El Supremo sentencia que la Junta de Extremadura debe ofrecer la asignatura de religión en todos los cursos

Los obispos piden diálogo con la Consejería de Educación

El Supremo sentencia que la Junta de Extremadura debe ofrecer la asignatura de religión en todos los cursos

Mediante un comunicado, los obispos de Extremadura se congratulan por la reciente sentencia del Tribunal Supremo de España dictaminado que es obligatorio para la Junta ofrecer la asignatura de religión en todos los niveles de educación, incluido el Bachillerato.

(InfoCatólica) El Supremo también indica que la asignatura debe de tener una carga horaria adecuada para que la materia sea impartida convenientemente, pero no entra en indicar cuál debe ser esa carga.

Nota de la Pro­vin­cia Ecle­siás­ti­ca de Mé­ri­da-Ba­da­joz

La Sala de lo Con­ten­cio­so-Ad­mi­nis­tra­ti­vo del Tri­bu­nal Su­pre­mo ha dic­ta­do dos Sen­ten­cias de fe­chas 20 y 21 de Mar­zo, re­sol­vien­do los Re­cur­sos de Ca­sa­ción pre­sen­ta­dos por la Jun­ta de Ex­tre­ma­du­ra con­tra las tres Sen­ten­cias del TSJ de Ex­tre­ma­du­ra de Enero de 2017. Otro de los re­cur­sos se en­cuen­tra pen­dien­te de sen­ten­cia.

Las Sen­ten­cias ha­cen un re­co­rri­do le­gis­la­ti­vo del re­co­no­ci­mien­to de esta asig­na­tu­ra por un tra­ta­do in­ter­na­cio­nal y por di­ver­sas le­yes es­ta­ta­les, re­co­no­cien­do su obli­ga­to­ria ofer­ta en to­dos los ni­ve­les de la edu­ca­ción.

Res­pec­to a la asig­na­tu­ra de Re­li­gión en 2º de Ba­chi­lle­ra­to, el Tri­bu­nal Su­pre­mo man­tie­ne las Sen­ten­cias del TSJ de Ex­tre­ma­du­ra, como de­fen­dían los Obis­pa­dos de Ex­tre­ma­du­ra, es­ta­ble­cien­do la obli­ga­to­rie­dad de ofer­tar la asig­na­tu­ra de Re­li­gión. Hay que re­cor­dar que el De­cre­to 98/​2016 de la Jun­ta de Ex­tre­ma­du­ra, no re­co­gía nin­gu­na hora de esta asig­na­tu­ra en 2º de Ba­chi­lle­ra­to.

Res­pec­to a la re­duc­ción ho­ra­ria que hizo la Jun­ta de Ex­tre­ma­du­ra en 1º de Eso y 1º de Ba­chi­lle­ra­to, el Tri­bu­nal Su­pre­mo dice que la mera re­duc­ción ho­ra­ria, no es por sí una dis­cri­mi­na­ción o in­frac­ción del or­de­na­mien­to, pues no pue­de se­guir­se un cri­te­rio cuan­ti­ta­ti­vo, sino cua­li­ta­ti­vo. Des­ta­ca que lo im­por­tan­te es de­ter­mi­nar si exis­te re­la­ción en­tre el ho­ra­rio y el «desa­rro­llo ade­cua­do de la en­se­ñan­za», algo que con­si­de­ra como la «cla­ve» de todo el asun­to. En su Fun­da­men­to ju­rí­di­co oc­ta­vo, des­ta­ca que la asig­na­tu­ra más que re­que­rir una car­ga ho­ra­ria de­ter­mi­na­da re­quie­re la «ne­ce­sa­ria para su en­se­ñan­za ade­cua­da».

El Tri­bu­nal Su­pre­mo vie­ne a aña­dir un im­por­tan­te ma­tiz a la obli­ga­ción le­gal de que la asig­na­tu­ra se im­par­ta en «con­di­cio­nes equi­pa­ra­bles a las dis­ci­pli­nas fun­da­men­ta­les». A par­tir de aho­ra, para de­ter­mi­nar si la car­ga ho­ra­ria asig­na­da por la Ad­mi­nis­tra­ción es o no la ade­cua­da, ha­brá que ate­ner­se prin­ci­pal­men­te a ana­li­zar si con la car­ga asig­na­da, pue­de desa­rro­llar­se ade­cua­da­men­te la en­se­ñan­za de la Re­li­gión.

Por tan­to, en cual­quier re­gu­la­ción que se haga so­bre los ho­ra­rios de la asig­na­tu­ra, los Obis­pa­dos ve­la­rán si como es­ta­ble­ce el Tri­bu­nal Su­pre­mo, pue­de «desa­rro­llar­se ade­cua­da­men­te la en­se­ñan­za» de la Re­li­gión, cri­te­rio éste que com­pe­te a la con­fe­sión re­li­gio­sa con­for­me a lo es­ta­ble­ci­do en la Dis­po­si­ción adi­cio­nal se­gun­da de la LOE y a la Dis­po­si­ción adi­cio­nal ter­ce­ra del RD 1105/​2014, en re­la­ción con el art. 6 de LOE.

De acuer­do con ello, los Obis­pos de Ex­tre­ma­du­ra, ha­cen un lla­ma­mien­to al diá­lo­go con la Con­se­je­ría de Edu­ca­ción de la Jun­ta de Ex­tre­ma­du­ra, a fin de en­con­trar un sin­ce­ro en­ten­di­mien­to en­tre am­bas par­tes que pue­da per­mi­tir este re­qui­si­to ju­ris­pru­den­cial, cual es que la car­ga ho­ra­ria asig­na­da sea la ne­ce­sa­ria para pue­da desa­rro­llar­se ade­cua­da­men­te di­cha en­se­ñan­za.

 

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2 comentarios

maru
Algo es algo. Al menos , el fallo no fué a favor de la Junta.
27/03/18 9:27 AM
Faramir
Otra sentencia favorable a la clase de religión. Al menos hay magistrados que les paran los pies a los politicastros.

Pero es lamentable que los obispos extremeños en el último párrafo de su comunicado recurran otra vez a los tópicos del consenso envueltos además en el vocabulario de la Transición: ""ha­cen un lla­ma­mien­to al diá­lo­go" y "sin­ce­ro en­ten­di­mien­to". Oigan, NO. El Supremo ha dado la razón a los obispos y a los fieles y la Junta debe cumplir las sentencias y respetar los derechos de los padres. Punto.

Y por favor: seleccionen correctamente a los profesores de religión. Por fortuna cada vez quedan menos enchufados, menos curas rebotados, menos sobrinas arrejuntadas con divorciados (caso Galera).
28/03/18 4:53 PM

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