Los obispos de la FSSPX llevan adelante su impugnación de los decretos del 2 de julio
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Y guardan silencio sobre el proceso

Los obispos de la FSSPX llevan adelante su impugnación de los decretos del 2 de julio

Tres meses después de las consagraciones de Écône, la Fraternidad San Pío X anuncia que ha proseguido su recurso canónico contra las excomuniones de sus seis obispos. No dice ante quién ni en qué fase, y promete discreción.

(InfoCatólica) La Fraternidad Sacerdotal San Pío X no ha dejado caer su recurso. Tres meses después de que el Vaticano declarase excomulgados a seis obispos implicados en las consagraciones episcopales de Écône, la Casa General de la Fraternidad comunicó el 13 de octubre desde Menzingen que ha proseguido «las vías de recurso previstas por el derecho canónico, respetando los plazos y procedimientos establecidos por el derecho».

El comunicado se refiere a los textos vaticanos del 2 de julio, un decreto y una nota explicativa del Dicasterio para la Doctrina de la Fe que declararon a los seis obispos incursos en excomunión latae sententiae, es decir, en una pena que se contrae automáticamente en virtud del derecho canónico, por un acto cismático.

La nota de Menzingen remite expresamente al comunicado del 13 de julio, en el que la Fraternidad anunció la presentación de una solicitud previa ante el Dicasterio. Desde entonces, según el texto, los obispos han seguido adelante con el procedimiento con un propósito declarado. «Mediante estas gestiones, los obispos de la Fraternidad pretenden ejercer el derecho que les reconoce la Iglesia, solicitando que se examinen las objeciones jurídicas y doctrinales que han formulado contra los textos del 2 de julio», afirma el comunicado.

Un comunicado sin detalles procesales

El texto no precisa qué trámites concretos se han realizado desde julio, ni si el Dicasterio ha respondido a la solicitud inicial, ni qué autoridad examina ahora la cuestión. La Fraternidad anuncia además que no hará más declaraciones públicas mientras el procedimiento siga abierto. «A la espera de la respuesta que las autoridades competentes den a estas gestiones, la Fraternidad tiene intención de observar la discreción exigida por la naturaleza de estos procedimientos», señala.

La nota concluye con una invitación a sacerdotes y fieles a «permanecer unidos en la oración por el Santo Padre y por toda la Iglesia, cuya ley suprema es la salvación de las almas».

Los hechos que originaron el contencioso se remontan al 1 de julio, cuando la Fraternidad consagró a cuatro obispos en Écône sin mandato pontificio, pese a las advertencias del Papa León XIV, formuladas de palabra a las puertas de Castel Gandolfo y por escrito la víspera. La respuesta de Roma llegó al día siguiente. Además de declarar la excomunión de los seis obispos, el Dicasterio advirtió de que quienes se adhieran formalmente al cisma incurrirán en la misma pena y abordó la situación del clero de la Fraternidad y de su actividad sacramental.

Del recurso previo al recurso jerárquico

El 11 de julio, la Fraternidad presentó ante el Dicasterio un recurso previo, acogiéndose al procedimiento de los cánones 1734 y siguientes del Código de Derecho Canónico de 1983. Ese primer paso pide a la autoridad que dictó el acto administrativo que lo revoque o lo modifique. Si la cuestión no se resuelve en esa fase, cabe interponer un recurso jerárquico ante la autoridad superior competente, conforme a los cánones 1737 y siguientes.

El comunicado de octubre no califica expresamente la nueva gestión como recurso jerárquico, de modo que con el texto en la mano no puede determinarse en qué fase procesal exacta se encuentra el caso ni si la autoridad competente ha entrado a examinar el fondo de las objeciones.

Queda también abierta la cuestión de los efectos. El canon 1353 establece que la apelación o el recurso contra un decreto que impone o declara una pena tiene efecto suspensivo. Su aplicación a una excomunión latae sententiae, en la que la pena se contrae de forma automática y el decreto se limita a declarar que ya se ha incurrido en ella, plantea dudas sobre el alcance práctico de esa suspensión. La Fraternidad no se ha pronunciado sobre este punto.

Según ha trascendido de fuentes del propio Dicasterio, los recursos no se presentaron de forma colectiva en nombre de la Fraternidad, sino individualmente por cada uno de los obispos declarados excomulgados. Cada impugnación afectaría así a la situación personal de cada prelado, aunque todas nazcan de la misma controversia. El comunicado de Menzingen no aclara este extremo y habla solo de las gestiones realizadas por «los obispos de la Fraternidad».

