(FamiLiaE/InfoCatólica) La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado por sentencia 30/2024, de 27 de febrero, que estima el recurso presentado por varias familias, la Orden Foral 92/2021 del consejero de Educación y el acuerdo de Gobierno de Navarra el Plan de Coeducación –y el programa Skolae como su concreción– para los años 2021-23.
Había errores en el procedimiento y trámites legalmente establecidos para su aprobación. Se trata prácticamente de lo mismo que sucedió en 2020, cuando tanto el TSJN y el Tribunal Supremo declararon el plan Skolae para los años 2017-20 nulo de pleno derecho. La Orden Foral y el Plan fueron recurridos en alzada por varias familias y mediante acuerdo de Gobierno de Navarra de 29 de marzo de 2023, se desestimó el recurso de alzada. Las familias interpusieron entonces un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN, que ha resuelto de nuevo estimando el recurso y anulando la norma y el plan dictados por el departamento de Educación.
El programa de coeducación, en su aspecto de educación afectivo sexual 'Skolae' era el banco de pruebas que pretendieron implantar de forma pionera en Navarra y sirve de base para otros similares que defiende la coalición social-comunista en las regiones en las que gobierna.
'Skolae' causó una gran polémica en la comunidad educativa de Navarra ya que pretende educar sexualmente mediante juegos a todos los menores estudiantes desde la edad de 3 años, lucha contra «el amor tradicional» e incluso hacen preguntarse a los menores acerca de su género. Fue un programa impuesto, que no se ofrece a los colegios sino que se les impone. De ahí que algunos grupos de padres lo recurrieran ante los tribunales.
La plataforma FamiLiaE felicita a las familias
La plataforma FamiLiaE ha declarado que «felicita a las familias por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que reconoce que Educación una vez más obró en desacuerdo con el procedimiento legal, lo que permite a las familias exigir que no se imparta Skolae en los colegios. FamiLiaE también desea que en el futuro la educación se construya entre todos, sin ideologías».
SegúnFamiLiaE, «el departamento de Educación del Gobierno de Navarra cae de nuevo en la misma piedra, lo que demuestra el poco cuidado en respetar la legalidad a la hora de realizar los procedimientos. Parece que el ansia por implantar su plan ideológico les puede y terminan por cometer errores. Además de lo anterior, queremos recordar que durante el procedimiento de exposición pública se hizo caso omiso de las alegaciones presentadas por numerosas familias, a las que se les respondió con un simple copia-pega de las leyes que apoyan el programa».
Aunque la sentencia no entra a valorar el fondo, sí que hace alusión a la sentencia del Tribunal Supremo de 2009 con motivo de la asignatura Educación para la Ciudadanía, donde se recoge el derecho constitucional de los padres a educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones morales y religiosas «reflejados en los artículos 16.1 y 27.3, que significan un límite a la actividad educativa del Estado …. Dentro del espacio propio de lo que sean planteamientos ideológicos, religiosos y morales individuales, en los que existan diferencias y debates sociales, la enseñanza se debe limitar a exponerlos e informar sobre ellos con neutralidad, sin ningún adoctrinamiento, para, de esta forma, respetar el espacio de libertad consustancial a la convivencia constitucional»
«Skolae va mucho más allá que Educación para la Ciudadanía. Es un programa ideológico transversal, que afecta a todo el currículum educativo. Contiene fichas como la C31, titulada «Carta de despedida del machista que hay en mí», la C16, donde se pide a los alumnos que respondan, «levantando la mano, a la pregunta ¿A quién les gustaría ser del sexo contrario?» o la C13.1, donde la tarea es que cuando el profesor «nombre cada parte del cuerpo, las niñas y niños apoyen sus manos en ella, la toquen o la acaricien… y se paren un momento con los ojos cerrados para poder sentir que emoción acude a ellas y ellos». Esta visión antropológica la van a supervisar en todos los lugares: el patio, los pasillos el polideportivo, los aseos, la biblioteca los espacios de estudio». Incluso se va a controlar el lenguaje visual, escrito y oral; así como libros, cuentos, material audiovisual, etc. de las bibliotecas. Todo esto se recoge en el Plan de Coeducación. No escapa nadie al control absoluto al que quieren someter a los colegios».
«En cualquier caso, estamos de enhorabuena y queremos pedir a los colegios que no impartan contenidos de Skolae porque se encuentra anulado. En línea con lo anterior, las familias pueden también pedir a sus colegios que dejen de realizar actividades recogidas en ese plan. Por último, decir que tendemos la mano al Departamento de Educación para poder hacer un plan entre todos, donde nos centremos en lo que nos une, no en lo que nos divide».
Insumisión del Gobierno de Navarra: nuevo recurso y nuevo Plan de coeducación 2024-2028
Por su parte, el departamento de Educación del Gobierno de Navarra, cuyo director es el socialista Carlos Gimeno, ha anunciado que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo esta sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).
Mediante Orden Foral 92/2021, de 30 de septiembre, del consejero de Educación, se aprobó el Plan de Coeducación del departamento de Educación para el periodo 2021-2023, ha explicado el Gobierno en una nota. El departamento considera que el Plan de Coeducación para el periodo 2021-2023 no es una norma sino un acto administrativo, ya que del mismo «no se deduce vocación de permanencia, se consume con su ejecución y supone la aplicación del derecho ya existente».
Asimismo, ha expuesto que en el año 2020, la sentencia 141/2020 dictada por la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Navarra resolvía un recurso frente a dos resoluciones del año 2018 del director general de Educación. Según el Gobierno, en el año 2018 no estaba todavía vigente la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre Mujeres y Hombres, cuyos artículos 31 y siguientes regulan y amparan la coeducación en los centros docentes, ni el Decreto Foral 72/2021, de 18 de agosto, por el que se regula la coeducación en los centros docentes públicos y privados concertados del sistema educativo de la Comunidad foral. En este momento, ha manifestado, «las circunstancias son muy diferentes puesto que hay dos normas que amparan de manera expresa el Plan de Coeducación».
Ahora bien, ha continuado, aun cuando hay voluntad de recurrir en casación la sentencia, el departamento de Educación va a tramitar, para una mayor seguridad jurídica, el nuevo Plan de Coeducación 2024-2028 conforme a las exigencias que dictamina el Tribunal Superior de Justicia de Navarra «para que no exista impedimento de ningún tipo, formal o de otra índole, en la aplicación del principio de coeducación que para el Gobierno de Navarra es fundamental».