(Agencias) Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la instrucción del caso concluye que «todas las inmatriculaciones se han realizado en cumplimiento estricto de la legalidad vigente y que han sido supervisadas por los registradores de la propiedad, contra los cuales caben interponer los recursos correspondientes tanto en vía administrativa como judicial».
Al respecto, el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, recoge que «en ningún caso» se puede suponer la comisión de delitos penales por parte de las autoridades, funcionarios o la diócesis de Córdoba, tras presentarse en este caso las denuncias contra el obispo, Mons. Demetrio Fernández, y el alcalde de la ciudad, José Antonio Nieto, entre otros.
Propiedad de la Iglesia desde el año 1236
En este sentido, el auto del juez señala que la Catedral «fue adquirida por la Diócesis mediante donación del Rey Fernando III en el año 1236 y, desde entonces, ha sido poseída de manera pública pacífica y no interrumpida en concepto de dueño».
Asimismo, en relación con el Triunfo de San Rafael, el juez alude al informe de la asesoría jurídica del Consistorio de la capital que concluye «de manera rotunda e inequívoca, que no existe ningún documento que acredite o sirva para acreditar que el monumento perteneció en algún momento histórico al Ayuntamiento de Córdoba». Además, según se aclara en la resolución judicial, el Ministerio Fiscal apunta que «el simple hecho de que se utilicen servicios públicos en su limpieza o adecentamiento no debe presuponer la titularidad de los bienes».
Igualmente, la Fiscalía, que solicitó el archivo, pone de manifiesto en su informe «la falta de tipicidad penal en los hechos, al haberse efectuado al amparo del vigente reglamento hipotecario que no prejuzga la titularidad de los bienes», y que «la posible inconstitucionalidad o ilegalidad de la norma tiene su cauce correspondiente, que no es la vía penal».
En el mismo auto, también se recuerda que por parte de la Presidencia de la Junta de Andalucía «se encargaron informes sobre la ilegalidad de las inscripciones y cuyas conclusiones se desconocen hasta el momento». En definitiva, el juez decreta el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias en este caso, tras la primera denuncia del edil de Unión Cordobesa (UCOR) en el Ayuntamiento de la capital Carlos Baquerín y las posteriores del excoordinador general de IU y exalcalde de Córdoba con el PCE, Julio Anguita; el representante de EQUO y quien fuera candidato a la Presidencia de la Junta por dicha formación, José Larios, y el representante de «Andalucía Laica» Aureliano Sainz.
Comunicado del Cabildo Catedralicio
Ante la decisión del Juez del Juzgado de Instrucción número 6 de Córdoba de archivar la causa contra la inmatriculación de la Catedral de Córdoba, antigua Mezquita, el Cabildo catedralicio, desea manifestar lo siguiente:
-El Cabildo se congratula de la decisión de la Justicia que destaca que la inmatriculación se realizó «en cumplimiento estricto de la legalidad vigente y que ha sido supervisada por los registradores de la propiedad». En este sentido, según el Juez, la inmatriculación está amparada por la Ley hipotecaria.
-Esta decisión da la razón a los argumentos que el Cabildo viene defendiendo desde hace más de un año y corrobora que el titular del templo es la Iglesia desde hace ya casi 8 siglos mediante donación del Rey Fernando III en el año 1236 y desde entonces ha sido poseída de manera pública y pacífica y no interrumpida en concepto de dueño. Por todo ello, el Cabildo confía en que, tras esta decisión de la Justicia, se ponga fin a la polémica sobre la titularidad de la Catedral de Córdoba, antigua Mezquita.
-El Cabildo Catedralicio vuelve a hacer un llamamiento a los representantes políticos, a las organizaciones de la sociedad civil y a los medios de comunicación para que traten con responsabilidad, sensibilidad y con respeto a la verdad todas las noticias relacionadas con la Catedral de Córdoba, antigua Mezquita.