8.04.19

La falsa misericordia al servicio del mal

Hay caminos que a uno le parecen rectos, pero al final son caminos de muerte.
Prov 14,12

Cuando los españoles votaron masivamente (87,78%) a favor de la Constitución el 6 de diciembre de 1978, España contaba hasta entonces con una legislación que fue definida de la siguiente manera por San Juan XXIII, Papa, hablando de Franco (*):

Da leyes católicas, ayuda a la Iglesia, es un buen católico… ¿Qué más quieren?

En 1978 no había ley del divorcio, ley del aborto, ley del matrimonio homosexual, leyes de imposición de la ideología de género, ni ley de eutanasia.

La mayor parte de la jerarquía de la Iglesia de este país apoyó el texto constitucional, a pesar de que sabían, como reconoció el cardenal Tarancón en un libro-entrevista autobiográfico, que la Carta Magna traería el aborto a España. Apenas unas pocas voces, como la del cardenal primado de España y arzobispo de Toledo, don Marcelo, y el obispo de Cuenca, Mons. Guerra Campos (vean cómo le trataba El País) , advirtieron de los peligros que acechaban al país a nivel de familia, derecho a la vida y abandono absoluto de la ley de Dios como referente para el bien común. Pues bien, esos pocos obispos fieles a Cristo se quedaron cortos.

La primera en caer fue la ley del divorcio, que había sido definido por el CVII como “epidemia” (Gaudium et Spes,47). Y ya por entonces se planteó el divorcio apelando a la misericordia tanto con los cónyuges como con los hijos. Se decía algo así como “no puede ser que una persona tenga que soportar de por vida un error” y “los niños tienen derecho a vivir en un hogar donde no haya discusiones y mal ambiente". 

Años más tarde llegó la ley del aborto. Mismo discurso “misericordista” respecto a las mujeres, “tienen derecho a discernir cuándo es el mejor momento para ser madre", “no deben cargar con una responsabilidad para la que no se sienten preparadas” e incluso respecto a los que iban a ser aniquilados en el vientre materno, “no es bueno para ellos venir al mundo sin ser deseados".

Lo mismo sucedió cuando se planteó el reconocimiento legal de las uniones homosexuales, pastel cuya guinda final fue llamarlas matrimonio: “Tienen el mismo derecho que las uniones heterosexuales a formar una familia", “no importa la orientación sexual sino el amor".

Inmediatamente llegó el adoctrinamiento estatal vía imposición de la ideología de género, especialmente en las escuelas. Por supuesto, se aceptó como la cosa más natural del mundo los cambios de sexo, incluso en niños. Y de nuevo, la misericordia al servicio del mal: “son personas atrapadas en un cuerpo que no es el suyo", “todos tienen derecho a elegir el sexo con el que se sienten identificados aunque no coincida con el que han nacido". Es más, se llega a prohibir la posibilidad de que un homosexual que quiera cambiar su inclinación acuda a un profesional de la psiquiatría o la psicología bajo la excusa, entre otras, de que ello podría hacer que el resto de homosexuales que no quieren dejar de serlo se vean ofendidos.

Ahora nos llega la eutanasia y se plantea poco menos que como el mayor acto de caridad con un ser humano que sufre. “Si se mata a un caballo que se queda cojo para que no sufra o a un perro anciano y enfermo, cómo no acabar con la vida de un ser humano que sufre indeciblemente” o “no hay mayor amor que acabar con el sufrimiento de un ser querido que no desea seguir viviendo".

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2.04.19

No hay ley humana que impida a la Iglesia procurar la conversión de homosexuales

Mons. Juan Antonio Reig Pla tiene el “bendito” problema de ser el obispo español que más claro habla sobre la doctrina moral de la Iglesia en todos sus ámbitos, lo cual incluye la homosexualidad. Y eso, de ahí que diga que es un problema, le pone en el punto de mira de los totalitarios laicistas de izquierdas y derechas -son la misma basura- que no soportan que un obispo católico ejerza de tal.

