(Agencias/InfoCatólica) Un Colegio especial de cardenales y obispos estudiará los recursos contra los delitos más graves establecidos en el Motu Proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela
El Motu Proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela de San Juan Pablo II, publicado el 30 de abril de 2001 y actualizado el 21 de mayo de 2010 por el Papa Benedicto XVI, precisa cuales son los delitos reservados a la competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe de conformidad con el artículo 52 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus.
La Congregación para la Doctrina de la Fe juzga dichos delitos a través del proceso penal, judicial o administrativo, teniendo en cuenta la posibilidad de someter directamente la decisión al Sumo Pontífice en los casos más graves. Se entiende, por cuanto respecta a los delitos contra la fe, que la competencia en primera instancia es del Ordinario o del Jerarca.
Debido a la cantidad de recursos y a la necesidad de garantizar un examen más rápido de los mismos, después de una profunda reflexión y tras la audiencia concedida el 3 de noviembre al cardenal Secretario de Estado Pietro Parolin, el Papa Francisco ha decretado cuanto sigue:
1.Se establece dentro de la Congregación para la Doctrina de la Fe un Colegio especial, que consta de siete cardenales u obispos que pueden ser tanto miembros del dicasterio como externos al mismo.
2. El Presidente y los miembros de dicho Colegio serán nombrados por el Papa.
3. El Colegio es una instancia de la que la Sesión Ordinaria (Feria IV) de la Congregación se dota para una mayor eficiencia en el examen de los recursos de los que habla el art 27 SST, sin que se modifiquen sus competencias en materia según lo establecido en el citado artículo. 27 de SST.
4.En el caso de que el reo posea la dignidad episcopal, su recurso será examinado por la Sesión Ordinaria, que también podrá decidir casos particulares según el juicio del Papa. A dicha Sesión se podrán remitir también otros casos que decida el Colegio.
5. El Colegio informará periódicamente de sus decisiones a la Sesión Ordinaria.
6. Un reglamento interno especial determinará la modalidad operativa del Colegio.
Según explicó el portavoz vaticano, Federico Lombardi, el motivo principal del establecimiento del colegio se debe a la «fuerte acumulación» de trabajo que actualmente analiza la «Sección Ordinaria» de la Doctrina de la Fe, también llamada «Feria IV».
La «Feria IV» está conformada por un grupo de cardenales y obispos que tienen calidad de «miembros» de la Congregación, sesiona una vez por mes y entre sus competencias se incluye estudiar los recursos presentados por los sacerdotes condenados, es decir las apelaciones contra las sentencias emitidas en primera instancia.
Según precisó Lombardi, cada mes la Feria IV analiza cuatro casos distintos, pero existen procesos atrasados y es necesario tiempo para afrontarlos.
«Existía un problema de aligerar el trabajo de la Feria IV sobre el examen de los recursos que son presentados en el ámbito de los procedimientos administrativos y penales por los delitos más graves», precisó Lombardi.
«(El Colegio) estudiará estos recursos, de modo que no deban ser estudiados por toda la feria IV en plenitud y se aligerará el trabajo. Es una decisión muy bienvenida por todos los que siguen este tema y también por parte de la congregación», agregó.
Eso mismo dice el decreto, el cual indicó que tras «una profunda reflexión» el Papa ordenó crear la nueva estructura por causa del «número de los recursos» y «la necesidad de garantizar un más rápido examen de los mismos».
Aclaró también que cuando las apelaciones sean presentadas por sacerdotes estas irán directamente al Colegio, pero si el imputado es un obispo su recurso será examinado exclusivamente por la Feria IV. Lo mismo ocurrirá con casos particulares.
En las próximas semanas el Papa deberá nombrar a los integrantes del órgano y promulgar un reglamento interno que determinará las modalidades operativas del mismo.