No es suficiente su discernimiento.

Los obispos no podrán erigir institutos diocesanos de vida consagrada sin el permiso de la Santa Sede

El papa Francisco ha establecido mediante un rescripto que para erigir un Instituto diocesano de vida consagrada será necesaria la previa consulta a la Santa Sede. La medida, que limita la autoridad episcopal en esa materia, entrará en vigor el próximo 1 de junio de 2016, tras su publicación en el Osservatore Romano. Se motiva en la necesidad de un mayor discernimiento que verifique la originalidad de los carismas.

(Zenit/InfoCatólica) La previa consulta a la Santa Sede se establece como requisito previo ad validitatem. El cardenal Parolin, Secretario de Estado, encargado de anunciar el rescripto, ha indicado  que la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, es «consciente de que cada nuevo Instituto de vida consagrada, incluso si nace y se desarrolla dentro de una Iglesia particular» es un don hecho a toda la Iglesia

Por eso, viendo la necesidad de «evitar que sean erigidos a nivel diocesano los nuevos Institutos sin el suficiente discernimiento queconfirme la originalidad del carisma, que defina los rasgos específicos que en ellos se consagren mediante la profesión de los consejos evangélicos e individue sus posibilidades reales de desarrollo» ha señalado «la oportunidad de determinar mejor» la necesidad de pedir su opinión antes de proceder a la creación de un nuevo Instituto diocesano.

Tal y como ha explicado monseñor Juan Ignacio Arrieta, secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, el Papa ha precisado el canon 579 del Código de Derecho Canónico, que dispone que «En su propio territorio, los Obispos diocesanos pueden erigir mediante decreto formal institutos de vida consagrada, siempre que se haya consultado previamente a la Sede Apostólica».

El Papa con este rescripto dice que esta consulta es obligatoria y que si no es consultada la Santa Sede, la erección de un instituto diocesano es nula, inválida. La única novedad, por tanto,«es la de establecerlo con claridad, de forma también rápida», ha indicado monseñor Arrieta.

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18 comentarios

spessalvi
Parece prudente que se proceda a un mayor discernimiento...pero la pregunta: ¿Cual es el criterio que regirá en la Congregación de religiosos para darle el visto bueno al obispo que presente esta consulta?...y otra cosa ¿no se estaba hablando de darle un mayor protagonismo a las Iglesias locales frente a la "centralización" de la curia?
21/05/16 10:17 AM
José Luis
Esto es muy bueno, pues la Santa Sede trabaja por la unidad de nuestra fe católica. Tenemos que dar gracias a Dios por esta decisión. Todo debe ser de acuerdo con las enseñanzas de Jesucristo y de los Apóstoles. Pues en la actualidad hay diversas comunidades, que tienen más de impiedad que de piedad y santidad. Son comunidades que se dicen católicas, pero con el tiempo ha hecho y sigue haciendo daño y muy grave a la Santa Madre Iglesia Católica.
21/05/16 11:24 AM
jd
Muy bien por Roma ya era hora que alguien controlase los centenares de nuevos Institutos diocesanos algunos de los cuales son sectas o negocios. Aquí todo el mundo quiere ser fundador y superior general y nadie obedecer y estar en obediencia.
21/05/16 12:06 PM
JCA
«pues la Santa Sede trabaja por la unidad de nuestra fe católica». ¡Pero si hay hoy más fuerzas centrífugas que en un tiovivo, y no paran de darle caña al motor, que así hay más lío! ¿No te has enterado de eso del «cristianismo poliédrico»?

Así, en abstracto, parece una medida razonable y sensata, pero sabiendo quién hay en la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica...
21/05/16 12:10 PM
David
Que un obispo diocesano no tenga potestad para erigir un instituto de derecho diocesano es un esperpento, una falta de respeto por la autoridad episcopal, un ejercicio de autoritarismo despótico ultramontano.

