(RT/InfoCatólica) La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de México rechazó ayer, con cuatro votos en contra y uno a favor, la posibilidad de ordenar al Congreso de Veracruz que reforme su Código Penal para despenalizar el aborto antes de las 12 semanas de gestación.
Los magistrados Ana Margarita Ríos Farat, Norma Lucía Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo votaron en contra en un debate virtual que duró menos de 20 minutos.
El único voto positivo fue el del presidente de la Sala, Juan Luis González Alcántara, quien llegó con un proyecto de sentencia que establecía que la prohibición y penalización del aborto es una barrera que genera discriminación en contra de las mujeres con respecto a su acceso al derecho a la salud, lo que el Congreso de Veracruz debía subsanar.
La magistrada Piña Hernández, primera en tomar la palabra, explicó que rechazaba el proyecto sin referirse al fondo del asunto, sino que se limitaba a considerar que el Congreso de Veracruz no incurre en una «omisión legislativa» porque, más allá de su contenido, la ley en la materia existe.
«La Corte no puede sustituir al Congreso para ordenarle un contenido legislativo específico, la forma de regular esta situación corresponde en principio a la discrecionalidad legislativa. La Corte incurriría en el llamado activismo judicial», dijo.
Ríos Farat, Pardo Rebolledo y Ortiz Mena se pronunciaron brevemente en el mismo sentido.
Por último habló González Alcántara, quien advirtió que no compartía el criterio de sus colegas porque la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará), tratados a los que México se adhirió, obligan a adecuar normas legales para garantizar los derechos de las mujeres.
«Existe una obligación legislativa que vincula al Congreso local de Veracruz a reformar sus normas penales en relación a la interrupción del embarazo. Los tratados internacionales son claros, categóricos: existe una obligación inmediata de reformar aquellas normas que sean discriminatorias o sean fuente de violencia en contra de las mujeres», señaló.
En caso de haber sido aprobado, el fallo hubiera sentado jurisprudencia para que el resto de los congresos estatales también se vieran obligados a reformar sus códigos penales con el fin de despenalizar el aborto. Ahora la jurisprudencia apunta en la dirección opuesta.
Los obispos mexicanos, felices por el fallo
La Conferencia del Episcopado Mexicano se congratuló en las Redes Sociales por el resultado de la sentencia:
Hoy en #México triunfa la cultura de la vida, gracias a todos y cada uno de los que se unieron para orar y levantar la voz. ¡Viva la Vida! #SíALaVida #MéxicoEsProvida pic.twitter.com/gxKUBPioPl
— CEM (@IglesiaMexico) July 29, 2020