(InfoCatólica) La Fraternidad Sacerdotal San Pío X consumó la ruptura con Roma. El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha publicado este 2 de julio un decreto que declara la excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica de los obispos consagrante, coconsagrante y consagrados en la ceremonia celebrada ayer en Écône (Suiza), por haber llevado a cabo «un acto de naturaleza cismática»: la consagración episcopal sin mandato pontificio y contra la voluntad expresa de León XIV.
A diferencia de lo ocurrido en 1988, cuando se produjeron las primeras consagraciones sin mandato pontificio de la FSSPX, la Santa Sede no ha establecido ningún mecanismo específico para reintegrar a los lefebvrianos que quieran volver a la Iglesia. En tiempos de Juan Pablo II, se creó la Pontificia Comisión Ecclesia Dei con esta finalidad, pero el Papa Francisco la suprimió en 2019.
Los excomulgados
El decreto, firmado por el cardenal Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio, y refrendado por los secretarios de las secciones disciplinar y doctrinal, monseñor John J. Kennedy y monseñor Armando Matteo, identifica específicamente a los participantes en las consagraciones episcopales ilícitas. Mons. Alfonso de Galarreta, consagrante principal, y Mons. Bernard Fellay, coconsagrante, han incurrido ipso facto en la excomunión. Mons. Fellay, como precisa el decreto, participó «directamente en la celebración litúrgica como coconsagrante» y se «adhirió públicamente al acto cismático». Los cuatro presbíteros consagrados obispos, Pascal Schreiber, Michael Goldade, Michel Poinsinet de Sivry y Marc Hanappier, quedan igualmente excomulgados.

Un acto calificado de cisma
Una nota explicativa publicada simultáneamente por el Dicasterio encuadra las consagraciones en el delito de cisma. El documento recuerda que la desobediencia que «conlleva un rechazo práctico del Primado romano» constituye un acto cismático. Esta cuestión había sido muy discutida en los últimos años, a pesar de que el carácter de acto cismático de las consagraciones contra el mandato papal de la FSSPX «ya se declaró en 1988», en la carta apostólica Ecclesia Dei de Juan Pablo II. También León XIV señaló este carácter cismático en su carta al P. Pagliarani de hace dos días.
La nota subraya que «los múltiples intentos por reconducir a los adherentes al movimiento iniciado por monseñor Marcel Lefebvre a la plena comunión con la Iglesia» han resultado «infructuosos», desde los tiempos de Pablo VI hasta las conversaciones más recientes celebradas en el propio Dicasterio.
Una dureza inusitada: también sacerdotes y laicos están en cisma
Las excomuniones de los obispos eran inevitables, ya que constituyen una consecuencia automática de sus acciones según el derecho canónico. La Santa Sede, sin embargo, ha ido más allá, con una dureza inusitada. En efecto, se considera que el delito de cisma afecta también a los demás clérigos e incluso a los laicos. Esta posibilidad ya se encontraba en Ecclesia Dei, pero hasta ahora siempre se había evitado hacer hincapié en ella. Las consecuencias canónicas de todo esto son de gran alcance:
- Todos los clérigos de la Fraternidad San Pío X se encuentran en cisma y deben ser considerados cismáticos, sujetos a la excomunión prevista por el canon 1364 § 1 del Código de Derecho Canónico.
- Los fieles laicos que se adhieran formalmente a la Fraternidad incurrirán en la excomunión latae sententiae, conforme a los criterios establecidos en la Nota explicativa del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos de 1996, que el Dicasterio hace suya.
- Los sacramentos administrados por los ministros de la Fraternidad son ilícitos. El decreto declara también que las absoluciones que impartan en la confesión y los matrimonios que celebren los sacerdotes de la FSSPX son inválidos, por carecer de las licencias y la autoridad que se requieren.
- La excomunión de los consagrantes y consagrados es latae sententiae y está reservada a la Sede Apostólica, lo que significa que solo el Papa o el propio Dicasterio pueden levantarla.
- Se exhorta a todos los fieles a abstenerse de participar en las celebraciones y actividades promovidas por la Fraternidad San Pío X.
- Los Nuncios Apostólicos establecerán procedimientos para que los ordinarios diocesanos puedan atender los casos de quienes deseen regresar a la plena comunión.
La puerta abierta al retorno
Pese a la severidad de las sanciones, el Dicasterio incluye una invitación explícita al retorno. «La Iglesia, como madre solícita, acogerá con sincero afecto y viva solicitud a todos aquellos que deseen volver a la plena comunión», señala la nota, que encomienda a los nuncios apostólicos la articulación de los procedimientos necesarios. El documento concluye con una exhortación a los fieles a «permanecer firmes en la comunión con el Romano Pontífice» y con los obispos unidos a él.
