(InfoCatólica) Ante la insistencia de sectores proabortistas de iniciar la legalización del asesinato prenatal en Perú por medio del llamado «Aborto por violación», estos congresistas presentaron el proyecto, en el que se propone la incorporación de un segundo párrafo al artículo 2 del Código de los Niños y Adolescentes, en los siguientes términos:
«El concebido, niña o niño producto de embarazo por violación sexual, no aceptado por la madre biológica, tendrá el derecho de recibir la protección del Estado, quien se encargará de procurarle, a través de los programas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la atención y cuidados necesarios hasta que pueda ser dado en adopción. El Estado proporcionará atención especializada a la madre para su recuperación física y psicológica».
En la actualidad, el artículo 2 del Código sólo dice:
«Artículo II.- Sujeto de derechos.- El niño y el adolescente son sujeto de derechos, libertades y de protección específica. Deben cumplir las obligaciones consagradas en esta norma».
Sin embargo, en el artículo 2.1 de la Constitución Política del Perú ya se afirma con claridad que «El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece». En virtud de lo cual se propone la modificación.
En la Exposición de Motivos del Proyecto se indica que «EI Perú tiene Ia tasa más alta de denuncias por violación en Ia región de Sud América» y que «de las más de 2,000 mujeres que quedan embarazadas diariamente en el Perú, 813 llevan embarazos no deseados». Y recuerda que «La obligación del Estado de proteger al concebido, niña o niño se enmarca en (…) la Constitución Política». Además, aclara que «La presente iniciativa legislativa no genera costo alguno al Estado, toda vez que es una norma que beneficiará a las madres y niños concebidos como consecuencia de violación sexual, que es una realidad que necesita de programas especiales para mitigar las consecuencias de la agresión sexual.»