Esos totalitarios han aprobado leyes aberrantes que buscan perseguir a aquellos que quieren ayudar a los homosexuales que quieren dejar de serlo. Los mismos que pretenden que el estado pague las operaciones de cambio de sexo, algo que va contra la biología, quieren meter en la cárcel a los que piden ayuda para revertir una tendencia sexual, que no tiene razón biológica alguna probada. 

Esa actitud tiránica quebranta la propia libertad de la persona que acude a la Iglesia, o a un profesional de la psicología/psiquiatría. 

Curiosamente, de lo que ahora acusan falsamente a Mons. Reig Pla y su diócesis es de hacer lo que el Papa acaba de decir que deben hacer los padres que ven como sus hijos empiezan a mostrar tendencias homosexuales: llevarles al psicólogo. Ya escribí ayer sobre el tema así que poco tengo que añadir. Si acaso, señalar que la diócesis de Alcalá no da ningún tratamiento para “curar” la homosexualidad. La mujer que atendió al periodista tramposo no es ni psicóloga ni psiquiatra sino orientadora. Es decir, no prescribe terapia alguna.

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1.04.19

Papa Francisco, Fernando Paz y homosexualidad

España es un país en el que, como en otros países del Occidente apóstata, tienes todo el “derecho” del mundo a que te hagan una operación de cambio de sexo o te hormonen totalmente, para que el sexo con el que has nacido no se empeñe en comportarse de forma natural. Y, al mismo tiempo, si se te ocurre acudir a terapia para cambiar tu orientaciòn sexual, tendrás que hacerlo de forma clandestina porque es altamente probable que el médico que te ayude acabe siendo inculpado de un delito.

La histeria colectiva a la que nos ha metido la clase política -tanto de izquierda como de derecha- ha llevado a que alguien como Fernando Paz haya tenido que retirar su candidatura en Vox. Aparte de decir obviedades sobre cómo murieron judíos en la II GM -no todos lo hicieron gaseados en campos de concentración-, lo cual puso en pie de guerra a los McCarthy de nuestro tiempo, su gran pecado fue que osó decir que si tenía un hijo homosexual, le llevaría a terapia para ver si corregía dicha tendencia. El P. Pedro Trevijano ya ha escrito sobre el tema, así que poco tengo que añadir. 

Por si fuera poco, José María Marco, candidato de VOX al Senado por Madrid, nos ha “glosado” las bondades del “matrimonio” homosexual:

«El matrimonio homosexual me parece bien. Es una cuestión de derechos y de dignidad de los homosexuales»

Y añade:

«No estoy de acuerdo con las opiniones de Fernando Paz y me alegro que Vox haya decidido que no lo representa»

Dejemos a un lado que Marco haya dicho que Vox ha decidido que Fernando Paz no les representa, cuando la tesis oficial -y creo que es la verdadera- es que don Fernando se ha ido sin que se lo pidieran. Lo cierto es que a día de hoy, uno es candidato de Vox y el otro no. Cosas del liberalismo consevador. El mismo que, según el programa del partido de Abascal, propone no llamar “matrimonio” a las uniones homosexuales como si lo esencial fuera el nombre y no el reconocimiento legal de esas uniones. Recordemos la doctrina de la Iglesia Católica al respecto. Doctrina, por cierto, que no pocos obispos parecen ignorar o rechazar:

La Iglesia enseña que el respeto hacia las personas homosexuales no puede en modo alguno llevar a la aprobación del comportamiento homosexual ni a la legalización de las uniones homosexuales. El bien común exige que las leyes reconozcan, favorezcan y protejan la unión matrimonial como base de la familia, célula primaria de la sociedad. Reconocer legalmente las uniones homosexuales o equipararlas al matrimonio, significaría no solamente aprobar un comportamiento desviado y convertirlo en un modelo para la sociedad actual, sino también ofuscar valores fundamentales que pertenecen al patrimonio común de la humanidad. La Iglesia no puede dejar de defender tales valores, para el bien de los hombres y de toda la sociedad.
(Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales, 11, Congregración para la Doctrina de la Fe)

En esas estábamos cuando el Papa decidió conceder una entrevista a Jordi Évole para la Sexta. Me abstengo por completo de comentar el hecho de que haya elegido precisamente a ese periodista, así como del contenido de la misma salvo aquello relacionado con la homosexualidad. 

