(Zenit) El Motu Proprio fue firmado por el Santo Padre el pasado 11 de febrero, Fiesta de Nuestra Señora de Lourdes. Mediante el mismo transfirió las competencias de los Santuarios católicos desde la Congregación para el Clero al Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización.
Con el Motu Proprio, el Papa también aprobó la creación de Santuarios Internacionales para impulsar la Nueva Evangelización los cuales estarán provistos de sus propios estatutos de acuerdo a lo establecido en el Código de Derecho Canónico.
«Los Santuarios siguen siendo hoy en nuestros días en todas las partes del mundo un signo distintivo de la fe sencilla y humilde de los creyentes que encuentran en estos lugares sagrados la dimensión básica de su existencia creyente. Aquí experimentan profundamente la cercanía de Dios, la ternura de la Virgen María y la compañía de los Santos: una experiencia de verdadera espiritualidad que no puede ser devaluada, so pena de mortificar la acción del Espíritu Santo y la vida de la gracia», indica la Carta.
El Santo Padre señala en esta Carta Apostólica que «la piedad popular encuentra en el Santuario un lugar privilegiado donde poder expresar la bella tradición de la oración, de la devoción y de la confianza en la misericordia de Dios inculcadas en la vida de cada pueblo».
«Queriendo fomentar el desarrollo de la pastoral que se lleva a cabo en los Santuarios de la Iglesia, he decidido transferir al Consejo Pontificio para la Promoción de la Nueva Evangelización las competencias que, en virtud del artículo. 97, 1 ° de la Const. Ap. Pastor Bonus, estaban asignadas hasta ahora a la Congregación para el Clero» escribe el Papa.
El Pontificio Consejo se encargará también de «la promoción de encuentros nacionales e internacionales para favorecer una obra común de renovación de la pastoral de la piedad popular y de la peregrinación a los lugares de devoción» así como de «la promoción de la formación específica de los trabajadores de los Santuarios y de los lugares de piedad y de devoción», además de «la vigilancia para que se ofrezca a los peregrinos, en los lugares de peregrinación, una coherente y sostenida asistencia espiritual y eclesial que permita un mayor fruto personal de esa experiencia».