Un amor definitivo
Domingo XXVII To (B)
Cuando los novios acuden a la parroquia para iniciar el expediente matrimonial, se le formula a cada uno de ellos, entre otras, la siguiente pregunta: “¿Tiene intención de contraer matrimonio como es presentado por la ley y doctrina de la Iglesia: uno e indisoluble, ordenado al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos?”. Si el contrayente careciese de esa intención, el matrimonio no se podría celebrar y, de hacerlo, sería en sí mismo nulo; una pura apariencia de matrimonio, sin realidad.
La Iglesia no ha “inventado” el matrimonio, ni ha dispuesto, por su propio capricho, que éste sea “uno e indisoluble”. La Iglesia ha recibido esta doctrina de Jesús: “Al principio de la creación Dios los creó hombre y mujer. Por eso abandonará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a su mujer y serán los dos una sola carne. De modo que ya no son dos, sino una sola carne. Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre” (Marcos 10, 6-9).