Cuanto más se habla de colegialidad, más se ratifica el poder absoluto de la curia y el Papa.
21/05/16 12:53 PM
Noticias de Fondo
Curiosa determinación. Es la tercera cosa que pone lejos de los episcopados. La primera, las nulidades, las que sustrae a determinaciones del cuerpo colegiado. Claro que favorece a los obispos individuales. La segunda es la interpretación doctrina que en el#3 de AL sustrae al Papa y otorga a los obispos. Y, ahora, ni obispos no episcopados, al Papa. Los obispos, entonces, pueden determinar jurisprudencia propia sobre los mandatos de Jesús otro no pueden establecer órdenes sin precioso del Papa. Me confunde intentar ver donde el Papa pone lo importante. No parece hacerlo en lo esencial sino en lo accesorio
21/05/16 1:10 PM
Pepe
Esperemos que eviten el surgimiento de más Macieles y Figaris, que sólo desprestigian a la Iglesia.
21/05/16 1:56 PM
pipo
A mi me parece que este rescripto infuriará a eso obispos, que son muchos, que afirman "no ser una sucursal de Roma".

De todos modos ellos para erigir comunidades del tipo "Bose" nunca han encontrado ni encontrarán impedimento romano.
21/05/16 3:39 PM
Alex
También Deberían hacerles discernimiento a las antiguas órdenes, sobre todo a los Jesuitas que andan bien desfasados; desde hace rato muchas comunidades han perdido su carisma.
21/05/16 3:52 PM
Maria
No era que el Papa pidió descentralizar el Papado ?"El Papa Francisco presidió este sábado 17 de octubre en el aula Pablo VI del Vaticano la conmoración del 50º aniversario de la institución del Sínodo de los Obispos. En la celebración estuvieron presentes los padres sinodales de los cinco continentes, quienes se encuentran en Roma en ocasión del Sínodo ordinario sobre la familia (4-25 de octubre).

Durante el acto de clausura de la conmemoración, el Papa Francisco ha hecho un discurso que levantará más de una reflexión al interno y al externo de la Iglesia al pedir la descentralización y una “conversión del papado” y más atención a las realidades de las iglesias locales y de los fieles." Cuanta incoherencia hoy dia tenemos en la Iglesia..no es "Si si y No no"
21/05/16 4:02 PM
Juanlu - Sevilla
Magnifica decisión. Esto se había convertido en un cachondeo al albur del obispo de turno.
Llega tarde pero al fin llega.
21/05/16 4:29 PM
Néstor
Así, en abstracto, qué bueno sería que se fortaleciese más aún, con medidas de este tipo, la centralización romana en la Iglesia, para poner en su lugar tanto discurso sobre la colegialidad y afines.

Claro que no vivimos en lo abstracto, sino en lo concreto.

Saludos cordiales.
21/05/16 5:45 PM
Carlos
Creo que hay una precision que hacer: lo obligatorio es la consulta, no el permiso. No cambia absolutamente nada de la norma, sino solamente se explicita que se requiere ad validitatem. De hecho el comentario al codigo de la U. de Navarra entiende la previa consulta como necesaria a iure para la validez.
21/05/16 7:56 PM
josep
es lo que toca.
21/05/16 8:05 PM
Ricardo de Argentina
Las pequeñas congregaciones observantes que suelen aprobar los pocos buenos obispos que quedan, tienen su origen en el rechazo que producen en los candidatos a la vida religiosa la decadencia religiosa, doctrinal y hasta moral de las órdenes tradicionales.
Si bien no tienen grandes perspectivas de prosperar en términos cuantitativos, sí que sirven como medio de santificación de quienes las integran.
Y por lo que se ve, en Roma se han enterado y han procedido en consecuencia.
21/05/16 11:26 PM
Manuel Argento
Más alla de la opinión que se puede tener sobre otras intervenciones papales, en este caso hay una cierta lógica.
Sino vean los casos de Miles Christi, Legionarioss de Cristo y el Instituto del Verbo Encarnado. Parecen sectas dentro de la Iglesia
22/05/16 2:33 AM
Sen Sato
Si consideramos que el matrimonio tiene un carácter mucho más sagrado que la profesión de votos como vida consagrada, por el hecho de que aquel sí es sacramento, y en cambio este último no, pues me parece que la declaración de válido o nulo de un matrimonio no debiera bastar con el solo criterio del obispo diocesano.
22/05/16 10:59 PM
Luis
Lo establecido por la Santa Sede, lo considero necesario, pues se cometen muchos abusos por falta de discernimiento, luego no afecta en nada la colegialidad episcopal, ni la autoridad del obispo, dado que no ha dicho que no lo pueden hacer, sino que lo deben consultar previamente.
23/05/16 11:01 AM

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