Texto íntegro del decreto (traducción del original italiano)
DICASTERIO PARA LA DOCTRINA DE LA FE
Prot. N. 99/2009
DECRETO
A pesar de las amonestaciones dirigidas al Superior General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, el obispo Alfonso de Galarreta, al haber realizado un acto de naturaleza cismática mediante la consagración episcopal de cuatro presbíteros, sin mandato pontificio y contra la voluntad del Sumo Pontífice, ha incurrido ipso facto en las penas previstas por el canon 1387 y por el canon 1364 § 1 del CIC 2021.
Declaro, por tanto, a todos los efectos jurídicos, que tanto el mencionado obispo Alfonso de Galarreta como Pascal Schreiber, Michael Goldade, Michel Poinsinet de Sivry y Marc Hanappier han incurrido ipso facto en la excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica.
Declaro asimismo que el obispo Bernard Fellay, al haber participado directamente en la celebración litúrgica como coconsagrante y al haber adherido públicamente al acto cismático, ha incurrido en la excomunión latae sententiae prevista por el canon 1364 § 1 del CIC 2021.
Se amonesta a los clérigos y fieles laicos a no adherirse al cisma de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, pues incurrirían ipso facto en la pena de excomunión latae sententiae.
Dado en el Palacio del Dicasterio, el 2 de julio de 2026.
Víctor M. Card. Fernández Prefecto
John J. Kennedy Arzobispo titular de Ossero Secretario para la Sección Disciplinar
Mons. Armando Matteo Secretario para la Sección Doctrinal
Texto íntegro de la nota explicativa (traducción del original italiano)
DICASTERIO PARA LA DOCTRINA DE LA FE
Prot. N. 99/2009
NOTA EXPLICATIVA
Desde los tiempos de san Pablo VI hasta las últimas conversaciones, celebradas recientemente en este Dicasterio, los múltiples intentos por reconducir a los adherentes al movimiento iniciado por monseñor Marcel Lefebvre a la plena comunión con la Iglesia católica han resultado infructuosos. Esta situación se ha agravado aún más a causa de las recientes consagraciones episcopales celebradas sin mandato pontificio, contra la voluntad del Santo Padre y en abierta violación del Derecho canónico. Por lo tanto, este Dicasterio, en el fiel ejercicio de las funciones que le han sido confiadas, considera necesario señalar que dicho acto ha configurado el delito de cisma, con las consecuencias canónicas que ello conlleva para los ministros sagrados y los fieles laicos implicados. En efecto, como ya se declaró en 1988, «tal desobediencia, que conlleva un rechazo práctico del Primado romano, constituye un acto cismático» (cf. Juan Pablo II, carta apostólica Ecclesia Dei, 3).
A este respecto, a partir de ahora:
- Los ministros sagrados pertenecientes a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X se encuentran en cisma y deben, por tanto, ser considerados cismáticos (cf. Ecclesia Dei, 5 c; Consejo Pontificio para los Textos Legislativos, Nota explicativa sobre la excomunión por cisma en la que incurren los adherentes al movimiento del obispo Marcel Lefebvre, 24.08.1996, 5-6), por lo que están sujetos a la excomunión prevista por el Derecho (canon 1364 § 1 del CIC).
- En lo que respecta a los fieles laicos, deben considerarse cismáticos y excomulgados quienes se adhieran formalmente a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X en las condiciones establecidas en la Nota explicativa del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos de 1996 (cf. ibídem, 7), aún vigente, que este Dicasterio hace suya.
- Se advierte, por último, al santo Pueblo de Dios que los ministros sagrados de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X administran los sacramentos de forma ilícita y que el sacramento de la penitencia por ellos administrado y el matrimonio por ellos asistido son inválidos.
La Iglesia, como madre solícita, acogerá con sincero afecto y viva solicitud a todos aquellos que deseen volver a la plena comunión. Los Nuncios Apostólicos dispondrán los procedimientos que los ordinarios podrán utilizar en los distintos casos.
Se exhorta, por último, a todos los fieles a permanecer firmes en la comunión con el Romano Pontífice, con los obispos en comunión con él y con toda la Iglesia (cf. Lumen Gentium, 22; canon 751 del CIC), y a abstenerse de participar en las celebraciones y actividades promovidas por la mencionada Fraternidad Sacerdotal San Pío X.
Dado en el Palacio del Dicasterio, el 2 de julio de 2026.
Víctor M. Card. Fernández Prefecto
Mons. Armando Matteo Secretario para la Sección Doctrinal
John J. Kennedy Arzobispo titular de Ossero Secretario para la Sección Disciplinar







