(C-Fam) El 2 de junio, el presidente Trump firmó una orden ejecutiva sobre el avance de la libertad religiosa internacional en la Casa Blanca, después de una visita al santuario de Juan Pablo II en Washington DC.
Esta orden ordena al Secretario de Estado a «abogar por la política internacional de libertad religiosa de los Estados Unidos en foros bilaterales y multilaterales». También le ordena a que aproveche la influencia de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional para lograr este objetivo.
Las agencias de la ONU y las naciones donantes europeas adoptan cada vez más la posición de que el aborto es un derecho humanitario y por lo tanto, los proveedores de salud y el personal que brindan ayuda internacional no pueden negar el aborto a las mujeres, incluso si tienen objeciones de conciencia basadas en razones morales o religiosas.
Los manuales de la ONU consagran la opinión de que las organizaciones que se asocian con las Naciones Unidas para proporcionar ayuda internacional deben actuar en favor del aborto, incluso en contra de su conciencia.
Tal mandato internacional podría tener un gran impacto en la comunidad internacional de asistencia humanitaria. Los grupos basados en la fe son una gran parte dentro de los grupos de ayuda internacional y proporcionan una una medida muy importante de toda la asistencia humanitaria. Se estima que algunos grupos religiosos, como World Vision y Cáritas Internacional, tienen presupuestos anuales de mil millones de dólares.
Ayuda internacional y objeción de conciencia al aborto
En marzo, el Relator Especial de la ONU sobre la libertad de religión o de creencias emitió un informe sobre la libertad religiosa y la igualdad de género negando el derecho de los proveedores médicos y profesionales de objetar a conciencia para realizar abortos.
Citando las opiniones no vinculantes de los expertos en derechos humanos de la ONU, el Relator se quejó específicamente de las «adaptaciones» en la legislación nacional que permiten «el uso de la objeción de conciencia por parte de los proveedores de atención médica y las instituciones que no están dispuestas a realizar abortos o proporcionar acceso a la anticoncepción por motivos religiosos».
El relator describió las «figuras religiosas», los «edictos religiosos» y los «postulados religiosos» que apoyan la protección por igual de niños y niñas concebidos como «discriminatorios». El relator también describió la oposición a las tecnologías de reproducción asistida y la cirugía de reasignación de género como una forma de discriminación.
El experto probablemente estaba abordando directamente las acciones de la administración Trump para permitir que grupos como las Hermanitas de los Pobres lleven a cabo su ayuda a los ancianos y a los indigentes sin pagar el aborto y la anticoncepción, en contra de sus creencias sinceras. Adaptaciones o acomodaciones públicas es un término utilizado en la ley de los EE. UU. para referirse a los derechos de conciencia de los proveedores médicos y profesionales que les permiten negarse a realizar o apoyar prácticas de anticoncepción o aborto.
La nueva orden ejecutiva favorece la libertad religiosa
La nueva orden ejecutiva también requiere que cualquier agencia federal que brinde asistencia extranjera «asegure que las entidades religiosas, incluidas las entidades elegibles en países extranjeros, no sean discriminadas por su identidad religiosa o creencias religiosas cuando compitan por fondos federales».
Si se implementa, la orden podría ayudar a evitar que las futuras administraciones de EE.UU. discriminen contra grupos religiosos y pro-vida.
Bajo la administración de Obama, las agencias federales impusieron sistemáticamente mandatos relacionados con el aborto, la anticoncepción y las cuestiones LGBT en la programación federal. En el contexto internacional, los grupos católicos que brindan asistencia a las víctimas quedaron excluidos de la programación federal como resultado.