De 2 a 10 años

El Supremo aumenta la inhabilitación al juez que permitió que un niño se quedara un con su padre para una procesión

El Tribunal Supremo (TS) ha elevado de 2 a 10 años de inhabilitación la condena al juez de Familia de Sevilla, Francisco Serrano, que, según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), actuó de manera «negligente» al cambiar el régimen de visitas de un niño para que fuera a una procesión. El Alto tribunal considera que asumió una competencia que no le correspondía y hubo prevaricación dolosa.

(Efe) La sentencia del Supremo, por la que considera al juez autor de un delito de prevaricación y que ha contado con un voto particular discrepante, le implica la pérdida definitiva del cargo que ostentaba y la incapacidad para obtener en diez años cualquier empleo o función dentro del poder judicial. También se le ha impuesto una multa de 2.160 euros.

El juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas de un niño de 12 años, con lo que, según el TSJA, actuó de forma imprudente y con «un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto» que existía entre los padres divorciados del menor.

Ahora, la sentencia de la Sala de lo Penal del TS, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez, dice que el juez Serrano, que era titular del Juzgado número 7 de Sevilla, cometió prevaricación dolosa, tal y como alegaba en su recurso la madre del menor, ya que conocía «la competencia de otro juzgado y las medidas adoptadas por el mismo» en contra de la asistencia del menor a la procesión.

El Supremo sostiene que Serrano, que estará diez años inhabilitado especialmente para el cargo de juez o magistrado, «asumió una competencia que no le correspondía y que conocía la de otro juzgado», el cual había resuelto «en un sentido que no era del agrado del padre y su familia».

El actuar del juez Serrano es doloso, insiste el fallo, porque conocía las circunstancias que concurrían al caso y dictó una resolución favorable al padre del menor «con incumplimiento consciente de su deber jurisdiccional, produciendo la resolución injusta».

El voto discrepante del magistrado Francisco Monterde, al que se ha adherido el también magistrado Antonio del Moral, señalan que Serrano debía ser absuelto, ya que su conducta «se circunscribe a atender el deseo del menor en orden a la asistencia a un acto procesional, prorrogando en 45 horas la custodia» del padre.

El Supremo no ha aceptado el recurso del propio juez Francisco Serrano que recurrió afirmando que había habido vulneración de derechos fundamentales y del principio acusatorio porque había sido condenado por el TSJA por prevaricación imprudente cuando había sido acusado en la modalidad dolosa de la prevaricación, delito que finalmente el TS le ha aplicado.

El niño quería ir a la procesión

En la sentencia del Alto Tribunal se recuerda que durante el turno de estancia con el padre, se suscitó el deseo del menor de salir en procesión de la Madrugada de Sevilla, fecha en que debía estar con la madre.

«Conscientes de la denegación» de la prórroga de la estancia del menor con su padre, este y el abuelo junto a unos abogados prepararon «una nueva estrategia» consistente en «canalizar la petición de salida procesional ante el juez de familia Sr. Serrano», relata el escrito.

Además, la sentencia apunta al hecho probado de que el auto por el que se dejaba al menor asistir a la procesión no fue notificado a la madre, que se enteró del hecho por los medios de comunicación cuando se hicieron eco de la resolución dictada.

En algunos medios participaron como comentaristas de la noticia los abogados del padre y el propio juez, calificando éste de «incomprensible» la actitud de la madre.

Sobre este detalle, el voto discrepante sí está en contra y afirma que esa conducta es incompatible con los deberes que impone la deontología y que merecería ser depurada conforme a las normas disciplinarias aplicables a cada profesional.

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9 comentarios

juan ( )
Pues que tajante han sido con éste juez y qué cuchi cuchi con aquel prevaricador que se va de caza con Bermejo para preparar un comploty como no hasta para meter en la cárcel a Franco, digo yo y tantas monerías más.
No digamos de los jueces que han arreglado para tapujar los telemanejes de la falsificación de pruebas del 11-M, o el pastel de aquel otro que da carpetazo despues de pasar a su mujer los secretitos a la mujer para que pudiera escribir sus libritos y qué se yo cuantas cosas más.

Pero eso de que un niño vaya a ir a una procesión sin a lo mejor haber tenido instrucciones de como ponerse un condón o simplemente tomar un curso en como masturbarse , eso La JUNTA no lo puede dejar pasar.