Silencio en Roma

Entre los corresponsales en el Vaticano se daba por hecho que el mutismo de ambas partes indicaba que la Santa Sede no tenía intención de pronunciarse públicamente sobre el recurso, y que el Dicasterio, al no responder, dejaría que la solicitud inicial se tuviera por rechazada por la vía del procedimiento canónico. El comunicado de octubre no permite confirmar ni descartar esa lectura, pues no consta si el Dicasterio ha respondido formalmente ni en qué sentido seg

El siguiente paso corresponde a las autoridades eclesiásticas competentes, que deberán tramitar el recurso conforme al procedimiento establecido, sin descartar una intervención directa del Papa. No hay calendario para una decisión ni se conocen los argumentos jurídicos y doctrinales remitidos a Roma, pero la Fraternidad deja claro que no da por cerrado el contencioso abierto por los decretos del 2 de julio.

23 comentarios

ROBERTO IBARRRA VIDELA
A la solicitud, la resolución debiera ser: No ha lugar a lo solicitado, con costas por o haber tenido plausible para litigar.
14/10/26 8:48 PM
Néstor
Tiene toda la pinta de un monólogo.

Saludos cordiales.
14/10/26 9:40 PM
Caballero Jorge
Retirad la excomunión ipso facto porque sois unos herejes. (Como si "alguien" hubiera fulminado la excomunión. Esa se fulminó sola. ) No imagino qué argumentos estén usando.
14/10/26 10:16 PM
R. Cundre
Está claro que este caso de excomunión ha sido un rotundo fracaso de Prevost, como apuntaban algún portal católico y diversos artículos en su día. El Vaticano tiene ahora la oportunidad de solucionar este asunto causado por su intransigencia (que no demuestra en otros casos claramente contarios a la doctrina católica) y por su desinterés por la santa tradición.
14/10/26 10:54 PM
Miguel Grosso (desde Argentina)
El primer recurso no fue respondido. El Dicasterio para la Doctrina de la Fe permaneció en silencio. Hay un video reciente del padre Ezequiel Rubio, Superior en América Central y el Caribe, explicando esta situación y cómo seguirá la Fraternidad apelando hasta las máximas instancias. Hay un hecho jurídico-canónico muy relevante: el Decreto del Cardenal Fernández no fue refrendado por el Papa: ni lo firmó ni lo aprobó en forma específica. Con lo cual, el mismo Papa dejó expedita la vía para que la Fraternidad intente todos los medios que el Derecho le ofrece a fin de revertir el Decreto. Si el Papa hubiera firmado el Decreto o lo hubiera aprobado en forma específica (cosa que no hizo) la resolución era inapelable. Sugiero que en lugar de dar este asunto por terminado, veamos que es el mismo Papa quien ha querido no darlo por concluido.
15/10/26 2:20 AM
Jorge Garrido
Roberto Ibarra: ¿Acaso conoce los argumentos jurídicos como para responder eso? Su osadía y desconocimiento de lo que habla sólo es comparable a su prejuicio. Cualquier canonista (y son muchos los que han hablado) sabe que hay muchas razones para considerar inválidas las excomuniones (empezando porque, según los cánones 1223.7º y 1324 §1.8º, no corresponde la pena de excomunión cuando quien comete el delito cree haber actuado por necesidad, aunque no sea realmente así). Y eso por no entrar en que la desobediencia (aun pertinaz) al Papa no equivale a un cisma (los hechos del 2 de julio de 2026, justificados o no, encajan técnicamente en el tipo penal de la "desobediencia pertinaz" del canon 1371 y no en el de "cisma" del canon 751).

Por tanto, el recurso tiene mucha base canónica, como reconocen numerosos canonistas, y el silencio de Roma negándose a resolver el Recurso (como ya hizo en 1976 con Mons. Lefebvre) es muy elocuente: tendría que justificar algo muy difícil de justificar...

