(ACIPrensa/InfoCatólica) En su comunicado, publicado por su Consejo Ejecutivo Nacional, el sindicato médico señaló que «se ha incurrido en un grave error, al encasillar el Acto Médico en una normativa con diagnósticos ya obsoletos en cuanto a su evolución y resultados, los que continúan mejorando con el avance de la ciencia médica».
Además, señalaron, existe «incongruencia en la relación de la gravedad de los cuadros clínicos y el nivel de atención en el que se pretendería solucionar».
Los médicos del Seguro Social subrayaron que «en un Acto Médico en el que se involucran dos vidas (madre y feto, siameses y/o gemelos discordantes), se prioriza siempre preservar ambas vidas, y las juntas médicas, más consentimiento informado, se realizan para que las personas involucradas tengan el conocimiento pleno, de que a pesar de nuestros esfuerzos, existe una alta posibilidad que no sobreviva el individuo más débil».
El protocolo aprobado por el gobierno peruano, advirtieron, «limita a los profesionales para intentar salvar ambas vidas, en busca de la viabilidad fetal como lo hacen en la actualidad».
Los médicos destacaron además que en la actualidad «en el mundo ya han logrado vivir fetos de 22 semanas, con mucha mejor calidad de vide mientras mayores sean las semanas de gestación».
«Por ello, exigimos al Gobierno la inmediata derogatoria de este dispositivo», demandaron.
Inconstitucional
Por su parte, la Sociedad Peruana de Derecho Médico, conformada por médicos y otros expertos en la salud así como por abogados, calificó el protocolo aprobado por Midori de Habich como «manifiestamente inconstitucional» a la vez que contrario «a la actual jurisprudencia emitida por nuestro Tribunal Constitucional que considera como prius ético del Estado Social y democrático de Derecho a la persona humana».
Los expertos recordaron que «con la reconocida capacidad y competencia de nuestros médicos y el notorio avanza de la ciencia médica, permiten proteger plenamente, en los días de hoy, tanto la vida de la madre gestante, como la del concebido».
La Sociedad Peruana de Derecho Médico desmintió además a la primera dama Nadine Heredia, que aseguró que el aborto terapéutico es legal desde 1924.
«No es cierto que el ‘aborto terapéutico’ sea legal en nuestro país. Que el artículo 119º del Código Penal niegue la aplicación de una pena, no hace que una conducta proscrita por nuestro derecho penal deje de ser antijurídica y por lo tanto ilícita», precisaron.
La Sociedad Peruana de Derecho Médico rechazó además los «términos despectivos» usados en el documento, pues el protocolo de aborto terapéutico se refiere «a un peruano extinguido deliberadamente en sus inicios vitales como ‘contenido uterino’».
La organización advirtió que «la norma en cuestión no hace sino evidenciar la exitencia de ideologías y políticas públicas ajenas a nuestras normas y costumbres jurídicas y médicas, que con un fuerte financiamiento externo y animosa presión mediática ya causaron grave daño a nuestra sociedad, como fue la política eugenésica de esterilizaciones masivas, llevadas a cabo en años pasados para ‘proteger la vida y la salud de la mujer peruana’».