3.10.09

Un amor definitivo

Domingo XXVII To (B)

Cuando los novios acuden a la parroquia para iniciar el expediente matrimonial, se le formula a cada uno de ellos, entre otras, la siguiente pregunta: “¿Tiene intención de contraer matrimonio como es presentado por la ley y doctrina de la Iglesia: uno e indisoluble, ordenado al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos?”. Si el contrayente careciese de esa intención, el matrimonio no se podría celebrar y, de hacerlo, sería en sí mismo nulo; una pura apariencia de matrimonio, sin realidad.

La Iglesia no ha “inventado” el matrimonio, ni ha dispuesto, por su propio capricho, que éste sea “uno e indisoluble”. La Iglesia ha recibido esta doctrina de Jesús: “Al principio de la creación Dios los creó hombre y mujer. Por eso abandonará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a su mujer y serán los dos una sola carne. De modo que ya no son dos, sino una sola carne. Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre” (Marcos 10, 6-9).

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2.10.09

Cristianismo y religiones: Dominus Iesus (y II)

5.4.2 Plenitud y definitividad de la revelación de Jesucristo

Desde la perspectiva cristológica, la Declaración reafirma “el carácter definitivo y completo de la revelación de Jesucristo” (n. 5): debe ser “firmemente creída la afirmación de que en el misterio de Jesucristo, el Hijo de Dios encarnado […] se da la revelación de la plenitud de la verdad divina” (n. 5).

La razón de que la revelación de Jesucristo sea plena y definitiva radica en la Encarnación: la Persona divina del Verbo encarnado es la fuente de la plenitud y de la universalidad de la revelación cristiana (cf n. 6).

De esta afirmación fundamental se derivan dos aclaraciones:

1) No se puede equiparar “fe teologal” y “creencia". La fe es respuesta a Dios que se revela y asentimiento a lo revelado por Él. La mera “creencia” se refiere a la búsqueda humana de la verdad absoluta, carente del asentimiento a Dios que se revela. Por ello, “debe ser […] firmemente retenida la distinción entre la fe teologal y la creencia en las otras religiones” (n. 7).

2) No se pueden equiparar los textos inspirados - es decir, la Biblia - con los textos sagrados de las otras religiones. La tradición de la Iglesia “reserva la calificación de textos inspirados a los libros canónicos del Antiguo y del Nuevo Testamento, en cuanto inspirados por el Espíritu Santo” (n. 8). Eso no significa que en los libros sagrados de las otras religiones no estén presentes “elementos de bondad y de gracia"; elementos recibidos del misterio de Cristo.

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Cristianismo y religiones: Dominus Iesus

5. La Declaración “Dominus Iesus”

5.1 Contexto

En el contexto de este vivo debate sobre la relación entre el cristianismo y las demás religiones hemos de situar la “Dominus Iesus".

Previamente, en 1996, la Comisión Teológica Internacional reflejó su posicionamiento sobre este tema en un documento titulado “El cristianismo y las religiones” (5). A propósito de la cuestión de la revelación afirma:

“El concepto teológico de la revelación no puede confundirse con el de la fenomenología religiosa (religiones de revelación, aquellas que se consideran fundadas en una revelación divina). Solamente en Cristo y en su Espíritu, Dios se ha dado completamente a los hombres; por consiguiente, sólo cuando se da a conocer esta autocomunicación, se da la revelación de Dios en sentido pleno. La donación que Dios hace de sí mismo y su revelación son dos aspectos inseparables del acontecimiento de Jesús” (6).

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1.10.09

Revelación cristiana y religiones (III)

La teología posconciliar: exclusivismo, pluralismo, inclusivismo

4.1 Posición exclusivista: los teólogos evangélicos

Los teólogos evangélicos insisten en el carácter absoluto del cristianismo y en el valor único de la mediación de Cristo. J.R. Scott sostiene que la tarea del cristiano es mostrar la inadecuación y la falsedad de las religiones no cristianas frente a la adecuación de la fe y al carácter definitivo y absoluto de Cristo.

4.2 El paradigma pluralista: todas las religiones tienen un mismo valor

La postura pluralista es, en principio, una postura relativista, muy cercana al sincretismo. Según ella, todas las religiones tienen un mismo valor.

El presbiteriano J. Hick sostiene que ninguna religión puede sostener el contar con “la” revelación definitiva de Dios. Todas son igualmente reveladoras. Según Hick, Jesucristo no es Dios ni, por consiguiente, la única fuente de la revelación.

El católico R. Panikkar sostiene que la realidad divina es Misterio, presente por doquier. Distingue entre el Cristo universal y el Jesús histórico: Jesús de Nazaret es el Cristo, pero el Cristo no es solamente Jesús. Hay manifestaciones del Cristo universal en otras religiones. En el cristianismo a la manifestación del Misterio se le denomina Cristo, pero en otras tradiciones se le designa como Rama, Krishna o Purusa.

P. Knitter sostiene que Jesús sería único junto a otros liberadores: “Jesucristo - dice - es un Verbo que sólo puede ser entendido en la conversación con otros Verbos".

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Revelación cristiana y religiones (II)

3. El Concilio Vaticano II y el magisterio posterior

3.1. Vaticano II

El Vaticano II no se planteó de modo explícito la existencia de la revelación en las religiones. Sin embargo, contiene indicaciones sobre la concepción de la revelación y sobre la existencia de verdad entre los no cristianos, que nos pueden ayudar para plantear este tema.

La Dei Verbum presenta, como hemos visto, un concepto de la revelación económico y sacramental (cf DV 2), que llega a su plenitud en Cristo (cf DV 4).

El Concilio reconoce la presencia de verdad en las religiones no cristianas. En LG 16 se afirma de “quienes, ignorando sin culpa el Evangelio de Cristo y de su Iglesia” que “cuanto hay de bueno y verdadero entre ellos, la Iglesia lo juzga como una preparación al Evangelio y otorgado por quien ilumina a todos los hombres para que al fin tengan la vida".

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