primer Ministro. Las demás comunidades son "comunidades fantasma" porque viven en una paradoja, “existen pero es como si no existiesen”.
“El gobierno del AKP (del primer ministro Tayyip Erdogan) no ha demostrado un compromiso basado en la idea de que la libertad religiosa es para todos, no sólo para un grupo” señala Oehring. "Esta situación singular plantea la duda de si Turquía puede ser definida como un estado laico. La personalidad jurídica es un aspecto del problema: hace falta que cambie la actitud del Estado, de la sociedad, de la mentalidad general. Se necesita modificar la Constitución y el Código Civil. De lo contrario Turquía fracasará en su intento de cumplir las obligaciones y aspiraciones en el respeto de los derechos humanos", continúa.
El caso del orfanato de Buyukada
El reconocimiento legal –explica–. “es fundamental en el marco de las relaciones entre Estado y religión", porque negándolo, "se impide a los miembros de las comunidades religiosas el pleno ejercicio y disfrute de la libertad de culto y de religión". Un ejemplo positivo en este sentido es la historia del orfanato de Buyukada, confiscado por el Estado en 1964 y restituido al Patriarcado Ecuménico de Constantinopla a finales del 2010. "La historia representa una admisión implícita por parte del Estado, que los legítimos propietarios existen, pero, sin embargo, no son reconocidos legalmente”.
Para superar estos problemas, señala Oehring, se necesita urgentemente algunos cambios en la legislación que las iglesias y comunidades religiosas minoritarias están pidiendo al nuevo gobierno: en primer lugar la abolición del artículo 101 (párrafo 4) del Código Civil, que prohíbe a las comunidades religiosas el poseer la personalidad jurídica como "fundaciones". "Mientras que las comunidades religiosas no tengan carácter jurídico no podrán llevar a cabo sus actividades de manera responsable e independiente", señala Oehring. "Todo esto –concluye– es una violación al respeto de los derechos humanos, que hay que garantizar a las personas y a las comunidades" y está en la raíz de muchos problemas sociales y religiosos de la Turquía moderna