Un don de la gracia de Dios

¿Cómo obtener una indulgencia plenaria en el actual Año Santo?

Daniel Iglesias Grèzes

El propósito del presente artículo es muy modesto: trataré simplemente de explicar cómo obtener una indulgencia plenaria (aplicable a uno mismo o a un difunto) en el Año Santo de 2025.

Para conocer la doctrina católica sobre las indulgencias conviene leer el siguiente documento: Papa San Pablo VI, Constitución apostólica Indulgentiarum doctrina sobre la revisión de las indulgencias, 01/01/1967, https://www.vatican.va/content/paul-vi/es/apost_constitutions/documents/hf_p-vi_apc_01011967_indulgentiarum-doctrina.html (citado en adelante como ID).

Ante todo, veamos cuáles son las condiciones generales para ganar una indulgencia plenaria:

“Para ganar la indulgencia plenaria se requiere la ejecución de la obra enriquecida con la indulgencia y el cumplimiento de las tres condiciones siguientes: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Romano Pontífice. Se requiere, además, que se excluya todo afecto al pecado, incluso venial.” (ID, norma 7).

Vale decir que se requieren dos tipos de condiciones: exteriores e interiores. Las condiciones interiores son las requeridas para toda buena confesión (arrepentimiento y propósito de enmienda) y la exclusión de todo afecto al pecado, mortal y venial. Esta última condición incluye implícitamente la voluntad de buscar la conversión por amor a Dios. Las condiciones exteriores son cuatro: la ejecución de la obra enriquecida con la indulgencia y tres condiciones generales: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Papa.

Centrémonos primero en las tres condiciones exteriores generales.

“Las tres condiciones pueden cumplirse algunos días antes o después de la ejecución de la obra prescrita; sin embargo, es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo día en que se haga la obra” (ID, Norma 8).

“La condición de orar por las intenciones del Sumo Pontífice se cumple plenamente recitando un Padrenuestro y un Ave María por sus intenciones; aunque cada fiel puede rezar otra oración, según su devoción y piedad por el Romano Pontífice” (ID, Norma 10).

En cuanto a la ejecución de la obra enriquecida con la indulgencia, en nuestro caso conviene consultar el siguiente documento (citado en adelante como Decreto): Penitenciaría Apostólica, Decreto sobre la concesión de la indulgencia durante el Jubileo ordinario del año 2025 convocado por Su Santidad el Papa Francisco, 13/05/2024, https://press.vatican.va/content/salastampa/it/bollettino/pubblico/2024/05/13/0392/00808.html#es

Dicho Decreto determina esa obra en tres contextos diferentes: I) en las sagradas peregrinaciones; II) en las pías visitas a los lugares sagrados; III) en las obras de misericordia y de penitencia. A modo de ejemplo, consideremos el segundo contexto, que es el más simple y probablemente el más típico:

“También, los fieles podrán conseguir la Indulgencia jubilar si, individualmente o en grupo, visitarán devotamente cualquier lugar jubilar y ahí, durante un período de tiempo adecuado, realizarán adoración eucarística y meditación, concluyendo con el Padre Nuestro, la Profesión de Fe en cualquier forma legítima e invocaciones a María, Madre de Dios, para que en este Año Santo todos ‘puedan experimentar la cercanía de la más afectuosa de las madres que nunca abandona a sus hijos’ (Spes non confundit, 24)” (Decreto, II).

Teniendo todo esto en cuenta, te sugiero el siguiente programa para este año:

  1. Elige uno o más lugares jubilares de tu diócesis y averigua, para cada uno de ellos, los horarios de Misa precedida por un tiempo de adoración eucarística.
  2. Decide, en cada caso, a quién vas a aplicar la indulgencia plenaria (a ti mismo o a un difunto).
  3. Haz una buena confesión no más de seis días antes de la visita a un lugar jubilar.
  4. En la fecha determinada, ve al lugar jubilar al menos media hora antes de la Misa.
  5. Una vez allí, con la debida disposición interior, haz un rato de adoración eucarística y meditación, concluyendo con un Padrenuestro, el Credo apostólico y tres Avemarías, luego reza un Padrenuestro y un Avemaría por las intenciones del Papa, participa de la Santa Misa y comulga.
  6. Si corresponde, repite los pasos 2-5 para cada otro lugar jubilar que visites.       