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31.03.19

Lo que no se suele señalar de la parábola del hijo pródigo

Recordemos dos cosas que se suelen olvidar al predicar sobre la parábola del hijo pródigo (Luc 15, 1-3.11-32)::

- Que el hijo se arrepintió, volvió, pidió perdón y estuvo dispuesto a ser tratado como un siervo más.

- Que solo se arrepintió cuando se vio comiendo con los cerdos.

Es muy necesario señalar lo primero porque hoy abunda la creencia de que no hace falta arrepentirse de los pecados ya que Dios nos va a perdonar sí o sí. Ni les cuento en dónde está la idea de que cabe estar dispuesto a pagar las consecuencias de haber pecado aun a pesar de ser perdonado. Al contrario, hoy está muy extendida la idea protestante de que no es necesaria penitencia alguna tras confesarse. A elo ayudan las, en mi opinión, absurdas penitencias que proponen la inmensa mayoría de los sacerdotes. Porque ya me dirán ustedes qué tiene de penitencial rezar un padrenuestro y un avemaría.

En cuando el segundo punto, pocos reparan en el hecho de que el hijo no quiso regresar por amor a su padre, sino por sufrir las consecuencias de sus pecados. O sea, algo muy parecido a la atrición, término que hoy no solo se ignora y se ocuita sino que se desprecia.

Y antes de que misericordistas, buenistas, neocones y demás habitantes del universo oficialista me digan nada, digo: “Ya, ya sé que el perdón incondicional (*) y restaurador del padre es una parte esencial de la parábola". 

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29.03.19

Reflexiones sobre lo que debe hacer la Iglesia ante futuros casos de abusos

Parece evidente que en la Iglesia no se han hecho bien las cosas a la hora de tratar las denuncias por abusos sexuales de miembros del clero. Tampoco las denuncias de aquellos que encubrieron a los depravados que se valieron de su condición sacerdotal, e incluso episcopal, para dar rienda suelta a su asquerosa perversión.

Parece claro también que las peticiones de perdón, por muy insistentes que sean, no cambia lo ocurrido en el pasado. De hecho, a muchos empieza a resultarnos irritantes tantos pronunciamientos de obispos y superiores de órdenes religiosas diciendo que abusar sexualmente es algo terrible y que hay que estar con las víctimas. Señores, eso ya lo sabe todo el mundo. Dejen de decirlo cada dos por tres. Ya vale.

Aunque cabe esperar que en el futuro no se produzcan tantos casos de abusos como en el pasado, esa lacra no va a desaparecer por completo. Por tanto, es de suponer que más pronto que tarde desde Roma se darán a los obispos y superiores de religiosas unas normas de actuación.

Al igual que ha ocurrido recientemente, lo más seguro es que las futuras denuncias no sean sobre hechos que están aconteciendo en esos momentos, sino abusos cometidos años atrás. Analicemos las dos circunstancias.

Abusos presentes

Cuando un chaval denuncia que un clérigo está abusando de él, lo primero que cabe hacer es hablar con el presunto abusador para conocer su versión, y al mismo tiempo, comunicárselo a los padres o tutores.

Una vez hecho eso, aparte de la imprescindible apertura de una expediente que debe acabar en Roma, la denuncia a las autoridades civiles es responsabilidad principal de los padres o de la propia víctima, no del obispo o superior religioso, sin que con esto plantee que ellos no deben proceder a dicha denuncia.  

Me pregunto en cuántas ocasiones el encumbrimiento de casos de abusos no ha sido solo cosa de obispos y superiores sino también de la familia del abusado. Y me pregunto si la condena social, e incluso penal, en esos casos, sería la misma.

