Por unanimidad

El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la ley navarra que obligaba a la Iglesia a pagar el IBI

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la ley navarra que obligaba a la Iglesia a pagar la contribución urbana por todos sus inmuebles, salvo por aquellos que fueran destinados al culto. El Gobierno central había presentado un recurso ante el Constitucional contra esta ley, que ya el pasado mes de julio fue suspendida por el propio tribunal y que ahora ha sido declarada inconstitucional por vulnerar los acuerdos con la Iglesia Católica y con las Comunidades evangélicas, israelitas e islámica.

(EP/InfoCatólica) El Estado consideraba en su recurso que la norma foral, publicada en el Boletín Oficial de Navarra el pasado mes de marzo, «incumple los compromisos del Estado con la Iglesia Católica y con las Comunidades Evangélicas, Israelitas e Islámica».

«En concreto, se produce la vulneración por cuanto la ley foral solamente excluye del pago de la Contribución Territorial Urbana a los ‘bienes destinados al culto’, cuando, conforme a los compromisos aludidos esa exclusión alcanza a otros bienes, que la ley foral excluye del beneficio fiscal», señalaba el Gobierno central.

El pasado mes de marzo el Parlamento navarro aprobó que las confesiones religiosas tuvieran que pagar a los ayuntamientos la contribución territorial urbana por las propiedades que no están destinadas al culto, al prosperar, con los votos en contra de UPN y PPN, una modificación de la Ley de Haciendas Locales planteada por PSN e Izquierda-Eskerra (I-E). Se excluían, consiguientemente, de la exención edificios destinados a usos como actividades docentes, pastorales o caritativas.

Recurrida por vulnerar el Acuerdo económico España-Santa Sede

La medida fue objeto de recurso de inconstitucionalidad en julio, presentado por el Gobierno central, porque considerar que la norma foral incumplía «los compromisos del Estado con la Iglesia Católica y con las Comunidades Evangélicas, Israelitas e Islámica».

Uno de los motivos de la controversia, según el Ministerio, es «la extralimitación competencial de Navarra en ejercicio de sus competencias tributarias, pues éstas están sujetas, conforme al Convenio Económico con el Estado (por el que se regulan dichas relaciones), a respetar los Tratados y Convenios Internacionales firmados por España, y, en el presente caso no se respeta el firmado» con la Santa Sede el 3 de enero de 1979. Tampoco se respetaban los Acuerdos firmados, de acuerdo con la Ley de Libertad Religiosa, con las Comunidades Evangélicas, Israelitas e Islámica, y aprobados por las correspondientes Leyes 24, 25 y 26, de 28 de abril de 1992

 

InfoCatólica cuenta con tu ayuda, haz clic aquí

Solo contamos con tu ayuda. InfoCatólica seguirá existiendo mientras sus lectores quieran.

Haz tu donativo

Por bizum (solo para España)

Qué es bizum

Por PayPal, selecciona la cantidad:

Si prefieres otras modalidades para poder donar (ingreso, transferencia, ...), haz clic aquí.

3 comentarios

Borja
Veo que el Gobierno central y el TC nos dan una alegría por un día aunque sea...
5/12/13 4:54 PM
Lector
¡Cielos, el Constitucional y por unanimidad! Menudo desaire a los proféticos Vidal y Bastante, que se dejaron la piel en la campañita de marras. Y van...
Es que, ejem, está claro que otra RD es posible...
5/12/13 7:38 PM
Tony de New York
A ver si aprenden!!!
5/12/13 10:04 PM

Dejar un comentario



Los comentarios están limitados a 1.500 caracteres. Faltan caracteres.

No se aceptan los comentarios ajenos al tema, sin sentido, repetidos o que contengan publicidad o spam. Tampoco comentarios insultantes, blasfemos o que inciten a la violencia, discriminación o a cualesquiera otros actos contrarios a la legislación española, así como aquéllos que contengan ataques o insultos a los otros comentaristas, a los bloggers o al Director.

Los comentarios no reflejan la opinión de InfoCatólica, sino la de los comentaristas. InfoCatólica se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere que no se ajusten a estas normas.

Los comentarios aparecerán tras una validación manual previa, lo que puede demorar su aparición.