(Vatican News/InfoCatólica) Para aclarar interpretaciones, el Papa Francisco recordó a través de un Rescripto donde especifica que el IOR tendrá, a partir del 1 de septiembre, la competencia exclusiva en la gestión de activos financieros de la Santa Sede y de las instituciones relacionadas. Así lo establece un rescripto del Papa Francisco publicado hoy, 23 de agosto, en L'Osservatore Romano.
Francisco establece que el rescripto «tiene el carácter de una interpretación auténtica de las disposiciones vigentes y tiene una fuerza firme y estable, no obstante cualquier cosa en contrario, aunque sea anterior al rescripto o se refiera específicamente a cosas especiales». El punto central del texto papal es el artículo 219, párrafo 3 de la Constitución sobre la Curia Praedicate evangelium, que debe interpretarse «en el sentido de que la actividad de gestor patrimonial y custodio del patrimonio mueble de la Santa Sede y de las instituciones vinculadas a la Santa Sede es responsabilidad exclusiva del Instituto para las Obras de Religión».
Por ello, la Santa Sede y las instituciones afines «que posean activos financieros y activos líquidos, cualquiera que sea la forma en que los tengan, en instituciones financieras distintas del IOR, deberán informar al IOR y transferirlos a este lo antes posible en un plazo de 30 días a partir del 1 de septiembre de 2022». El rescripto papal entra en vigor inmediatamente, con su publicación en el diario de la Santa Sede.