Pero le guste o no al Cardenal Fernández, ahora tendrán que ser los jueces del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica los que tendrán que pronunciarse, y aunque tampoco sean imparciales, son profesionales del Derecho Canónico (a diferencia de Vd., que salta a la vista que no tiene ni idea).
15/10/26 3:09 AM
pipo
Quién sabe, de pronto en las horas de inconciencia durante su operación el Papa haya tenido alguna Divina iluminación y cuando se recupere del todo salga dispuesto a contestarle a la FSSPX para levantarles las excomuniones, contestar las Dubia sobre Amoris Laetitia, abrogar Traditionis custodes, consagrar Rusia al Inmaculado Corazón como lo pidió la Virgen, publicar anualmente una carta sobre el Santo Rosario como hizo León XIII, mandar a Tucho de regreso a su diócesis de origen. En fin, soñar no cuesta nada.
15/10/26 3:17 AM
millan
Deberian ser más humildes ahachar la cabeza aceptar algunos puntos de CVII y que la Misa nueva es valida , pedir perdon a Leo XIV por no obedecer su carta y que les levanten la excomuniíon, aunque me parece que no les levantaran nada, porque esa era la trampa para deshacerse del Rito Romano.
15/10/26 4:05 AM
Fidelium
El recurso es: Está segunda vez fue sin querer.... Lo juro. Lo juro. Y guardaron silencio.
15/10/26 4:37 AM
Urbel
Los comentarios precisos y fundados de Miguel Grosso y Jorge Garrido ponen de manifiesto que, contra lo observado por Néstor, este debate canónico está muy lejos de ser "un monólogo".
15/10/26 8:17 AM
Urbel
El 5 de junio de 1975 el arzobispo Marcel Lefebvre recurrió ante el Tribunal de la Signatura Apostólica contra la supresión canónica de la Fraternidad San Pío X, que se había decretado el 6 de mayo por monseñor Mamie, obispo de Friburgo (su predecesor monseñor Adam la había aprobado en 1970).

El recurso fue rechazado el 10 de junio, alegando que el decreto del obispo de Friburgo se había limitado a ejecutar las decisiones de una comisión cardenalicia aprobadas "in forma specifica" por el papa Pablo VI.

Una apelación interpuesta el 14 de junio solicitó entonces la prueba de esa aprobación específica; pero no hubo respuesta, porque el cardenal Villot, Secretario de Estado, le escribió al cardenal Staffa (prefecto del Tribunal) para prohibirle que recibiera la apelación (el cardenal Staffa le mostró esta carta al abogado de monseñor Lefebvre).

Todo esto se cuenta en la biografía del gran arzobispo misionero por su discípulo el obispo Bernard Tissier de Mallerais (páginas 673 y 674 de la versión española, editorial Actas, Madrid, 2012).

Esperemos que esta vez no haya en 2026 otra carta del cardenal Fernández semejante a aquella de 1975 ......
15/10/26 8:33 AM
X
, el Evangelio de ayer es muy clarificador.

15/10/26 9:35 AM
Federico
Y en el caso de que no les den la razón, ¿alguien cree que agacharán la cabeza, se disculparán y volverán a la plena obediencia a Roma? Espero que sea así, pero parece poco probable
15/10/26 12:53 PM
Rodrigo
He venido del futuro para contarles: Roma niega el recurso y aduce que las consagraciones no debían haber tenido lugar. La FSSPX se hace la vítima por la enésima vez, sus laicos atacan Roma de la forma más virulenta posible y el padre Davide emite un comunicado de 233 páginas sostienendo porque permanecerán firmes en su resistencia además de criticar Roma y decir que orará por el Papa León XIV, a quien reconocen como Papa. Esta película ya me la vi.
15/10/26 1:14 PM
Josep
Si el Papa no levanta la excomunión están excomulgados.
15/10/26 4:30 PM
Fermin
Pero, ¿Quien firmó el decreto de excomunión con consecuencias canónicas de pérdida de oficio? El Cardenal Víctor Manuel Fernandez?.
15/10/26 4:31 PM
Urbel
Una respuesta del pasado 7 de agosto del Dicasterio para los Textos Legislativos a la cancillería de una diócesis francesas, a propósito de la validez de un matrimonio de fieles de la Fraternidad, comienza a iluminar la cuestión:

"La Nota explicativa publicada el 2 de julio de 2026 por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe afirma que los matrimonios en presencia de ministros sagrados de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X son inválidos.

Sin embargo, no resulta del texto publicado que dicha declaración haya sido aprobada por el Romano Pontífice con la intención de revocar o derogar las disposiciones contenidas en la Carta de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei del 27 de marzo de 2017."

