(Efe) El Obispado, que defiende su potestad para proponer ante el Ministerio los profesores de religión, tal y como establece el Acuerdo entre el Estado Español y la Iglesia Católica, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional sobre la "cuestión de fondo" de este conflicto judicial, ha precisado Luis Docavo.
El Obispado ha presentado el recurso de amparo, con el asesoramiento de los servicios jurídicos de la Conferencia Episcopal, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimara el pasado enero sus argumentos y confirmara la sentencia dictada el pasado mayo por el juzgado almeriense, que obligaba a la readmisión de la profesora y al pago de los salarios.
Durante la vista, el abogado del Estado que representa al Ministerio, Demetrio Carmona, ha avanzado que este mes se le abonará a la profesora el salario de un año, pero ha rechazado que se le deba pagar diez años de contrato, puesto que su relación contractual en el momento del despido era temporal.
Según ha defendido, la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social obliga a readmitir a la profesora "en las mismas condiciones", por lo que en su opinión no se puede reconocer un "carácter indefinido, como pretende la parte contraria", lo que daría lugar al pago del salario de diez años.
El abogado del Obispado se ha adherido a los argumentos del Ministerio, al insistir en que el contrato firmado por la profesora era de un año de duración.
Además, ha subrayado que no hay constancia de que la profesora cumpla en estos momentos los requisitos exigidos para dar clases de religión y ha puntualizado que tampoco ha sido propuesta por el Obispado, de modo que si el juez obligara a su reincorporación debería hacerlo en una plaza "de otra naturaleza".
La abogada de la profesora, Amalia Robles, ha insistido ante el juez que Resurrección Galera sigue sin ser readmitida y sin cobrar los salarios que dejó de percibir, que entiende que deberían ser los de los últimos diez años. La vista ha quedado suspendida hasta el próximo 11 de abril ante la incomparecencia del fiscal.
La sentencia dictada el pasado mayo por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería obligaba a la "readmisión inmediata" de la profesora "en su puesto de trabajo en las mismas condiciones", así como al pago de los salarios desde la fecha de su despido.