(InfoCatólica) Ahora que con los focos están puestos en las iglesias particulares de Escandinavia, también pueden tomar nota otros episcopados de su guía de voto. Es muy clara, señala que hay temas que suponen líneas rojas, los principios no-negociables (vida, familia, educación) y otros económicos y sociales que no tanto y que habitualmente sirven de excusa para no molestar al establishment. A diferencia de episcopados que emiten inanes guías de voto, los suecos en este caso bajan al terreno.
La Comisión de Justicia y Paz (Justitia et Pax) de la diócesis católica de Estocolmo ha publicado un documento dirigido a todos los católicos del país y a las personas de buena voluntad con motivo de las elecciones legislativas suecas del próximo 13 de septiembre de 2026. El texto, firmado el 15 de abril y presentado como herramienta de discernimiento, establece una clara jerarquía entre valores absolutos y cuestiones de prudencia práctica a la hora de orientar el voto.
El documento, firmado por el padre Thomas Idergard SJ, presidente de la comisión, y el doctor Ludwig Gelot, secretario general, parte de una premisa de la constitución pastoral Gaudium et spes del Concilio Vaticano II: la política, en todos sus niveles, constituye un ámbito para la edificación del Reino de Dios. Desde esta base, la Iglesia insta a los fieles a participar activamente en los procesos democráticos, ya sea como candidatos, como trabajadores políticos o, como mínimo, como votantes.
Valores absolutos frente a prudencia práctica
El núcleo del texto descansa en la distinción que la doctrina social católica establece entre valores absolutos y valores para la prudencia práctica. En las cuestiones de prudencia práctica, como la seguridad, la economía, el clima, la inmigración o las prestaciones sociales, la comisión reconoce que católicos igualmente comprometidos con su fe pueden llegar a conclusiones políticas diferentes. La democracia, recuerda el documento, no es una comunidad de opiniones, sino un orden para la resolución pacífica de conflictos de valores. Estas cuestiones, con ser relevantes para la vida pública, ocupan un lugar subordinado en la jerarquía del discernimiento electoral: solo entran en juego una vez cumplida la obligación previa de proteger los valores absolutos.
Esos valores absolutos constituyen, según la comisión, la frontera de lo moralmente defendible, porque son condición necesaria para que el desarrollo humano sea siquiera posible. El derecho a la vida de todo ser humano desde la fecundación hasta la muerte natural se sitúa como fundamento de todos los demás derechos. El documento invoca tanto la encíclica Evangelium vitae (1995) de San Juan Pablo II como la declaración Dignitas infinita (2024) del Dicasterio para la Doctrina de la Fe para recordar que tanto el aborto como la eutanasia son condenados de forma vinculante para los fieles como graves violaciones de la dignidad humana por lo que son en sí mismos, con independencia de motivos o circunstancias.
Aborto: consenso parlamentario y reforma constitucional
Respecto al aborto, la comisión constata un panorama que deja escaso margen de maniobra a los votantes católicos. Una reforma constitucional que pretende inscribir el acceso al aborto en el catálogo de derechos fundamentales de la Ley Fundamental sueca (Regeringsformen) se encuentra en período de espera, pendiente de su segunda y definitiva lectura por el Riksdag que resulte elegido en septiembre. El texto lamenta que todos los partidos parlamentarios actuales respalden tanto esta reforma como la legislación vigente, que permite más de 30.000 abortos anuales, y afirma que la Iglesia «deplora profundamente» que el aborto se considere una evidencia política.
Esta unanimidad parlamentaria tiene consecuencias directas para el discernimiento. El documento reconoce que cuando todos los partidos y candidatos actúan de manera idéntica en todas las votaciones relevantes sobre un valor absoluto, el voto del ciudadano carece de capacidad real para influir en la legislación. En ese supuesto, la comisión indica que el voto debe tratarse como una expresión de opinión y entenderse como «un acto profético».
Eutanasia: donde el voto sí puede marcar diferencia
El escenario es distinto en materia de eutanasia. La comisión señala que aún existen diferencias reales entre los partidos: algunos han adoptado posiciones activas a favor de que el Estado investigue sin condiciones previas la legalización de la eutanasia, mientras que otros se oponen tanto a la investigación como a la práctica misma. El documento describe esta batalla como parte de la lucha contra la «cultura de la muerte», en la que el asesinato intencionado de personas débiles y vulnerables se presenta como solución deseable.
Puesto que el debate no está cerrado, es aquí donde opera con toda su fuerza la obligación que la comisión establece para los católicos: buscar partidos y candidatos cuyo voto pueda proteger el derecho a la vida en la legislación concreta del período 2026-2030. Esta obligación, subraya el texto, precede a cualquier otra consideración electoral.
Discernimiento en dos niveles
La comisión propone así un proceso de discernimiento jerárquico. El primer nivel exige al votante católico preguntarse cómo puede su voto influir en la legislación sobre valores absolutos. Solo cuando esa posibilidad se ha agotado o resulta inviable, entra el segundo nivel: la prudencia práctica, iluminada por la fe a través de los principios de solidaridad, subsidiariedad y búsqueda del bien común que la doctrina social enseña a aplicar en cada ámbito político. En este segundo nivel tienen su lugar legítimo también las consideraciones seculares, incluidas las ideológico-políticas, y la ponderación de cuestiones como la fiscalidad, la migración o la política social, donde el documento recuerda que la doctrina social señala principios que deben tenerse en cuenta, pero cuya aplicación concreta puede ser legítimamente diversa.
Escuelas confesionales y libertad educativa
El documento dedica un apartado específico a la defensa del derecho de los padres a elegir una educación conforme a sus convicciones, un derecho consagrado en convenciones internacionales. Aunque reconoce que el sistema concreto de financiación escolar es materia de prudencia práctica, afirma que la existencia misma de escuelas confesionales es una consecuencia necesaria de la libertad de conciencia y religión. Las exigencias políticas de que toda la actividad escolar, incluidas las actividades fuera del horario lectivo, esté libre de elementos confesionales son, según el texto, ilegítimas, porque vulneran los derechos de los padres.
La comisión critica además las prioridades de las autoridades suecas en materia educativa, señalando la incongruencia de sancionar la oración antes de las comidas escolares o las bendiciones en actos de fin de curso, mientras se permite que expresiones de la ideología Pride y de la ideología trans se conviertan en contenidos obligatorios de la enseñanza.
Unidad en la fe, pluralismo en la política
El documento concluye con un llamamiento a evitar la identificación entre fe católica y opciones partidistas concretas, apoyándose tanto en Gaudium et spes como en San Pablo VI (Octogesima adveniens, 1971). Dos católicos igualmente fieles pueden llegar a conclusiones políticas opuestas en el ámbito de la prudencia práctica, siempre que sus conciencias hayan tenido en cuenta los principios que la fe exige considerar. La caridad hacia el prójimo, sostiene la comisión, no se expresa en la coincidencia de opiniones políticas, sino en el respeto a la buena voluntad y la capacidad de juicio del otro, incluso cuando vota a un partido diferente. Solo así, afirma el texto, es posible contrarrestar una polarización malsana.