Muy interesante.

No sabemos todavía si Doctrina de la Fe ha contestado al recurso de los obispos de la FSSPX ni, si lo ha hecho, en qué sentido.

Pero sabemos ya que Textos Legislativos ha adoptado una primera posición.

Sigamos atentos.
15/10/26 5:09 PM
Urbel
Cierto, Fermín, el decreto de excomunión del pasado 2 de julio lo firmó el cardenal Fernández.

Sin aprobación específica del Papa, que se sepa.

Esta falta de aprobación específica es la que abre vía al recurso. Mientras que, contra los actos del Papa, no cabe recurso.

De ahí el interés del precedente de 1975 que he contado, cuando la supuesta aprobación específica del Papa en relación con la supresión de la Fraternidad, a pesar de haberse invocado, no fue nunca probada ni se admitió la apelación. Injusticia palmaria.
15/10/26 5:19 PM
Jorge Garrido
Urbel: conozco de la existencia de ese documento desde hace más de un mes, aunque no he conseguido acceder directamente a él. Sé de su contenido de forma indirecta, por la información reservada que me ha llegado de un juez canónico francés, pero lamentablemente no he podido leerlo personalmente... Por lo que se me dijo, no quieren publicarlo porque pone en evidencia la debilidad canónica de los argumentos del DDF y sería utilizado por la FSSPX en sus recursos a su favor, cosa que obviamente no quieren...

Mi información es que entre el DDF y el DTL hay claras discrepancias interpretativas y que de ello están tomando buena nota los jueces que van a decidir, aunque están sometidos a grandes presiones para no dejar en evidencia al DDF.

Quién sabe, igual Federico y Rodrigo se llevan una sorpresa con la sentencia que va a emitir el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica... No conozco un sólo canonista serio que no cuestione los documentos del DDF en este tema (aunque pocos se atreven a decirlo públicamente).
15/10/26 8:10 PM
Blanca González
Todos dentro menos la fraternidad que fuerte Diosmio
15/10/26 8:14 PM
Néstor
Esto les dijo el Papa a las autoridades de la FSSPX:

"Con este espíritu, y lleno de afecto cristiano, les ruego y les pido con todo el corazón: ¡Den marcha atrás! Los exhorto a que consideren atentamente el bien espiritual de los fieles, porque el acto cismático que llevaren a cabo los privaría de la recepción lícita y, en algunos casos, incluso válida de los sacramentos que ellos aman y buscan para la propia santificación."

El acto cismático, obviamente, conlleva la excomunión. Así que aquí no estamos hablando de una invento de Mons. Fernández.

"Ruego por ustedes, porque desgarrar la Túnica inconsútil de Cristo es un pecado de extrema gravedad."

Se la desgarra mediante el cisma, que lleva consigo la excomunión.

Saludos cordiales.
15/10/26 11:15 PM
Fermín
Néstor, estoy de acuerdo con usted.
Porque canon 1364 establece excomunión Latae Sententiae para cisma. La excomunion "latae sententiae" tiene ciertas consecuencias canónicas inmediatas -como la prohibición de administrar sacramentos- y están tasadas en el canon 1331.&1. Sin necesidad de declaración.

En el canon 1331.&2 se establecen más consecuencias, de mayor gravedad, que requieren Declaración de la Autoridad. Como la perdida del oficio eclesiástico -no deja de ser sacerdote u obispo porque eso imprime caracter-.

Pero no hay que olvidar que este esquema mostrado se aplica no solo al cisma, sino a la herejía y la apostasía. El codigo no diferencia.

El canon 751 define qué es herejía. Negación PERTINAZ, con conocimiento, CONSCIENTEMENTE de la Fe Católica..

Unos y otros herejes formales, apóstatas y cismáticos, están fuera. Tucho acumula varias "latae sententia" en su haber.
16/10/26 7:29 AM
Fermin
Si se me permite dos comentarios seguidos. Solo quiero añadir que el Catecismo califica, en el numeral 817, a la herejía y al cisma -a ambos-
, de "rupturas que lesionan la unidad del Cuerpo de Cristo".
Ambas son desgarros. No sólo el cisma es un desgarro. El cismático desgarra. El hereje formal también y más cuando es un obispo porque lleva con él a la Iglesia local.

Muchas gracias por permitir el comentario anterior. Que Dios les bendiga.
16/10/26 10:25 AM

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