(Efe) Una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, considera que las citadas obras pueden ser incluidas en el citado 1 % cultural como parte del Plan de Catedrales, dada la consideración de basílica de la iglesia que es sede de la Hermandad de la Macarena.
De esta manera, el Supremo anula la decisión de la Subsecretaría del Ministerio de Fomento que, el 23 de febrero de 2006, comunicó que las obras de ampliación, renovación y mejora de la basílica no cumplían los requisitos aprobados por la Comisión Interministerial para el llamado 1 % cultural.
Por el contrario, entiende el fallo que el proyecto de rehabilitación de la basílica cumplía los requisitos fijados por la orden del Ministerio de Cultura de 2005 y la financiación de parte de los trabajos respondía a la obligación del Estado de garantizar la conservación y enriquecimiento del patrimonio histórico español.