(Efe/InfoCatólica) Los jueces rechazaron la demanda interpuesta por una joven, nacida en 1990 y que usaba el burka, que cubre todo el cuerpo y tiene una rejilla para ver, y el niqab, un velo negro de pies a cabeza, con una pequeña abertura a la altura de los ojos.
La demandante, que consideraba contraria al convenio la ley adoptada en abril de 2011, bajo presidencia de Nicolas Sarkozy, afirmaba portar estas prendas por «su fe, su cultura y sus convicciones personales».
El mismo día de la entrada en vigor, apoyada por un gabinete de abogados británico, la demandante, francesa de origen paquistaní, presentó una demanda ante la Corte, que llegó a la Gran Sala, cuyas resoluciones no admiten apelación.
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La sentencia de Estrasburgo, adoptada con quince votos a favor y dos en contra, reconoce que la ley puede tener «efectos negativos específicos sobre la situación de las mujeres musulmanas» que quieran portar estas prendas, pero que existe «una justificación objetiva y razonable» para adoptarla.
Los jueces aceptan así los argumentos de Francia, que señalaba que la ley no perseguía la prohibición del burka y el niqab, sino decualquier prenda o accesorio que ocultara el rostro de una persona, como un casco de moto o un pasamontañas.
El fallo reconoce que la medida «puede parecer desmesurada» dado el reducido número de personas que usan estas prendas en Francia,menos de 2.000 de los 5 millones de musulmanes que hay en el país, y que la adopción de la ley puede tener un impacto negativo« de las mujeres que decidan llevarlo.
Pero señala que la decisión de prohibir esta prenda entra dentro del «amplio margen de apreciación» del que gozan los Estados a la hora de imponer este tipo de medidas en beneficio de la «convivencia».
Además, consideraron que las sanciones previstas en la ley, con multas máximas de 150 euros, son «de las más ligeras que el legislador podía plantear».
Por ello, los magistrados rechazaron que la ley contravenga los artículos del Convenio relativos al respeto de la vida privada y familiar, por un lado, y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
La ley no menciona prenda alguna
La ley francesa, indica la sentencia, no se refiere a ninguna prenda religiosa, que pueden portarse con libertad en el país a condición de que no oculten el rostro.
La jueza alemana Angelika Nussberger, y la sueca Helena Jäderblom, afirman en su opinión disidente que «una prohibición tan general, que afecta al derecho de toda persona a su propia identidad cultural y religiosa no es necesaria en una sociedad democrática».
Ley similar en Bélgica
Francia contó en su defensa con el respaldo del Gobierno belga, que aprobó una ley muy similar a la francesa en junio de 2011.
La ley que prohíbe el burka provocó polémica en Francia, porque muchos colectivos consideraban que estigmatizaba a parte de la población cuando muy pocas mujeres lo llevan.
Pero los conservadores franceses, apoyados de forma resuelta por Sarkozy, la sacaron adelante con el apoyo de la mayor parte del arco parlamentario.
La ley superó también el filtro del Consejo Constitucional y, aunque su adopción definitiva tuvo lugar a finales de 2010, el Gobierno dio un plazo de seis meses para su entrada en vigor, tiempo en el que inició una campaña de información, sin sanción, en los barrios donde más se veían este tipo de prendas.