Se estima parcialmente el recurso contra la identificación de cruces como símbolos franquistas en la Comunidad Valenciana
Retirada de la Cruz del Parque de Ribalta en Castellón de la Plana

El TSJCV da la razón en parte a Abogados Cristianos

Se estima parcialmente el recurso contra la identificación de cruces como símbolos franquistas en la Comunidad Valenciana

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha emitido una sentencia en la que estima parcialmente el recurso presentado por la Asociación de Abogados Cristianos contra una resolución de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la que se incluían cruces como símbolos franquistas.

(InfoCatólica) El recurso impugnaba la actualización del Catálogo de vestigios de la Guerra Civil y la Dictadura, aprobado el 15 de septiembre de 2022 y publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) el 16 de noviembre de 2022.

Contexto del caso

La resolución recurrida establecía la relación de elementos contrarios a la memoria democrática y la dignidad de las víctimas que deben ser retirados o eliminados. La Asociación de Abogados Cristianos argumentó, entre otros puntos, la falta de criterio en la elaboración del catálogo, la vulneración de la libertad religiosa y la inseguridad jurídica en la inclusión de cruces resignificadas.

Por su parte, la Generalitat Valenciana defendió que el catálogo es meramente identificativo y no implica automáticamente la retirada de los elementos, sino que los titulares de los bienes deben llevar a cabo su eliminación.

Decisión del Tribunal

En su sentencia, el TSJCV concluye que:

  1. Legitimación activa de la asociación: Se reconoce la capacidad de la Asociación de Abogados Cristianos para presentar el recurso, dado su interés legítimo en defender elementos de significación religiosa cristiana.

  2. Criterios de inclusión en el catálogo: El tribunal distingue entre cruces resignificadas y aquellas que mantienen connotaciones originales vinculadas a la exaltación franquista. Determinó que algunos elementos incluidos en el catálogo habían perdido su significado original tras la resignificación y, por tanto, no debían ser considerados contrarios a la memoria democrática.

  3. Protección patrimonial: El tribunal rechazó la alegación de que las cruces incluidas en el catálogo formen parte del patrimonio histórico español o valenciano, señalando la falta de declaración administrativa que respalde esta consideración.

  4. Libertad religiosa: Según el tribunal, la catalogación de ciertos elementos no constituye una vulneración del derecho a la libertad religiosa, ya que la retirada de estos símbolos debe interpretarse en el marco de la memoria democrática, y no como un acto contra la religión.

La sentencia menciona específicamente algunas cruces incluidas en el Catálogo que, tras ser evaluadas, se determinó que habían perdido su significado original vinculado a la exaltación franquista debido a su resignificación. Entre las cruces mencionadas están:

  1. Cruz en Alicante: Situada en el cruce de la Avenida Doctor Gadea con Maisonnave. Lleva la inscripción: "1936-1940 a todos los hombres y mujeres que murieron en defensa de sus ideales".

  2. Cruz de Germanías en Elche: Sin texto adicional.

  3. Cruz del Parque de Ribalta en Castellón de la Plana: También sin texto.

  4. Cruz en Herbés: Ubicada en la plaza del Pueblo (o de la iglesia), sin inscripción.

  5. Cruz de hierro en Morella: Situada en el puerto de Querol, sin inscripciones.

El tribunal considera que no deben formar parte del catálogo en los términos actuales.

La Asociación de Abogados Cristianos ha anunciado que pedirá la revisión de todas las sentencias que han avalado el derribo de cruces en la Comunidad Valenciana, incluida la de Callosa de Segura, entre otras.

Su presidenta, Polonia Castellanos, ha declarado que «esta sentencia es un espaldarazo a nuestra defensa de las cruces en España. No vamos a permitir ni un derribo más e iniciaremos procedimientos para que regresen a sus emplazamientos todas las cruces derribadas hasta ahora».

 

4 comentarios

JRLG
O sea que la estimación parcial se debe a que algunas cruces ya no tienen un significado contrario a la legislación sobre memoria. Nada que ver con el simbolismo religioso ni con ataque alguno a la libertad religiosa. Aclarado.
7/01/25 8:35 PM
Gregorio
ES SACAR DE CONTEXTO EL TEMA.
TODOS SABEMOS QUE DESDE LOS AÑOS 30, LA IZQUIERDA EN ESPAÑA, TRATÓ DE IR CONTRA LA RRLIGIÓN, TANTO HACIA LAS PERSONA COMO HACIA TODO LO QUE OLIERA A IGLESIA
QUEMA DE IGLESIAS, BIBLIOTECAS, DESTROZOS EN CEMENTERIOS, VOOLACIONES A MONJAS,
VEJACIONES DE CADAVERES........

CON FRANCO, EN EL PODER SE RECONSTRUYO EL ESCARNIO; PERO EN ESTA GENTE DE IZQUIERDAS,
QUE RENIEGAN DE LA FE CATOLICA, LES QUEDA UN RESENTIMIENTO ESCONDIDO QUE SALTA EN CUANTO PUEDEN.
ES LO QUE HA PADADO AHORA CON ESTA MATRACA DEL PSOE, DE VOLVER AL RENCOR Y AL ODIO A TODO LO QUE SEA DIVINO.

EN VEZ DE GOBERNAR DEMOCRATICAMENTE PARA TODOS, RESPETANDO LA MAYORIA CATOLICA DE ESPAÑOLES, SE LES DA POR APLAUDIR A LOS MOROS Y CREAR TENSIONES SOCIALES COMO NO DEJAR REZAR EN LA CALLE,
....... etc.
EN FIN, ESTA GENTE DE DEMÓCRATAS, NI UN PELO; DE DICTADORES POR DECRETO, MUCHO,
Y DE INTELIGENTES, NADA.

QUE DIOS SE AMPARE DE ELLOS, PUES EL FIN DE LOS TIEMPOS ESTA CERCA.

SALVE MARIA.
7/01/25 11:26 PM
pilar
Muchas gracias por estos trabajos y esfuerzos por defender la libertad religiosa en España y en cada una de las autonomías que la sufren.
Haber si en su importante Memoria Democrática de esa bendita tierra de santos, también incluyen el nombre los asesinados, martirizados y violados religiosos y civiles por ser simplemente católicos.
7/01/25 11:53 PM
Amparo
Lo que hay que hacer es ir contra la antinatural y muy dañina Ley de memoria democrática. No podemos permitir que se inventen una historia que nunca fue porque haciendo eso pueden hacer cualquier cosa .
8/01/25 10:15 AM

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