(LifeSiteNews/InfoCatólica) La Corte de Apelaciones de Bari, en el sur de Italia, ha ordenado el reconocimiento de una adopción alemana que convierte a un niño de cuatro años en hijo legal de tres adultos: su padre biológico, el «marido» de este último —con quien mantiene una unión entre personas del mismo sexo registrada en Alemania desde 2019— y su madre biológica. Se trata de la primera resolución de este tipo en la historia judicial italiana.
El decreto fue dictado el 21 de enero de 2026 y hecho público el 12 de mayo. La situación que lo originó se fraguó en Frankfurt, Alemania, donde el niño nació el 17 de diciembre de 2021. La madre biológica es descrita en los documentos judiciales como una amiga de larga data de la pareja masculina. Inicialmente el menor fue registrado como hijo de la madre biológica y del padre biológico, pero a finales de 2022 un tribunal de Berlín aprobó la adopción por parte del «marido» del padre bajo la legislación alemana.
Italia resistió, pero el sistema judicial cedió
En octubre de 2024, la pareja solicitó a un municipio de Apulia que registrara la adopción alemana, ya que el padre biológico figura como ciudadano italiano en el exterior. Las autoridades locales rechazaron la petición alegando indicios de una posible maternidad subrogada encubierta —prohibida tanto en Italia como en Alemania— y señalando que existían «sospechas legítimas» de que el niño había sido gestado como encargo. Los jueces de la Corte de Apelaciones rechazaron ese argumento tras revisar documentos judiciales y de servicios sociales alemanes, concluyendo que el reconocimiento no violaba el «orden público internacional». La abogada de los demandantes, Pasqua Manfredi, calificó el fallo como «una resolución que otorga protección a nuevas formas de paternidad compartida, que no está en conflicto ni con la ley italiana ni con el interés superior del niño».
El activismo judicial supera al legislativo
El fallo no es producto de ninguna ley aprobada por el Parlamento italiano ni refleja la voluntad del gobierno de la primera ministra Giorgia Meloni. Es consecuencia de la interacción entre jueces de apelación, principios europeos del derecho de familia, derecho internacional privado y una magistratura cada vez más dispuesta a convalidar arreglos familiares ya consolidados en el extranjero. Este fenómeno reproduce lo ocurrido en décadas anteriores en Estados Unidos y Europa occidental, donde las decisiones judiciales normalizaron categorías que nunca obtuvieron un verdadero consenso democrático. En la práctica, incluso los gobiernos retóricamente opuestos a las reformas antropológicas progresistas enfrentan límites estructurales al toparse con precedentes transnacionales y una judicatura que actúa de forma autónoma.
Lo que la doctrina católica defiende
La resolución suscita objeciones antropológicas y morales profundas que van más allá de la cuestión de la maternidad subrogada. La enseñanza católica sostiene que la paternidad y la maternidad no son meras funciones sociales o emocionales intercambiables, sino realidades arraigadas en la naturaleza humana, en la complementariedad sexual entre varón y mujer y en el fin procreativo del matrimonio. El niño necesita instintivamente al padre y a la madre como modelos complementarios e insustituibles para su desarrollo emocional y psicológico. La destrucción de este orden familiar —entendido como la unión estable de un hombre y una mujer abierta a la vida— está en la raíz de graves desequilibrios que los hijos arrastran a lo largo de toda su existencia.








