(Actuall) Pese a que Salta es una de las provincias con un mayor índice de práctica religiosa del país, la Justicia ha dictado que en las escuelas se discrimina y viola la privacidad al «incluir la educación religiosa en horario escolar, dentro del plan de estudios y con el aval de la respectiva autoridad religiosa».
De esta manera ha reafirmado que la educación pública debe ser laica y que la enseñanza religiosa debe ser optativa, contar con autorización paterna e impartirse fuera del horario escolar.
En el fallo, la Corte Suprema ha considerado «probado que es habitual la enseñanza y la práctica de la catequesis de un solo culto» en las escuelas públicas de Salta y ha exhortado a las autoridades provinciales a garantizar el cese de los ritos religiosos durante la jornada escolar y a adaptar los currículos escolares. El fallo también ha invalidado la obligación de los padres de manifestar si desean que sus hijos reciban educación religiosa.
La provincia de Salta había aprobado hace unos años una ley por la que avalaba que en las escuelas públicas se rezase al inicio de las clases y que la clase de religión formase parte del plan de estudios.