Nuevo varapalo a la Junta

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ordena la renovación del concierto a los colegios de educación diferenciada

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha fallado en contra de la Administración autonómica en el conflicto que mantiene abierto con los centros de educación diferenciada de la región. Ayer, la patronal CECE-Andalucía hizo pública la sentencia en la que se declara «la nulidad» de la condición impuesta por la Junta para la renovación del concierto a dichos centros y, por tanto, «la vigencia» del mismo «por periodo de cuatro años desde el curso académico 2009-10». Lo cuenta P. García en el diario ABC.

(ABC) En el año 2009, CECE-A interpuso un recurso contencioso-administrativo contra las órdenes de la Consejería de Educación, por las que se denegaba a los colegios de educación diferenciada la renovación de los conciertos educativos por cuatro años. Tras decidir la Junta renovarlo sólo por un curso, condicionó la extensión de los otros tres años a que estos centros escolarizaran alumnos de ambos sexos a partir del curso 2010-11.

La medida dio pie a una cascada de recursos por parte de los respectivos colegios, a los que ahora se suma el presente fallo a favor de CECE y que anula, según la patronal, “las diez órdenes de conciertos referidas a los centros de educación diferenciada de Sevilla y Córdoba”, en concreto las referidas al Altair, Albaydar, Ribamar, Molino Azul, El Cható, Hermanas de la Cruz de Sevilla y Carmona, y Zalima, Yucatal y Torrealba, de Córdoba.

Demanda social y resultados

En la Sala de Granada del TSJA se encuentran pendientes de fallo, además, dos recursos más relativos a los centros Campomar de Almería y El Soto de Granada. “Todos estos centros están sostenidos con fondos públicos desde hace más de treinta años, con una gran demanda social y muy buenos resultados académicos”, explica la patronal, que abunda en su argumentación alegando que “en los últimos años se está produciendo un enorme auge en Europa y América de este modelo educativo, inclusive en los centros públicos en atención a los resultados tan positivos que obtiene su alumnado”.

La asesora jurídica de CECE-A, Carmen Mora de la Rosa, quien ha llevado la dirección letrada del recurso, ha resaltado la “satisfacción” de esta patronal ante la presente sentencia que anula la condición de admitir a alumnado de ambos sexos en los centros de educación diferenciada, a los que considera “una manifestación más del pluralismo educativo que nuestra Constitución consagra, así como el derecho de los padres y no del Estado, dice, a elegir la educación que quieren para sus hijos”.

Rafael Caamaño, secretario general de esta patronal, reclamaba ayer también a la Junta en un comunicado “un mayor respeto a la legalidad vigente, que no puede ser suplantada por criterios ideológicos”. Asegura que “han sido vanos los esfuerzos de la Administración para deslegitimar a CECE-A, pues uno de los argumentos empleados para que se desestimara el recurso fue la carencia de esta organización patronal de legitimación e interés en el pleito. La sentencia recoge que esta patronal está perfectamente legitimada para defender los derechos de sus centros federados”, concluye.

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5 comentarios

Faramir
¡Bravo! Es lo que hay que hacer cuando los progres (o el PP) vulneran las leyes: en vez de lloriquear o quejarse, pleito, pleito y pleito.
22/02/12 4:42 PM
Pedro Grijalva
Si los Junteros de Andalucía tuviesen que pagarse los pleitos judiciales de su bolsillo personal (y no del dinero de todos) no serían unos totalitarios tan temerarios.
22/02/12 4:51 PM
Gonzalo
Aunque es una buena noticia, no es más que un grano de arena. La buena noticia sería que se permitieran NUEVOS conciertos diferenciados.
22/02/12 5:32 PM
Forestier
Es una victoria de la libertad contra los totalitarismos ideológicos.
22/02/12 7:27 PM
clavel
Esto demuestra, una vez más, que la Justicia Española es muchas veces, demasiadas, parcial. Osea que los Jueces dictan senencias no conforme a razón sino conforme a sus sentimientos, sean políticos o religiosos. La anterior sentencia fue parcial porque se trata de colegios cristianos. La de ahora es imparcial porque es esegún razón.
23/02/12 7:09 AM

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