(InfoCatólica) El Gran Maestre, Frey Matthew Festing, OBE, ha considerado oportuno reiterar que la sustitución del antiguo Gran Canciller fue un acto interno de la Gobierno de la Orden.
«Por lo tanto», añade, «habida cuenta de la irrelevancia jurídica de esta Comisión y de sus conclusiones relativas a la estructura jurídica de la Orden de Malta, la Orden ha decidido no cooperar con ella. Esto es para proteger su soberanía contra iniciativas que afirman estar dirigidas objetivamente (y por lo tanto - aparte de sus intenciones - revela que es legalmente irrelevante) a cuestionar o incluso limitar dicha Soberanía».
El Gran Maestre cita la Carta Constitucional de la Orden cuando afirma que «el carácter religioso de la Orden no perjudica el ejercicio de prerrogativas soberanas relativas a la Orden en la medida en que es reconocida por los Estados como sujeto del derecho internacional» e indica que «la Orden tiene representación diplomática ante la Santa Sede, de acuerdo con las normas del derecho internacional».
El máximo digirente de la Orden de Malta recuerda que la confirmación de tal estatuto en virtud del derecho internacional también está confirmada en el Annuario Pontificio de la Santa Sede, donde la Orden se menciona sólo una vez y no entre las órdenes religiosas, sino entre los Estados con Embajadas acreditadas en la Santa Sede.
El Gran Canciller recuerda igualmente que la Orden tiene sus propios tribunales para dirimir los conflictos que se planteen por cuestiones de organización interna.
En cuanto al carácter religioso de los miembros, indica que hay diferentes grados pero que en todo caso los juramentos de obediencia se hacen a los superiores de la propia Orden.