(InfoCatólica) El proyecto de ley SB669 (Ley de libertad de personas embarazadas de 2022) es muy explícito desde su primer párrafo:
Este proyecto de ley aclara explícitamente que la autorización para enjuiciar a una persona por asesinato u homicidio involuntario de un feto viable (1) no puede interpretarse en el sentido de autorizar una investigación o sanción para una persona que interrumpe o intenta interrumpir su propio embarazo o experimenta un aborto espontáneo, muerte perinatal relacionada con la falta de acción, o muerte fetal y (2) no somete a una persona a sanciones penales o daños civiles por ayudar, informar o ayudar de alguna manera a una persona embarazada a interrumpir o intentar interrumpir el embarazo de la persona
La medicina define período perinatal (*) al que transcurre entre la semana 20 de embarazo y la cuarta semanas tras el nacimiento.
La ley, de aprobarse, permitiría por tanto dejar morir de inanición a un recién nacido hasta que cumpla 28 días de vida (o al menos 7), sin que se pueda castigar penalmente a nadie por ello.
(*) La OMS (Organización Mundial de la Salud) reduce el plazo a los primeros siete días.