Menos mal que no han decidido darle un paseillo al juez y fusilarlo. Pero quien sabe aun tienen tiempo que si una mujer quiere imponerse sobre el padre de su hijo ya se sabe ni el padre ni el hijo ni el abuelo. Ni "La Aido " se lo hubera hecho mejor.
12/07/12 10:49 PM
Pedro de Argentina
Qué desfachatez!! Qué vergüenza!!! Qué nivel de "justicia".

La justicia española se quiere parecer a la argentina pero más sucia que la argentina muy difícil. Todavía el Supremo de España le llega a los talones a nuestra abominable corte suprema.
12/07/12 11:59 PM
Español en proceso de dimisión de serlo.
He aquí un buen ejemplo de como funciona la "nueva" justicia en este desgraciado Pais. Abortos, divorcios expres, protección a los delincuentes a los que se les suelta de inmediato, etc... Todo esto y más, carece de importancia a los ojos de los actuales administradores de justicia. Ahora bien, que un juez atienda el deseo de un padre al que su hijo le pide asistir a una procesión, hasta aquí hemos llegado. Ahí, sí, hay que aplicar todo el peso de la "nueva" ley, inhabilitar al juez y multarlo...en fin los hechos hablan por si mismos. Los españoles tendrian que darse cuenta en manos de quien estamos.
13/07/12 6:52 AM
ricardo
Que vergüenza de justicia? tenemos...
13/07/12 9:22 AM
Pingüino
Si el "nene" hubiera asisitido a una clase de "Educación para la ciudadanía" seguro que hubieran felicitado al padre.
13/07/12 10:03 AM
Caesar Augustinus
Soy abogado y ejerzo mi profesión desde hace más de treinta años, pero hace ya mucho tiempo que solo creo, y gracias a Dios, creo, en la Justicia Divina.
13/07/12 12:07 PM
Luis López
Hay que ser niño, y niño de Sevilla para poder comprender la intensidad de las emociones que supone para un niño hacer una Estación de Penitencia, y más en una Cofradía de Madrugada tan sublime como es la de Jesús Nazareno ("El Silencio").

Con independencia de que no comparto de ninguna de las maneras el fallo del TS (¿no hay que mirar en este tipo de procesos ANTE TODO el interés del menor, como repite a machamartillo la jurisprudencia familiar?), y que me solidarizo con ese buen juez -lo digo con conocimiento de causa- que es D. Francisco Serrano, con independencia de todo ello, sí querría poner de manifiesto a qué punto puede llegar el odio en un matrimonio roto como para querer impedir -con la excusa del vencimiento de las horas de visita- que un niño de Sevilla haga una de las cosas más hermosas que puede hacer en esa edad, y que más limpia huella deja en su alma. Y encima para querellarse contra un buen juez que ha mirado exclusivamente por el interés apasionado del menor, de querer salir en esa magna procesión de Sevilla que es "El Silencio".

Con Sentencias así, habría que haber condenado por infracción procesal o por intento de infanticidio al Rey Salomón, cuando ordenó dividir el cuerpo de un recién nacido, disputado por dos mujeres. Sin embargo, la Biblia no para de decirnos que fue el hombre más sabio -salvando a Jesús- que jamás haya existido. Con lo que ya imagino el juicio que haría la Biblia ante jueces que han tomado tan dura e injusta resolución.
13/07/12 12:21 PM
Juan Mariner
Comparemos esta Sentencia con cómo terminaron el caso Garzon y el franquismo y el caso Garzón con el banquero Botín: el primero, con absolución del Juez, no prevaricó sino que cometió un "error"; el segundo, archivado por la prescripción del delito. La comparación con los dos casos de Garzón es judicialmente escandalosa.

De la actuación "imprudente" o culposa-negligente sentenciada por el TSJ de Andalucía se lo convierten los del Tribunal Supremo, por mayoría, en "intencional" o dolosa. El voto particular de un magistrado puede servir para ir al Tribunal Constitucional en amparo.

¿A qué condenarán cuando un Juez prevarique en favor de traficantes en drogas? La proporcionalidad de la pena me parece de hacérnoslo mirar todos. Algo huele a podrido en el Reino de España.
13/07/12 12:54 PM
gurpy
Siente uno vergüenza de ser español por culpa de esta justicia, que a estas alturas ya no le encaja ni el nombre.
Por cuantos años deberían haber inhabilitado el del 11 M? pues nada, señores, carpetazo y a otra cosa.
13/07/12 1:18 PM

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