Comentario 17
«Es amor a pesar de todo, aun cuando todo el contexto invite a otra cosa. Manifiesta una cuota de heroísmo tozudo, de potencia en contra de toda corriente negativa, una opción por el bien que nada puede derribar. Esto me recuerda aquellas palabras de Martin Luther King, cuando volvía a optar por el amor fraterno aun en medio de las peores persecuciones y humillaciones» (Amoris laetitia, n. 118)
«En la vida familiar hace falta cultivar esa fuerza del amor, que permite luchar contra el mal que la amenaza.[…].» (Amoris laetitia, n. 119)
«Crecer en la caridad conyugal
El himno de san Pablo, que hemos recorrido, nos permite dar paso a la caridad conyugal. Es el amor que une a los esposos, santificado, enriquecido e iluminado por la gracia del sacramento del matrimonio. Es una “unión afectiva", espiritual y oblativa, pero que recoge en sí la ternura de la amistad y la pasión erótica, aunque es capaz de subsistir aun cuando los sentimientos y la pasión se debiliten. […] Porque ese amor fuerte, derramado por el Espíritu Santo, es reflejo de la Alianza inquebrantable entre Cristo y la humanidad […] “El Espíritu que infunde el Señor renueva el corazón y hace al hombre y a la mujer capaces de amarse como Cristo nos amó. El amor conyugal alcanza de este modo la plenitud a la que está ordenado interiormente, la caridad conyugal» (Amoris laetitia, n. 120)
Entre el amor natural, que está caído, y la caridad teologal, hay un verdadero abismo, el salto de la gracia sobrenatural. Sin embargo, en estos pasajes se habla del amor de caridad como si fuera amor humano natural, y se maximiza el amor fraterno atribuyéndole, no sin sombra de pelagianismo, una eficacia sobrenatural que no posee.
Se entremezclan así diversas concepciones confusas acerca de la caridad y del amor humano, por las que parece que la caridad conyugal sería el mismo amor humano maximizado por la acción directa del Espíritu Santo. En toda la exhortación en su conjunto, y en este pasaje en particular, late una confusión obstinada entre el orden natural y el orden sobrenatural, procedente de la mentalidad personalista, que sobredimensiona el amor natural, como si éste no estuviera caído, como si no se diferenciara esencialmente de la caridad.
De esta forma, se equipara indebidamente la caridad conyugal con un cierto amor espiritual concretado en fraternidad erótica, llevado a plenitud por una supuesta acción directa del Espíritu Santo a través del sacramento del matrimonio.
Entienden los personalistas que el sacramento matrimonial santifica el amor humano natural al repararlo con la gracia, de forma que el amor sobrenatural, según ellos, sería el mismo amor humano natural reparado, independientemente del estado de gracia o pecado de los cónyuges. La gracia matrimonial haría que el amor humano volviera a ser sobrenatural, como si lo sobrenatural fuera su constitutivo creatural restablecido y no un don gratuito recibido a través del bautismo y la penitencia.
De manera que el pecado mortal no excluiría el amor sobrenatural, pues éste no sería otra cosa que el constitutivo original del amor humano, recuperado por el sacramento del matrimonio. Y así lo que se santificaría sería el mismo amor humano y no los cónyuges.
Para ello, definen la caridad teologal en los términos de A.L. n. 120: «[L]a caridad conyugal [e]s el amor que une a los esposos, santificado, enriquecido e iluminado por la gracia del sacramento del matrimonio». La caridad sería un atributo superior del amor conyugal natural, un plus que la gracia del sacramento del matrimonio recupera del olvido y reactiva.
Pero tenemos que oponernos a esta definición. Porque por caridad conyugal no entendemos un amor humano afectivo y erótico espiritualizado y completado con el añadido de la gracia del matrimonio; por caridad entendemos el amor teologal sobrenatural que se recibe con el estado de gracia, que tiene a Dios por motivo formal (aunque el objeto material sea distinto de Dios).
El objeto formal de la caridad es el bien divino en sí mismo considerado como motivo de amor. Y esto es fundamental. Tanto, que hace radicar la caridad en el estado de amistad con Dios. Porque si se es enemigo de Dios por el pecado, no se puede amar con amor de caridad. Dios no puede ser motivo del amor conyugal si los cónyuges son enemigos de Dios por el pecado mortal.
Y es que una vez más se pasa por alto la necesidad del estado de gracia para poder amar con verdadero amor de caridad. Por eso hay que advertir que el sacramento del matrimonio no recupera el estado de gracia y por tanto no es suficiente para que los esposos puedan amar con amor de caridad. Es necesario el sacramento de la penitencia. Y que amor el humano natural y la caridad teologal son amores esencialmente diferentes, siendo el amor humano sobrenaturalmente ineficaz.
* * *
Si se desvincula la caridad del estado de gracia desaparece su carácter de virtud teologal. Por eso algunos, equivocadamente, la relacionan con una acción directa del Espíritu Santo, porque la distinguen abusivamente de la cualificación sobrenatural del alma que realiza la gracia santificante. Esto hizo Pedro Lombardo, relativizando la existencia de la caridad como hábito infuso, como si los actos habituales de caridad no procedieran de un hábito teologal arraigado en el estado de gracia, sino de una supuesta acción directa del Espíritu Santo.(Cf., SANTO TOMÁS, II-II, 23.2, De veritate, a1). .
Por eso el amor fraterno familiar y conyugal no puede pasar a ser amor de caridad teologal sólo en virtud de la gracia del sacramento del matrimonio, porque la caridad, que es una virtud teologal, presupone el estado de gracia, más bien, está unida cualitativa y orgánicamente a él, y el sacramento del matrimonio, como decimos, no es suficiente para recuperar el estado de gracia.
Esta atribución ilícita ha sido preparada en los pasajes anteriores, en que se maximiza el amor humano atribuyéndole características de amor de caridad. Y así, la cita de Luther King sobre el amor fraterno, su equiparación siguiente al amor familiar, y el paso al amor de caridad en el matrimonio, es abusivo.
Leer más... »