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5 comentarios

  
Marta de Jesús
#Decide, en cada caso, a quién vas a aplicar la indulgencia plenaria (a ti mismo o a un difunto)#.
Respecto a eso, y disculpe si estuviera ya explicado en otra parte y no me hubiera enterado. Lo he leído bastante rápido. Puede hacerse varias veces en el año por diferentes personas?

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DIG: Sí.

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¿Cómo saber si por un difunto es conveniente? ¿Sí no estuvieran en el purgatorio de qué serviría?

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DIG: Es un tema muy misterioso, pero supongo que cabría responder que la oración de la Iglesia nunca es inútil

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Muy interesante. Gracias.
31/03/25 10:12 PM
  
anawim
En la Iglesia nada se pierde, acordémonos del milagro de la multiplicación de los panes y los peces donde se recogieron 12 canastas de pan que había sobrado, este pan no se perdió, es más, Jesús encargó a sus discípulos recoger el pan sobrante para que nada se pierda. En la Gracia pasa lo mismo, si rezamos o si ofrecemos una indulgencia plenaria por un difunto y éste difunto está gozando de la bienaventuranza eterna, Nuestro Señor aplica la Indulgencia Plenaria o nuestras oraciones a otro difunto de su elección. Nada se pierde.
31/03/25 11:23 PM
  
anawim
De todas las formas, es muy difícil evitar el Purgatorio, la mayor parte de las personas pasan por el Purgatorio, y los tiempos de Purgatorio son largos. Ha habido carmelitas con 40 años de Purgatorio, y sacerdotes con 15 años, así que imaginaros los que no somos ni carmelitas ni sacerdotes. Un tiempo muy normal son 100 años, esto lo dijo el Padre Pío. Os digo esto porque tenemos la mala costumbre de pensar que está en el Cielo y por tanto no rezamos, o no pensar nada y tampoco rezamos. Y además una Indulgencia Plenaria puede no llevarnos directamente al Cielo ni a nosotros, ni a nuestros familiares o amigos porque muchas veces llegamos al éxitus con deformaciones en el espíritu que tienen que ser corregidas en el Purgatorio. Imaginemos un asesino en serie que fallece y antes de fallecer pide perdón a Dios de su vida y se arrepiente de todos sus pecados, y un familiar suyo gana una Indulgencia Plenaria para él y se la aplica, ¿el asesino en serie irá al Cielo? La respuesta es No. Irá al Purgatorio, la Indulgencia Plenaria paga la pena temporal pero su espíritu tiene que ser restaurado en el Purgatorio y probablemente con muchos años.
31/03/25 11:41 PM
  
anawim
Se puede ganar una Indulgencia Plenaria al día durante todos los días del año, o varias parciales en el mismo día. Las Indulgencias Plenarias o parciales sólo son aplicables a la propia persona o a los difuntos. Conviene que ganemos una Indulgencia Plenaria al día porque hay muchas obras que la Iglesia indulgencia, y porque además es muy difícil tener la absoluta seguridad de que hemos ganado la Plenaria, porque requiere un rechazo total y absoluto incluso del pecado venial y de las faltas pequeñas de amor, ¿tenemos este rechazo? He aquí la cuestión. Podemos pensar que lo tenemos y no lo tenemos, y si no lo tenemos no ganamos la Plenaria, se nos cambia por parcial.
01/04/25 12:02 AM
  
Marta de Jesús
Me quedo con que nada se pierde y nada de eso resulte inútil.

Muchísimas gracias por sus respuestas. A por ello. Confieso que nunca lo he hecho. Nunca he accedido a una indulgencia. Pueda ser el primer año.

Fructífera Cuaresma tengan ustedes.

01/04/25 1:33 AM

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