(Citizen.Go) Se trataba de un ‘hearing’ de la sociedad civil de cara al comentario general que el Comité prepara sobre el art. 6 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos. Todo ello a pesar de que ningún tratado internacional recoge el «derecho» al aborto y que sí está prohibido en los tratados la pena de muerte de las embarazadas. ¿Por qué esta prohibición?, le preguntamos a los responsables de Amnistía que optaron por el silencio.
Otras ONGs argumentaron además que el aborto restrictivo dispara la mortalidad materna y que su legalización no implica un incremento de los abortos practicados. Falso. Chile es uno de los países más protectores de la vida y el que menos tasa de mortalidad materno-infantil tiene en la región.
Por otra parte, la experiencia de la legalización en todos los países es siempre la misma: aceptación social del aborto, consideración del aborto como anticonceptivo de emergencia e incremento en la cifra de abortos. Siempre el mismo patrón.
Por el lado provida participaron las siguientes ONGs: Society for the Protection of Unborn Children, Asociación de Médicos Católicos de Bucarest, C-Fam, ADF International, Priests for Life, Canada Silent No More, Family & Life, Woomb International, European Center for Law an Justice, Autistic Minority Internacional, National Right to Life, representante legal del no nacido en Alemania, Life Campaign y CitizenGO.
Citaron los siguientes argumentos:
- La vida humana comienza en la fecundación. Es una vida de la especie homo sapiens, única, diferente a la de la madre e irrepetible. Existe evidencia científica y es lo recogido en la totalidad de los libros de texto que se estudian en Medicina. (Ver video)
- Los tratados impiden la pena de muerte para las mujeres embarazadas para proteger la vida inocente que lleva en sus entrañas.
- La Convención de Derechos del Niño, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración del Derecho del Hombre protege la vida del no nacido. No existe «derecho» al aborto en ningún tratado internacional.
- Está científicamente demostrado el daño que el aborto produce en la mujer.
- El Comité de Derechos Humanos no puede interpretar el articulado a su libre albedrío, despegándose del mandato de los estados miembros.
A pesar de que la mayoría de las ONGs participantes eran provida, el Comité decidió sobreponderar a las ONGs abortistas otorgándoles más tiempo. «¿Por qué no respetaron la mayoría?, preguntó el director de campañas de CitizenGO, Luis Losada, quien calificó el trato de «discriminatorio».
La segunda irregularidad es que a pesar de que el plazo de aportaciones finalizaba el pasado 12 de junio, muchas ONGs abortistas fueron admitidas fuera de plazo. «¿De nuevo el Comité trata irregularmente de «equilibrar»?, se pregunta Losada. Varias ONGs provida presentarán queja formal.
A partir de ahora -y sin plazo previsto- el relator redactará un borrador supuestamente sobre la base de los argumentos recibidos para después discutirlo y votarlo.