Abusos pasados

Lo más habitual es que la víctima de abusos sexuales denuncie los hechos cuando ya es mayor de edad e incluso cuando han pasado bastantes años. Pues bien, cuanto más años hayan pasado, más difícil va a resultar establecer la verdad de lo ocurrido.

Además, ya me dirán ustedes qué preparación en investigación criminal tiene un obispo o superior religioso a la hora de discernir si lo que le están contando es cierto o no. Y si eso ocurre en casos de abusos “actuales", ni les cuento en casos de abusos cometidos presuntamente hace 20, 30 ó 40 años.

En esos casos, resulta imprescindible que la víctima sea quien denuncie lo sucedido a las autoridades civiles. Si no lo hace ella, ¿a cuento de qué está un obispo obligado a hacerlo? Debe bastar con que comunique la denuncia a la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Presunción de inocencia y reparación del honor de los acusados falsamente

Cuando un sacerdote es acusado de abusar de un menor y reconoce los hechos, no cabe hacer otra cosa que aplicarle la pena correspondiente. Pero si los niega, tiene exactamente el mismo derecho a la presunción de inocencia que el resto de seres humanos. Durante la Revolución francesa se guillotinaba a los “sospechosos” de ser contrarios a la República, sin necesidad de juicio alguno. Hoy puede estar ocurriendo lo mismo en no pocos casos.

Evidentemente no es igual cuando hay una sola denuncia que cuando se producen varias por parte de diferentes víctimas, sobre todo si entre ellas no hay relación alguna. Aun así, la presunción de inocencia no puede desaparecer hasta que todo quede claramente establecido.

Un sacerdote que ha sido acusado falsamente de abuso sexual va a sufrir,sí o sí, un estigma social no solo durante el proceso penal al que se enfrente, sino ara el resto de su vida en no pocos casos. La frase condenatoria “algo habrá hecho” aparecerá en muchas ocasiones. Eso es intolerable y la Iglesia tiene el deber de intentar reparar, en la medida que le sea posible, el buen nombre del sacerdote inocente. Precisamente en casos así puede ser recomendable un traslado del inocente tanto dentro de la diócesis como a otra donde no sea tan fácil que sufra ese estigma.

Fiabilidad de los tribunales ajenos a la Iglesia

Todos sabemos que por muy bien que funcione la justicia en los países donde no está sometida a un poder político despótico, los tribunales no son infalibles. He vivido el caso de una condena en primera instancia a alguien muy cercano a mí, por algo que ocurrió un día en el que dicha persona estaba a 600 kilómetros de donde tuvieron lugar los hechos, y a pesar de que en el juicio,los autores reales de lo denunciado declararon que ese conocido mío no estuvo con ellos ese día. La apelación se ganó pero ¿y si se llega a perder? 

Hablando de casos actuales, tenemos la condena en primera instancia al cardenal Pell en Australia, al cardenal Barbarin en Francia y a un profesor de un colegio del Opus en España. En este último caso, el padre de la  víctima se ha convertido en una especie de portavoz de las víctimas de abusos sexuales dentro de la Iglesia. Pregunto: ¿no sería mejor esperar a ver cómo acaba el recurso de la defensa del profesor? 

Por otra parte, ¿tiene la Iglesia la obligación de asumir una sentencia firme sobre uno de sus sacerdotes u obispos en caso de que, una vez realizada su propia investigación en Roma, llegue a la conclusión de que el condenado es inocente? ¿Acaso no hemos visto que muchas personas han pasado largos años en la cárcel, e incluso en el corredor de la muerte, y finalmente se ha demostrado su inocencia? ¿Acaso no se han ejecutado a inocentes? Por tanto, aunque lo habitual es que alguien condenado por un tribunal civil sea realmente culpable, no debe establecerse automáticamente una condena canónica por esa sola razón.

Concluyo. No puede ser que porque se hayan hecho las cosas mal en el pasado, en el futuro se deban hacer igualmente mal pero en sentido contrario. El mal no se combate con el mal sino con el bien. Tolerancia cero, sí. Conculcación de derechos, no.

Luis Fernando Pérez Bustamante