(Peru21/InfoCatólica) La primera parte del artículo 15 indica que “quien tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo menor de catorce años, penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines libidinosos, será sancionado con privación de libertad de veinte a veinticinco años, sin derecho a indulto, incluso sin que se haya hecho uso de la fuerza física o intimidación y se alegue consentimiento”.
La segunda parte del mismo apartado agrega que “quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de tres años, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación”.
La diputada del gobernante Movimiento Al Socialismo (MAS), Rebeca Delgado defendió el postulado. “Lo que no se quiere es criminalizar a los adolescentes que sí pudieran tener relaciones sexuales”, replicó.
La Ley pasó a manos del presidente Morales para su promulgación constitucional, lo que podría darse en los próximos días.