(Efe/InfoCatólica) El auto, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Málaga, contra el que cabe recurso de apelación, ha sido dictado después de que el médico de Antequera (Málaga) pidiera al juez la suspensión de la resolución de la gerencia del Área Sanitaria Norte de Málaga, dictada en diciembre de 2010, en respuesta a la manifestación del facultativo de declararse “objetor en relación con el aborto”, y quedar excluido de las tareas de información y derivación de las mujeres.
Según comunicó el área sanitaria al médico, el derecho a la objeción de conciencia sólo ampara a los profesionales que están directamente implicados en el aborto, lo que, a juicio de juez, “no es el caso del recurrente”. En el auto se desestima la petición del médico por considerar que el interés público que representa la atención del sistema sanitario público a las mujeres que desean información sobre el aborto prevalece sobre la afectación a la conciencia del facultativo.
Por su parte, al ser preguntado por los periodistas este jeuves en Málaga, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha eludido pronunciarse sobre este auto ante la posibilidad de que el médico recurra y el juez adopte una decisión posterior a esta.