(InfoCatólica) Dicha actualización, según reza el decreto, se ha hecho necesaria para «precisar, a la luz de la experiencia de los últimos años, aquellos aspectos que, bien por su novedad, bien por su creciente complejidad, no estaban convenientemente desarrollados» en el texto vigente desde 1997. Para ello se han tenido en cuenta las cuestiones planteadas a lo largo de este tiempo a los organismos competentes de la Curia Diocesana.
Las Normas ahora promulgadas explicitan, entre otros, el proceso electoral, las competencias del director espiritual, el régimen sancionador (tipificación de faltas de hermanos, sanciones y procedimiento) o la adquisición y bendición de imágenes, incorporando en un único texto la legislación particular diocesana que se ha venido promulgando estos años, además de las referencias a las disposiciones pertinentes del ordenamiento civil.
Entre las nuevas normas figura la obligatoriedad de que las Hermandades y Cofradías colaboren, conforme a sus capacidades, al sostenimiento económico de la archidiócesis. Será el arzobispo, una vez consultado los consejos diocesanos de economía y presbiteral, el encargado de fijar la cantidad en cada caso.
También se indica que para la creación de una nueva hermandad o cofradía no bastará con tener la intención de procesionar una imagen, pues es fundamental que además los futuros hermanos y cofrades tengan una alta participación en la vida de Iglesia y la comunidad parroquial.