(Diarioconstitucional/InfoCatólica) El referido manual fue promovido en Guatemala a partir de 2015 por el entonces Procurador de Derechos Humanos (PDH), Jorge De León Duque, ante lo cual en junio pasado se interpuso un amparo en su contra para dejar sin efecto el manual y exigir a la procuraduría dejar de promover el aborto.
La sentencia recientemente dictada por la Corte también ordenó a la Procuraduría de Derechos Humanos «que se abstenga de realizar cualquier actividad que conlleve apoyar y fomentar el aborto o prácticas abortivas, su presentación como derecho, la promoción de su legalización o de la transgresión del derecho a la vida humana desde la concepción».
El fallo otorga un plazo de tres meses para que el actual Procurador «elabore el material necesario para contrarrestar los daños causados por el manual en cuestión».
La Corte sentenció que el Procurador «tiene la obligación grave y solemne de defender la vida desde su concepción, obligación ‘que se asume libre y voluntariamente mediante el juramento de fidelidad a la Constitución que se presenta en el Congreso al momento de aceptar su cargo, si es que quiere servir a la nación».
En ese sentido, el fallo señala que «cualquier informe, estudio, investigación, publicación, campaña o actividad que el PDH realice siempre debe procurar la defensa de los Derechos fundamentales garantizados en la Constitución, de no ser así actuaría en exceso de sus facultades que legalmente tiene asignada». Le advierte también que no puede unirse a campañas y consignas «de aquellos que en supuesta defensa de los derechos de las mujeres en situación de vulnerabilidad, bajo la etiqueta de ‘derechos sexuales y reproductivos’, disfrazan la promoción del aborto».