(Aci) El pasado 25 de octubre el STJ autorizó el matrimonio de dos lesbianas que desde hace cinco años viven juntas en el estado de Rio Grande do Sul. La decisión se basó en una sentencia previa del Supremo Tribunal Federal (STF) que en mayo de este año reconoció la unión de personas del mismo sexo como una "unión estable"; figura que en Brasil es distinta a la del matrimonio civil.
El 28 de octubre ACI Prensa se contactó con el abogado y experto en temas de familia, Danilo Badaró, quien desde Brasil explicó que la decisión del STJ "no genera jurisprudencia ya que ésta se genera con un conjunto de decisiones en el mismo sentido. Hasta ahora, esta ha sido una decisión aislada".
Badaró dijo que la decisión "es un precedente que refuerza los argumentos a favor del matrimonio gay, pero los jueces de los tribunales son libres para decidir lo contrario". Por ello, precisa, "no es posible decir que se ha legalizado el ‘matrimonio’ gay en Brasil".
Diferencias entre la unión estable y el matrimonio civil
El también profesor de derecho dijo además que "la decisión se refiere solo al caso de las lesbianas que eran parte del proceso y no tiene efecto más allá. En términos jurídicos, el efecto es inter partes y no erga omnes (válido para todos)". Tras explicar que para muchos la unión estable y el matrimonio civil es considerado como algo idéntico, Badaró alertó que este fallo muestra "una tendencia a la equiparación total, incluyendo la adopción de niños".
Sobre las diferencias entre la unión estable y el matrimonio civil, el Jornal Nacional publicó en su sitio web el 26 de octubre algunas de ellas: "sólo casándose se cambia el estado civil de soltero a casado. La unión estable no permite que uno adopte el apellido del otro, como ocurre con el matrimonio".
"En el caso de la herencia, el cónyuge casado tiene derecho al menos a un 25% de los bienes del otro, garantía de que no existe una unión estable. Y solo en la unión estable es posible excluir al compañero de la herencia por medio de un testamento", explica.