(Agencias/InfoCatólica) Los hechos se remontan a la primavera de 2006, cuando un agente que trabajaba en el cuartel solicitó la retirada de la estatuilla, para lo que alegaba que la presencia de esta imagen en el pasillo de acceso a las oficinas del cuartel donde se recibe a los ciudadanos vulneraba su libertad religiosa, ideológica y de culto.
El agente interpuso recurso contencioso administrativo, sobre el que ya resolvió la Secretaría de Estado de Seguridad el 20 de septiembre de 2007, rechazando la retirada de la imagen de la Virgen del Pilar.
El recurrente alegaba que en las dependencias oficiales del puesto de la Guardia Civil de Almodóvar "está colgado de forma ostensiblemente visible un icono de tipo religioso, en concreto, una estatuilla que representa a la Virgen del Pilar, y se encuentra en un lugar de uso obligado y común, lo que vulnera la libertad ideológica, religiosa y de culto del recurrente".
El agente no trabaja en el cuartel de Almodóvar del Río
El abogado del Estado se opone a las pretensiones del recurrente planteando la inadmisibilidad del recurso por falta de legitimación activa, ya que "el agente ya no presta sus servicios en el puesto de Almodóvar del Río (Córdoba) donde está ubicada la figura, sino en la unidad de seguridad del Centro Penitenciario de Córdoba-Alcolea".
Aunque el recurrente aseguraba que sigue personándose allí cada vez que debe realizar el traslado de personas detenidas en dicha unidad, la sentencia afirma que no ha presentado ningún documento en el que se diga que acude con frecuencia al puesto de Almodóvar o que necesariamente ha de pasar por el lugar donde se encuentra la estatuilla de la Virgen del Pilar, razón por la que se entiende que carece de legitimación activa para pedir su retirada.
De este modo, la sentencia justifica la decisión, entre otros puntos, en que el agente que solicita la retirada de la imagen de la Virgen ya no presta servicios en dicho cuartel, por lo que el TSJM considera que "carece de legitimación activa para pedir su retirada", ya que la estimación del recurso no resultaría un beneficio que amplíe la esfera de los derechos del agente.
La presencia de la estatuilla de la Virgen del Pilar no vulnera la aconfesionalidad del Estado
Asimismo, la resolución señala que la "estatuilla responde a una tradición histórica, sin que se vulnere el principio de aconfesionalidad del Estado puesto que no se encuentra en un lugar de uso obligatorio y común, siendo un pasillo que comunica el hall de entrada con el resto de las dependencias".
Según informaron a Europa Press fuentes cercanas al caso, el agente no tiene intención de recurrirla, porque no quiere arriesgarse a una condena en costas. Asimismo, queda pendiente de sentencia el recurso que otro guardia civil tiene interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por el mismo motivo, también en este cuartel de la localidad cordobesa.